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RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 23 de enero de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina para producción hasta 432 UGM, situada en el polígono 3, parcelas 76 y 180, del término municipal de Hoz y Costeán (Huesca), y promovida por la sociedad Explotaciones Hermanos Almanzor, S. C. (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/02109).

Publicado el 22/07/2014 (Nº 142)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Visto el escrito de fecha 28 de febrero de 2014, presentado por D. Juan Manuel Almanzor Llena, en representación de Explotaciones Hermanos Almanzor, S. C, con NIF: G22237473, como promotora de una solicitud de prórroga en el plazo autorizado para la entrada en funcionamiento de la ampliación de la explotación descrita, resulta:

Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 23 de enero de 2009, se otorgó autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina para producción hasta 432 UGM, situada en el polígono 3, parcelas 76 y 180, del término municipal de Hoz y Costeán (Huesca) (Número Expte. INAGA 500301/02/2008/03789).

Segundo.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 15 de marzo de 2011, se prorrogó la entrada en funcionamiento de su actividad hasta el 2 de marzo de 2013 (Número Expte. INAGA 500301/02/2011/01043).

Tercero.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 22 de enero de 2014, se prorrogó por segunda vez la entrada en funcionamiento de su actividad hasta el 2 de marzo de 2014 (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/09089).

Fundamentos jurídicos

Primero.- De acuerdo a lo previsto en el artículo 59.2 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, las autorizaciones ambientales integradas puedan establecer plazos mayores que sus resoluciones iniciales, a solicitud del titular de la instalación. Esta condición está establecida en el último párrafo del punto 2.15. de la Resolución de 23 de enero de 2009. El titular de la explotación justifica la citada prórroga por el retraso de las obras debido a la falta de tiempo en su ejecución.

Vistos, la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Autorizar, la modificación puntual de la Resolución de 23 de enero de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina para producción hasta una capacidad final de 1.382 cerdas reproductoras con lechones hasta 20 kg, 115 cerdas de reposición y 3 verracos (equivalente a 432 UGM), a situar en el polígono 3, parcelas 76 y 180, del término municipal de Hoz y Costeán (Huesca), y promovida por la sociedad Explotaciones Hermanos Almanzor, S. C. (Número Expte. INAGA 500301/02/2008/03789), en los siguientes términos, dejando inalterado el resto de los condicionantes:

El último párrafo del punto 2.15. de la resolución quedará sustituido por el siguiente:

«El comienzo de la actividad deberá ser anterior al 2 de marzo de 2015, de otra forma la presente resolución quedará anulada y sin efecto».

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 23 de junio de 2014.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ