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RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2014, del Director General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, por la que se somete a información pública el proyecto de orden de los Consejeros de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transporte, de Política Territorial e Interior y de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se sustituyen varios anexos de las directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas, cuya revisión se aprobó por el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón.

Publicado el 21/07/2014 (Nº 141)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Al amparo de lo previsto en la disposición final segunda del Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, y conforme a lo dispuesto en los artículos 42 a 50 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, por parte de los Consejeros de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transporte, de Política Territorial e Interior y de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente se ha promovido la modificación de algunos de los requisitos y condiciones que se recogen en los anexos de las directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas.

Las modificaciones afectan a aspectos como la tabla de equivalencias de las Unidades de Ganado mayor (UGM) y aporte de nitrógeno por plaza y año (anexo I), las distancias mínimas desde la instalación ganadera a elementos relevantes del territorio (anexo VII, puntos 10, 11, 14 y 15), las distancias entre explotaciones o instalaciones de ganado equino y de ganado porcino (anexo VIII), las instalaciones para la gestión de estiércoles (anexo XI, apartado 2.2), la eliminación de los cadáveres de animales (anexo XI, apartado 3.1 y 3.4), las medidas de bioseguridad (anexo XI, apartados 4.4 y 4.8) y gestión de los estiércoles (anexo XI, apartado 2).

Estos cambios obedecen a la necesidad de favorecer y dinamizar el sector ganadero como motor de desarrollo del mundo rural, flexibilizando puntualmente aquellos aspectos que pueden contribuir a un mejor logro de los objetivos de manera sostenible y compatible con la conservación del medio natural y los intereses de la población. Los cambios propuestos buscan, en definitiva, una expansión ordenada y racional de las explotaciones ganaderas que permita la construcción de nuevas instalaciones sin poner en riesgo la conservación del medio ambiente.

Para simplificar el procedimiento y para una mayor seguridad, evitando así la complejidad que supondría una amplia enumeración de todas las modificaciones, se ha optado en esta ocasión por sustituir íntegramente todos aquellos anexos en los que se van a incorporar cambios.

La Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, permite en su artículo 49.2 ampliar el trámite de audiencia con el de la información pública en los procedimientos de elaboración de reglamentos. En el presente caso, dadas las afecciones y repercusiones que pudiera tener la modificaicón resulta adecuado efectuar el trámite de información pública.

De acuerdo con lo antedicho, he resuelto:

Primero.- Someter el proyecto de orden de los Consejeros de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transporte, de Política Territorial e Interior y de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se sustituyen varios anexos de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas, cuya revisión se aprobó por el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, a un periodo de información pública por el plazo de un mes; todo ello con el fin de que las personas físicas o jurídicas que lo consideren oportuno puedan examinar el proyecto de orden y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Durante el plazo señalado, el citado proyecto estará a disposición de quien lo solicite para su examen, en horario de oficina, en las siguientes dependencias administrativas:

- Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, (plaza San Pedro Nolasco, número 7 de Zaragoza).

- Servicios Provinciales de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, en Huesca (c/ General Lasheras número 8), Teruel (c/ San Francisco, número 27) y Zaragoza (edificio Pignatelli, paseo M.ª Agustín, número 36.

- En la Ventanilla Única (Servicio de Información y Documentación Administrativa, edificio Pignatelli de Zaragoza (paseo de María Agustín, 36), e

- Igualmente, el texto está disponible para su consulta en la página web del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente: www.aragon.es.

Segundo.- Las alegaciones o sugerencias deberán presentarse por escrito, haciéndose constar en el mismo el nombre, apellidos, D.N.I., domicilio y localidad del alegante y se dirigirán a la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, pudiendo ser presentadas en el Registro General de la Diputación General de Aragón, ubicado en el edificio Pignatelli, en las direcciones que se indican en el número anterior, así como en los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.- El plazo señalado comenzará a contarse a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 14 de julio de 2014.- El Director General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, Luis Miguel Albarrán González-Urría.