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RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 3 de enero de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se actualiza la autorización ambiental integrada de una explotación porcina de producción con capacidad para 720 UGM, ubicada en el polígono 607, parcelas 16, 18, 19 y 43, del término municipal de Peñalba (Huesca), y promovida por Explotaciones Bajo Aragón, S.L. (Número de Expediente INAGA 500601/02/2014/04757).

Publicado el 22/07/2014 (Nº 142)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 13 de mayo de 2014, se presenta escrito en este Instituto, por D. Juan Jesús Sánchez Vallejo, en representación de Explotaciones Bajo Aragón, S.L., con CIF: B50175025, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación, en base a la modificación no sustancial por aumento de la capacidad hasta 864 UGM, notificada por Resolución de 21 de abril de 2014, de este Instituto.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución, de 12 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Calidad Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 137, de 22 de noviembre de 2004.

Segundo.- Mediante Resolución de 26 de julio de 2006, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se notifica la modificación no sustancial de la explotación por incremento de la superficie construida sin aumento de la capacidad autorizada (Número Expte. INAGA 500301/02/2006/05333).

Tercero.- Mediante Resolución de 5 de agosto de 2009, de este Instituto, se notifica la modificación no sustancial de la explotación por construcción de una nueva nave de adaptación de cerdas primerizas (Número Expte. INAGA 500301/02/2009/08366).

Cuarto.- Mediante Resolución de 29 de marzo de 2011, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se aprueba la modificación no sustancial de dicha autorización ambiental integrada, por ampliación de las naves de maternidad y destete, construcción de una nueva nave de destete, demolición de la nave de destete-reposición y construcción de una nueva de destete-reposición de iguales dimensiones (Número Expte. INAGA 500301/02/2011/02220).

Quinto.- Mediante Resolución de 20 de noviembre de 2012, de este Instituto, se notifica la modificación no sustancial de la explotación por modificación de las dimensiones de la nave de destete proyectada, aprobada por la modificación no sustancial, notificada por Resolución de 29 de marzo de 2011, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (Número Expte INAGA 500601/02/2012/11300).

Sexto.- Mediante Resolución de 3 de enero de 2014, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 34, de 18 de febrero de 2014, se procede a la actualización de la autorización ambiental integrada de la explotación (Número Expte. INAGA 500601/02/2012/00587).

Séptimo.- Mediante Resolución de 21 de abril de 2014, de este Instituto, se notifica la modificación no sustancial de la explotación, por aumento de capacidad hasta 864 UGM, sin modificación de las instalaciones (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/03861).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 3 de enero de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se actualiza la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de producción, en el término municipal de Peñalba (Huesca), promovida por Explotaciones Bajo Aragón, S.L., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1. de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1. Actualizar la autorización ambiental integrada a la sociedad Explotaciones Bajo Aragón, S.L., con CIF: B50175025, para una explotación porcina para producción con capacidad para 864 UGM, ubicada en el polígono 607, parcelas 16, 18 19 y 43, del término municipal de Peñalba (Huesca), con unas coordenadas UTM en el huso 30 (ETRS89) de: X = 748.533, Y = 4.594.980, Z = 312 m. La presente autorización se otorga con la descripción, condiciones, obligaciones y derechos que se indican a continuación y se considera adaptada a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales.

1.1. Las instalaciones existentes para el desarrollo de la actividad se corresponden con: dos naves de gestación, de dimensiones 233,50 x 26,40 m y 25,50 x 12,10 m; una nave para maternidad, de 166,20 x 22,20 m; dos naves para destete-reposición, de 10,25 x 11,90 m y 10,15 x 9,40 m; tres naves iguales de recría, de 30,15 x 9,40 m; dos naves de destete, de 40,40 x 17,86 m y 129,94 x 17,86 m; cuatro casetas de servicios, de 15 x 13,50 m, 6,64 x 6 m, 8,90 x 6,30 m y 8,90 x 6,30 m; una nave para oficinas y vestuario; dos balsas de purines, de 6.000 m³ y 4.000 m³; una fosa de cadáveres con una capacidad de 48 m³, vado sanitario y vallado perimetral de las instalaciones".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 25 de junio de 2014.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ