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ORDEN de 7 de abril de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba la Carta de Servicios del Instituto Aragonés del Arte y la Cultura Contemporáneos Pablo Serrano.

Publicado el 30/04/2015 (Nº 81)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Ley 5/2013, de 20 de junio, de calidad de los Servicios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, dedica el Capítulo IV del Título II a regular las cartas de servicios en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, estableciendo el artículo 20.4 del citado precepto legal que deberán ser aprobadas mediante orden del Consejero del que dependa el órgano, centro o unidad prestador del servicio.

Por su parte, el Decreto 115/2012, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, modificado por Decreto 100/2014 de 24 de junio, por el que se regulan las cartas de servicios establece en su artículo 5 que las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos y los órganos equivalentes de los organismos públicos son los responsables de impulsar la elaboración de las Cartas de Servicios y del cumplimiento de los compromisos y objetivos contenidos en ellas, consignando el artículo 6 del citado precepto reglamentario que las mismas se publicarán en el "Boletín Oficial de Aragón", produciendo efectos desde la fecha en que se produzca dicha publicación.

En consecuencia, vistos:

- El proyecto de Carta de Servicios del Instituto Aragonés del Arte y la Cultura Contemporáneos Pablo Serrano elaborado por la Dirección General de Patrimonio Cultural.

- El informe emitido por la Inspección General de Servicios, resuelvo:

Primero.- Aprobar la Carta de Servicios del Instituto Aragonés del Arte y la Cultura Contemporáneos Pablo Serrano como anexo a la presente orden.

Segundo.- Acordar la publicación simultánea de esta orden y del anexo que la acompaña en el "Boletín Oficial de Aragón", y en la web del Gobierno de Aragón.

Tercero.- En los cinco días siguientes a la aprobación de esta orden se remitirá copia de la misma, incluido su anexo, a la Inspección General de Servicios, para su integración en el repositorio electrónico establecido al efecto.

Cuarto.- Esta orden producirá sus efectos desde la fecha de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 7 de abril de 2015.

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ