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ORDEN de 25 de febrero de 2015, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la realización de Campos de Trabajo en el marco del programa voluntariado y solidaridad 2015, del Instituto Aragonés de la Juventud.

Publicado el 23/03/2015 (Nº 56)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

Por Orden de 6 de noviembre de 2014, del Consejero del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, fueron convocadas subvenciones para la realización de Campos de Trabajo en el marco del Programa Voluntariado y Solidaridad 2015 ("Boletín Oficial de Aragón", número 233, de 27 de noviembre de 2014).

El objeto de dicha convocatoria, identificada bajo la denominación JUV 2/2015, es la concesión de subvenciones para la realización de Campos de Trabajo, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, durante los meses de julio y agosto de 2015, en el marco del Programa Voluntariado y Solidaridad 2015, con la intención de facilitar la participación solidaria de jóvenes voluntarios en acciones o servicios comunitarios. Los posibles beneficiarios de esta convocatoria pública de subvenciones son las referidas a Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas que se encuentren inscritas en el correspondiente Registro Público.

Los proyectos subvencionables, son los dirigidos a la realización desinteresada de actuaciones o servicios de claro interés social mediante jóvenes voluntarios en alguna de las siguientes modalidades: arqueología, construcción-restauración; artesanía-etnología; ecología-medioambiente; agricultura-jardinería; integración social; protección civil; investigación-estudio y turismo.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, éstas han sido examinadas y valoradas por una Comisión constituida al efecto por Resolución de 13 de enero de 2015, del Secretario General del Instituto Aragonés de la Juventud, por la que se nombra a los miembros de la Comisión de Valoración de las subvenciones para la realización de Campos de Trabajo en el Marco del Programa Voluntariado y Solidaridad 2015, atendiendo a las disponibilidades presupuestarias del vigente ejercicio económico y a los criterios de concesión de las subvenciones previstos en la propia orden de convocatoria.

Por todo ello, y teniendo en cuenta la calidad e interés del programa y vista la propuesta elevada por el Secretario General del Instituto Aragonés de la Juventud.

En su virtud, el Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, en uso de las competencias que legalmente le han sido atribuidas, dispone:

Primero.- Aprobar la propuesta de concesión de subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 6 de noviembre de 2014, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se convocan subvenciones para la realización de Campos de Trabajo en el Marco del Programa Voluntariado y Solidaridad 2015.

La cuantía total de las subvenciones concedidas para dicho objeto asciende a ciento dieciocho mil doscientos noventa y cuatro euros con treinta y ocho céntimos (118.294,38 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria G/3231/480127/91002, PEP 2007/000097 del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de la Juventud del ejercicio 2015 a favor de las Entidades sin ánimo de lucro que se relacionan en el anexo I a la presente orden.

Segundo.- Conceder las subvenciones relacionadas en el anexo I de la presente orden, en la que se detallan los beneficiarios, destino, cuantía de cada una de ellas, cantidad a justificar y aplicación presupuestaria.

Tercero.- Denegar las ayudas solicitadas al amparo de la presente orden, incluidas en el anexo II, dadas las limitaciones presupuestarias.

Cuarto.- Declarar denegada en su petición a la Entidad señalada en el anexo III, por no cumplir la base octava de la presente orden.

Quinto.- Se hace constar la renuncia expresa a la solicitud presentada por las entidades: "Asociación Cultural Laboratorio de Ruralización" y "Asociación Tris Tras" para la participación en la convocatoria de subvenciones para la realización de Campos de Trabajo 2015.

Sexto.- El pago de la subvención se realizará conforme a lo dispuesto en la citada Orden de 6 de noviembre de 2014, en el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, sobre pago de subvenciones concedidas con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, en la Ley 13/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2015 y demás normativa aplicable.

Séptimo.- La justificación de las cantidades percibidas se realizará según lo dispuesto en la citada Orden de 6 de noviembre de 2014, en el Decreto 222/2005, de 25 de octubre, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de familia, mujer y juventud y en el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre. Su incumplimiento conllevará la pérdida de la subvención concedida.

La justificación deberá presentarse antes del 20 de octubre de 2015, en ningún caso se autorizarán certificaciones fuera de dicho plazo.

Octavo.- En cuanto a la obligación de los beneficiarios se estará a lo especificado en la Orden de 6 de noviembre de 2014, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se convocan subvenciones para la realización de Campos de Trabajo en el Marco del Programa Voluntariado y Solidaridad 2015; así como las obligaciones de carácter general que se contemplan en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes desde su notificación, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses desde su notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Zaragoza, 25 de febrero de 2015.

El Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia,

RICARDO OLIVÁN BELLOSTA