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ORDEN de 16 de julio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas para participar en el "Programa de inmersión en lengua inglesa en el extranjero (Canadá) para alumnado de 4.º de E.S.O. 2014", cofinanciadas por la Comunidad Autónoma de Aragón y el Fondo Social Europeo.

Publicado el 22/07/2014 (Nº 142)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden de 8 de mayo de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se convocaron ayudas para participar en el "Programa de inmersión en lengua inglesa en el extranjero (Canadá) para alumnado de 4.º de E.S.O. 2014", cofinanciadas por la Comunidad Autónoma de Aragón y el Fondo Social Europeo. La convocatoria se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 94, de 16 de mayo.

En la citada orden fueron convocadas 51 ayudas para participar en el programa. No obstante, en el anexo VII del Pliego de cláusulas administrativas del contrato licitado simultáneamente para la selección de la empresa que debe ejecutar el programa, se estableció como criterio de valoración de las ofertas el mayor número de plazas de inmersión sin coste para la Administración respecto de las 51 exigidas por el contrato, en concordancia con la convocatoria para la selección de los alumnos.

La oferta presentada por la empresa que ha resultado adjudicataria del contrato incorpora una mejora de 4 plazas adicionales de Grupo 2, en el que los alumnos aportan los 1.900 euros correspondientes, y sin coste para la Administración. Por tanto, el número de alumnos seleccionados debe ser de 55.

Mediante Resolución de 11 de junio de 2014, del Director General de Política Educativa y Educación Permanente, se hizo pública la relación alfabética de todos los solicitantes en la convocatoria. En esta relación se indican los solicitantes admitidos, con la puntuación obtenida, y los solicitantes excluidos, con expresión de la causa de exclusión.

Transcurrido el plazo para presentar alegaciones, y habiéndose cumplido los tramites establecidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de dicha convocatoria, y a propuesta del Director General de Política Educativa y Educación Permanente, resuelvo:

Primero.- Adjudicar 55 ayudas para participar en el "Programa de inmersión en lengua inglesa en el extranjero (Canadá) para alumnado de 4.º de E.S.O. 2014", cofinanciadas por la Comunidad Autónoma de Aragón y el Fondo Social Europeo, durante cuatro semanas de mitad de septiembre a mitad de octubre, a los candidatos que se relacionan en el anexo I, con indicación del Grupo (1 ó 2) al que pertenece cada uno de ellos.

Segundo.- Aprobar la lista de candidatos excluidos, con expresión de la causa de exclusión, que figura como anexo II.

Tercero.- Aprobar la lista de reserva de candidatos, que figura como anexo III, en la que se incluyen todos los alumnos que reúnen los requisitos de la convocatoria, ordenados de acuerdo con sus puntuaciones. Se acudirá a la lista de reserva para sustituir, por riguroso orden, a los alumnos adjudicatarios que por cualquier causa renuncien a participar en el programa.

En caso de empate, y una vez aplicado el primer criterio de desempate (la calificación en lengua inglesa), cuando éste ha persistido, se ha procedido a desempatar con el procedimiento resultante de las letras extraídas en el sorteo público realizado el día 21 de mayo de 2014, tal y como se indica en el artículo 9, punto 2 de la orden de convocatoria, que es el siguiente:

a) Ocupará el primer lugar el solicitante que coincida con las dos letras seleccionadas (V E).

b) De no existir candidato cuyo primer apellido se inicie por esas dos letras, el primer solicitante seleccionado será aquél cuyo primer apellido sea el inmediato posterior de acuerdo con el orden alfabético, y así se continuará sucesivamente por orden alfabético.

Cuarto.- El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte abonará el importe de las ayudas directamente a RED LEAF, empresa adjudicataria del procedimiento de contratación convocado para la gestión del programa.

Los beneficiarios de las ayudas deberán abonar el resto del coste del programa a RED LEAF, en el plazo de 3 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón", en el número de cuenta: Banco Santander ES97 0049 2672 62 2114307473. Esta cantidad será de 1.900 o 450 euros, según al grupo al que pertenezcan.

Quinto.- Los beneficiarios de las ayudas, según se establece en el artículo 12.3 de la convocatoria, deberán remitir el anexo IV de aceptación o renuncia de la ayuda, junto con el resguardo del ingreso en el caso de aceptación, en el plazo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón". La aceptación, junto con el resguardo, irá dirigida al Director General de Política Educativa y Educación Permanente C/ Pablo Ruiz Picasso, 65-D 3.ª planta, 50018 Zaragoza, y deberá presentarse en formato papel en cualquiera de las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. En los escritos de aceptación o renuncia deberá figurar el sello de entrada de la correspondiente Unidad de registro. Para una gestión más rápida, se ruega que además de enviarlo por procedimiento administrativo, ambos documentos los adelanten por correo electrónico a la dirección lenguas@aragon.es.

Sexto.- Si un alumno no remitiese la aceptación con el resguardo de pago o no realizase el pago en los plazos establecidos, se entenderá que renuncia a la ayuda, pudiendo adjudicarse la misma a otro solicitante incluido, por orden de puntuación, en la lista de reserva.

Si un beneficiario renunciase a la ayuda por causa de fuerza mayor, justificada documentalmente, y apreciada por las Comisiones Provinciales de valoración, hasta 5 días antes de comenzar la actividad, tendrá derecho a la devolución de la cantidad abonada.

Séptimo.- La aceptación de la ayuda conlleva el compromiso de aceptación de todas las condiciones y obligaciones previstas en el artículo 13 de la Orden de 8 de mayo de 2014 por la que se convocan ayudas para participar en el Programa y se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria, y en el artículo 9 del capítulo II del Reglamento (CE) n.º 1828/2006, de la Comisión, que fija las normas de desarrollo para el Reglamento (CE) n.º 1083/2006.

Octavo.- Al tratarse de una convocatoria cofinanciada por el Fondo Social Europeo, el beneficiario de la ayuda aparecerá en la lista pública prevista en el artículo 7, apartado 2, letra d del Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006. Asimismo, los beneficiarios deberán conservar todos los documentos justificativos relacionados con los gastos y con las auditorías correspondientes a un programa operativo a partir del cierre del Programa Operativo, a fin de ponerlos a disposición de la Comisión y del Tribunal de cuentas. A tal efecto, se conservarán los originales de los documentos o copias certificadas conformes con los originales sobre soportes de datos generalmente aceptados.

Noveno.- Las ayudas no requerirán otra justificación del cumplimiento de la finalidad para la que han sido concedidas que la comprobación de que en el solicitante concurre la condición de beneficiario y el rendimiento académico que se exige por las bases de la convocatoria, si bien, los beneficiarios deberán presentar, ante el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo máximo de un mes desde la finalización de la actividad, factura emitida por la empresa y certificado de la empresa acreditando la asistencia y aprovechamiento. La documentación deberá ir dirigida al Director General de Política Educativa y Educación Permanente C/ Pablo Ruiz Picasso, 65-D 3.ª planta, 50018 Zaragoza, y deberá presentarse en formato papel en cualquiera de las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Décimo.- Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de Reposición ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 16 de julio de 2014.

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ