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ORDEN ECD/1588/2019, de 25 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria del Programa "Poesía para llevar" en centros docentes públicos de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Centros Públicos Integrados con alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y Centros Públicos de Educación de Personas Adultas de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2019-2020.

Publicado el 05/12/2019 (Nº 238)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden ECD/855/2019, de 5 de julio ("Boletín Oficial de Aragón", número 142, de 23 de julio de 2019), se convocó el Programa "Poesía para llevar" en centros docentes públicos de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Centros Públicos Integrados con alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y Centros Públicos de Educación de Personas Adultas de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2019-2020.

De conformidad con su apartado séptimo, el Director General de Innovación y Formación Profesional dictó con fecha 17 de octubre de 2019 propuesta de Resolución provisional, especificando los centros seleccionados, así como los centros excluidos, con indicación de la causa de exclusión. Dicha propuesta se publicó en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte (www.educaragon.org) y habilitó un plazo de diez días hábiles para la oportuna presentación de alegaciones.

Igualmente, dicho apartado señala que finalizado el plazo de alegaciones se reunirá, si procede, la Comisión al objeto de examinar las alegaciones presentadas en tiempo y forma, y efectuar, en su caso, un nuevo informe que sirva de base a la propuesta de Resolución definitiva que será emitida por el Director General competente e incluirá la relación de los centros seleccionados, así como los centros excluidos, con indicación de la causa de exclusión. De conformidad con lo anterior, y no constando en el expediente la presentación de alegaciones, mediante Resolución del Director General de Innovación y Formación Profesional, de 11 de noviembre de 2019, se ha dictado la oportuna propuesta de Resolución definitiva.

A su vez, el apartado octavo de la convocatoria prevé que, evacuados los trámites anteriores, el titular del Departamento competente en materia de Educación resolverá mediante Orden la convocatoria, que contendrá los centros seleccionados, así como los excluidos, con indicación de la causa de exclusión, y los recursos que contra ella pudiesen interponerse. Dicha Orden se notificará a través de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón". Asimismo, se publicará en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón http://www.educaragon.org.

Consta en el expediente que las solicitudes reúnen los requisitos contemplados en la convocatoria y que se han seguido los trámites exigidos por ella.

Visto lo anterior, de conformidad con el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, evacuados los trámites anteriores, y dando cumplimiento a la convocatoria, resuelvo:

Primero.- Aprobar la relación de centros seleccionados de la convocatoria del Programa "Poesía para llevar" en centros docentes públicos de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Centros Públicos Integrados con alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y Centros Públicos de Educación de Personas Adultas de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2019-2020, que figura como anexo I a esta Orden; así como la relación de centros excluidos, con indicación de la causa de exclusión, que figura como anexo II.

Segundo.- De conformidad con el apartado décimo de la convocatoria, el responsable de cada centro seleccionado cumplimentará y enviará la memoria del programa "Poesía para llevar" conforme al anexo III de la convocatoria, en formato PDF, antes del 20 de junio de 2020 al correo programa.biblioteca@educa.aragon.es Asimismo, esta memoria quedará incluida en la memoria anual del centro.

Tercero.- Ordenar la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", con efectos de notificación, y en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón http://www.educaragon.org para su general conocimiento.

Cuarto.- Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

De acuerdo con la normativa citada, los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse mediante escrito motivado, indicado las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 25 de noviembre de 2019.

El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, FELIPE FACI LÁZARO