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ORDEN de 9 de junio de 2004, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 8 de junio de 2004, por el que se declara la urgencia y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras necesarias para la ejecución del Proyecto Supramunicipal de la Plataforma Logística de Zaragoza (Modificación nº 1).

Publicado el 18/06/2004 (Nº 71)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES

Texto completo:

ORDEN de 9 de junio de 2004, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 8 de junio de 2004, por el que se declara la urgencia y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras necesarias para la ejecución del Proyecto Supramunicipal de la Plataforma Logística de Zaragoza (Modificación nº 1).

Adoptado por el Gobierno de Aragón el día 8 junio de 2004 Acuerdo por el que se declara la urgencia y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras necesarias para la ejecución del Proyecto Supramunicipal de la Plataforma Logística de Zaragoza (Modificación Nº 1), se procede a su publicación en Anexo a la presente Orden.

Zaragoza, 9 de junio de 2004.

El Consejero de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes, JAVIER VELASCO RODRIGUEZ

ANEXO

La Ley 17/2001, de 29 de octubre, sobre la Plataforma Logística de Zaragoza tiene como objeto establecer las medidas precisas para agilizar el proyecto y construcción de la Plataforma Logística de Zaragoza.

En el Anexo I de la citada Ley se determina la delimitación del ámbito del Proyecto Supramunicipal de la Plataforma Logística de Zaragoza, lo que lleva implícita la declaración de utilidad pública e interés social a efectos de la expropiación de los bienes y derechos afectados, conforme a los artículos 1 y 4.1 de la propia Ley y a los efectos previstos en el artículo 9 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

El Proyecto Supramunicipal de la Plataforma Logística de Zaragoza fue aprobado por Acuerdo del Gobierno de Aragón de fecha 22 de marzo de 2002 y la aprobación de su modificación nº 1 se realizó por Acuerdo del mismo órgano de fecha 6 de mayo de 2003.

Mediante Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 16 de diciembre de 2003, publicado mediante Orden de fecha 17 de diciembre, se inició el expediente de declaración de urgencia y necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras necesarias para la ejecución del Proyecto Supramunicipal de la Plataforma logística de Zaragoza (modificación nº 1) sometiéndose a información pública durante un periodo de 20 días y se dio traslado a los interesados para que de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Expropiación Forzosa procedieran a realizar todas las alegaciones que considerasen oportunas.

Se han presentado alegaciones por parte de Ebrosa-Nicuesa-Tabuenca, Azcosta, la Comunidad de Regantes del término de la Almozara, D. José Ignacio Pellejero Jarod y la empresa pública Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S. A.

Ebrosa-Nicuesa-Tabuenca solicitaba en sus alegaciones una modificación de las condiciones de la servidumbre prevista, la cual fue considerada como positiva por la empresa beneficiaria por considerar que mejoraba técnicamente la ejecución de las obras y el funcionamiento de los servicios afectados, incorporándose al Proyecto.

D. José Ignacio Pellejero Jarod ha presentado alegaciones referentes a actuaciones que realiza la empresa pública, Plaza, S. A., a la que se le ha dado traslado de las mismas a los efectos oportunos.

Dª. Rosa Aznar Costa, en nombre y representación y como mandataria verbal respectivamente de Azcosta, S. A. y Becalco, S. A., ha realizado alegaciones referentes a la superficie y a la identificación de las fincas afectadas, en relación con las cuales nos remitimos al documento de Mutuo-Acuerdo que ha suscrito con la empresa pública «Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S. A.»

La Comunidad de Regantes del Término de la Almozara solicita la adopción de medidas técnicas y de seguridad para garantizar la continuidad del servicio de aguas de la misma, las cuales han sido ya adoptadas, según ha manifestado la beneficiaria.

Asimismo la beneficiaria ha comunicado la titularidad de un derecho de arrendamiento sobre alguna de las fincas afectadas por parte de D. Antonio Sagarra, por lo cual se procede a incluir este derecho en la relación de afectados por la expropiación.

Por otra parte, la empresa pública «Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA,S. A.» ha puesto de manifiesto que Cáritas Española, Diócesis Zaragoza no ha sido afectada por las obras del Emisario del Ebro.

Llegados a este punto, resulta imprescindible analizar la justificación de la urgente ocupación de los bienes y derechos que resultan afectados por este procedimiento expropiatorio. En este sentido, es preciso señalar que al ámbito de la Plataforma Logística de Zaragoza se prevé el traslado y ejecución de infraestructuras ferroviarias, que exige la inmediata disponibilidad de los terrenos, ya que en parte de los terrenos incluidos en el ámbito delimitado por la Ley 17/2001 están previstas estas actuaciones, en el marco de la necesidad de reordenar el entorno metropolitano de la ciudad de Zaragoza. A este respecto, la urgencia de la ocupación de los terrenos está plenamente justificada habida cuenta de los compromisos que están formalizando las Administraciones implicadas.

Asimismo, el excepcional interés público de la actuación, justifica la urgente ocupación de los terrenos, ya que se trata de una actuación que comprende y coordina una serie de grandes obras de ordenación territorial generando un centro logístico intermodal plasmado en concretas actuaciones comprometidas por el Gobierno de Aragón.

A la vista de lo anterior y dada la urgencia que reviste la ejecución de las obras de este proyecto, procede declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 8 de junio de 2004,

ACUERDA

Primero: Declarar urgente, a los efectos de aplicar el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación de las parcelas catastrales incluidas en el ámbito delimitado en el Anexo I de la Ley 17/2001, de 29 de octubre, sobre la Plataforma Logística de Zaragoza, cuya relación concreta e individualizada descriptiva de todos los aspectos materiales y jurídicos apareció publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» núm. 153, de fecha 24 de diciembre de 2003, en los diarios «Heraldo de Aragón» y «El Periódico de Aragón» de la misma fecha, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Zaragoza y que ha sido objeto de las oportunas rectificaciones en cuanto a los errores materiales o de hecho advertidos.

Segundo: En cuanto a las manifestaciones y alegaciones aportadas en el período de información pública que deban ser objeto de estudio y comprobación, se tendrán en cuenta en el momento del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, a fin de efectuar las rectificaciones o inclusiones que procedan.

Tercero: Al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación deberán ser citados los que figuran como titulares de los bienes afectados y los que han presentado alegaciones.

Cuarto: El presente Acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón» y se notificará a cuantos aparezcan como interesados en el expediente y a los que han formulado alegaciones.

Quinto: Sin perjuicio del derecho que asiste a los interesados de formular por escrito, hasta el momento de levantamiento de las actas previas, las alegaciones que consideren oportunas a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan cometido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación, contra el presente Acuerdo, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación en el «Boletín Oficial de Aragón», o bien recurso contencioso-administrativo, ante la sala de lo contenciosos administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».