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ORDEN PRE/1045/2018, de 23 de mayo, por la que se dispone la publicación de la adenda al convenio de delegación de competencias de transporte escolar a la Comarca del Sobrarbe. Curso 2017-2018.

Publicado el 21/06/2018 (Nº 119)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el número 2018/6/0275 la adenda al convenio, suscrita con fecha 18 de enero de 2018, por la Directora del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte en Huesca y el Presidente de la Comarca del Sobrarbe, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 23 de mayo de 2018.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ADENDA AL CONVENIO DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE TRANSPORTE ESCOLAR

A LA COMARCA DEL SOBRARBE. CURSO 2017-2018

Huesca, 18 de enero de 2018.

De una parte, la Sra. Dña. Olga Alastruey Alpín en su calidad de Directora del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte en Huesca, en virtud de la autorización conferida por Decreto 109/2017, de 18 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la delegación de competencias en materia de transporte escolar de la Comunidad Autónoma de Aragón a las Comarcas de Sobrarbe, La Ribagorza, La Jacetania, Alto Gállego, Cuencas Mineras y al Municipio de Barbastro, para el curso 2017/2018.

De otra, el Sr. D. Enrique Campo Sanz, Presidente de la Comarca del Sobrarbe,

Mediante Decreto 109/2017, de 18 de julio, del Gobierno de Aragón, se autoriza la delegación de competencias en materia de transporte escolar de Comunidad Autónoma de Aragón a diversas entidades en materia de transporte escolar, entre ellas la Comarca del Sobrarbe.

En la disposición Tercera del citado decreto se faculta al Director del Servicio Provincial correspondiente para su formalización mediante la firma del convenio con la entidad delegante, en nombre y representación del Gobierno de Aragón.

En virtud de dicho Decreto, con fecha 17 de agosto de 2017, fue firmado por ambas partes convenio de delegación de competencias, al objeto de establecer las reglas y forma de ejecución de la delegación de competencias en materia de transporte escolar para el curso 2017-2018, que el Gobierno de Aragón, como administración encomendante otorga a favor de la Comarca del Sobrarbe, como administración encomendada.

Tramitado en tiempo y forma expediente de delegación de competencias en materia de transporte escolar, una vez conocidos los listados definitivos de alumnos de los centros, se registran las siguientes incidencias:

1. Inclusión de la localidad de Solipueyo, modificando el itinerario inicial de la ruta 10106/EPES/H/2017/C, supone incrementar el recorrido diario en 6 km, lo que acarrea un incremento económico diario de 1.123,50 € (6 km. x 1.07 €/kilómetro).

2. Inclusión de la localidad de Troncedo modificando el itinerario inicial de la ruta 10110/EPES/H/2013/C, supone incrementar el recorrido diario en 6 km, lo que acarrea un incremento económico diario de 402.50 € (2 km. x 1.15 €/kilómetro).

En consecuencia, el anexo II se modifica en los siguientes términos:

Donde dice:

Debe decir:

Donde dice:

Debe decir:

Las citadas incidencias se sufragarán con el menor coste de las rutas tras la adjudicación.

Por todo ello, acuerdan la suscripción de la presente ADENDA del convenio conforme a lo dispuesto en el Decreto 109/2017, de 18 de julio del Gobierno de Aragón:

CLÁUSULAS

PRIMERA: Queda modificado el Anexo II del Convenio encomienda de gestión en materia de transporte escolar suscrito entre el Gobierno de Aragón y la Comarca del Sobrarbe, así

Donde dice:

Debe decir:

Donde dice:

Debe decir:

Segunda.- La inclusión de las localidades se sufragarán con el menor coste de las rutas tras la adjudicación.

Tercera.- En lo no previsto en esta Adenda permanecerá vigente lo dispuesto en el convenio suscrito con fecha 17 de agosto de 2017

Cuarta.- Los efectos de esta Adenda surtirán desde inicio de curso

Y en prueba de conformidad, firman la presente Adenda, por duplicado ejemplar, en Huesca, a 18 de enero de 2017.