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ORDEN de 9 de julio de 2015, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se suspende la aplicación de las Ordenes de 15 de mayo de 2015, por las que se aprueban los currículos de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón, y de las resoluciones dictadas en su ejecución.

Publicado el 10/07/2015 (Nº 132)
Sección: I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden de 15 de mayo de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se aprueba el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 100, de 28 de mayo de 2015).

Con idéntica fecha, por orden de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se aprueba el currículo del Bachillerato y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 101, de 29 de mayo de 2015).

Por su parte, el Director General de Ordenación Académica, con fecha 12 de junio de 2015, dicta las respectivas resoluciones para definir los perfiles competenciales de las materias de la Educación Secundaria Obligatoria, de las materias del Bachillerato, y de los ámbitos del Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento, así como los perfiles de las competencias clave por cursos, establecidos en las Órdenes de 15 de mayo de 2015. Las tres resoluciones fueron publicadas en el "Boletín Oficial de Aragón", de 25 de junio de 2015.

Tras la celebración de las elecciones a Cortes de Aragón de 24 de mayo de 2015, el actual Gobierno de Aragón ha analizado las circunstancias concurrentes y la peculiar y excepcional situación existente en los centros educativos de la Comunidad Autónoma de Aragón, dada la especial complejidad de la organización curricular del curso escolar 2015/2016 en las etapas de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, al convivir dos sistemas educativos regulados por dos normas distintas, y por la falta de tiempo disponible para la planificación educativa, la adaptación de la norma autonómica de reciente aprobación por el anterior Departamento competente en materia educativa y su implementación en la realidad docente para la configuración de proyectos curriculares, programaciones didácticas, unidades de programación y demás documentación de necesaria elaboración en el ámbito docente.

En atención a lo expuesto, mediante Acuerdo de 7 de julio de 2015, del Gobierno de Aragón, el órgano de Gobierno toma conocimiento de la situación existente en la comunidad educativa aragonesa tras la aprobación de los currículos de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Aragón y faculta a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte para impulsar los trámites necesarios que permitan el análisis de los aspectos jurídicos, sustantivos, formales y de legalidad de las Órdenes dictadas para su aprobación.

Adicionalmente, el Gobierno de Aragón plantea la conveniencia de instar al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a la inmediata convocatoria y celebración de una Conferencia Sectorial de Educación, en su condición de órgano de encuentro y deliberación para la coordinación de la política educativa en todo el ámbito del Estado.

Asimismo, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, el actual Gobierno de Aragón advierte que no se han observado trámites que pudieran resultar de carácter preceptivo previamente a la aprobación de los currículos, resultando conveniente su análisis y valoración por el Departamento competente en la materia.

La próxima finalización del periodo de matriculación supone la consiguiente distribución del alumnado en los centros educativos, la elección por éstos de las modalidades y materias concretas a cursar y, con ello, la confirmación de las necesidades reales de personal docente efectivo para cubrir las necesidades organizativas y docentes, que a su vez permita una adecuada configuración y organización de personal con el fin de garantizar una mejor prestación del servicio educativo.

Por ello, el curso 2015/2016 debe planificarse adecuadamente para asentar la nueva estructura y la organización de los centros docentes, lo que exige la tramitación urgente de cuantos informes y comunicaciones deban realizarse para la ulterior aprobación de una disposición que dé respuesta a lo acordado por el Gobierno de Aragón.

En la tramitación de la presente orden se ha evacuado informe de la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

En su virtud, previo sometimiento a la Mesa Sectorial de Educación de 9 de julio de 2015 y puesta en conocimiento al Consejo Escolar de Aragón, de conformidad con el Acuerdo del Gobierno de Aragón, por el que se toma razón de la situación existente en la comunidad educativa aragonesa tras la aprobación de los currículos de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Aragón y se faculta a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte para impulsar los trámites necesarios que permitan el análisis de los aspectos jurídicos, sustantivos, formales y de legalidad de las Órdenes dictadas para su aprobación, y en uso de las competencias atribuidas legalmente, dispongo:

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

1. Esta orden tiene por objeto la suspensión de la aplicación de las Órdenes de 15 de mayo de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por las que se aprueba el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y el currículo del Bachillerato y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón, y de las Resoluciones e Instrucciones dictadas en aplicación y ejecución de dichos currículos.

2. A partir de la entrada en vigor de la presente orden, se entienden aplicables la Orden de 9 de mayo de 2007, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el currículo de Educación secundaria obligatoria y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón, y la Orden de 1 de julio de 2008, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el currículo del Bachillerato y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón; en todo aquello que no se opongan a lo dispuesto con carácter básico en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.

Artículo 2. Oferta de asignaturas en los cursos afectados.

Se faculta al Secretario General Técnico del Departamento Educación, Cultura y Deporte para dictar cuantas instrucciones o resoluciones sean necesarias para la aplicación y ejecución de lo establecido en esta orden y, en particular, en relación con la ordenación educativa del primer y tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria y del primer curso del Bachillerato, para el curso escolar 2015-2016.

Artículo 3. Elaboración de nuevos currículos.

Se acuerda el inicio del procedimiento de elaboración de sendas Órdenes por las que se apruebe el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y el currículo del Bachillerato y se autorice su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón, de conformidad con la tramitación prevista en los artículos 47 a 50 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.

Artículo 4. Inicio de un procedimiento de revisión de oficio.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y previa propuesta contenida en los informes que han sido incorporados al expediente de aprobación de la presente orden, se acuerda el inicio del procedimiento de revisión de oficio de la Orden de 15 de mayo de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón, y de la Orden de 15 de mayo de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el currículo del Bachillerato y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón, por cuanto dichas disposiciones pudieran incurrir en la causa de nulidad de pleno derecho contenida en el artículo 62.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, al no haberse evacuado dictamen del Consejo Consultivo de Aragón en relación con los proyectos reglamentarios citados.

Disposición transitoria única. Implantación.

En virtud de las decisiones resultantes de la celebración de una próxima Conferencia Sectorial de Educación, en su condición de órgano de encuentro y deliberación para la coordinación de la política educativa en todo el ámbito del Estado, se dictarán las instrucciones necesarias para la elaboración de nuevos currículos de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato para su aplicación en los centros educativos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 9 de julio de 2015.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte,

MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN