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RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 2012, de la Gerencia de Sector de Calatayud, por la que se convoca procedimiento de selección para la provisión, con carácter temporal, de un puesto de Facultativo Especialista de Área de Urgencias, mediante nombramiento eventual para la realización de guardias médicas, en el Hospital "Ernest Lluch" de Calatayud.

Publicado el 05/06/2012 (Nº 107)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

La Gerencia de Sector de Calatayud, en virtud de las competencias delegadas en materia de personal por resolución de 27 de enero de 2006, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» n.º 19, de 15/2/2006, de conformidad con los artículos 9.3.a) y 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, y con los artículos 35 a 37 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, acuerda convocar para la provisión, con carácter eventual para la realización de guardias médicas, de un puesto de Facultativo Especialista de Área de Urgencias, en el Hospital Ernest Lluch del Sector de Calatayud., con arreglo a las siguientes bases:

1.-Número de plazas.

Una plaza de Facultativo Especialista de Área de Urgencias.

2.-Características del puesto de trabajo

A) Tipo de relación.-Nombramiento de Personal Estatutario Licenciado Sanitario, de carácter eventual para garantizar el funcionamiento permanente y continuado de los centros sanitarios mediante la realización de guardias médicas.

B) Duración.-Mientras subsistan las circunstancias que lo motivan.

C) Funciones.-Las establecidas en el Estatuto Jurídico de Personal Médico de la Seguridad Social (vigente a estos efectos conforme a la disposición transitoria sexta de la ley 5572003), y cualesquiera otras normas le sean de aflicción.

D) Jornada de trabajo.-La correspondiente a las guardias médicas de presencia física (laborables y festivos).

E) Retribuciones.-La correspondiente al complemento de atención continuada según catálogo de retribución vigente para el personal estatutario de Servicio Aragonés de Salud.

3.-Requisitos de los aspirantes

A) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

B) Poseer cualquier título de Médico Especialista expedido por el Ministerio de Educación, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes o la certificación prevista en el artículo 3 del R. Decreto 853/1993, de 4 junio, sobre el ejercicio de las funciones de Médico de Medicina General en el Sistema Nacional de Salud.

C) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones y tareas propias de la categoría y especialidad convocada.

D) Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder de la edad de jubilación forzosa de 65 años.

E) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, en los seis años anteriores, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, ni para el ejercicio de la profesión de Médico. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado A), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

F) No tener la condición de personal estatutario fijo, ya sea en activo o en excedencia, de la misma categoría y especialidad convocada, en el Sistema Nacional de Salud.

Los requisitos exigidos en esta base tercera deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de incorporación al desempeño de las funciones.

4.-Solicitudes y documentación

Los interesados en participar en esta convocatoria, deberán formular solicitud, dirigida a la Gerencia de Sector de Calatayud, en el modelo que se adjunta como anexo I. Junto con la citada solicitud, presentarán necesariamente los siguientes documentos:

5.-Plazo y lugares de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Las solicitudes, junto con los demás documentos citados en la base anterior, podrán presentarse en la Oficina de Registro del Hospital "Ernest Lluch" (Ctra. Sagunto-Burgos km.254. 50300 Calatayud), a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

No se admitirán documentos acreditativos de méritos presentados fuera del plazo de presentación de solicitudes, salvo imposibilidad material por causa ajena al aspirante, alegada y probada por éste, y debidamente apreciada por el órgano convocante.

6.-Criterios de selección

Una vez publicada la lista definitiva de admitidos y excluidos al procedimiento, la idoneidad de los candidatos será valorada por una Comisión de Selección, cuya composición también se hará pública, tomando como base el historial acreditado por cada aspirante, de conformidad con el baremo aplicable que figura como anexo III. Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto que aclaren los méritos que hayan presentado. La puntuación máxima alcanzable en la valoración de méritos será de 100 puntos.

Si la Comisión de Selección lo considera oportuno, podrá mantener entrevistas personales a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil de la plaza convocada, cuya puntuación máxima será de 30 puntos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.2 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud. En consecuencia, resultará seleccionado el concursante que mayor puntuación obtenga en la suma de ambos apartados.

7.-Composición de la Comisión de Selección

La Comisión encargada de llevar a cabo la selección estará formada por:

Presidente: Gerente de Sector de Calatayud o persona en quien delegue.

Vocales: Director del Hospital "Ernest Lluch" o persona en quien delegue.

Un facultativo de la Unidad de Urgencias

Director de Gestión y SSGG.

Jefa de la Unidad de Urgencias.

Un vocal designado por la representación sindical en el Área de Calatayud, que ocupe plaza para la que se exija el mismo nivel de titulación que la plaza convocada.

8.-Listado para sucesivas contrataciones:

Conforme al Art. 36 del decreto 37/2011, de 8 de marzo ("Boletín Oficial de Aragón" 17/03/2011), de Selección de Personal Estatutario y Provisión de Plazas del Servicio Aragonés de Salud, con los candidatos declarados aptos se podrá elaborar una lista para sucesivas contrataciones de similar o inferior duración, respetando el orden de prelación establecido por la comisión de selección, que tendrá una vigencia de un año.

9.-Publicaciones sucesivas.

A los efectos previstos en el art. 59.6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se indica que todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios derivados del presente procedimiento selectivo, serán publicados en el tablón de anuncios del Hospital "Ernest Lluch".

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 11 de mayo de 2012