Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2021, de la Directora del Instituto Aragonés del Agua por la que se formula propuesta de resolución provisional de la convocatoria de subvenciones dirigida a entidades locales del ámbito pirenaico para impulsar actuaciones relativas a la mejora de la depuración de aguas residuales (años 2021-2024), que gestionará el Instituto Aragonés del Agua.

Publicado el 31/05/2021 (Nº 116)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Mediante Orden AGM/1426/2020, de 23 de diciembre, fue aprobada la convocatoria de subvenciones dirigida a entidades locales del ámbito pirenaico para impulsar actuaciones relativas a la mejora de la depuración de las aguas residuales (años 2021-2024), que gestionará el Instituto Aragonés del Agua. Esta convocatoria, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 9, de 15 de enero de 2021, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web del Gobierno de Aragón http://www.aragon.es, tiene por objeto la dotación o mejora de infraestructuras de aguas residuales urbanas y que tengan la condición de estar declaradas de interés general del Estado, y figuren, por tanto, en el anexo I del convenio de fecha 8 de abril de 2008 entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Gobierno de Aragón para el Desarrollo del Plan Nacional de Calidad de las Aguas 2008-2015, publicado en el "Boletín Oficial del Estado", número 260, de 28 de octubre de 2008 y sus posteriores modificaciones. Con la misma, se persigue contribuir a la mejora de la calidad de las aguas y sus ecosistemas, en el marco de la competencia reconocida en el artículo 15.1 t) de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones es el de concurrencia competitiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y con lo establecido en el artículo 8.2 de las bases reguladoras por la que se rige esta convocatoria, reguladas en la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón.

El apartado décimo de la convocatoria estableció un plazo de presentación de solicitudes que finalizaba el 15 de febrero de 2021. Habiendo finalizado dicho plazo, se han recibido 44 solicitudes, cuyo importe conjunto de subvención solicitado asciende a 8,72 millones de euros. De acuerdo con lo previsto en el apartado décimo de la Orden que aprueba la convocatoria, se solicitó la subsanación de aquellas solicitudes que no reunían los requisitos establecidos en la misma, tras la cual todas las solicitudes presentadas fueron aceptadas y tenidas en cuenta para su posterior valoración.

Mediante Resolución de la Directora del Instituto Aragonés del Agua, con fecha de firma electrónica de 12 de febrero de 2021, fueron designados los miembros de la Comisión de Valoración a que se refiere el apartado duodécimo de la convocatoria, como órgano colegiado con funciones de evaluación de las solicitudes conforme a los criterios contenidos en el apartado noveno de la convocatoria y la disponibilidad presupuestaria existente, de 6,25 millones de euros, distribuidos en las anualidades de 2021, 2022, 2023 y 2024.

Evaluadas las solicitudes que cumplían los requisitos básicos, la Comisión de Valoración ha emitido su informe, de fecha 17 de mayo de 2021, en el que se han concretado los resultados de la baremación específica de los criterios de otorgamiento establecidos en la convocatoria, realizando una prelación de las solicitudes a estimar de mayor a menor puntuación, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria existente.

Asimismo, con carácter previo a la propuesta de Resolución provisional, se ha verificado que los propuestos como beneficiarios se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por cuanto antecede, en aplicación del apartado duodécimo de la Orden AGM/1724/2019, de 18 de diciembre, la Directora del Instituto Aragonés del Agua, como órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, formula la siguiente propuesta de resolución provisional:

Primero.- Conceder las subvenciones para impulsar actuaciones relativas a la mejora de la depuración de las aguas residuales (años 2021-2024), a las entidades locales del ámbito pirenaico que se incluyen en el anexo II de la presente propuesta de resolución provisional, por un importe global de seis millones doscientos dieciocho mil setecientos cuarenta y dos euros con cuarenta céntimos (6.218.742,40 €), indicando el objeto de la subvención e importes concedidos y puntuación obtenida en cada uno de los criterios de valoración previstos en la convocatoria mediante Orden AGM/1426/2020, de 23 de diciembre, cuyo desglose figura en el anexo I.

Segundo.- Denegar las subvenciones a las entidades locales que se relacionan en el anexo III, por rebasar la cuantía máxima de crédito prevista en la Orden AGM/1426/2020, de 23 de diciembre, indicando la puntuación obtenida en cada uno de los criterios de valoración previstos en la citada convocatoria, cuyo desglose figura en el anexo I.

Tercero.- Habilitar a los interesados un plazo de diez días, contados a partir del día siguiente de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" de esta propuesta de resolución provisional, para presentar las alegaciones que consideren oportunas, conforme al artículo 22.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Las alegaciones irán dirigidas al Instituto Aragonés del Agua, debiendo presentarse a través de la Sede electrónica del Gobierno de Aragón, en el servicio de "Aportación de documentos a procedimientos en trámite", disponible en https://www.aragon.es/tramites/aportacion-de-documentos-a-procedimientos-en-tramite

De acuerdo con el artículo 22.5 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, esta propuesta de resolución en ningún caso supone la creación de derecho alguno a favor de los beneficiarios, mientras no se haya notificado la resolución de la concesión por el Presidente del Instituto Aragonés del Agua.

Cuarto.- Publicar la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", señalando la fecha de publicación como inicio del trámite de audiencia, conforme a lo previsto en el punto duodécimo de la convocatoria.

Asimismo, publicar el informe de valoración de las solicitudes presentadas en la página web del Instituto Aragonés del Agua, disponible en https://www.aragon.es/-/instituto-aragones-del-agua

Zaragoza, 18 de mayo de 2021.

La Directora del Instituto Aragonés del Agua,

DOLORES FORNALS ENGUÍDANOS