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RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 24 de enero de 2008, en la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la modificación sustancial de una explotación porcina de producción de lechones hasta 20 Kg, con una capacidad para 2400 plazas de hembras reproductoras, 985 plazas de reposición y 20 verracos (864 UGM), ubicada en las parcelas 5035, 5036, 5037 y 5038 del polígono 106 del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por Desarrollos Industriales Sora S.L, (Expte INAGA 500202/02/2018/01299).

Publicado el 19/06/2018 (Nº 117)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 23 de febrero de 2018 el promotor, Desarrollos Industriales Sora S.L., solicita a este Instituto modificación puntual, consistente en actualización de las construcciones existentes en la explotación.

Antecedentes de hecho

Mediante Resolución de 7 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Calidad Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 109, de 15 de septiembre de 2004, se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la instalación de una explotación porcina de producción con capacidad para 2.250 cerdas reproductoras con destete, 278 cerdas de reposición y 20 verracos, ubicada en el polígono 109, parcelas 5036. 5037, 5038 y 5039, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza)

Mediante Resolución de 24 de enero de 2008, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 20, de 18 de febrero de 2017, se otorga la autorización ambiental integrada para modificación sustancial de la explotación de referencia por instalación de una planta de biogás. (Número Expte. INAGA 500301/02/2005/10039).

Mediante Resolución de 29 de agosto de 2012, de este Instituto, se otorga la modificación no sustancial de la explotación, consistente en la ampliación de las naves de maternidad, transición y reposición y construcción de una nueva nave de gestación. Esta modificación supone un cambio en la capacidad pasando de 2.250 a 2.400 cerdas reproductoras. (Número Expte. INAGA 500301/02/2012/08200).

Mediante Resolución de 4 de enero de 2103, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se otorga la modificación no sustancial de la explotación por la cual se aumenta la capacidad autorizada hasta 842 UGM (Número Expte. INAGA 500601/2012/12019).

Mediante Resolución de 17 de diciembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se otorga la modificación no sustancial de la explotación, consistente en la construcción de una nueva nave de gestación y en un aumento de capacidad hasta 864 UGM (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/12078).

Mediante Resolución de 2 de junio de 2014, de este Instituto, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/04251).

Mediante Resolución de 27 de marzo de 2017, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 91, de 16 de mayo de 2017, se modifica puntualmente dicha autorización ambiental integrada por construcción de nueva nave de transición (Número Expte. INAGA 500601/02/2016/09660).

Mediante Resolución de 3 de julio de 2017, de este Instituto, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 142, de 26 de julio de 2017, se modifica puntualmente la autorización ambiental integrada por construcción de nave de cuarentena y nueva nave de maternidad. (Expte INAGA 500202/02/2017/04319).

La modificación puntual solicitada en el presente expediente consiste en actualizar las instalaciones que componen la explotación, que son:

Nave 1 de cubrición de 84 x 25,30 m. (2152,220 m²), nave 2 de gestación de 96,40 x 24,94 m. (2404,22 m²), nave 3 de maternidad de 100,48 x 36,5 m. (3667,52 m²), nave 4 de transición de 73,06 x 34,90 m. (2549,79 m²), nave 5 de reposición de 85,14 x 13,95 m. (1187,7 m²), nave 6 de gestación de 80,40 x 27,20 m. (2186,88 m²), nave 7 de transición de 59,56 x 18,64 m. (1110,20 m²), nave 8 de cuarentena de 46,40 x 16,82 m. (780,45 m²), nave 9 de maternidad de 37 x 12 m. (444 m²), oficinas de 12,40 x 14,30 m. (177,32 m²), almacén de 11 x 11 m. (121 m²), edificio para biogás de 15 x 15 m. (225 m²), caseta para motores de 12 x 6,5 m. (78 m²), lazareto de 16 x 6 m. (96 m²), dos fosas de cadáveres de dimensiones 3 x 3 x 3 m. (54 m³), 1 balsa de purines de 4000 m³, vado sanitario y vallado perimetral de la explotación. Las superficies construidas son ligeramente superiores a las proyectadas originalmente, al incorporar el lazareto que no estaba proyectado, si bien la capacidad de la granja, consumos, estiércoles generados, etc. es la misma.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 15 de junio de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formuló declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de producción de lechones hasta 20 Kg, con una capacidad para 2400 plazas de hembras reproductoras, 985 plazas de reposición y 20 verracos (864 UGM), ubicada en las parcelas 5035, 5036, 5037 y 5038 del polígono 106 del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por Desarrollos Industriales Sora S.L, en el siguiente punto, dejando inalterado el resto:

El punto 1 del apartado segundo de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"1. Nave 1 de cubrición de 84 x 25,30 m. (2152,220 m²), nave 2 de gestación de 96,40 x 24,94 m. (2404,22 m²), nave 3 de maternidad de 100,48 x 36,5 m. (3667,52 m²), nave 4 de transición de 73,06 x 34,90 m. (2549,79 m²), nave 5 de reposición de 85,14 x 13,95 m. (1187,7 m²), nave 6 de gestación de 80,40 x 27,20 m. (2186,88 m²), nave 7 de transición de 59,56 x 18,64 m. (1110,20 m²), nave 8 de cuarentena de 46,40 x 16,82 m. (780,45 m²), nave 9 de maternidad de 37 x 12 m. (444 m²), oficinas de 12,40 x 14,30 m. (177,32 m²), almacén de 11 x 11 m. (121 m²), edificio para biogás de 15 x 15 m. (225 m²), caseta para motores de 12 x 6,5 m. (78 m²), lazareto de 16 x 6 m. (96 m²), dos fosas de cadáveres de dimensiones 3 x 3 x 3 m. (54 m³), 1 balsa de purines de 4000 m³, vado sanitario y vallado perimetral de la explotación".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dle Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 25 de mayo de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL