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ORDEN de 10 de junio de 2015, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Confederación de la Pequeña Empresa Aragonesa (CEPYME-Aragón), para la financiación de gastos derivados de acciones en materia de prevención de riesgos laborales durante el año 2015.

Publicado el 10/07/2015 (Nº 132)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2015/7/0143 el convenio suscrito, con fecha 6 de mayo de 2015, por el Consejero de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón y el Presidente de CEPYME-Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 10 de junio de 2015.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA CONFEDERACIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA ARAGONESA (CEPYME-ARAGÓN), PARA LA FINANCIACIÓN DE GASTOS DERIVADOS DE ACCIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DURANTE EL AÑO 2015

En Zaragoza, a 6 de mayo de 2015.

D. Francisco Bono Ríos, Consejero de Economía y Empleo, en virtud del Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 139, de 16 de julio de 2011), actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, y facultado, expresamente para este acto, por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 5 de mayo de 2015.

D. Aurelio López de Hita, como Presidente de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME-Aragón), tal y como figura en la escritura de apoderamiento, otorgada ante notario de Zaragoza, el día 3 de mayo de 2006, con el número 1170 de su protocolo.

Reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar y suscribir el presente convenio de colaboración

El mandato dirigido a los poderes públicos en el artículo 40.2 de la Constitución Española (CE) exige que la seguridad y salud sean objeto de una atención especial en la acción de los poderes públicos, constituyendo uno de los principios rectores de la política económica y social, velar por la seguridad e higiene en el trabajo. Así, en el artículo 43.1, la CE reconoce el derecho a la protección de la salud y atribuye a los poderes públicos; en el artículo 43.2 de la CE, la competencia de organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas, prestaciones y servicios necesarios. Esta protección alcanza su máxima expresión en el artículo 15 de la CE, que reconoce como derecho fundamental el derecho a la vida y el derecho a la integridad física y moral. Por tanto, todas aquellas acciones encaminadas a mejorar la seguridad y la salud en el trabajo constituyen un objetivo político de primer orden.

En el mismo sentido, la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales ("Boletín Oficial del Estado", número 269, de 10 de noviembre de 1995), en su artículo 5, establece que la política en materia de prevención de riesgos laborales tendrá por objeto la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. La política preventiva se llevará a cabo con la participación de los empresarios y trabajadores a través de sus organizaciones empresariales y sindicales más representativas. Las Administraciones Públicas deben fomentar las actividades preventivas de las empresas, a través de distintos programas específicos, dirigidos a promover la mejora del ambiente de trabajo y el perfeccionamiento de los niveles de protección.

La Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 26, sobre empleo y trabajo, establece que "los poderes públicos de Aragón promoverán la prevención de los riesgos laborales".

En cumplimiento de este mandato, el Departamento de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón integra, en el seno de la Dirección General de Trabajo, el Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (ISSLA), que tiene como fin primordial la promoción y comprobación de la mejora de las condiciones de Seguridad y Salud en el trabajo mediante la ejecución de sus competencias específicas, según el Decreto 336/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón. Texto normativo que, a su vez, regula el Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (CASSL) con la misma finalidad.

La Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo (2010-2014) nace fruto del consenso establecido en el Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (CASSL), en consonancia en su día con el Acuerdo Económico y Social para el Progreso en Aragón (AESPA 2008-2011) y, actualmente, con el Acuerdo Social para la Competitividad y el Empleo de Aragón (2012-2015). Todos ellos integran el objetivo de mejora de la seguridad y salud de las empresas aragonesas y de sus trabajadores y trabajadoras como sello de identidad propio de nuestra Comunidad Autónoma.

Es primordial el papel de las organizaciones empresariales y sindicales para el desarrollo, ejecución e implantación en los centros de trabajo de cada uno de los objetivos de la Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo: reducción de la siniestralidad e impulso de la calidad de los sistemas de PRL, impulsar la educación y formación de seguridad y salud laboral, reforzar la sensibilización y divulgación de la cultura de la prevención, potenciar estudios e investigación e impulsar el desarrollo y gestión efectiva de la salud laboral.

Es cierto que, los índices de siniestralidad, que definen la calidad de la gestión de la prevención de riesgos laborales, han disminuido en los últimos años en nuestra Comunidad, por los esfuerzos inequívocos de la administración autonómica y de los agentes sociales en este sentido.

La Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa tiene la condición de organización empresarial más representativa, de acuerdo con la disposición adicional sexta del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Por ello, teniendo en cuenta la implantación que en el mundo laboral tiene la organización empresarial Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa, y su experiencia en la prevención de riesgos laborales, el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía y Empleo, contribuirá al desarrollo de estas actuaciones participando en su financiación, concretamente, mediante el otorgamiento de una subvención a la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa al quedar acreditado el interés público de este programa desarrollado en este convenio y la idoneidad de la citada organización empresarial para ello, de acuerdo con la posibilidad de conceder directamente una subvención al cumplir con los requisitos excepcionales contemplados en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En el presente convenio se determinarán las condiciones y compromisos de esta subvención, de acuerdo con lo enunciado en el artículo 28.1 de la citada ley.

La citada subvención en régimen de concesión directa está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía y Empleo, aprobado por Orden de 30 de julio de 2014, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía y Empleo 2012-2015, en cumplimiento del apartado 3, punto 90 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno de Aragón, en sesión de 13 de septiembre de 2011.

De acuerdo con el punto 103 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno de Aragón, en sesión de 13 de septiembre de 2011, la Dirección General de Trabajo pone de manifiesto que ha quedado debidamente acreditado por la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME-Aragón), la ejecución de las actuaciones y justificación de la subvención concedida en el año 2014, para la financiación de los gastos derivados de acciones en materia de prevención de riesgos laborales durante el año 2014.

Por tanto, con el fin de hacer posible la realización coordinada y eficaz de las actuaciones previstas, se suscribe el presente convenio de colaboración con sujeción a las siguientes

Primera.- Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía y Empleo, y la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa, a la que se reconoce acreditada suficiente capacidad técnica y material para el desarrollo de actividades orientadas al apoyo de la prevención de riesgos laborales.

Segunda.- Vigencia.

El presente convenio estará vigente desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre del 2015.

Tercera.- Contenido y recursos del convenio.

Las actividades de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa en materia de prevención de riesgos laborales, a desarrollar desde el 1 de enero del 2015, serán las siguientes:

Primera acción: Divulgación de actividades, eventos, noticias relacionados con la prevención de riesgos laborales.

Uno de los factores estratégicos que toda empresa debe tener en cuenta es, sin duda, la aplicación de una política de gestión integral de la prevención de riesgos laborales en sus estructuras desde la dirección hasta sus bases, teniendo como fundamento la difusión eficaz de la información a sus operarios, la documentación actualizada y divulgación de los resultados de la aplicación de estas medidas, dado que mediante ellas se proporcionan pautas e informaciones que facilitan las actividades preventivas que contribuyen a mejorar las aptitudes y actitudes de sus trabajadores.

El Gabinete de Prevención de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa es consciente de esta realidad, por lo que una de sus líneas de actuación prioritarias desde su creación en el año 2001 ha sido la atención de las necesidades de información y documentación en materia de prevención de riesgos laborales de sus asociados y empresas en general (sobre todo pymes, micro-pymes y autónomos), para lo que ha contado con los servicios jurídicos y técnicos de la organización, quienes han elaborado distintos productos informativos, se han servido y utilizado de variados medios y canales difusión y han desarrollado las herramientas que, en cada momento, han sido adecuadas para lograr una rápida y eficaz difusión de la información y la documentación a las empresas, sobre todo micro-pymes y autónomos.

Esta línea de actuación, ya recogida en las tres anteriores convocatorias, se debe mantener en el tiempo, garantizando su continuidad y mejorando sus prestaciones en base a la mejora de la tecnología disponible.

Para ello, es necesario continuar ofreciendo herramientas idóneas, a la vez que efectivas y económicamente rentables, que permitan hacer llegar al mayor número posible de empresas la documentación e información adecuada sobre gestión de la prevención de riesgos laborales en sus especialidades de Seguridad, Higiene, Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

En consecuencia, y atendiendo a la demanda en cuanto al número de usuarios que ha tenido en los ejercicios precedentes y el cambio radical sufrido en el ejercicio anterior, en cuanto a su salida a las redes sociales y su extensión a las pymes de la Comunidad Autónoma, se considera oportuno la continuidad de una acción dentro de este convenio encaminada a que las empresas (micropymes y autónomos, fundamentalmente) y sus trabajadores cuenten con el mayor grado de apoyo para mejorar la información actualizada en el menor tiempo transcurrido y dirigido a la muestra mayor de población

El objetivo general de esta acción es la difusión a empresas y asociaciones empresariales de información pertinente, actualizada y ajustada a sus necesidades sobre prevención de riesgos laborales que les ayude al cumplimiento de sus obligaciones legales y responsabilidades a realizar un trabajo seguro con la finalidad expresa de conseguir unos entornos laborales más seguros y saludables.

En concreto, los objetos específicos perseguidos son:

- Dar información técnica, noticias, eventos y jurídica en materia preventiva, seguridad y salud laboral en tiempo real.

- Dirigir esa información prioritariamente hacia aquellas empresas, que por su entidad, carecen de infraestructuras y medios propios, tanto técnicos como humanos, para la aplicación de esta materia.

- Continuar facilitando a las pymes información novedosa en materia preventiva a través de la red y su difusión en las redes sociales más extendidas entre el usuario (Twitter, Facebook)

- Implementar la base documental ya publicada en nuestra web en prevención de riesgos laborales con la misión de mejorar la difusión a las empresas y organizaciones empresariales aragonesas mediante su descarga a través del espacio web y previamente difundidas por el blog y las redes sociales.

El alto grado de penetración de internet en las empresas para la transmisión de datos, remisión de información y consulta de documentación, nos llevan a continuar con el planteamiento de mejorar su accesibilidad así como sus formatos y presentaciones y ser utilizada como una plataforma de difusión masiva de información, sirviéndonos de tres medios: un espacio web propio, las redes sociales y el correo electrónico que distribuye la información publicada en el blog al momento de ser insertada.

Actuación 1. Implementación del blog.

Una vez programado y desarrolladas las bases para la realización del núcleo central del blog http://gabicepyaragon.blogspot.com.es/, ya realizado en convocatorias anteriores, se va a continuar incluyendo contenidos actualizados de forma diaria para que esta información llegue en un formato de acceso fácil e inmediato a las empresas.

La tipología de los contenidos que se recogerán en este espacio web serán noticias sobre temas relacionados con prevención, novedades legislativas, eventos, documentos de temática preventiva realizados por CEPYME-Aragón, boletines informativos elaborados por CEPYME-Aragón, publicaciones realizadas relacionadas con la prevención, artículos de interés de revistas especializadas y enlaces de Interés de Instituciones externas relacionadas con la prevención.

La temática abordada será la propia de las distintas disciplinas preventivas, es decir seguridad laboral, higiene en el trabajo, ergonomía, psicosociología aplicada y medicina del trabajo. Para la selección de los asuntos concretos se tendrá en cuenta tanto los objetivos estratégicos marcados por las instituciones preventivas y, muy especialmente por la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Aragón, como las necesidades reales de las empresas aragonesas que sean detectadas por los técnicos de CEPYME-Aragón a través de las consultas recibidas, así como también por las novedades que se produzcan en el ámbito preventivo.

Las funciones básicas que ofrece este blog son:

- Actualización continua de la información.

- Difusión de información a través de correo electrónico, de manera que se posibilite a las empresas la suscripción y recepción a través de este medio de todas la novedades que se incluyan en el espacio web.

- Difusión de información a través de RSS, de manera que se posibilite a las empresas la suscripción y recepción a través de este medio de todas la novedades que se incluyan en el espacio web.

- Enlace y posibilidad de difusión de los contenidos a través de redes sociales (Twitter, Facebook, Issuu).

- Categorización de los contenidos tanto por su tipología (noticias, eventos, legislación, reseñas, referencias, boletines), como por la materia preventiva a la que corresponden (Seguridad, Higiene, Ergonomía, Psicosociología Aplicada).

Actuación 2. Redes sociales.

Las redes sociales suponen una parte importante en el uso de internet. Esta tendencia empezó a coger fuerza en el entorno personal, pero en los últimos años también el entorno empresarial ha ido entendiendo su importancia, de manera que en la actualidad todos los tipos de empresas ya utilizan las capacidades que ofrecen las redes sociales.

Según el último informe anual, "La sociedad en red", publicado por el Observatorio Nacional de las Telecomunicaciones y la Sociedad de la Información, el 29% de las empresas utilizan las redes sociales destacando por sectores el de la informática, telecomunicaciones, hostelería y agencias de viajes. Por lo que respecta a las microempresas, un 26,60% hacen uso de las redes sociales con un predominio de Facebook y Linkedin.

Por su parte, el último informe de "La sociedad de la información en España", publicado por la Fundación Telefónica, señala que todos los segmentos de empresas abrazan las redes sociales como un canal de comunicación, de manera que entre las empresas de mayor tamaño las redes sociales ya son una herramienta más en su actividad diaria hasta tal punto que el 100% de los ejecutivos de marketing tienen cuenta abierta en Twitter.

En España, la mayoría de las empresas del IBEX 35 utilizan las redes sociales de forma integrada con su actividad, y en el entorno de las empresas medianas y pequeñas, el uso de las redes sociales es también una realidad, de manera que el 55% de las empresas en este segmento en España utilizan las redes sociales de una forma profesional y con un elevado grado de asiduidad, que en el caso de Twitter llega a que el 40% de las empresas que lo utilizan, lo hagan de forma diaria.

Las redes sociales son por tanto ampliamente utilizadas por todas las tipologías de empresa y por numerosos departamentos, quienes se sirven de ellas principalmente para comunicarse, compartir y revisar documentos, por lo que el objetivo de uso más importante dentro de la empresa es mejorar la comunicación.

Ante esta realidad se propone continuar la difusión de información a través de las redes sociales, y más concretamente a través de Twitter y Facebook.

Twitter: Desarrollo de la difusión de noticias en Twitter, mejorando el número de seguidores e incrementando las entradas de información.

Facebook: Desarrollo de la difusión de noticias en Facebook, mejorando el número de seguidores e incrementando las entradas de información.

Presupuesto primera acción: Divulgación de actividades, eventos, noticias relacionados con la prevención de riesgos laborales

Segunda acción: Desarrollo de una campaña informativa sobre seguridad en el uso de maquinaria.

Los datos de siniestralidad laboral durante el año 2014, recientemente publicados por la Dirección General de Trabajo y el ISSLA, reflejan un incremento de los accidentes en dos sectores que engloban a un gran número de trabajadores: el sector industrial y la agricultura.

En los datos comparativos de 2014 con respecto a 2013, se puede observar un alto porcentaje de incremento en el caso de accidentes graves, que en estos sectores principalmente derivan de atrapamiento en el manejo de maquinaria, tanto en el sector industrial, con respecto a maquinaria de producción, como en el caso del sector agrario, por accidentes con maquinaria agrícola como puede ser por vuelco del tractor.

Estas circunstancias, entendemos que necesitan de una campaña informativa sobre estos riesgos en ambos sectores. Por ello, en esta acción se plantea la realización de actuaciones dirigidas a dos sectores concretos: el sector metal y el sector agrario.

Se diseñará y elaborará una campaña informativa que, a su vez, incluirá las siguientes fases y actuaciones:

Fase 1. Diseño de la campaña de información.

En esta fase inicial, se concretarán los objetivos de la acción, medios precisos y la planificación.

En esta fase, se formará un equipo de trabajo que recabará y analizará los datos disponibles de accidentabilidad, informes accesibles sobre los sectores metal y agrícola, y, además, se realizarán entrevistas con responsables de asociaciones empresariales de estos sectores. Con todos los datos recabados, se analizarán las necesidades informativas expresadas por los sectores al respecto y detectadas con el resto de datos, y se elaborará la estrategia a seguir.

Fase 2. Elaboración de material informativo de apoyo para los sectores metal y agrario.

Elaboración de un manual divulgativo sobre seguridad en el uso de maquinaria en el sector metal y elaboración de un manual divulgativo sobre seguridad en el uso de maquinaria en el sector agrario.

Fase 3. Elaboración de fichas informativas básicas, sobre seguridad en el uso de maquinaria en ambos sectores.

Estas fichas tendrán las peculiaridades de ser breves, contener la información básica necesaria, y en un formato de fácil acceso para los trabajadores.

Fase 4. Elaboración de protocolos de actuación que permitan a las empresas detectar los problemas que pueda tener la maquinaria y que supongan riesgo para los trabajadores.

Se detallarán protocolos para ambos sectores.

Fase 5. Divulgación a los sectores.

Se realizarán reuniones informativas con organizaciones sectoriales de metal y sector agrario, para explicarles y detallarles la documentación elaborada, para su validación. Como resultado de las mismas, se modificarán y adaptarán los materiales informativos desarrollados, atendiendo a las sugerencias y comentarios prácticos sobre su utilidad.

Fase 6. Fase trasversal.

Se realizará seguimiento de las actuaciones diseñadas en la fase 1, tanto en cuanto al cumplimiento de los objetivos desarrollados en esta fase, en el desarrollo de las actuaciones previstas, como en las modificaciones sobre la estrategia inicial que se consideren necesarias durante el desarrollo de todo el proyecto durante el año 2015, una vez realizado el control y seguimiento de cada fase.

Fase 7. Difusión.

Se facilitará a las organizaciones sectoriales intervinientes en el proyecto, en formato PDF y en CD, toda la documentación desarrollada para cada sector, y que éstos consideren de interés para difundir entre sus asociados.

Paralelamente, esta documentación se colgará en la web de CEPYME-Aragón en abierto, y se difundirá entre empresas, asociaciones y entidades relacionadas con la prevención de riesgos laborales.

Presupuesto segunda acción: Desarrollo de una campaña informativa sobre seguridad en el uso de maquinaria

Tercera acción: Elaboración y difusión de una guía sobre prevención de riesgos en micropymes del sector comercio.

Las empresas de Aragón, que representan el 2,80% del total de empresas españolas, están mayoritariamente inscritas bajo la condición jurídica de persona física (49,02%). Le siguen en importancia numérica las empresas que ejercen su actividad como sociedad limitada, con un 33,28% y las que lo hacen bajo la denominación de sociedad anónima, 3,08%.

Además, el 54,38% de las empresas de Aragón ejercen la actividad en el sector de los servicios, el 22,81%, en el del comercio; el 15,02%, en el de la construcción y el 7,78% restante, en el de la industria.

Un análisis más detallado de los sectores de producción muestra que, en la composición del sector comercio, la mayor concentración de empresas recae en el comercio al por menor.

A la vista de estos datos, proponemos la elaboración de una guía dirigida específicamente al sector comercio, y concretamente, a las microempresas (menos de 10 trabajadores), en la que se profundice sobre los riesgos y su prevención, atendiendo a las características específicas de este grupo tan amplio de empresas, y al perfil de empresarios y trabajadores que desarrollan sus actividades profesionales en el sector.

En esta guía se tendrán en cuenta aspectos específicos del sector, como:

- Riesgos ergonómicos: manipulación manual de cargas (almacenamiento, carga-descarga), posturas de trabajo (amplio porcentaje de trabajo de pie durante la jornada), movimientos repetitivos (uso de etiquetadoras, apertura de precintos de cajas), ambiente térmico e iluminación, entre otros.

- Riesgos en el manejo de sustancias peligrosas (almacenamiento, uso de productos de limpieza, pinturas, barnices, ambientadores, etc., según el sector de actividad comercial: ferreterías, droguerías, entre otros).

- Riesgos específicos en el ejercicio de la actividad durante el embarazo.

- Requisitos legales en materia de PRL: situaciones concretas de autónomos con y sin asalariados, coordinación de actividades.

- Comunicación e información sobre PRL a los trabajadores: manuales de acogida específicos para contrataciones en periodos comerciales cortos (rebajas, inventarios,...).

Esta campaña tiene como objetivo, difundir entre las microempresas del sector comercio los riesgos específicos existentes relativos a su actividad, propuestas de buenas prácticas para su prevención, así como detallar las obligaciones legales al respecto.

La acción se desarrollará en las siguientes fases:

Fase 1: Para el desarrollo de la acción, se formará un equipo de trabajo que buscará, probará y analizará las herramientas, publicaciones o manuales disponibles en la red, de entidades de reconocido prestigio en esta materia, que valorará su interés, y seleccionará.

Fase 2: Con la información bibliográfica analizada, se realizarán reuniones con el sector para conocer la situación, y detectar las necesidades existentes en materia de prevención sobre las que hay que incidir durante la acción.

Fase 3: Elaboración de la guía informativa en formato PDF, atendiendo a las conclusiones de las fases anteriores, e incluyendo aspectos específicos del sector como:

Riesgos ergonómicos: manipulación manual de cargas (almacenamiento, carga-descarga), posturas de trabajo (amplio porcentaje de trabajo de pie durante la jornada), movimientos repetitivos (uso de etiquetadoras, apertura de precintos de cajas), ambiente térmico e iluminación, entre otros.

Riesgos en el manejo de sustancias peligrosas (almacenamiento, uso de productos de limpieza, pinturas, barnices, ambientadores, etc., según el sector de actividad comercial: ferreterías, droguerías, entre otros).

Riesgos específicos en el ejercicio de la actividad durante el embarazo.

Requisitos legales en materia de PRL: situaciones concretas de autónomos con y sin asalariados, coordinación de actividades.

Comunicación e información sobre PRL a los trabajadores: manuales de acogida específicos para contrataciones en periodos comerciales cortos (rebajas, inventarios,...).

Fase 4: Divulgación de la guía a los sectores que entran dentro del ámbito de la acción. Para ello, se realizará su difusión mediante su remisión a las asociaciones específicas en formato PDF, y se divulgará mediante web de CEPYME-Aragón, para su descarga gratuita y se difundirá mediante los medios establecidos en la acción 1 de este convenio.

Fase 5: Control y seguimiento. Se realizará de forma trasversal y supondrá un seguimiento de las actuaciones, para verificar el cumplimiento de los objetivos previstos y las desviaciones que pudieran surgir. Adaptará las actuaciones a los objetivos previstos.

Cuarta.- Pago de la subvención.

El Gobierno de Aragón subvencionará con 75.240 euros con cargo a la aplicación presupuestaria G/3151/480018/91002 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2015.

El pago de la cantidad subvencionada se realizará, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 13 del Decreto 23/2008, de 12 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de relaciones laborales y prevención de riesgos laborales, pudiendo efectuar abonos a cuenta mediante la realización de pagos fraccionados, abonándose por cuantía equivalente a la justificación presentada.

Tal como señala el artículo 4, último párrafo, del Decreto 23/2008, de 12 de febrero, el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Se podrá conceder anticipos de pago sin que en ningún caso sean superiores al 25% del importe de la subvención concedida, en cumplimiento del punto 96 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno de Aragón, en fecha 13 de septiembre de 2011, en los términos contemplados en el artículo 14 del citado decreto.

Quinta.- Justificación de actuaciones.

La justificación de las actuaciones objeto de subvención habrá de cumplir lo establecido en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

Los documentos justificativos, que deberán ajustarse a lo que establece el anexo al convenio, deberán presentarse en la Dirección General de Trabajo en plazo, que finalizará el 20 de noviembre del año en curso. Para aquellos gastos subvencionables, que se encuentren comprometidos en firme y correspondan al plazo de ejecución de la subvención, tales como nóminas, Seguridad Social, IRPF y otros gastos fijos y periódicos que, por incompatibilidad de plazos, su abono no pudiera realizarse hasta una vez finalizado el plazo de justificación, podrá admitirse un pago anticipado con los requisitos establecidos en la normativa vigente, previa presentación de un certificado, redactado en debida forma, en el que se constate la cuantía y destino de cada uno de dichos gastos, así como el compromiso de aportar los documentos que justifiquen dichos gastos, antes del 28 de febrero del ejercicio siguiente.

Los importes no justificados o indebidamente justificados dentro del plazo de justificación se entenderán renunciados por parte del beneficiario de la subvención, y los anticipos realizados que en dicha fecha no se hayan justificado deberán reintegrarse en la forma legalmente establecida.

Sexta.- Compromisos de las partes.

La Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa asume, mediante la firma del presente convenio, los siguientes compromisos:

1.º Cumplir la finalidad del presente convenio y destinar la cuantía aportada por el Departamento de Economía y Empleo a los fines propios de cada una de las actuaciones pactadas con el mismo.

2.º Comunicar al Departamento de Economía y Empleo, por escrito o de forma fehaciente, la obtención de cualquier tipo de subvención o aportación económica de otros organismos o instituciones públicos o privados para la misma finalidad, inmediatamente, si ya estuviesen reconocidas a la fecha de la firma de este convenio, o en el plazo máximo de diez días desde la constancia fehaciente de su concesión.

3.º Acreditar la aplicación de la subvención concedida a las actuaciones subvencionadas, así como comunicar las alteraciones que puedan producirse en las circunstancias que han motivado la realización del convenio.

4.º Someterse a las actuaciones de seguimiento y control a efectuar por el Gobierno de Aragón, admitiendo la presencia de la o las personas designadas por el Departamento de Economía y Empleo para realizar el seguimiento y evaluación del programa o programas financiados, y facilitarles cuanta información, contable o de otro tipo, le sea solicitada a tal efecto. En especial, la entidad habrá de facilitar identificación individualizada de los usuarios de cada proyecto.

5.º En todos los materiales impresos que se realicen en las actuaciones programadas en este convenio, se deberá incluir el logotipo completo de identidad gráfica (símbolo y denominación) del Departamento que financia. Además, respecto a la publicidad relativa al carácter público de la financiación del objeto del convenio, cuando el beneficiario deba hacer uso del identificador corporativo del Gobierno de Aragón, habrá de solicitar con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Igualmente, si del clausulado del convenio se deriva para el beneficiario la obligación de realizar actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del Gobierno de Aragón o cualquiera de sus variantes, la creatividad y el plan de medios de dichas actividades deberá ser objeto de solicitud con carácter previo a cualquier actuación, del preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, con objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los objetivos de comunicación y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.

6.º Presentar al Departamento de Economía y Empleo una memoria de las actividades realizadas antes del 31 de enero de 2016.

El Departamento de Economía y Empleo asume, mediante la firma del presente convenio, los siguientes compromisos:

1.º Entregar a la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME-Aragón) el importe de su aportación, de acuerdo con las normas reguladoras contenidas en la normativa de subvenciones y el presente convenio.

2.º Verificar el cumplimiento y efectividad de las condiciones o requisitos determinantes para la realización del presente convenio.

3.º Realizar el seguimiento y evaluación de las actuaciones recogidas en el presente convenio.

Ambas partes están obligadas en la ejecución del convenio a la observancia del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón (Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 13 de septiembre de 2011).

Séptima.- Comisión de seguimiento del convenio.

Se constituirá una comisión mixta paritaria de seguimiento a efectos de desarrollo, modificación y resolución de las obligaciones y los derechos derivados de la suscripción del presente convenio, integrada por dos representantes de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa y dos del Departamento de Economía y Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón. A dicha comisión, competerá resolver las cuestiones relativas a la interpretación del presente convenio, evaluando su aplicación y promoviendo las líneas de política común, así como aquellas actuaciones de coordinación que se consideren necesarias.

La Comisión mixta de seguimiento se reunirá, al menos, una vez al año y, en todo caso, siempre que lo solicite uno o varios de sus integrantes. En su primera reunión, la comisión designará a un secretario, que levantará acta de las sesiones.

Octava.- Resolución del convenio.

El presente convenio podrá ser resuelto, previa comunicación con un mes de antelación, por incumplimiento de los compromisos recogidos en él. En caso de resolución del convenio por incumplimiento por parte de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo relativo al reintegro de subvenciones.

El presente convenio también podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes, así como por imposibilidad sobrevenida.

Novena.- Plan de Racionalización del Gasto Corriente.

El presente convenio se acoge a las medidas que le son de aplicación señaladas en el apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón, aprobado con fecha 13 de septiembre de 2011, relativas a transferencias corrientes.

Décima.- Naturaleza jurídica.

Este convenio tiene naturaleza administrativa, no teniendo carácter contractual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Para todo lo no previsto en el texto del convenio se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la disposición adicional segunda de la Ley 13/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Aragón para el ejercicio 2015; el Decreto 23/2008, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de relaciones laborales y prevención de riesgos laborales; así como cualquier otra disposición normativa que resulte de aplicación.

Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, deberán solventarse por acuerdo entre las partes, en el seno de la comisión mixta constituida al amparo de la cláusula séptima de este convenio. Si no se llegara a un acuerdo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, por triplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

NORMAS GENERALES DE JUSTIFICACIÓN

La justificación deberá incluir documentos originales y fotocopia, para su cotejo y compulsa, de la siguiente documentación:

1. Certificado de la entidad manifestando haber dedicado a los fines y conceptos señalados en el convenio las cantidades que se justifican.

2. Índice de los justificantes que se presentan, señalando conceptos y cuantías de cada uno, así como la cifra global a que ascienden.

3. Justificantes de pago de los gastos que se justifiquen. Todos los documentos referidos deberán corresponder al periodo de vigencia del convenio e ir dirigidos a la entidad firmante del mismo.

4. Escrito manifestando el código internacional de cuenta bancaria (IBAN), entidad bancaria, sucursal y domicilio de la misma. El mencionado escrito deberá estar bastanteado por el banco, debiendo coincidir su titularidad con la entidad beneficiaria.

5. Cuando los justificantes se refieran a pagos de personal, deberá acompañarse copia autenticada de las nóminas correspondientes, de los boletines de cotización de la Seguridad Social y de la carta de pago de las retenciones efectuadas por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Si en un mismo boletín de cotización o carta de pago figurase personal dedicado al convenio, junto con personal dedicado a distinta finalidad, se detallará el importe que corresponda a los trabajadores dedicados al convenio, con indicación de la cuota empresarial y la cuota obrera.

No se tendrá en consideración, a efectos de justificación, ninguna nómina que no vaya acompañada de los correspondientes boletines de cotización y carta de pago a Hacienda.

Las nóminas deberán expresar claramente el nombre y dos apellidos del trabajador, DNI, el mes a que corresponde y la firma del trabajador. En ellas se señalará la cuantía, tanto en bruto como en neto, y los descuentos que procedan.

No se considerarán subvencionables los gastos de personal, desplazamiento y alojamiento, en lo que excedan a los fijados como máximos para la categoría equivalente del personal laboral al servicio de la Diputación General de Aragón, según convenio colectivo vigente. En cualquier caso, las retribuciones del personal directivo únicamente se subvencionarán hasta el límite de las retribuciones de un Director General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, según el punto 100 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

Se podrán justificar gastos de desplazamiento y alojamiento, aportando facturas firmadas y selladas para acreditar su pago, o con los oportunos recibos por el importe percibido. Los importes máximos que se podrán financiar, serán los mismos que los previstos en la normativa vigente para las indemnizaciones por razón del servicio al personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el grupo 2, según el punto 93 del Plan de racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

6. Cuando existan contratos de arrendamiento de servicios, deberá acompañarse copia legible autenticada del contrato y recibos de las cantidades devengadas.

7. Los justificantes que correspondan a profesionales deberán consistir en factura original. Dicha factura deberá estar firmada y sellada, y en ella figurará la fecha, nombre y apellidos, DNI del profesional y el concepto a que se refiere la actuación por la que se gira la factura, así como la liquidación por el IVA cuando corresponda. En estos supuestos, se aportará fotocopia compulsada de la carta de pago de la retención obligatoria por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con indicación del desglose en la forma señalada para los gastos de personal.

8. Si los justificantes corresponden a casas comerciales, las facturas correspondientes deberán ser originales y deberán incluir el nombre, razón social y número de identificación fiscal, y si fuesen personas físicas, el nombre comercial, nombre y apellidos del titular y su DNI. En todo caso, y cuando así corresponda, figurará la liquidación por el IVA.

En ambos casos, las facturas deberán ir debidamente firmadas y selladas.

9. No se considerarán subvencionables los siguientes gastos:

- Gastos e intereses bancarios y otros gastos financieros.

- Adquisición de equipos y material inventariable.

- Comisiones, indemnizaciones y otros gastos suplementarios acordados para el personal.