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ORDEN CDS/1055/2018, de 16 de enero, por la que se califica al municipio de Épila como Área Especial de Servicios Sociales.

Publicado el 21/06/2018 (Nº 119)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

La Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, especifica dentro de los objetivos de las políticas de servicios sociales, en su artículo 2, el de prevenir y atender las situaciones de exclusión de las personas o los grupos y desarrollar estrategias que favorezcan su inclusión social.

La inclusión social es un fenómeno complejo que exige actuaciones en las que los propios ciudadanos afectados son sujetos activos en el proceso de transformación social, más allá de una visión de tipo asistencial ya superada. La exclusión no se explica con arreglo a una sola causa, sino a un cúmulo de circunstancias desfavorables, a menudo interrelacionadas que requieren actuaciones globales, integrales y coordinadas.

En los últimos años, se está produciendo en el municipio de Épila un aumento de procesos de exclusión social por parte de personas en situación de riesgo, pertenecientes a colectivos residentes en el municipio, localizados fundamentalmente en las zonas denominadas "los cabezos", así como a un deterioro de la convivencia vecinal que requieren de actuaciones especializadas urgentes.

La población afectada se estima en 731 personas ubicadas en 170 viviendas, repartidas en cinco cabezos, de las que el 43% son casas cueva, un 27% propiamente cuevas, otro 27% casas y un 3% en otras situaciones de alojamiento no normalizado.

La población, sujeto de la intervención del Programa de Actuación, está sufriendo en los últimos años un proceso de degradación y exclusión social, determinado por su situación de pobreza, desigualdad y vulnerabilidad, así como serias dificultades de integración y normalización social.

Si bien, es verdad que se observa una diferencia en su situación, dependiendo de la zona de ubicación y el grupo cultural y/o familiar de referencia, las dificultades de oportunidades vitales de desarrollo personal, de inserción socio-comunitaria y de acceso a los sistemas de protección es general y común a todos ellos.

Su vida se desarrolla en las zonas urbanas referenciadas con un hábitat inadecuado donde viven en condiciones deficitarias que, en un número creciente de familias, se sienten limitadas en el acceso y disfrute de sus derechos básicos que nuestra sociedad, nuestro Estado y Europa propugnan.

El grado de vulnerabilidad que las familias tienen viene determinado por causas heterogéneas para cada grupo o individuos y están asociadas a factores como la pobreza, la dificultad para disponer y mantener una vivienda digna, incapacidad o falta de acceder al empleo, la situación sanitaria, la educación o la participación social o comunitaria.

A pesar de los esfuerzos que el Ayuntamiento y los Servicios Sociales Comarcales y Municipales están llevando a cabo, es necesario establecer un programa específico y especializado de actuación que favorezca la promoción, integración y normalización de la población objeto de la intervención por medio de proyectos y actuaciones específicas de carácter integral a nivel individual, grupal y comunitario.

La necesidad de establecer abordajes especializados de intervención educativa, familiar y social de carácter integral que favorezca la integración y normalización social de las personas y sus familias, de regeneración de la habitabilidad de las viviendas y de promoción del acceso a vivienda normalizada, así como las actuaciones que se contemplan en materia de empleo, educación, coordinación, promoción de la mujer y fomento de la participación social y mejora de las relaciones sociales y vecinales, justifican la necesidad de colaboración entre Administraciones Públicas para el diseño, y ejecución de un programa de intervención especializada.

El Decreto 55/2017, de 11 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Mapa de Servicios Sociales de Aragón, en su artículo 8, define la áreas especiales de servicios sociales como unidades territoriales que presenten determinadas características, de carácter social y geográfico y que requieran actuaciones específicas para favorecer el acceso a los recursos del sistema público de servicios sociales y para la atención de necesidades sociales específicas.

En base a lo expuesto, en la zona denominada "Los cabezos" del municipio de Épila se requiere una intervención social específica para garantizar el acceso y uso de los recursos sociales en condiciones de igualdad, procurar formas de convivencia positiva para la realización personal y la autonomía, para promover las condiciones personales y sociales para participar en la vida social, y para favorecer la responsabilidad social.

De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Decreto 55/2017, de 11 de abril, la calificación de Área Especial de Servicios Sociales corresponde al titular del Departamento competente en materia de servicios sociales del Gobierno de Aragón y se formalizará mediante orden en la que se especificarán las razones que la justifican así como sus efectos.

De acuerdo con el Decreto 316/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, corresponden a este Departamento las competencias en materia de servicios sociales.

En virtud de todo lo expuesto, y de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas por el ordenamiento jurídico, dispongo:

Primero.- Calificar la zona denominada "Los cabezos" del municipio de Épila como Área Especial de Servicios Sociales, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 55/2017, de 11 de abril, por la que se aprueba el Mapa de Servicios Sociales de Aragón, correspondiendo su gestión al Ayuntamiento de Épila.

Segundo.- Para la gestión de un programa específico de promoción, integración y normalización social, el Instituto Aragonés de Servicios Sociales y el Ayuntamiento de Épila formalizarán un convenio de colaboración que contemple los apoyos económicos y técnicos para su desarrollo.

Zaragoza, 16 de enero de 2018.

La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, MARÍA VICTORIA BROTO COSCULLUELA