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RESOLUCION de 26 de mayo de 2004, del Ayuntamiento de Valdealgorfa (Terue), por la que se publican las bases de la convocatoria de una plaza de Secretario-Interventor.

Publicado el 18/06/2004 (Nº 71)
Sección: BOA II. Autoridades y Personal - Oposiciones y concursos
Emisor: AYUNTAMIENTO DE VALDEALGORFA (Teruel)

Texto completo:

RESOLUCION de 26 de mayo de 2004, del Ayuntamiento de Valdealgorfa (Terue), por la que se publican las bases de la convocatoria de una plaza de Secretario-Interventor.

Aprobadas por el Pleno de la Corporación Municipal de Valdealgorfa (Teruel), en sesión celebrada el día 17 de mayo de 2004, las bases que han de regir la selección de funcionario interino para desempeñar el puesto de Secretaría-Intervención hasta su provisión mediante funcionario de habilitación de carácter nacional, por medio de la presente se procede a su convocatoria y publicación de las mismas.

Bases de la convocatoria para seleccionar un Secretario-Interventor interino hasta la provisión en propiedad

mediante funcionario de carrera,

para el Ayuntamiento de Valdealgorfa (Teruel)

Primera.-La plaza a cubrir, con carácter interino, hasta que el puesto se cubra con carácter definitivo por funcionario de carrera, es la de Secretario-Interventor, Grupo A, del Ayuntamiento de Valdealgorfa (Teruel), al encontrarse vacante.

Segunda.-Requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no exceder de aquella en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por edad, determinada en la legislación básica en materia de función pública.

c) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Licenciado en Derecho, en ciencias Políticas, en Sociología, en administración y Dirección de Empresas, en Economía, en ciencias Actuariales y Financieras.

d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el normal ejercicio de las funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

Tercera.-Solicitudes: Las instancias dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valdealgorfa, se presentarán en el registro general del Ayuntamiento de Valdealgorfa, o en la forma prevista en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de veinte días naturales, a partir de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Aragón», Sección de Personal.

A la instancia se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad, así como el título académico acreditativo del requisito del apartado c) de la segunda de estas bases.

Los aspirantes deberán acreditar junto con la instancia los méritos que deban ser valorados, no valorándose aquellos otros méritos que no cumplan con la debida acreditación.

Cuarta.-Admisión de aspirantes: Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará resolución aprobando la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Valdealgorfa, concediéndose un plazo de quince días a efectos de reclamaciones. Asimismo, de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, de 26 de noviembre de 1992, se concederá un plazo de diez días para subsanar deficiencias. En el supuesto de que no existieran reclamaciones contra la lista publicada, se entenderá elevada a definitiva sin necesidad de nueva publicación.

La fecha, lugar y hora de las pruebas, y las calificaciones obtenidas se publicarán del mismo modo indicando en esta base.

Quinta.-El tribunal calificador estará formado por:

Presidente.-El Alcalde del Ayuntamiento de Valdealgorfa.

Vocales:

-Un catedrático o profesor titular de la Universidad de Zaragoza.

-Un representantes nombrado a propuesta del Colegio Provincial de Secretario, Interventores y Tesoreros, que actuara como secretario.

-Un representante de la Comunidad Autónoma, nombrado a propuesta del Instituto Aragonés de Administración Publica.

-Un representante a propuesta de los sindicatos más representativos en la función público local.

El Tribunal quedará integrado además por los suplentes respectivos, que habrán de designarse juntamente con los titulares.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en los casos legalmente previstos, notificándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusados en los mismo supuestos.

Sexta.-El proceso de selección constará de dos fases, una de oposición, en la cual se realizará una prueba practica, y otra de concurso, consistente en la valoración de los méritos indicados en esta base, debidamente acreditados por los aspirantes.

La Fase de oposición, que será de carácter eliminatorio, consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos, planteados por el Tribunal, durante un periodo máximo de dos horas, con ayuda de textos legales.

El ejercicio será leído por el aspirante ante el Tribunal que podrá formular preguntas o aclaraciones sobre el mismo y en su calificación se valorará fundamentalmente, la precisión y el rigor técnico del planteamiento, exposición y resolución de la cuestión o cuestiones planteadas.

El ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superar la prueba un mínimo de cinco puntos.

En la fase de concurso se valorará a quienes hayan superado la fase de oposición los siguientes méritos:

A) Por superación de ejercicios de la oposición:

-Por cada ejercicio superado en oposiciones convocadas por el Ministerio para las Administraciones Públicas, para el ingreso en cualquiera de las Subescalas de Funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter nacional, 1 punto hasta un máximo de 5.

B) Por curso relacionados con el puesto de trabajo:

-Por cursos impartidos por el IAAP, INAP u otros Centros oficiales de formación, relacionados con las tareas a desempeñar:

-Cursos entre 20 y 30 horas 0,20 puntos

-Cursos entre 31 y 40 horas 0,30 puntos

-Cursos entre 41 y 50 horas 0,40 puntos

-Cursos entre 51 y 100 horas 0,50 puntos

-Cursos de más de 100 horas 1,00 puntos

El máximo de puntuación por cursos será de 5 puntos.

C) Por experiencia en puestos de trabajo de habilitados con carácter nacional:

-Por experiencia como funcionarios interinos, en virtud de nombramiento otorgado por una Comunidad Autónoma o por la Administración del Estado, en puestos de trabajo pertenecientes a la subescala de secretaría-intervención, por cada mes trabajado 0,10 puntos.

-Por experiencia como funcionarios interinos, en virtud de nombramiento otorgado por una Comunidad autónoma o por la Administración del Estado, en puestos de trabajo pertenecientes a otras subescalas de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, por cada mes trabajado 0,05 puntos.

El máximo de puntuación por experiencia será de 5 puntos.

Séptima.-Propuesta de nombramiento: Concluida la calificación, el tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Valdealgorfa (Teruel), la relación de aspirantes por orden de puntuación, efectuando propuesta de nombramiento del aspirante que haya obtenido mayor puntuación, ante la Dirección General de Administración Local y Política Territorial de la Diputación General de Aragón.

Octava.-Presentación de documentos y toma de posesión: El aspirante propuesto para su nombramiento aportará ante la Corporación, dentro del plazo de cinco días desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria, que son:

a) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, y de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública.

b) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.

Si dentro del plazo expresado, y salvo causa de fuerza mayor, el aspirante no reuniera los requisitos exigidos quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia. En tal supuesto, la Presidencia de la Corporación efectuará propuesta de nombramiento a favor del siguiente aspirante, según el orden de puntuación.

De igual forma se procederá en caso de renuncia, o en caso de producirse vacante posterior, para lo cual la relación de aspirantes que hayan superado las pruebas, con el orden de las puntuaciones totales obtenidas funcionara como bolsa de trabajo. Bolsa que tendrá una duración de dieciocho meses a contar desde la fecha del primer nombramiento.

Novena.-En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en la legislación de acceso a la función pública, disponiendo el Tribunal de la facultad de resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso de selección.

Décima.-Frente a las bases y al acto de convocatoria podrá interponerse recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de la contencioso-administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses, a contar desde su publicación. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Valdealgorfa, a 26 de mayo de 2004.-El Alcalde, Orencio Pueyo Albajez.