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ORDEN PRE/1949/2017, de 7 de noviembre, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza, en materia de conservación y restauración de bienes culturales, por medio de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de Aragón.

Publicado el 07/12/2017 (Nº 234)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2017/6/0556 el convenio de colaboración suscrito, con fecha 18 de septiembre de 2017, por la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y el Consejero de Economía y Cultura del Ayuntamiento de Zaragoza, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 7 de noviembre de 2017.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y EL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA, EN MATERIA DE CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE BIENES CULTURALES, POR MEDIO DE LA ESCUELA SUPERIOR DE CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE BIENES CULTURALES DE ARAGÓN

En Zaragoza, a 18 de septiembre de 2017.

De una parte, Doña María Teresa Pérez Esteban, Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, de acuerdo con el Decreto de nombramiento, de 5 de julio de 2015 y domicilio a estos efectos en avenida. Ranillas, 5D, 3.ª, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, autorizada expresamente para este acto por acuerdo de 25 de julio de 2017.

De otra parte, Don Fernando Rivarés Esco, Consejero de Economía y Cultura del Ayuntamiento de Zaragoza, con CIF número P-5030300 G, con sede en Torreón Fortea, calle Torrenueva, 25, 50003 de Zaragoza, que actúa en nombre y representación de dicha entidad, según Decreto de la Alcaldía de Zaragoza, de 18 de junio de 2015.

Ambas partes, en nombre y representación de sus respectivas instituciones, se reconocen mutua y recíprocamente capacidad suficiente y necesaria para este acto, y proceden a suscribir el presente Acuerdo de colaboración y, de conformidad,

I. Que la ESCRBCA es un centro público creado mediante el Decreto 280/2002, de 3 de septiembre, y que depende del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.

Entre los fines de la ESCRBCA se encuentran los siguientes:

- Contribuir a preservar los Bienes culturales y el patrimonio artístico formando a los futuros profesionales en el campo de la conservación y la restauración.

- Defender y valorar los Bienes culturales, especialmente los aragoneses; contribuir al desarrollo social y económico de Aragón, formando en valores a las personas y capacitando profesionales que desempeñen un papel activo en el mundo laboral.

Promover cuantas iniciativas favorezcan la formación e inserción laboral de los alumnos y exalumnos de la ESCRBCA, en los ámbitos de la conservación y restauración, así como potenciar la figura del conservador-restaurador como profesional cualificado para la salvaguarda de los Bienes culturales, en general, y especialmente los de Aragón.

II. Que conforme con el artículo 57.1 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, "La cooperación económica, técnica y administrativa entre la Administración local y las Administraciones del Estado y de las Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, se desarrollará con carácter voluntario, bajo las formas y en los términos previstos en las leyes, pudiendo tener lugar, en todo caso, mediante los consorcios o los convenios administrativos que suscriban".

III. Que el Ayuntamiento de Zaragoza posee un amplísimo patrimonio artístico y cultural reunido a lo largo de su historia, que, en definitiva, es un bien común de la ciudad de Zaragoza, y que dentro de los fines que le confiere su naturaleza jurídica, considera conveniente colaborar con la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de Aragón (en adelante ESCRBCA) en las actividades de conservación, restauración de dicho patrimonio y el fomento de la cultura de la salvaguarda del Patrimonio artístico y cultural, especialmente el zaragozano.

En consecuencia ambas partes suscriben el presente Acuerdo de colaboración, con arreglo a las siguientes,

Primera.- Objeto

El presente acuerdo de colaboración tiene por objeto establecer la cooperación entre el Gobierno de Aragón, a través de la ESCRBCA, y el Ayuntamiento de Zaragoza, en materia de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.

Segunda.- Compromisos de las partes

Compromisos del Gobierno de Aragón:

- El Gobierno de Aragón, a través de la ESCRBCA, colaborará con el Ayuntamiento de Zaragoza, asesorando a sus facultativos y responsables en cuestiones relativas a criterios de intervención sobre Bienes culturales.

- El Gobierno de Aragón, a través de la ESCRBCA, podrá asesorar al Ayuntamiento de Zaragoza, cuando sea requerido en cuestiones técnicas referidas a procesos selectivos, para puestos de trabajo ofertados por el Ayuntamiento en el ámbito de la conservación-restauración de Bienes culturales.

- El Gobierno de Aragón ofrecerá, a través de la ESCRBCA, en la medida de sus posibilidades y necesidades pedagógicas, en su sede de Huesca o bajo otra fórmula, si procede, la restauración de obras procedentes del Ayuntamiento de Zaragoza. Dichas restauraciones se realizarán como prácticas de los alumnos, corriendo a cargo del Ayuntamiento de Zaragoza el importe de los materiales empleados, el transporte y el seguro, en caso necesario.

Compromisos del Ayuntamiento de Zaragoza:

- El Ayuntamiento de Zaragoza se compromete a colaborar con la ESCRBCA en la difusión de sus fines y oferta educativa por los medios que considere más adecuados y dentro de sus posibilidades, así como a cooperar en materia artística y cultural, ofreciendo visitas gratuitas a su alumnado a museos de titularidad municipal o cualquier otra propuesta aceptada por las partes.

-El Ayuntamiento de Zaragoza colaborará, en la medida de sus posibilidades, en la realización de prácticas curriculares para el alumnado de la ESCRBCA, según lo establecido en la Orden de 29 de julio de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regula el trabajo final y las prácticas externas de las enseñanzas artísticas superiores en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercera.- Efectos económicos.

En virtud del presente Acuerdo de colaboración no se producirá contraprestación económica entre las partes ni existirá vínculo contractual con quienes participen en las actividades de conservación y restauración de los Bienes culturales, quedando estas labores amparadas por la póliza de seguros del alumnado que se estipule en cada caso.

El presente acuerdo de colaboración no implica coste económico para el Gobierno de Aragón, pudiéndose cumplir los compromisos que en el mismo se adquieren con sus medios personales y materiales.

Cuarta.- Periodo de vigencia.

El presente Acuerdo surtirá efecto desde la fecha de su firma y extenderá su vigencia durante cuatro años, si bien las partes podrán denunciarlo, antes de su finalización y por causas justificadas, mediante comunicación escrita entre las partes.

Quinta.- Naturaleza.

El presente Acuerdo tiene naturaleza administrativa, rigiéndose por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Sexta.- Jurisdicción.

Las posibles discrepancias que pudieran surgir en la ejecución o interpretación de este Acuerdo se deberán dirimir entre las partes y, en última instancia, en los Tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo de Aragón.

En prueba de conformidad ambas partes firman el presente Acuerdo, que se extiende a un solo efecto y en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha expresados.

Para la redacción del presente Acuerdo, y conforme a las recomendaciones de la Real Academia Española, todas las referencias para las que se utiliza el masculino genérico, deben entenderse aplicables indistintamente a mujeres y hombres.