Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ANUNCIO del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Zaragoza relativo a la exposición del Acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Gallocanta (Zaragoza).

Publicado el 15/06/2018 (Nº 115)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Se pone en conocimiento de todos los interesados en la concentración parcelaria de la zona de Gallocanta (Zaragoza), declarada de utilidad pública y urgente ejecución por Decreto 34/2010, de 9 de marzo, del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 58, de 23 de marzo de 2010).

Primero.- Que con fecha 25 de mayo de 2018, el Director General de Desarrollo Rural ha aprobado el Acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Gallocanta, tras haber introducido en el Proyecto las modificaciones oportunas como consecuencia de la encuesta del mismo, llevada a cabo conforme determina el artículo 209 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, acordándose que se lleve a cabo la publicación del referido Acuerdo de concentración parcelaria en la forma que determina el artículo 210 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.

Segundo.- Que el Acuerdo de concentración, con los documentos que contiene, estará expuesto al público en el local del municipio habilitado al efecto durante un mes a contar desde la inserción del último anuncio expuesto por 3 días en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Gallocanta, e inserto una sola vez en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza y en el "Boletín Oficial de Aragón". La consulta de los documentos que componen el Acuerdo implica que conforme a lo exigido por el artículo 4.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos que se incluyen no podrán ser utilizados para fines distintos de los de la concentración parcelaria.

Tercero.- Que durante el plazo de un mes antes mencionado podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón, basado en la infracción de las formalidades prescritas para su elaboración y publicación ó si no se ajustase a las bases de la concentración a las que se refiere el artículo 184 de la misma Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, presentándolo preferentemente en el registro del Servicio Provincial de Zaragoza o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, expresando en el escrito un domicilio para realizar las notificaciones que procedan.

Zaragoza, 5 de junio de 2018.- El Director del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Zaragoza, Ángel Daniel García Gil.