ORDEN de 29 de abril de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se resuelve el concurso de premios de buenas prácticas innovadoras en el 1.º ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Aragón realizadas en el curso 2011/2012 o con anterioridad, en el marco del Proyecto Europeo Red Comenius NetQ6.
Mediante Orden de 8 de febrero de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se convocó concurso de premios de buenas prácticas innovadoras en el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Aragón realizadas en el curso 2011/2012 o con anterioridad, en el marco del Proyecto Europeo Red Comenius NetQ6.
Analizados y valorados los proyectos presentados, el Jurado ha formulado la correspondiente propuesta de adjudicación de los premios objeto de la convocatoria.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente, resuelvo:
Primero.- Conceder los premios de buenas prácticas innovadoras en el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Aragón realizadas en el curso 2011/2012 o con anterioridad, en el marco del Proyecto Europeo Red Comenius NetQ6 a los centros relacionados en el anexo I.
Segundo.- Relacionar en el anexo II, de acuerdo con el apartado tercero punto 2 de la orden de convocatoria, los centros cuyos proyectos han obtenido una puntuación superior a 45 puntos. Estos proyectos se incluirán en la compilación de buenas prácticas innovadoras de primer ciclo de Educación Infantil que se publicará en la página web de la Red Comenius NetQ6 de la Comunidad Autónoma http: http://netq6.educa.aragon.es/ y en los repositorios de la Red de Bases de Datos de Información Educativa (REDINED), del Centro Aragonés de Recursos para la Educación Intercultural (CAREI) y del Centro Aragonés de Tecnologías para la Educación (CATEDU).
Tercero.- La práctica desarrollada por la Escuela Infantil Municipal El Andén no ha obtenido una puntuación superior a los 45 puntos.
Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, conforme a lo establecido en los artículos, 10, 14, y 46.1, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Asimismo, potestativamente, podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De acuerdo con la normativa citada, los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse a la orden que resuelva mediante escrito motivado, indicado las razones que fundamentan su pretensión.
Zaragoza, 29 de abril de 2013
La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,
DOLORES SERRAT MORÉ.