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NOTIFICACIÓN de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, al interesado relacionado en el anexo, de Resolución de 5 de febrero de 2015, de la Directora General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se acuerda la imposición de duodécima multa coercitiva derivada de la resolución sancionadora del expediente administrativo de vivienda 14/2011.

Publicado el 18/03/2015 (Nº 53)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES

Texto completo:

No habiendo sido posible realizar la notificación personal y preceptiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se efectúa pública notificación al interesado que en anexo se relaciona, de la Resolución de 5 de febrero de 2015, de la Directora General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se acuerda la imposición de duodécima multa coercitiva derivada de la resolución sancionadora del expediente administrativo de vivienda 14/2011, haciendo constar lo siguiente:

1.º Se consideran probados los hechos reseñados en la resolución de los que es responsable el interesado indicado en el expediente, junto con la determinación de los preceptos infringidos.

2.º Contra la resolución a la que se refiere la presente publicación, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes del Gobierno de Aragón, en el plazo de un mes a partir de la fecha más favorable: de publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", o de finalización del período de exposición por edictos del ayuntamiento del último domicilio del sancionado conocido por esta administración. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse. La resolución no será ejecutiva en tanto no se resuelva el recurso de alzada que, en su caso, se interponga, o bien en tanto transcurra el plazo para su interposición sin que esta se produzca.

3.º En el supuesto de que no se interponga recurso, el importe de la multa coercitiva impuesta deberá ingresarse en la cuenta corriente número ES13 2085-0103-95-0300732111 abierta en la oficina principal de Ibercaja, en el plazo siguiente según corresponda: Si la notificación tiene lugar entre los días 1 y 15 del mes, hasta el día 20 del mes siguiente. Si la notificación tiene lugar entre los días 16 y último del mes, hasta el día 5 del segundo mes siguiente. De no ser abonado dicho importe, se procederá a su exacción por la vía de apremio, según lo previsto en los artículos 95 y 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 69 y siguientes del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

4.º Dado que se trata de una notificación derivada de resolución sancionadora, al amparo de lo dispuesto en los artículos 37.3 y 61 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrán tener conocimiento del texto íntegro de la resolución el sancionado o su representante acreditado, a través de la Subdirección Provincial de Vivienda de Teruel, c/ San Francisco, número 1, planta - 1, de 9 a 14 de lunes a viernes, Tlf. 978641017, donde obra el expediente.

Teruel, 4 de marzo de 2015.- La Directora General de Vivienda y Rehabilitación (Firma delegada por Resolución de 22 de abril de 2014). La Subdirectora Provincial de Vivienda, Cristina Montaner Giménez.

Número de expediente: SV TE 14/2011.

Interesado: D. José Antonio Pitarque Valero.

Importe de la multa coercitiva: Setecientos euros (700 €). Precepto infringido: Artículo 43. l) de la Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de Medidas Urgentes de Política de Vivienda Protegida ("Boletín Oficial de Aragón", número 156, de 31 de diciembre de 2003).