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ORDEN de 10 de junio de 2015, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza, para la financiación de la "Cátedra prevención FREMAP de prevención de riesgos laborales de la Universidad de Zaragoza".

Publicado el 10/07/2015 (Nº 132)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2015/4/0020 el convenio suscrito, con fecha 6 de mayo de 2015, por el Consejero de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón y la Vicerrectora de Transferencia e Innovación Tecnológica de la Universidad de Zaragoza, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 10 de junio de 2015.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, PARA LA FINANCIACIÓN DE LA "CÁTEDRA PREVENCIÓN FREMAP DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA"

En Zaragoza, a 6 de mayo de 2015.

D. Francisco Bono Ríos, Consejero de Economía y Empleo, en virtud del Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 139, de 16 de julio de 2011), actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, y facultado, expresamente para este acto, por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 5 de mayo de 2015.

D.ª M.ª Pilar Zaragoza Fernández, Vicerrectora de Transferencia e Innovación Tecnológica de la Universidad de Zaragoza, quien actúa en nombre y representación de la misma, en virtud de delegación conferida por Resolución Rectoral de 27 de abril de 2012 ("Boletín Oficial de Aragón", número 93, de 16 de mayo de 2012).

Ambas partes, en el concepto en que intervienen, aseguran la vigencia de las representaciones con las que actúan y se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente y necesaria para suscribir el presente convenio y, a tal efecto

I. La Universidad de Zaragoza es una entidad de Derecho Público al servicio de la sociedad que tiene, entre otras, las funciones de creación, mantenimiento y crítica del saber mediante las actividades docente e investigadora en la ciencia, la cultura, la técnica y las artes, así como la transmisión de conocimientos, formación y preparación necesarios en el nivel superior de la educación. Además, entre sus fines se encuentran la promoción de la aplicación del conocimiento al progreso y al bienestar de la sociedad y sus ciudadanos, especialmente de Aragón, y la promoción del desarrollo integral de la persona.

La Universidad de Zaragoza, para el cumplimiento de sus fines, desarrolla actividades de investigación, desarrollo científico y tecnológico y proyección social y cultural, estando interesada en colaborar con los sectores socioeconómicos para asegurar cada uno de estos objetivos o fines. Por ello, es voluntad y compromiso de la Universidad de Zaragoza atender cuantos requerimientos de colaboración tengan como finalidad contribuir a mejorar el nivel de competitividad de los sectores productivos y el desarrollo social y cultural, como medio de incrementar el bienestar y desarrollo de los ciudadanos a quienes sirve.

El 11 de febrero de 2009, se aprobó por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza el Reglamento para la creación y funcionamiento de las cátedras institucionales y de empresa de la Universidad de Zaragoza.

Conforme a lo previsto en el Acuerdo de 11 de febrero de 2009, se creó la "Cátedra Sociedad de Prevención FREMAP de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Zaragoza", que persigue como objetivos fundamentales, de un lado, apoyar e incentivar proyectos de investigación sobre prevención de riesgos laborales, incluyendo el desarrollo de software para la evaluación de riesgos específicos y, de otro lado, la cátedra participa en la organización de cursos de actualización y especialización de formación en prevención de riesgos laborales, incluida la mejora continua del Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales.

Para la consecución de los objetivos reseñados, y del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, la "Cátedra Sociedad de Prevención FREMAP de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Zaragoza" se propone ampliar la colaboración a otras entidades y empresas, que favorezcan la consecución de los objetivos estratégicos.

II. Con fecha 23 de marzo de 2011, se aprobó por el Gobierno de Aragón la Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo 2010-2014, que establece, dentro del Objetivo estratégico 2, el impulso de la formación en seguridad y salud laboral.

Por ello, el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía y Empleo, contribuirá participando en la financiación de actividades formativas encaminadas, de un lado, a potenciar la cualificación profesional en las diferentes especialidades preventivas recogidas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y por ello, se proponen colaborar en la realización de la formación de posgrado denominada Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales, y de otro, colaborar en la actualización formativa de los técnicos de prevención de las empresas e instituciones de la Comunidad Autónoma de Aragón. Dicha colaboración, se llevará a cabo por la Dirección General de Trabajo a través del Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral.

III. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 22.2.a), dice expresamente: "Podrán concederse de forma directa las siguientes subvenciones...: a) Las previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones".

La Ley 13/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2015, establece, en su artículo 4, párrafo 2, apartado c), que: "Los créditos aprobados para subvenciones o transferencias nominativas vincularán con el nivel de desagregación económica con que aparezcan en los estados de gastos".

El anexo III. "Vinculación de los créditos", apartado c) de la Ley 13/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2015, recoge y enumera los créditos para transferencias o subvenciones nominativas vinculantes con el nivel de desagregación con que aparecen en el Presupuesto, incluyendo el convenio UNIZAR. Plan director prevención riesgos laborales, en el Centro Gestor 15070, Programa 3551, Subconcepto, 440110.

La subvención correspondiente al presente convenio de colaboración está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía y Empleo, aprobado por Orden de 30 de julio de 2014, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía y Empleo 2012-2015, en cumplimiento del apartado 3, punto 90 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno de Aragón, en sesión de 13 de septiembre de 2011.

De acuerdo con el punto 103 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno de Aragón, en sesión de 13 de septiembre de 2011, la Dirección General de Trabajo pone de manifiesto que ha quedado debidamente acreditado por la Universidad de Zaragoza la ejecución de las actuaciones y justificación de la subvención concedida en el año 2014, para la financiación de la "Cátedra sociedad preventiva de FREMAP de prevención de riesgos laborales de la Universidad de Zaragoza" mediante la presentación de una memoria final de actividades y la justificación económica de los gastos subvencionados por la Dirección General de Trabajo.

Primera.- Objetivos.

El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza para contribuir en la financiación de la "Cátedra prevención FREMAP de prevención de riesgos laborales de la Universidad de Zaragoza", para la consecución de los objetivos estratégicos de la cátedra centrados en el desarrollo de cursos de actualización y especialización en formación de riesgos laborales y en la formación de los estudiantes del Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales (MUPRL).

Segunda.- Vigencia.

El presente convenio de colaboración estará en vigor desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2015.

Tercera.- Actividades de la cátedra.

De las actividades que se desarrollan en el contexto de la "Cátedra prevención FREMAP de prevención de riesgos laborales de la Universidad de Zaragoza", para el curso 2014/2015, serán objeto de subvención por el Departamento de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón, el desarrollo de las siguientes acciones:

1. Desarrollo de dos cursos de especialización en prevención de riesgos laborales.

2. Participación en la organización de las jornadas: "La LPRL, un área de interés compartido. El reto de la PRL en la Universidad del siglo XXI: una estructura compleja".

3. Realización de unas jornadas sobre "La Oficina Saludable".

4. Puesta en marcha del curso de formación: "Nanotecnología y prevención de riesgos laborales".

5. En el grado de profesionalización y especialización del MUPRL, la contratación de profesorado externo.

6. Visitas a empresas e instituciones.

7. Gastos generales.

1. Cursos de formación especializada en prevención de riesgos laborales.

Se ha propuesto el desarrollo de dos cursos de especialización en prevención de riesgos laborales, con una duración de 5 horas cada uno respectivamente.

A) Novedades legislativas y jurisprudenciales en materia de prevención de riesgos laborales: 5 horas.

Objetivos:

Informar a los profesionales de la prevención de riesgos laborales de los principales acontecimientos jurídicos y jurisprudenciales desde una perspectiva crítica y constructiva, de manera que se tome conciencia de la importancia de cumplir con la normativa en prevención de riesgos laborales como punto de partida para la mejora de la seguridad y salud en el trabajo, toda vez que se elevan los niveles de productividad y competitividad de las empresas.

Durante este curso, se ha procedido a la aprobación de la Ley 35/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. Las mutuas, como entidades colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social, desarrollan varias prestaciones, entre las que puede citarse, la gestión de las prestaciones económicas y de asistencia sanitaria derivada de contingencias profesionales, la realización de actividades de prevención de riesgos laborales de la Seguridad Social y la gestión de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y la lactancia natural. Interesa en este curso, reparar en los aspectos que afectan a la prevención de riesgos laborales y, en concreto, en aquellos que tiene que ver con la desinversión de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social en las sociedades mercantiles de prevención.

Por otra parte, nos encontramos en un proceso de modificación de la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que, tras los informes de los organismos públicos competentes en la materia, está pendiente de la presentación del correspondiente proyecto de ley, donde se incorporan aspectos organizativos y funcionales novedosos en materia de prevención de riesgos laborales que inciden en el ámbito de la responsabilidad empresarial en esta materia.

Por último, se abordará el análisis de otras posibles modificaciones normativas que surgirán a la luz de la nueva Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2020, publicada el día 10 de abril de 2015, que se centra, entre otras materias, en el ámbito de las infracciones y sanciones en prevención de riesgos laborales.

Dirigido a:

Técnicos superiores en prevención de riesgos laborales; responsables de departamentos de recursos humanos; juristas; empresarios; representantes de los trabajadores y, en general, a todos aquellos que interactúen laboralmente con tales profesionales.

Contenido:

Se analizará la nueva Ley de Mutuas y la reforma de la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Impartido por:

D. Juan García Blasco, catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad de Zaragoza; D. Santiago González Ortega, catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad Pablo Olavide; D. Román García Oliver, director territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Aragón.

B) Seguridad en máquinas. Aplicación práctica del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, de seguridad en máquinas: 5 horas

Objetivos:

Con este seminario se pretende orientar a empresas en la gestión de los riesgos laborales producidos por los equipos de trabajo.

Dirigido a:

Personal que gestiona el uso de maquinaria industrial; ingenierías e ingenieros industriales que asesoren a los fabricantes y usuarios de maquinaria; técnicos en prevención de riesgos laborales.

Contenido:

Aspectos prácticos de la adecuación de equipos de trabajo.

Responsabilidades de los usuarios de máquinas.

Utilización de las máquinas. Cuestiones prácticas.

Proceso a seguir por el usuario, para asegurar el cumplimiento de la legislación de máquinas.

Experiencias prácticas de empresas industriales en la adecuación de equipos de trabajo.

Impartido por D. Antonio Lahoz Mateo: Ingeniero técnico industrial; técnico superior en prevención de riesgos laborales; Dirección Regional Aragón, La Rioja y Soria de la SP PREMAP, miembro de la Comisión Nacional de Maquinas de SP FREMAP; profesor en Máster de Prevención de Riesgos Laborales.

Presupuesto ponencias y desplazamientos de ponentes: 600 euros.

2. Participación en las jornadas organizadas por la Unidad de Prevención de la Universidad de Zaragoza: "La LPRL, un área de interés compartido. El reto de la PRL en la Universidad del siglo XXI: una estructura compleja".

Objetivo:

Establecer un lugar común para la reflexión que permita valorar problemas en prevención desde las cuestiones más corrientes hasta los problemas que han de ser gestionados con la responsabilidad de lo público, a la vez que fomentar una cultura preventiva dentro de la empresa, para conseguir que el entorno de trabajo sea seguro y agradable, así como promover la seguridad y salud en el trabajo mediante la aplicación de medidas preventivas y el desarrollo de actividades encaminadas a eliminar o minimizar los riesgos.

Dirigidas a:

Técnicos superiores de PRL, equipos directivos de empresas públicas y privadas, estudiantes de máster de PRL.

Contenido:

La PRL, un área de interés compartido. Nanotecnología: minimizar los riesgos laborales. La PRL en el siglo XXI. El nuevo mercado laboral: riesgo psicosocial o beneficio social. El reto de la PRL en una estructura compleja (riesgos químicos, biológicos, físicos. La coordinación de actividades empresariales). El riesgo psicosocial dentro de la prevención de riesgos laborales. Liderazgo en prevención de riesgos laborales. La PRL, un área de interés compartido. Responsabilidades legales. Nuevos retos. Empresa saludable: ¿cómo gestionar la PRL-

Impartido por:

La Unidad de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Zaragoza, en colaboración con especialistas en la materia de empresas privadas (GM España, CREA, Confederación de Empresarios de la Construcción de Aragón, INIZIA, SAICA, Mutua MAZ, Mutua FREMAP, Mutua ASEPEYO, SP PREMAP, SP MAS Prevención, FCC, BSH, Heraldo de Aragón) y públicas (Universidad de Zaragoza, Universidad de Jaén, Universidad Politécnica de Cataluña, Universidad Pompeu Fabra, Fiscalía General de Aragón, Hospital Royo Villanova).

Presupuesto jornadas, ponencias y desplazamientos de ponentes: 600 euros.

3. Jornada "La oficina saludable", a realizar en 2015, y que incluirá los siguientes contenidos: riesgo visual, trastornos musculo-esqueléticos y buenas prácticas en empresas: 5 horas.

Objetivo:

Describir los problemas visuales y los trastornos musculo-esqueléticos más habituales por el uso de pantallas de visualización y el resto de los componentes del trabajo en oficina.

Analizar las causas de estos trastornos y plantear las medidas preventivas para evitarlos o reducirlos al mínimo.

Dirigido a:

Técnicos en prevención de riesgos laborales, médicos especialistas en Medicina del Trabajo y usuarios habituales del trabajo en oficina.

Contenido:

Patologías oculares más habituales por el uso de PVD.

Trastornos musculo-esqueléticos en el trabajo sentado y de oficina.

Prevención de lesiones oculares y musculo esqueléticas.

Oficina saludable.

Impartido por:

Dr. J. Ángel Cristóbal, Servicio de Oftalmología, HCU. Zaragoza.

José Manuel Álvarez, INERMAP.

Ricardo Ros Mar, profesor titular de la Universidad de Zaragoza.

Presupuesto jornadas, ponencias y desplazamientos de ponentes: 300 euros.

4. Curso de formación: "Nanotecnología y prevención de riesgos laborales", de 20 horas de duración.

Objetivos:

Describir los nanomateriales, su uso y su importancia en las tecnologías actuales.

Exponer los aspectos conocidos de la toxicidad de los nanomateriales, su evaluación, control a la exposición y prevención en el uso de esta tecnología.

Contenido:

1. Introducción a la nanotecnología y a los nanomateriales.

2. Lo que los trabajadores necesitan saber a cerca de la toxicidad de los nanomateriales.

3. Evaluación de la exposición de los nanomateriales en el lugar de trabajo.

4. Control de la exposición a nanomateriales.

5. Enfoques para la gestión del riesgo en el lugar de trabajo con nanomateriales.

6. Regulaciones y estándares relevantes para el trabajo con nanomateriales.

Dirigido a:

Técnicos en prevención de riesgos laborales, médicos especialistas en Medicina del Trabajo y empresas usuarias de nanomateriales.

Impartido por:

Jesus Santamaría, Vicedirector Nanoscience Institute of Aragon.

Francisco Balas, Nanoscience Institute of Aragon.

María Pilar Lobera, Nanoscience Institute of Aragon.

Presupuesto "Curso Nanotecnología y prevención de riesgos laborales", ponencias y desplazamientos de ponentes: 900 euros.

El profesorado de estos cursos y jornadas puede sufrir variaciones de última hora dependiendo de la disponibilidad de los ponentes.

5. Gastos de personal. Contratación de profesorado externo del MUPRL.

El grado de profesionalización y especialización del Máster Universitario de Prevención de Riesgos Laborales (MUPRL) de la Universidad de Zaragoza requiere de la contratación de profesorado externo vinculado a la práctica del ámbito de la prevención de riesgos laborales. Así, contamos con profesores externos pertenecientes a las sociedades de prevención: MAZ, FREMAP y ASEPEYO, y de las empresas servicios de prevención ajenos: MGO, MPE, etc. Asimismo, como el MUPRL se realiza en colaboración con la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Aragón, y en concreto, con el Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Aragón (ISSLA), se requiere de la contratación de los profesionales pertenecientes a dicho instituto, por su grado de profesionalización y especialización en la materia objeto de estudio. De la misma forma, se cuenta con participación de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social. Pero, también participan técnicos de prevención pertenecientes a empresas e instituciones que colaboran en las prácticas externas de los estudiantes: OPEL-España, Yudigar, Proma Hispania, Veralia (Saint-Govian), Jacob Delafon, etc.

La participación del profesorado externo se da sobre todo en aquellas materias que requieren de una especialización práctica adecuada. Así, en materias como Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial o Ergonomía y Psicosociología Aplicada. En otros casos, la participación del profesorado externo viene también justificado por la escasez de profesores de la Universidad de Zaragoza, que, o bien no tienen la formación específica que requieren los temas a tratar, o bien porque no existe disponibilidad docente adecuada. No obstante, el MUPRL dispone de un amplio elenco de profesores de la Universidad de Zaragoza, catedráticos y catedráticas, y profesores y profesoras titulares de universidad, especialistas en las distintas materias que componen el Plan de Estudios, quienes, además de impartir docencia, se encargan de otras tareas añadidas que supone la organización del MUPRL, tales como: la tutorización de las prácticas de los estudiantes, la coordinación de los distintos módulos formativos entre los distintos profesores externos e internos, la evaluación de los estudiantes, la dirección de los Trabajos Fin de Máster (TFM) y la participación en los tribunales que juzgan los TFM de los estudiantes del Máster de Prevención de Riesgos Laborales, además de acompañar a los estudiantes en las visitas que se realizan a las distintas empresas e instituciones. Debe señalarse que el profesorado de la Universidad de Zaragoza que participa en el máster no recibe emolumento alguno, quedando reflejado en el Plan de Ordenación Docente las distintas actividades realizadas en el mismo (a excepción de las visitas a empresas e instituciones).

De acuerdo con la experiencia del MUPRL del curso anterior (2013-2014), es necesario contar con profesorado externo por 420 horas. El precio por hora de docencia del profesorado externo se mantiene en 55 € brutos (con retención del 21%), lo que arroja una cantidad de 23.100 € en bruto. El convenio actual destina una cantidad de 12.500 € a esta acción; el resto, se sufraga directamente a través de la Universidad de Zaragoza.

6. Visitas a empresas e instituciones.

Este apartado se refiere a las actividades de formación y de prácticas que desarrolla el alumnado en las entidades colaboradoras del máster, y que deben ser sufragadas por éste (viajes, desplazamientos, autobuses). Se incluye el gasto de 400 € del viaje en autobús a la visita de las empresas: OPEL-España, Yudigar y Bomberos de La Almunia de Doña Godina.

7. Gastos generales.

Conforme a lo estipulado en la disposición adicional vigesimoctava de la Ley 30/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2015, la Universidad de Zaragoza podrá justificar como costes indirectos hasta un 15% del importe concedido de subvención finalista.

Cuarta.- Difusión de las actividades de la cátedra.

La Dirección General de Trabajo, a través del Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral, contribuirá a difundir entre las distintas empresas e instituciones de la Comunidad Autónoma de Aragón las actividades formativas y de investigación que se realicen a través de la cátedra.

Quinta.- Participación en prácticas externas.

La Dirección General de Trabajo, a través del Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral, participará en la realización de prácticas académicas externas de los estudiantes del Máster Universitario de Prevención de Riesgos Laborales, conforme a lo estipulado en el convenio de colaboración, firmado entre el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza, de fecha de 26 de junio de 2012.

Sexta.- Aportación económica.

El Gobierno de Aragón subvencionará esta actividad con la cantidad de 18.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria G/3151/440110/91002 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2015.

El pago de la cantidad subvencionada se realizará, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; su Reglamento de desarrollo; el artículo 13 del Decreto 23/2008, de 12 de febrero, en el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de relaciones laborales y prevención de riesgos laborales, pudiendo efectuar abonos a cuenta mediante la realización de pagos fraccionados, abonándose por cuantía equivalente a la justificación presentada; y, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre el pago de subvenciones concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tal como señala el artículo 4, último párrafo, del Decreto 23/2008, de 12 de febrero, el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Se podrá conceder anticipos de pago sin que en algún caso sean superiores al 25% de la subvención concedida, en cumplimiento del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno de Aragón, en fecha 13 de septiembre de 2011, y en los términos contemplados en el artículo 14 del citado decreto.

Séptima.- Compromisos del ISSLA.

El Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral, como órgano científico técnico de la Comunidad Autónoma de Aragón en la materia:

a) Asesorará a la universidad firmante del presente convenio, en los aspectos técnico-preventivos.

b) Participará en la organización de las materias a impartir en el Máster Universitario de Prevención de Riesgos Laborales.

c) Colaborará con su personal en la impartición de los temas específicos que se determinen y en la participación como profesorado externo del MUPRL.

d) Podrá proponer a la dirección de la cátedra la realización de cursos de especialización en los que se tenga un interés técnico o sectorial concreto, así como su participación en los mismos. En ningún caso, estos cursos podrán sustituir la formación obligatoria que las empresas tienen que impartir a sus trabajadores en función de los riesgos específicos a los que estén expuestos.

Octava.- Comisión mixta.

Se constituirá una comisión mixta paritaria de seguimiento a efectos de desarrollo, modificación y resolución de las obligaciones y los derechos derivados de la suscripción del presente convenio, y estará integrada por dos representantes de la Universidad de Zaragoza, nombrados por el Rector, y dos representantes del Departamento de Economía y Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón. A dicha comisión, competerá resolver las cuestiones relativas a la interpretación del presente convenio, evaluando su aplicación y promoviendo las líneas de política común, así como aquellas actuaciones de coordinación que se consideren necesarias.

La Comisión mixta de seguimiento se reunirá al menos una vez al año y, en todo caso, siempre que lo solicite uno o varios de sus integrantes. En su primera reunión, la comisión designará a un secretario, que levantará acta de las sesiones.

Novena.- Justificación de gastos.

La justificación de las actuaciones objeto de subvención habrá de cumplir lo establecido en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

Los documentos justificativos, que deberán ajustarse a lo que establece el anexo al convenio, deberán presentarse en la Dirección General de Trabajo en plazo, que finalizará el 20 de noviembre del año en curso. Para aquellos gastos subvencionables, que se encuentren comprometidos en firme y correspondan al plazo de ejecución de la subvención, tales como nóminas, Seguridad Social e IRPF, otros gastos fijos y periódicos que, por incompatibilidad de plazos, y su abono no pudiera realizarse hasta una vez finalizado el plazo de justificación, podrá admitirse un pago anticipado con los requisitos establecidos en la normativa vigente, previa presentación de un certificado, redactado en debida forma, en el que se constate la cuantía y destino de cada uno de dichos gastos, así como el compromiso de aportar los documentos que justifiquen dichos gastos, antes del 28 de febrero del ejercicio siguiente. Las cantidades no justificadas o indebidamente justificadas dentro del plazo de justificación se entenderán renunciadas, y los anticipos realizados que en dicha fecha no se hayan justificado deberán reintegrarse en la forma legalmente establecida.

Décima.- Resolución del convenio.

El presente convenio podrá ser resuelto, previa comunicación con un mes de antelación, por incumplimiento de los compromisos recogidos en él. En caso de resolución del convenio por incumplimiento por parte de la Universidad de Zaragoza, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el reintegro de subvenciones. El presente convenio también podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes, así como por imposibilidad sobrevenida.

Undécima.- Obligaciones de las partes firmantes.

La Universidad de Zaragoza asume, mediante la firma del presente convenio, los siguientes compromisos:

1.º Cumplir la finalidad del presente convenio y destinar la cuantía aportada por el Departamento de Economía y Empleo a los fines propios de las actuaciones pactadas con el mismo.

2.º Comunicar al Departamento de Economía y Empleo, por escrito o de forma fehaciente, la obtención de cualquier tipo de subvención o aportación económica de otros organismos o instituciones públicos o privados para la misma finalidad, inmediatamente, si ya estuviesen reconocidas a la fecha de la firma de este convenio, o en el plazo máximo de diez días desde la constancia fehaciente de su concesión.

3.º Acreditar la aplicación de la subvención concedida a las actuaciones subvencionadas, así como comunicar las alteraciones que puedan producirse en las circunstancias que han motivado la realización del convenio.

4.º Someterse a las actuaciones de seguimiento y control a efectuar por el Gobierno de Aragón, admitiendo la presencia de la o las personas designadas por el Departamento de Economía y Empleo para realizar el seguimiento y evaluación del programa o programas financiados, y facilitarles cuanta información, contable o de otro tipo, le sea solicitada a tal efecto. En especial, la entidad habrá de facilitar identificación individualizada de los usuarios de cada proyecto.

5.º En todos los materiales impresos, que se realicen en las actuaciones programadas en este convenio, y difusión web, se deberá incluir el logotipo completo de identidad gráfica (símbolo y denominación), del departamento que financia. Además, respecto a la publicidad relativa al carácter público de la financiación del objeto de la convenio, cuando el beneficiario deba hacer uso del identificador corporativo del Gobierno de Aragón, habrá de solicitar con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Igualmente, si del clausulado del convenio se derivan para el beneficiario la realización de actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del Gobierno de Aragón o cualquiera de sus variantes, la creatividad y el plan de medios de dichas actividades deberá ser objeto de solicitud con carácter previo a cualquier actuación, del preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, con objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los objetivos de comunicación y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.

6.º Presentar al Departamento de Economía y Empleo una memoria de seguimiento de las actuaciones realizadas en el ámbito del presente convenio, antes del 31 de enero de 2016.

El Departamento de Economía y Empleo asume, mediante la firma del presente convenio, los siguientes compromisos:

1.º Entregar a la Universidad de Zaragoza el importe de su aportación, de acuerdo con las normas reguladoras de la subvención y el presente convenio.

2.º Verificar el cumplimiento y efectividad de las condiciones o requisitos determinantes para la realización del presente convenio.

3.º Realizar el seguimiento y evaluación de las actuaciones recogidas en el presente convenio.

Duodécima.- Normativa aplicable.

Todas las actividades previstas en este convenio se realizarán ajustándose a la normativa vigente en la Universidad de Zaragoza, especialmente en materia académica, económica y de personal, así como de protección de datos de carácter personal.

Asimismo, también será de aplicación la normativa aplicable al Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Aragón en todo aquello que proceda.

El tratamiento de los datos de carácter personal de los alumnos se realizará en todo caso de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como con la Resolución de 6 de junio de 2002, de la Universidad de Zaragoza, por la que se aprueba la normativa propia en materia de protección de datos de carácter personal y sus disposiciones de desarrollo.

Decimotercera.- Cumplimiento del Plan de Racionalización del Gasto Corriente. El presente convenio se acoge a las medidas que le son de aplicación, recogidas en el apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón, aprobado con fecha 13 de septiembre de 2011, relativas a transferencias corrientes.

Decimocuarta.- Naturaleza jurídica.

Este convenio tiene naturaleza administrativa, no teniendo carácter contractual de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Para todo lo no previsto en el mismo se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la disposición adicional segunda de la Ley 13/2014, de 30 de diciembre, de presupuestos de Aragón para 2015; el Decreto 23/2008, de 12 de febrero, en el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de relaciones laborales y prevención de riesgos laborales, así como cualquier otra disposición normativa de pertinente aplicación.

Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, deberán solventarse por acuerdo entre las partes, en el seno de la comisión mixta constituida al amparo de la cláusula octava de este convenio. Si no se llegara a un acuerdo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes firman el presente convenio, en triple ejemplar y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al principio indicados.

NORMAS GENERALES DE JUSTIFICACIÓN

La justificación deberá incluir documentos originales y fotocopia, para su cotejo y compulsa, de la siguiente documentación:

1. Certificado de la entidad manifestando haber dedicado a los fines y conceptos señalados en el convenio las cantidades que se justifican.

2. Índice de los justificantes que se presentan, señalando conceptos y cuantías de cada uno, así como la cifra global a que ascienden.

3. Justificantes de pago de los gastos que se justifiquen. Todos los documentos referidos deberán corresponder al periodo de vigencia del convenio e ir dirigidos a la entidad firmante del mismo.

4. Escrito manifestando el código internacional de cuenta bancaria (IBAN), entidad bancaria, sucursal y domicilio de la misma. El mencionado escrito deberá estar bastanteado por el banco, debiendo coincidir su titularidad con la entidad beneficiaria.

5. Cuando los justificantes se refieran a pagos de personal, deberá acompañarse copia autenticada de las nóminas correspondientes, de los boletines de cotización de la Seguridad Social y de la carta de pago de las retenciones efectuadas por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Si en un mismo boletín de cotización o carta de pago figurase personal dedicado al convenio, junto con personal dedicado a distinta finalidad, se detallará el importe que corresponda a los trabajadores dedicados al convenio, con indicación de la cuota empresarial y la cuota obrera.

No se tendrá en consideración, a efectos de justificación, ninguna nómina que no vaya acompañada de los correspondientes boletines de cotización y carta de pago a Hacienda.

Las nóminas deberán expresar claramente el nombre y dos apellidos del trabajador, DNI, el mes a que corresponde y la firma del trabajador. En ellas se señalará la cuantía, tanto en bruto como en neto, y los descuentos que procedan.

No se considerarán subvencionables los gastos de personal, desplazamiento y alojamiento, en lo que excedan a los fijados como máximos para la categoría equivalente del personal laboral al servicio de la Diputación General de Aragón, según convenio colectivo vigente. En cualquier caso, las retribuciones del personal directivo únicamente se subvencionarán hasta el límite de las retribuciones de un Director General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, según el punto 100 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

Se podrán justificar gastos de desplazamiento y alojamiento, aportando facturas firmadas y selladas para acreditar su pago, o con los oportunos recibos por el importe percibido. Los importes máximos que se podrán financiar, serán los mismos que los previstos en la normativa vigente para las indemnizaciones por razón del servicio al personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el grupo 2, según el punto 93 del Plan de racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

6. Cuando existan contratos de arrendamiento de servicios, deberá acompañarse copia legible autenticada del contrato y recibos de las cantidades devengadas.

7. Los justificantes que correspondan a profesionales deberán consistir en factura original. Dicha factura, deberá estar firmada y sellada, y en ella figurará la fecha, nombre y apellidos, DNI del profesional y el concepto a que se refiere la actuación por la que se gira la factura, así como la liquidación por el IVA cuando corresponda. En estos supuestos, se aportará fotocopia compulsada de la carta de pago de la retención obligatoria por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con indicación del desglose en la forma señalada para los gastos de personal.

8. Si los justificantes corresponden a casas comerciales, las facturas correspondientes deberán ser originales y deberán incluir el nombre, razón social y número de identificación fiscal, y si fuesen personas físicas, el nombre comercial, nombre y apellidos del titular y su DNI. En todo caso, y cuando así corresponda, figurará la liquidación por el IVA.

En ambos casos, las facturas deberán ir debidamente firmadas y selladas.

9. No se considerarán subvencionables los siguientes gastos:

- Gastos e intereses bancarios y otros gastos financieros.

- Adquisición de equipos y material inventariable.

- Comisiones, indemnizaciones y otros gastos suplementarios acordados para el personal.