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ORDEN de 5 de octubre de 2011, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se modifica el plazo de justificación de las ayudas convocadas mediante Ordenes del 27 de septiembre de 2010, del Consejero de Medio Ambiente, por las que se convocan subvenciones para la Comarca del Maestrazgo, Comarca del Somontano de Barbastro y Comarca del Sobrarbe en materia de estímulo y promoción del medio rural, en aplicación de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo rural sostenible.

Publicado el 14/10/2011 (Nº 203)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

El Real Decreto 145/2010, de 20 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de estímulo y promoción del medio rural, en el marco de los convenios de colaboración, entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Autónoma de Aragón, para el desarrollo de programas piloto de desarrollo rural sostenible, en aplicación de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo rural sostenible («Boletín Oficial de Aragón» n.º 150, de 2 de agosto de 2010), y modificado por Decreto 167/2010 de 7 de septiembre («Boletín Oficial de Aragón» de 20 de septiembre de 2010)incorpora un régimen de ayudas para apoyar las actividades orientadas al cumplimiento de los objetivos generales y específicos a que se refiere el artículo 2 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo rural sostenible.

Mediante las correspondientes órdenes de 27 de septiembre de 2010, se aprobaron las convocatorias de estas subvenciones para la Comarca del Somontano de Barbastro, la Comarca de Sobrarbe y la Comarca del Maestrazgo, limitando las mismas el periodo de ejecución y justificación de las actividades subvencionables hasta el 01 de noviembre de 2011.

Debido a problemas en la tramitación de los expedientes de ayuda derivados de la tardía incorporación de los créditos al presupuesto del Departamento, es necesario introducir una fecha límite de presentación de los documentos necesarios para la justificación de la subvención, permitiendo de este modo la correcta ejecución presupuestaria, así como poder definir el calendario de nuevas convocatorias.

En consecuencia, es necesario proceder a la modificación del periodo de justificación de las actuaciones subvencionadas, aprobadas al amparo de las citadas órdenes de convocatoria de ayudas.

Por todo lo expuesto, resuelvo:

Apartado único. Modificación del plazo de justificación establecido en el artículo 13.2 de las Ordenes del 27 de septiembre de 2010, del Consejero de Medio Ambiente, por las que se convocan subvenciones para la Comarca del Maestrazgo, Comarca del Somontano de Barbastro y Comarca del Sobrarbe en materia de estímulo y promoción del medio rural, en aplicación de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo rural sostenible.

El plazo de presentación de los documentos para la justificación de la subvención finalizará el 1 de diciembre de 2011.

Zaragoza, 5 de octubre de 2011.

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,

FEDERICO GARCÍA LÓPEZ