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RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2018, del Director General de Energía y Minas del Departamento de Economía, Industria y Empleo, por la que se otorga la autorización administrativa previa y de construcción a la instalación "Modificado SET Campoliva 132/30 kV de Sistemas Energéticos Campoliva, SAU en Villamayor de Gállego (Zaragoza)".

Publicado el 31/05/2018 (Nº 104)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Número Exp de D. General Energía y Minas: IEA6014/2017

Número Exp de Servicio Provincial de Zaragoza: AT 109/2004-modif

Antecedentes de hecho

Primero.- Solicitud de autorización administrativa previa y de construcción. Antecedentes.

Por Resolución de 29 de julio de 2013, de la Directora General de Energía y Minas, se autoriza y aprueba el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica "SET Campoliva 132/20 kV, 15 MVA" de Gamesa Energía, SA en el término municipal de Villamayor de Gállego (Zaragoza), con número de expediente: AT 109/2004.

Con fecha 3 de abril de 2017, Dña. M. Carmen Láinez Peña, en representación de la sociedad Siemens Gamesa Renewable Energy Wind Farms, SAU (antes Gamesa Energía, SAU), con NIF A80477144 y con domicilio social en Parque Tecnológico de Bizkaia, Edificio 222, 48170 Zamudio (Vizcaya), presentó escrito de solicitud ante la Dirección General de Energía y Minas, instando al inicio de la tramitación anticipada de los procedimientos de autorización del proyecto denominado Modificado SET Campoliva 132/30 kV de Gamesa Energía, SAU en Villamayor de Gállego (Zaragoza), para evacuación del parque eólico Campoliva I, incluido en el anexo II del Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, del Gobierno de Aragón, y los parques eólicos Campoliva II y Primoral, incluidos en el régimen general del Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, de la instalación "Modificado SET Campoliva 132/30 kV de Sistemas Energéticos Campoliva, SAU en Villamayor de Gállego (Zaragoza)", prevista en el artículo 6 del citado decreto-ley.

Entre los proyectos de parques eólicos declarados el 19 septiembre de 2017 por el Gobierno de Aragón como inversión de interés autonómico, se encuentran "Campoliva I de Sistemas Energéticos Campoliva, SAU (antes Gamesa Energía, SAU) en Villamayor de Gállego y Alfajarín (Zaragoza)", "Campoliva II de Sistemas Energéticos Sierra del Carazo, SL en Villamayor de Gállego y Alfajarín (Zaragoza)" y "Primoral de Sistemas Energéticos Alcohujate, SA en Villamayor de Gállego y Alfajarín (Zaragoza)". Todos ellos se sirven de la instalación "Modificado SET Campoliva 132/30 kV en Villamayor de Gállego (Zaragoza)" para evacuar la energía producida, por lo que la declaración de inversión de interés autonómico también aplica a esta instalación.

Con fecha 2 de octubre de 2017, la Dirección General de Energía y Minas emitió carta de subsanación reclamando al promotor la presentación de la documentación ambiental relativa a la infraestructura objeto de la presente autorización. El promotor respondió con fecha de entrada en el Registro del Departamento de Educación, cultura y deporte del Gobierno de Aragón 18 de octubre de 2017, solicitando prórroga para poder responder al requerimiento e informando sobre solicitud de evaluación de impacto ambiental simplificada al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Con fecha de entrada en el Registro del Departamento de educación, cultura y deporte del Gobierno de Aragón 20 de noviembre de 2017, el peticionario presentó, en representación de las sociedades Gamesa Energía, SAU, Sistemas Energéticos Sierra del Carazo, SL y de Sistemas Energéticos Alcohujate, SA, escrito identificando a la sociedad Gamesa Energía, SAU como empresa representante en los trámites y notificaciones de la instalación Modificado SET Campoliva 132/30 kV. Se adjunta Resolución de 7 de noviembre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental ordinaria y se emite Informe de Impacto Ambiental del proyecto.

Con fecha de entrada en el Registro General del Gobierno de Aragón 27 de febrero de 2018, el promotor presenta escrito comunicando a la Dirección General de Energía y Minas, el cambio de denominación de la sociedad titular de la instalación de Gamesa Energía, SAU a Siemens Gamesa Renewable Energy Wind Farms, SAU.

En el citado escrito se solicita el cambio de titularidad de las instalaciones "Parque Eólico Campoliva I" y "Modificado SET Campoliva 132/30 kV" de la sociedad Siemens Gamesa Renewable Energy Wind Farms, SAU a la sociedad Sistemas Energéticos Campoliva, SAU.

Con fecha 20 de marzo de 2018, se solicita al peticionario documentación necesaria para tomar razón del cambio de titularidad del parque eólico Campoliva I y se le informa que, no se podrá atender el cambio de titularidad de la instalación Modificado SET Campoliva 132/30 kV en tanto no se resuelva el cambio de titularidad del parque eólico Campoliva I. El peticionario responde con fecha 6 de abril de 2018 aportando la documentación solicitada.

Con fecha 6 de abril de 2018, la Dirección General de Energía y Minas procede a tomar nota de la transmisión de titularidad del expediente asociado al proyecto de parque eólico Campoliva I, de la sociedad Siemens Gamesa Renewable Energy Wind Farms, SAU (antes Gamesa Energía, SAU) a la sociedad Sistemas Energéticos Campoliva, SAU.

La instalación Modificado SET Campoliva 132/30 kV de Sistemas Energéticos Campoliva, SAU en Villamayor de Gállego (Zaragoza) tiene como finalidad evacuar la energía producida por los siguientes parques eólicos:

- Parque eólico "Campoliva I", de "Sistemas Energéticos Campoliva, SAU".

- Parque eólico "Campoliva II", de "Sistemas Energéticos Sierra del Carazo, SL".

- Parque eólico "Primoral", de "Sistemas Energéticos Alcohujate, SA".

Las infraestructuras de evacuación asociadas al presente expediente para la evacuación de la energía de los parques anteriores son:

- "LAAT 132 kV SET Campoliva-SET Peñaflor", autorizada: con Número Exp de Servicio Provincial de Zaragoza AT 60/2012.

- "LAAT 132 kV SET Campoliva-SET Malpica": con Número Exp de Dirección General de Energía y Minas IE0017/2017 (Número Exp de Servicio Provincial de Zaragoza AT 144/2017).

Por tanto, y vista la mencionada solicitud de autorización de infraestructuras compartidas, se inicia el trámite del expediente siguiente:

- Modificado SET Campoliva 132/30 kV de Sistemas Energéticos Campoliva, SAU en Villamayor de Gállego (Zaragoza): con Número Exp de Dirección General de Energía y Minas IEA6014/2017 (Número Exp de Servicio Provincial de Zaragoza AT 109/2004-modif).

Segundo.- Admisión a trámite.

Con fecha 30 de noviembre de 2017, se admite a trámite la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del proyecto denominado Modificado SET Campoliva 132/30 kV de Sistemas Energéticos Campoliva, SAU (antes Gamesa Energía, SAU) en Villamayor de Gállego (Zaragoza) mediante la Resolución de 30 de noviembre de 2017, del Director General de Energía y Minas, sobre el inicio de la tramitación de los procedimientos de autorización del proyecto de la instalación "Modificado SET Campoliva 132/30 kV de Gamesa Energía, SAU en Villamayor de Gállego (Zaragoza)", para evacuación de los parques eólicos Campoliva I, Campoliva II y Primoral, iniciándose dicho procedimiento (Número Exp de Dirección General de Energía y Minas: IEA6014/2017) y trasladándose el expediente al Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Zaragoza para su tramitación con fecha 1 de diciembre de 2017.

Tercero.- Remisión de la solicitud al Servicio Provincial.

Con fecha 11 de diciembre de 2017, se recibe en el Servicio Provincial, mediante escrito de la Dirección General de Energía y Minas, la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de la sociedad Siemens Gamesa Renewable Energy Wind Farms, SAU (antes Gamesa Energía, SAU), junto con el expediente para su tramitación, que incluye el Proyecto de Ejecución de la instalación Modificado SET Campoliva 132/30 kV de Sistemas Energéticos Campoliva, SAU (antes Gamesa Energía, SAU) en Villamayor de Gállego (Zaragoza).

El proyecto de ejecución de la subestación eléctrica está suscrito por el Ingeniero Técnico Industrial, D. Enrique Vicente Queralt Solari, visado por el Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería de la Rama Industrial e Ingenieros Técnicos Industriales de Aragón, con fecha 15 de marzo de 2017, y número de visado VIZA171694.

Junto con el Proyecto de ejecución de la instalación se recibe en el Servicio Provincial la documentación relativa a la tramitación ambiental, en concreto el Informe de Impacto Ambiental del proyecto Modificado SET Campoliva 132/30 kV de Gamesa Energía, SA en Villamayor de Gállego (Zaragoza), emitido por Resolución de 7 de noviembre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

No se presentan separatas.

Cuarto.- Tramitación de expediente por el Servicio Provincial.

El Servicio Provincial de Zaragoza procede al inicio de la tramitación de la citada solicitud de autorización administrativa previa y de construcción del proyecto "Modificado SET Campoliva 132/30 kV de Sistemas Energéticos Campoliva, SAU en Villamayor de Gállego (Zaragoza)" (Número Expediente del Servicio Provincial de Zaragoza: AT 109/2004-modif).

Con fecha 27 de diciembre de 2017, Siemens Gamesa Renewable Energy Wind Farms, SAU (antes Gamesa Energía, S.A.U.), presenta justificante del pago de la tasa de tramitación.

Como consecuencia de dicha tramitación, con fecha 1 de marzo de 2018, el Servicio Provincial de Zaragoza, emite Informe-Propuesta de resolución sobre autorización administrativa previa y de construcción de la instalación.

Los principales aspectos recogidos en dicho documento vienen a indicarse en los distintos apartados de los Antecedentes de esta resolución que figuran a continuación.

Quinto.- Información pública y audiencia.

Dentro del trámite correspondiente al Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, por el Servicio Provincial el proyecto es sometido a información pública junto con el estudio de impacto ambiental en su caso, a cuyo efecto se publicó anuncio en:

- "Boletín Oficial de Aragón", número 10, de 15 de enero de 2018.

- Periódico de Aragón, en fecha 15 de enero de 2018.

- Servicio de Información y Documentación Administrativa.

- Tablón de edictos del Ayuntamiento de Villamayor de Gállego.

Con carácter simultáneo al inicio del trámite de información pública, se remiten por parte del Servicio Provincial las separatas a los organismos afectados, y se les solicitan los preceptivos informes para que puedan establecer los condicionados procedentes, de acuerdo a lo establecido en el Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Se ha consultado a los siguientes organismos:

- Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, Instituto Aragonés de Gestión Ambiental. Resolución de fecha 7 de noviembre de 2017, por la que se adopta de no someter el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria y se emite informe de impacto ambiental del proyecto.

- Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, Consejo Provincial de Urbanismo. Informa que el proyecto puede considerarse viable desde el punto de vista urbanístico.

- Municipios afectados.

- Ayuntamiento de Villamayor de Gállego, que no ha emitido respuesta.

Sexto.- Alegaciones.

Respecto a las alegaciones el Servicio Provincial informa lo siguiente:

Durante el plazo de información pública no se han recibido alegaciones.

Séptimo.- Proyecto técnico.

El Informe-Propuesta de resolución del Servicio Provincial incluye análisis del Proyecto Técnico y su adecuación a la normativa de instalaciones industriales y eléctricas, que se da por reproducido en la presente resolución.

En cuanto al Proyecto de ejecución de Modificado SET Campoliva 132/30 kV de Sistemas Energéticos Campoliva, SAU en Villamayor de Gállego (Zaragoza), se estima que según la Propuesta de resolución del Servicio Provincial en su redacción se han cumplido las exigencias reglamentarias que le afectan que se da por reproducido en la presente resolución.

El proyecto de ejecución de la subestación eléctrica está suscrito por el Ingeniero Técnico Industrial, D. Enrique Vicente Queralt Solari, visado por el Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería de la Rama Industrial e Ingenieros Técnicos Industriales, con fecha 15 de marzo de 2017, y número de visado VIZA171694.

El anexo del proyecto de ejecución de la subestación eléctrica está suscrito por el Ingeniero Técnico Industrial, D. Enrique Vicente Queralt Solari, visado por el Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería de la Rama Industrial, Ingenieros Técnicos Industriales y Peritos Industriales de Aragón, con fecha 27 de diciembre de 2017, y número de visado VIZA179215.

Se aporta declaración responsable suscrita por D. Enrique Queralt Solari, como autor del proyecto, que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación de acuerdo al artículo 53.1b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Octavo.- Tramitación ambiental.

En lo referente al trámite ambiental el Servicio Provincial informa:

Resolución de fecha 7 de noviembre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental ordinaria y se emite Informe de Impacto Ambiental del proyecto de SET Campoliva para la evacuación del Parque Eólico "Campoliva I", en el término municipal de Villamayor de Gállego (Zaragoza), promovido por Gamesa Energía, SAU (Número Expte. INAGA 500201/01B/2017/06042).

Fundamentos de derecho

Primero.- La competencia para dictar la presente resolución viene atribuida al Director General de Energía y Minas por el artículo 15 del Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, de medidas urgentes para la ejecución de las sentencias dictadas en relación con los concursos convocados en el marco del Decreto 124/2010, de 22 de junio, y el impulso de la producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en Aragón.

Segundo.- La legislación aplicable al presente procedimiento es, básicamente, la siguiente: la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, de medidas urgentes para la ejecución de las sentencias dictadas en relación con los concursos convocados en el marco del Decreto 124/2010, de 22 de junio, y el impulso de la producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en Aragón; el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23; Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión; el Decreto 34/2005, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas aéreas con objeto de proteger la avifauna; y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás legislación concordante.

Tercero.- Examinado el expediente completo referido a la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación "Modificado SET Campoliva 132/30 kV de Sistemas Energéticos Campoliva, SAU en Villamayor de Gállego (Zaragoza)", se observa lo siguiente:

- Se han cumplimentado los tramites documentales y procedimentales previstos en la normativa que resulta de aplicación. En este sentido, constan en el expediente los informes favorables emitidos por los organismos y entidades indicados en la presente resolución, que han establecido condicionantes que deberán tenerse en cuenta por el promotor en la ejecución del proyecto.

- Consta en el expediente la Resolución de 7 de noviembre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental ordinaria y se emite Informe de Impacto Ambiental del proyecto de SET Campoliva para la evacuación del Parque Eólico "Campoliva I", en el término municipal de Villamayor de Gállego (Zaragoza), promovido por Gamesa Energía, SAU, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 248, de 29 de diciembre de 2017.

- Se ha emitido el preceptivo Informe-Propuesta de Resolución de 1 de marzo de 2018, sobre autorización administrativa previa y de construcción de instalación de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica. Decreto 2/2016, de 30 de agosto.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con las competencias compartidas en materia de energía que el artículo 75.4 del vigente texto de Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a esta Comunidad Autónoma y las atribuidas por el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, de 2017, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo, y en aplicación de la normativa legal señalada,

resuelvo

Primero.- Tomar nota de la transmisión de titularidad del expediente asociado al proyecto de Modificado SET Campoliva 132/30 kV, de la sociedad Siemens Gamesa Renewable Energy Wind Farms, SAU (antes Gamesa Energía, SAU) a la sociedad Sistemas Energéticos Campoliva, SAU, pasando a denominarse "Modificado SET Campoliva 132/30 kV de Sistemas Energéticos Campoliva, SAU en Villamayor de Gállego (Zaragoza)".

Segundo.- Conceder la autorización administrativa previa a Sistemas Energéticos Campoliva, SAU, a Sistemas Energéticos Sierra del Carazo, S.L. y a Sistemas Energéticos Alcohujate, S.A. para la instalación Modificado SET Campoliva 132/30 kV de Sistemas Energéticos Campoliva, en Villamayor de Gállego (Zaragoza).

Tercero.- Conceder la autorización administrativa de construcción para el proyecto ejecución de Modificado SET Campoliva 132/30 kV de Sistemas Energéticos Campoliva, SAU en Villamayor de Gállego (Zaragoza), suscrito por el Ingeniero Técnico Industrial D. Enrique Vicente Queralt Solari y visado por el Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería de la Rama Industrial e Ingenieros Técnicos Industriales en fecha 15 de marzo de 2017 con el número de visado VIZA171694.

Y para el proyecto anexo del proyecto de ejecución de Modificado SET Campoliva 132/30 kV de Sistemas Energéticos Campoliva, SAU en Villamayor de Gállego (Zaragoza), suscrito por el Ingeniero Técnico industrial D. Enrique Vicente Queralt Solari, visado por el Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería de la Rama Industrial, Ingenieros Técnicos Industriales y Peritos Industriales de Aragón, con fecha 27 de diciembre de 2017, y número de visado VIZA179215.

Las características principales recogidas en los proyectos son las siguientes:

1. Datos generales.

2. Coordenadas UTM.

Coordenadas subestación:

3. Características técnicas:

Alta Tensión.

1. Nivel de Tensión 30 kV.

1.1. En edificio de obra civil incluido dentro del perímetro de la subestación.

1.1.1- Conjunto de aparamenta para la conexión de los PP.EE. Campoliva I, Campoliva II y Primoral.

3 celdas de protección de transformador de potencia, cada una con 1 interruptor automático extraíble en SF6 de 36 KV, 2.000 A y 25 KA y seccionador de p.a.t.

3 celdas de medida, cada una con 3 transformadores de tensión y 3 de intensidad.

9 celdas de protección de líneas, cada una con 1 interruptor automático extraíble en SF6 de 36 KV, 630 A y 25 KA, seccionador de p.a.t. y 3 transformadores de intensidad.

1 celda de protección de trafo de servicios auxiliares, con un interruptor-seccionador de 36 KV y 400 A con cartuchos fusibles APR y seccionador de p.a.t.

1 transformador trifásico de 100 KVA de 30/0,420 KV.

2. Nivel de Tensión 132 kV.

2.1- 1 posición de transformación y de línea a SET Peñaflor (PE Campoliva I), con: 3 autoválvulas para 132 KV, 3 transformadores de tensión 1 seccionador III motorizado con cuchillas de p.a.t., 3 transformadores de tensión, 3 transformadores de intensidad, 1 interruptor tripolar automático motorizado, 3 autoválvulas para 132 KV, 1 transformador de potencia de 40 MVA, 3 autoválvulas para 30 KV y 1 reactancia.

2.2- 2 posiciones de transformación (PE Campoliva II y PE Primoral), cada una, con: 1 seccionador III motorizado, 3 transformadores de tensión, 3 transformadores de intensidad, 3 autoválvulas para 132 KV, 1 transformador de potencia de 40 MVA, 3 autoválvulas para 30 KV y 1 reactancia.

2.3- 1 embarrado común 132 KV (Campoliva II y Primoral), con: 3 transformadores de tensión.

2.4- 1 posición de línea a SET Malpica (Campolica II y Primoral), con: 3 autoválvulas para 132 KV, 3 transformadores de tensión, 1 seccionador III motorizado con cuchillas de p.a.t., 1 interruptor tripolar automático motorizado, 3 transformadores de intensidad y 1 seccionador tripolar motorizado.

Cuarto.- Revocar la autorización y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica "SET Campoliva 132/20 kV 15 MVA" de Gamesa Energía, SA en el término municipal de Villamayor de Gállego (Zaragoza), con número de expediente: AT 109/2004, otorgada por Resolución de 29 de julio de 2013, de la Directora General de Energía y Minas.

Quinto.- La instalación no podrá ser utilizada para otros usos distintos de los que constan en el objeto del proyecto, salvo solicitud previa y autorización expresa. La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, y conforme a la reglamentación técnica de aplicación y con las condiciones siguientes:

1. Según el artículo 16 del Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, una vez obtenida la autorización administrativa previa y de construcción, el proyecto se ejecutará con estricta sujeción a los requisitos y plazos previstos en la autorización administrativa.

Cuando no se proceda a la ejecución, siempre que el incumplimiento sea debido a causas imputables al interesado, se procederá al archivo del expediente, sin perjuicio de la ejecución de la garantía a que se refiere el artículo 10 del mencionado decreto-ley e indemnización a favor de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Según el artículo 17 del Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, el plazo para la obtención de la autorización de explotación de las instalaciones, que se emitirá mediante resolución del Servicio Provincial correspondiente, será de tres años contado a partir del día siguiente al de notificación al titular de la presente resolución. Dicho plazo solo será ampliable mediante solicitud motivada de la entidad beneficiaria y resolución favorable expresa, si procede, de la Dirección General competente en materia de energía.

En el supuesto de que tal requisito no sea cumplido por el solicitante y consiguientemente la instalación no pueda entrar en explotación, no se generará derecho a indemnización económica alguna por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sin perjuicio de la posibilidad de ejecutar la garantía prestada.

Dicho plazo podrá ser ampliado conforme a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, en su caso, conforme a lo que pueda disponer la normativa específica, a solicitud del titular de esta autorización.

3. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

4. Se cumplirá con el condicionado establecido en el Informe de Impacto Ambiental del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental formulado por Resolución de 7 de noviembre de 2017, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental ordinaria y se emite Informe de Impacto Ambiental del proyecto de SET Campoliva para la evacuación del Parque Eólico "Campoliva I", en el término municipal de Villamayor de Gállego (Zaragoza), promovido por Gamesa Energía, SAU y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 248, de 29 de diciembre de 2017.

Se cumplirá con el condicionado de los organismos y entidades afectados descritos en el apartado Quinto de los Antecedentes de Hecho de la presente resolución, así como los que pudieran establecer los organismos que durante la ejecución de las obras pudieran verse afectados.

Las modificaciones efectuadas con posterioridad a la emisión de los condicionados y que puedan afectar a los mismos deberán contar con el permiso o autorización del organismo afectado.

5. El titular de las instalaciones dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos de ejecución de las instalaciones al Servicio Provincial de Zaragoza del Departamento de Economía, Industria y Empleo.

6. Con carácter previo al inicio de las obras se presentará documentación gráfica y topográfica que permita identificar el estado original de los terrenos al objeto de justificar el futuro desmantelamiento de la instalación y el cumplimiento del artículo 20 del Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto.

7. Antes del inicio de las obras y una vez se identifiquen los contratistas se deberá contar con un Plan de seguridad y salud suscrito por técnico competente y aprobado por el Coordinador de Seguridad y Salud y cuantos requisitos sean procedentes con arreglo a la autoridad laboral.

8. Antes de la solicitud de autorización de explotación se revisarán las disposiciones relativas a la seguridad y salud para la utilización por los operadores de los equipos de trabajo, conforme a la normativa en materia de prevención de riesgos laborales.

9. El titular deberá, previo requerimiento de la Administración, establecer los condicionantes técnicos necesarios para la utilización de la presente instalación de forma compartida por otras instalaciones de producción teniendo en cuenta las capacidades técnicas y disponibilidad de la instalación objeto de este expediente.

10. Con carácter previo a la solicitud de autorización de explotación se deberán comunicar a la Administración las instalaciones afectadas por Reglamentos de Seguridad Industrial, acreditando su cumplimiento.

11. Una vez terminadas las obras, el titular solicitará al Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Zaragoza la autorización de explotación, aportando el certificado de dirección de obra suscrito por técnico competente y visado por el Colegio Oficial que corresponda, acompañando la documentación técnica necesaria que acredite el cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos y en concreto:

1. Certificación de su adecuación al proyecto autorizado, señalando en su caso las diferencias no sustanciales que se hayan producido, incluyendo las mediciones de las tensiones de paso y contacto y el esquema unifilar definitivo de la instalación.

2. Certificación del coste real de la instalación, desglosado por partidas y contratistas.

3. Declaraciones de conformidad de los productos y equipos instalados.

4. Copia de las comunicaciones efectuadas a la Administración en materia de seguridad industrial.

5. Certificación de la potencia instalada en los consumos propios de la instalación.

6. La documentación establecida en el punto 3 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-RAT 22 del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, y/o la documentación establecida en el punto 4 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-LAT 04 del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión. También se aportará declaración de conformidad de los productos y/o equipos a los que sea de aplicación Directivas o Reglamentos europeos.

7. Información cartográfica en formato papel y formato digital, ficheros de tipo. shp, con el resto de ficheros necesarios para la correcta representación cartográfica de los elementos correspondientes, que como mínimo serán. prj. dbf y. shx.

La información cartográfica consistirá en lo siguiente:

SET: Se adjuntará un fichero tipo polígono y esquemas de entrada y salida, y como atributos el nombre de la SET, Nivel de tensión de entrada y Nivel de tensión de salida.

Todos los datos se presentarán referidos al sistema de proyección ETRS89Hhuso 30.

Sexto.- Esta autorización es otorgada sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a la ordenación del territorio, al urbanismo y al medio ambiente.

Séptimo.- La autorización administrativa previa y de construcción, lo será a salvo del derecho de propiedad y sin perjuicio de Terceros. La disponibilidad de los bienes y derechos afectados para la instalación deberán obtenerse por medios válidos en derecho, no siendo objeto de esta autorización que no implica pronunciamiento alguno sobre la necesidad de ocupación de los bienes afectados, la cual es objeto de otro expediente. Si de dicho expediente se establecen modificaciones el proyecto técnico deberá ser ajustado a las mismas.

Octavo.- El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta autorización o la variación sustancial de los presupuestos que han determinado su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia al interesado, de acuerdo a lo previsto en los artículos 21.4 y 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 15 del Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto.

Noveno.- La presente resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, según lo dispuesto en el artículo 54 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 58 del citado texto refundido y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 11 de abril de 2018.- El Director General de Energía y Minas, Alfonso Gómez Gámez.