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RESOLUCIÓN de 9 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 12 de diciembre de 2013, por la que se actualiza la autorización ambiental integrada de la instalación existente de una fábrica de llantas de aleación de aluminio para automóviles, ubicada en el término municipal de Teruel, promovida por Ronal Ibérica, S.A.U. (Número de Expediente INAGA 500301/02/2014/04364).

Publicado el 09/02/2015 (Nº 26)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 29 de enero de 2014, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 20, la Resolución de 12 de diciembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se actualiza la autorización ambiental integrada de la instalación existente de una fábrica de llantas de aleación de aluminio para automóviles, ubicada en el término municipal de Teruel, promovida por Ronal Ibérica, S.A.U. (Número Expte. INAGA 500301/02/2012/04116).

Con fecha 29 de abril de 2014, y número de entrada 12.814 en el Registro General del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se recibe solicitud de modificación puntual de la autorización ambiental integrada por parte de Ronal Ibérica, S.A.U., referente al plan de mejoras.

Considerando que con la modificación prevista la capacidad de producción se mantiene, igual que los consumos de materias primas, la generación de aguas residuales, la emisión de contaminantes a la atmósfera y en la generación de residuos.

Considerando que el artículo 57 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, establece que la autorización ambiental integrada podrá ser modificada cuando así lo exija la legislación sectorial que resulte de aplicación a la instalación.

La Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental le atribuye la competencia de tramitación y resolución de los procedimientos administrativos a que dan lugar las materias que se relacionan en el anexo de la ley, entre las que se incluye la competencia para otorgar las autorizaciones ambientales integradas.

Durante esta tramitación se ha seguido el procedimiento de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa de general aplicación.

Vistos, la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados; la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón; la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera; el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:

Modificar puntualmente la autorización ambiental integrada, actualizada mediante la Resolución de 12 de diciembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se actualiza la autorización ambiental integrada de la instalación existente de una fábrica de llantas de aleación de aluminio para automóviles, ubicada en el término municipal de Teruel, promovida por Ronal Ibérica, S.A.U., modificando dicha resolución en los siguientes términos:

1. Se sustituye la redacción del apartado 1.6. Plan de mejoras, por lo siguiente:

En la línea de reducir los consumos energéticos, en la futura ampliación de las instalaciones productivas se deberán tener en cuenta todos los aspectos relacionados con la recuperación de calor de los gases de combustión en los nuevos hornos que se instalen.

En cualquier caso, con carácter previo a la ampliación, se deberán comunicar los cambios previstos de acuerdo a lo establecido en el condicionado 1.9. Comunicación de modificaciones previstas y cambio de titularidad.

Esta resolución se notificará en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.3 y 23.4 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 9 de diciembre de 2014.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ