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ORDEN de 10 de junio de 2015, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Confederación de Empresarios de Aragón (CREA), para la financiación de gastos derivados de acciones en materia de prevención de riesgos laborales durante el año 2015.

Publicado el 10/07/2015 (Nº 132)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2015/7/0144 el convenio suscrito, con fecha 6 de mayo de 2015, por el Consejero de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón y el Director General de CREA, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 10 de junio de 2015.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE ARAGÓN, PARA LA FINANCIACIÓN DE GASTOS DERIVADOS DE ACCIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DURANTE EL AÑO 2015

En Zaragoza, a 6 de mayo de 2015.

D. Francisco Bono Ríos, Consejero de Economía y Empleo, en virtud del Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 139, de 16 de julio de 2011), actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, y facultado expresamente para este acto, por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 5 de mayo de 2015.

D. Salvador Cored Bergua, Director General de la Confederación de Empresarios de Aragón (CREA), tal y como figura en la escritura de apoderamiento, otorgada ante el notario D. Vicente Morato Izquierdo, el día 4 de marzo de 2014, con el número 281 de su protocolo.

Reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar y suscribir el presente convenio de colaboración

El mandato dirigido a los poderes públicos en el artículo 40.2 de la Constitución Española (CE) exige que la seguridad y salud sean objeto de una atención especial en la acción de los poderes públicos, constituyendo uno de los principios rectores de la política económica y social, velar por la seguridad e higiene en el trabajo. Así, en el artículo 43.1, la CE reconoce el derecho a la protección de la salud y atribuye a los poderes públicos; en el artículo 43.2 de la CE, la competencia de organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas, prestaciones y servicios necesarios. Esta protección alcanza su máxima expresión en el artículo 15 de la CE, que reconoce como derecho fundamental el derecho a la vida y el derecho a la integridad física y moral. Por tanto, todas aquellas acciones encaminadas a mejorar la seguridad y la salud en el trabajo constituyen un objetivo político de primer orden.

En el mismo sentido, la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales ("Boletín Oficial del Estado", número 269, de 10 de noviembre de 1995), en su artículo 5, establece que la política en materia de prevención de riesgos laborales tendrá por objeto la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. La política preventiva se llevará a cabo con la participación de los empresarios y trabajadores a través de sus organizaciones empresariales y sindicales más representativas. Las Administraciones Públicas deben fomentar las actividades preventivas de las empresas, a través de distintos programas específicos, dirigidos a promover la mejora del ambiente de trabajo y el perfeccionamiento de los niveles de protección.

La Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 26, sobre empleo y trabajo, establece que "los poderes públicos de Aragón promoverán la prevención de los riesgos laborales".

En cumplimiento de este mandato, el Departamento de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón integra, en el seno de la Dirección General de Trabajo, el Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (ISSLA), que tiene como fin primordial la promoción y comprobación de la mejora de las condiciones de Seguridad y Salud en el trabajo mediante la ejecución de sus competencias específicas, según el Decreto 336/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón. Texto normativo que, a su vez, regula el Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (CASSL) con la misma finalidad.

La Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo (2010-2014) nace fruto del consenso establecido en el Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (CASSL), en consonancia en su día con el Acuerdo Económico y Social para el Progreso en Aragón (AESPA 2008-2011) y, actualmente, con el Acuerdo Social para la Competitividad y el Empleo de Aragón (2012-2015). Todos ellos integran el objetivo de mejora de la seguridad y salud de las empresas aragonesas y de sus trabajadores y trabajadoras como sello de identidad propio de nuestra Comunidad Autónoma.

Es primordial el papel de las organizaciones empresariales y sindicales para el desarrollo, ejecución e implantación en los centros de trabajo de cada uno de los objetivos de la Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo: reducción de la siniestralidad e impulso de la calidad de los sistemas de PRL, impulsar la educación y formación de seguridad y salud laboral, reforzar la sensibilización y divulgación de la cultura de la prevención, potenciar estudios e investigación e impulsar el desarrollo y gestión efectiva de la salud laboral.

Es cierto que, los índices de siniestralidad, que definen la calidad de la gestión de la prevención de riesgos laborales, han disminuido en los últimos años en nuestra Comunidad, por los esfuerzos inequívocos de la administración autonómica y de los agentes sociales en este sentido.

La Confederación de Empresarios de Aragón tiene la condición de organización empresarial más representativa, de acuerdo con la disposición adicional sexta del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Por ello, teniendo en cuenta la implantación que en el mundo laboral tiene la organización empresarial Confederación de Empresarios de Aragón, y su experiencia en la prevención de riesgos laborales, el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía y Empleo, contribuirá al desarrollo de estas actuaciones participando en su financiación, concretamente, mediante el otorgamiento de una subvención a la Confederación de Empresarios de Aragón al quedar acreditado el interés público de este programa desarrollado en este convenio y la idoneidad de la citada organización empresarial para ello, de acuerdo con la posibilidad de conceder directamente una subvención al cumplir con los requisitos excepcionales contemplados en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En el presente convenio se determinarán las condiciones y compromisos de esta subvención, de acuerdo con lo enunciado en el artículo 28.1 de la citada ley.

La citada subvención en régimen de concesión directa está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía y Empleo, aprobado por Orden de 30 de julio de 2014, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía y Empleo 2012-2015, en cumplimiento del apartado 3, punto 90 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno de Aragón, en sesión de 13 de septiembre de 2011.

De acuerdo con el punto 103 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno de Aragón, en sesión de 13 de septiembre de 2011, la Dirección General de Trabajo pone de manifiesto que ha quedado debidamente acreditado por la Confederación de Empresarios de Aragón, la ejecución de las actuaciones y justificación de la subvención concedida en el año 2014, para la financiación de los gastos derivados de acciones en materia de prevención de riesgos laborales durante el año 2014.

Por tanto, con el fin de hacer posible la realización coordinada y eficaz de las actuaciones previstas, se suscribe el presente convenio de colaboración con sujeción a las siguientes

Primera.- Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía y Empleo, y la Confederación de Empresarios de Aragón, a la que se reconoce acreditada suficiente capacidad técnica y material para el desarrollo de actividades orientadas al apoyo de la prevención de riesgos laborales.

Segunda.- Vigencia.

El presente convenio estará vigente desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre del 2015.

Tercera.- Contenido y recursos del convenio.

Las actividades de la Confederación de Empresarios de Aragón en materia de prevención de riesgos laborales, a desarrollar desde el 1 de enero del 2015, según el proyecto presentado, serán las siguientes:

Primera acción: Asesoría sobre prevención de riesgos laborales.

Este servicio dirigido a todas las empresas de Aragón es fundamental para afianzar la implicación y compromiso hacia la cultura preventiva activa, con el fin de contribuir a la reducción de la siniestralidad, mejorar las condiciones de seguridad y salud en las empresas, y consolidar los objetivos operativos y líneas de actuación del Objetivo Estratégico 1. Reducción de la Siniestralidad e impulso de la Calidad del Sistema de PRL, de la Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo 2010-2014 (EASST), además de, en lo posible, visibilizar el Marco Estratégico de la Unión Europea en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) 2014-2020. Así, mediante esta acción también se da continuidad a la campaña "Aragón CREA Paisaje de Empresas Seguras", a través de una actividad que pretende dar una respuesta clara y eficiente a las diversas y numerosas necesidades de las empresas en este área de prevención de riesgos laborales.

Asimismo, se sigue reforzando, a través de la Asesoría en prevención de riesgos laborales, la información y la asistencia especializada para favorecer la promoción e integración eficaz de la prevención de los riesgos profesionales, como compromiso ineludible, factor de competitividad y objetivo prioritario en la gestión empresarial.

Ininterrumpidamente, y a través de las acciones desarrolladas hasta el momento, se ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar la atención a los numerosos interrogantes en materia de prevención de riesgos que, además, y gracias a la mejora de la integración de la misma, se aborda intrínsecamente desde perspectivas tan conectadas como la de las relaciones laborales, económica y formativa, entre otras. En este sentido, se da continuidad a las acciones preventivas de asesoramiento e información, bien atendiendo directamente consultas por cualquier vía, (presencial, web, telefónica, visita, etc.), bien aprovechando los diversos canales y cauces de comunicación internos y externos, para optimizar una difusión masiva destinada a minimizar los riesgos en las empresas aragonesas, maximizar la implantación de la cultura preventiva y, en definitiva, reducir las cifras de accidentes e incidentes.

A la finalización de la línea de actuación, se elaborará un informe de resultados que recoja de manera integral el desarrollo y conclusiones de la gestión del servicio.

Presupuesto primera acción: Asesoría sobre prevención de riesgos laborales

Segunda acción: Seminario informativo y campaña para la sensibilización en PRL como factor clave de competitividad.

1. Seminario Informativo.

Dando continuidad a la implicación de CREA, para impulsar acciones dirigidas a consolidar la cultura preventiva, campaña "Aragón CREA Paisaje de Empresas Seguras" en toda la Comunidad Autónoma, y con el fin de mejorar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo a través de acciones divulgativas, se ejecutará otra línea de actuación vinculada al Objetivo Estratégico 2.2, y más concretamente al punto 2.2.2. Favorecer la formación en seguridad y salud laboral de empresarios, directivos, mandos intermedios y profesionales autónomos y al Objetivo Estratégico 3.2. Actividades específicas de fomento de la cultura preventiva, facilitando y fomentando al mismo tiempo el intercambio de experiencias entre empresas aragonesas.

Además, todas las actividades vinculan las acciones preventivas desde su concepción como clave de competitividad.

Las temáticas que van a centrar el mayor protagonismo son Legislación y jurisprudencia en PRL: principales novedades; así como, iIvestigación en PRL: desarrollo de iniciativas o metodologías de interés más recientes y transferibles.

A lo largo de 2015, se va a realizar un seminario en Zaragoza, que se centrará en conjugar los puntos anteriores y en abordar aquellos aspectos o recursos novedosos de mayor interés teniendo en cuenta el volumen y/o frecuencia de las incertidumbres e interrogantes que nos constan de mayor trascendencia para empresas de todos los sectores y tamaños.

En cuanto a Legislación y jurisprudencia en PRL: principales novedades, en la línea tanto del Objetivo Estratégico 1 de la Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo (2010-2014), Reducción de la siniestralidad e impulso de la calidad del sistema de PRL, como de los objetivos Estratégicos 2 y 3, Impulsar la educación y formación en Seguridad y Salud Laboral, y Reforzar la sensibilización y divulgación de la cultura de la Prevención de Riesgos Laborales, es fundamental que las empresas conozcan en todo momento cuales son los cambios normativos qué les afectan y cómo deben adaptarse a los mismos para garantizar una adecuada gestión de la prevención que contribuya a mejorar la seguridad y salud de los trabajadores aragoneses, reduciendo, en la misma medida, la siniestralidad.

Por ello, desde esta línea de trabajo se motiva la realización de una jornada informativa que plantee estos aspectos, así como cualquier conexión con los programas de la autoridad laboral en Aragón, con el objetivo de analizar junto a las empresas las principales novedades del presente año, y cómo afectan a la gestión de la prevención, de cara a su adaptación a las mismas y a los marcos estratégicos de cualquier ámbito en salud laboral.

Respecto a la Investigación en PRL: desarrollo de iniciativas o metodologías de interés más recientes y transferibles, al igual que en materia normativa, el conocimiento de las nuevas investigaciones y los resultados de las mismas, es una base clave para ayudar a las empresas a tener sus sistemas de gestión de la prevención perfectamente actualizados, optimizando los recursos disponibles y logrando un mayor grado de protección de la seguridad y salud de los trabajadores, con un menor coste en recursos gracias a los avances en la investigación, criterio vinculado al Objetivo Operativo 4.2 de la Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo (2010-2014), Fomentar la investigación en Seguridad y Salud Laboral, y, más concretamente, a la línea de actuación 4.2.2. Realizar actuaciones de difusión y divulgación de los resultados de las investigaciones realizadas.

En resumen, agrupando ambos enfoques se plantea realizar un seminario en 2015 con el fin de seguir reforzando la sensibilización y divulgación de la cultura de la prevención de riesgos laborales, al tiempo de facilitar un cauce lo más favorable posible como punto de encuentro de cara a que las empresas de Aragón puedan compartir e intercambiar sus perspectivas, y el desarrollo de sus experiencias y buenas prácticas en esta materia.

2. Campaña para la sensibilización en PRL como factor clave de competitividad.

Para sensibilizar e informar, de forma permanente y actualizada, sobre todas las novedades técnicas, legislativas, de ejecución y resultados en materia de prevención de riesgos laborales, se realizarán acciones masivas de difusión a través de diferentes vías, el portal de prevención, el boletín de CREA Informa, reuniones, jornadas y comisiones internas, entre otras.

Estas actuaciones que se van a llevar a cabo para maximizar el alcance sobre la población aragonesa tienen el fin de promover la prevención de riesgos como una apuesta clara para fomentar unas mejores condiciones de trabajo, que favorezcan unas empresas más competitivas en nuestra Comunidad Autónoma, que enlaza con el Objetivo Estratégico 6 de la Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo 2010-2014, Potenciar el Desarrollo y Gestión Efectiva de la Salud Laboral.

Entre estas actuaciones, se encuadra la colaboración de CREA en la Jornada de entrega del Premio "Aragón comprometido con la prevención". Para su realización, se encuentra detallado en el presupuesto como gasto específico.

Presupuesto segunda acción: Seminario informativo y campaña de sensibilización en PRL como factor clave de competitividad

Tercera acción: Campaña "La Prevención empieza desde pequeños".

A pesar de la continua y paulatina evolución favorable de los índices de siniestralidad, seguir avanzando de manera integral en la reducción sistemática de los mismos sigue siendo una necesidad y un objetivo básico para mantener estas tendencias, por lo que se constata la necesidad de actuar de forma decidida con medidas en todos los ámbitos y niveles, sobre la percepción y la prevención de los riesgos laborales, en cumplimiento del Objetivo Estratégico 2 de la Estrategia Aragonesa para la Seguridad y Salud en el Trabajo 2010-2014, Impulsar la Educación y Formación en Seguridad y Salud Laboral.

Así, para que una cultura como la preventiva sea realmente interiorizada en la población y, de este modo, asegurar su correcta implantación, es fundamental introducirla desde la infancia, en todos los niveles educativos, haciéndola extensiva también a las actividades cotidianas.

Por ello, teniendo en cuenta que las actuaciones educativas deben desarrollar un papel muy activo en la concienciación social en prevención de riesgos laborales, se plantea continuar la campaña iniciada como experiencia piloto hace siete años en Zaragoza.

Los resultados de esta campaña en los años precedentes, según las encuestas realizadas, tanto a los profesores como a tutores, han sido excepcionales, habiendo la iniciativa sido incluso merecedora, en 2013, del Premio que la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo (EU-OSHA) otorga anualmente a las buenas prácticas en seguridad y salud en el trabajo.

En 2014, se amplía esta campaña incrementando el número de los talleres para escolares, de modo que su impartición pudiera ser, además de en los centros educativos, en centros de trabajo, habiendo obtenido extraordinaria acogida y apoyo por parte de las empresas, lo que motivado para consolidar y reforzar esta línea de trabajo.

Consideramos que la impartición, siendo el colectivo destinatario niños y jóvenes en edad escolar, hijos o familiares de los trabajadores y empresarios, de empresas de cualquier sector y provincia dentro de la Comunidad Autónoma, supone una acción innovadora y de importante alcance para el refuerzo y sensibilización hacia la cultura preventiva.

Así, a través de los talleres y de los materiales didácticos adaptados a cada edad, y con un número aproximado de 1.100 escolares destinatarios, de Educación Primaria, Educación Secundaria, Bachillerato y/o Formación Profesional, se prevé realizar en las sedes de los centros de trabajo o centros educativos, los talleres prácticos sobre riesgos en el hogar, viales, primeros auxilios y laborales.

Además, los contenidos se reforzarán con la edición de material divulgativo y de sensibilización dirigido a escolares asistentes, y específico para profesores y formadores o padres, además de contar en la medida de lo posible con diverso merchandising de la Agencia Europea de Seguridad y Salud en el Trabajo con contenidos y formatos adaptados a cada edad.

A lo largo de 2015, se realizarán 37 talleres en las tres provincias de la Comunidad Autónoma.

Tras completar la impartición de los talleres, y a través de las encuestas de valoración de alumnos y docentes o padres, se elaborará un informe de resultados que recoja de manera global, tanto la organización y desarrollo de los mismos, como las conclusiones que puedan extraerse para optimizar sucesivas iniciativas similares o complementarias.

Presupuesto tercera acción: Campaña "La Prevención empieza desde pequeños"

Cuarta.- Pago de la subvención.

El Gobierno de Aragón subvencionará con 75.240 euros con cargo a la aplicación presupuestaria G/3151/480018/91002 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2015.

El pago de la cantidad subvencionada se realizará, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 13 del Decreto 23/2008, de 12 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de relaciones laborales y prevención de riesgos laborales, pudiendo efectuar abonos a cuenta mediante la realización de pagos fraccionados, abonándose por cuantía equivalente a la justificación presentada.

Tal como señala el artículo 4, último párrafo, del Decreto 23/2008, de 12 de febrero, el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Se podrá conceder anticipos de pago sin que en ningún caso sean superiores al 25% del importe de la subvención concedida, en cumplimiento del punto 96 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno de Aragón, en fecha 13 de septiembre de 2011, en los términos contemplados en el artículo 14 del citado decreto.

Quinta.- Justificación de actuaciones.

La justificación de las actuaciones objeto de subvención habrá de cumplir lo establecido en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

Los documentos justificativos, que deberán ajustarse a lo que establece el anexo al convenio, deberán presentarse en la Dirección General de Trabajo en plazo, que finalizará el 20 de noviembre del año en curso. Para aquellos gastos subvencionables, que se encuentren comprometidos en firme y correspondan al plazo de ejecución de la subvención, tales como nóminas, Seguridad Social, IRPF y otros gastos fijos y periódicos que, por incompatibilidad de plazos, su abono no pudiera realizarse hasta una vez finalizado el plazo de justificación, podrá admitirse un pago anticipado con los requisitos establecidos en la normativa vigente, previa presentación de un certificado, redactado en debida forma, en el que se constate la cuantía y destino de cada uno de dichos gastos, así como el compromiso de aportar los documentos que justifiquen dichos gastos, antes del 28 de febrero del ejercicio siguiente.

Los importes no justificados o indebidamente justificados dentro del plazo de justificación se entenderán renunciados por parte del beneficiario de la subvención, y los anticipos realizados que en dicha fecha no se hayan justificado deberán reintegrarse en la forma legalmente establecida.

Sexta.- Compromisos de las partes.

La Confederación de Empresarios de Aragón asume, mediante la firma del presente convenio, los siguientes compromisos:

1.º Cumplir la finalidad del presente convenio y destinar la cuantía aportada por el Departamento de Economía y Empleo a los fines propios de cada una de las actuaciones pactadas con el mismo.

2.º Comunicar al Departamento de Economía y Empleo, por escrito o de forma fehaciente, la obtención de cualquier tipo de subvención o aportación económica de otros organismos o instituciones públicos o privados para la misma finalidad, inmediatamente, si ya estuviesen reconocidas a la fecha de la firma de este convenio, o en el plazo máximo de diez días desde la constancia fehaciente de su concesión.

3.º Acreditar la aplicación de la subvención concedida a las actuaciones subvencionadas, así como comunicar las alteraciones que puedan producirse en las circunstancias que han motivado la realización del convenio.

4.º Someterse a las actuaciones de seguimiento y control a efectuar por el Gobierno de Aragón, admitiendo la presencia de la o las personas designadas por el Departamento de Economía y Empleo para realizar el seguimiento y evaluación del programa o programas financiados, y facilitarles cuanta información, contable o de otro tipo, le sea solicitada a tal efecto. En especial, la Entidad habrá de facilitar identificación individualizada de los usuarios de cada proyecto.

5.º En todos los materiales impresos que se realicen en las actuaciones programadas en este convenio, se deberá incluir el logotipo completo de identidad gráfica (símbolo y denominación) del Departamento que financia. Además, respecto a la publicidad relativa al carácter público de la financiación del objeto del convenio, cuando el beneficiario deba hacer uso del identificador corporativo del Gobierno de Aragón, habrá de solicitar con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Igualmente, si del clausulado del convenio se deriva para el beneficiario la obligación de realizar actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del Gobierno de Aragón o cualquiera de sus variantes, la creatividad y el plan de medios de dichas actividades deberá ser objeto de solicitud con carácter previo a cualquier actuación, del preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, con objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los objetivos de comunicación y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.

6.º Presentar al Departamento de Economía y Empleo una memoria de las actividades realizadas antes del 31 de enero de 2016.

El Departamento de Economía y Empleo asume, mediante la firma del presente convenio, los siguientes compromisos:

1.º Entregar a la Confederación de Empresarios de Aragón (CREA) el importe de su aportación, de acuerdo con las normas reguladoras contenidas en la normativa de subvenciones y el presente convenio.

2.º Verificar el cumplimiento y efectividad de las condiciones o requisitos determinantes para la realización del presente convenio.

3.º Realizar el seguimiento y evaluación de las actuaciones recogidas en el presente convenio.

Ambas partes están obligadas en la ejecución del convenio a la observancia del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón (Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 13 de septiembre de 2011).

Séptima.- Comisión de seguimiento del convenio.

Se constituirá una comisión mixta paritaria de seguimiento a efectos de desarrollo, modificación y resolución de las obligaciones y los derechos derivados de la suscripción del presente convenio, integrada por dos representantes de la Confederación de Empresarios de Aragón y dos del Departamento de Economía y Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón. A dicha comisión competerá resolver las cuestiones relativas a la interpretación del presente convenio, evaluando su aplicación y promoviendo las líneas de política común, así como aquellas actuaciones de coordinación que se consideren necesarias.

La Comisión mixta de seguimiento se reunirá, al menos, una vez al año y, en todo caso, siempre que lo solicite uno o varios de sus integrantes. En su primera reunión, la comisión designará a un secretario, que levantará acta de las sesiones.

Octava.- Resolución del convenio.

El presente convenio podrá ser resuelto, previa comunicación con un mes de antelación, por incumplimiento de los compromisos recogidos en él. En caso de resolución del convenio por incumplimiento por parte de la Confederación de Empresarios de Aragón, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo relativo al reintegro de subvenciones.

El presente convenio también podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes, así como por imposibilidad sobrevenida.

Novena.- Plan de Racionalización del Gasto Corriente.

El presente convenio se acoge a las medidas que le son de aplicación señaladas en el apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón, aprobado con fecha 13 de septiembre de 2011, relativas a transferencias corrientes.

Décima.- Naturaleza jurídica.

Este convenio tiene naturaleza administrativa, no teniendo carácter contractual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Para todo lo no previsto en el texto del convenio se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la disposición adicional segunda de la Ley 13/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Aragón para el ejercicio 2015; el Decreto 23/2008, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de relaciones laborales y prevención de riesgos laborales; así como cualquier otra disposición normativa que resulte de aplicación.

Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, deberán solventarse por acuerdo entre las partes, en el seno de la comisión mixta constituida al amparo de la cláusula séptima de este convenio. Si no se llegara a un acuerdo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, por triplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

NORMAS GENERALES DE JUSTIFICACIÓN

La justificación deberá incluir documentos originales y fotocopia, para su cotejo y compulsa, de la siguiente documentación:

1. Certificado de la entidad manifestando haber dedicado a los fines y conceptos señalados en el convenio las cantidades que se justifican.

2. Índice de los justificantes que se presentan, señalando conceptos y cuantías de cada uno, así como la cifra global a que ascienden.

3. Justificantes de pago de los gastos que se justifiquen. Todos los documentos referidos deberán corresponder al periodo de vigencia del convenio e ir dirigidos a la entidad firmante del mismo.

4. Escrito manifestando el código internacional de cuenta bancaria (IBAN), entidad bancaria, sucursal y domicilio de la misma. El mencionado escrito deberá estar bastanteado por el banco, debiendo coincidir su titularidad con la entidad beneficiaria.

5. Cuando los justificantes se refieran a pagos de personal, deberá acompañarse copia autenticada de las nóminas correspondientes, de los boletines de cotización de la Seguridad Social y de la carta de pago de las retenciones efectuadas por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Si en un mismo boletín de cotización o carta de pago figurase personal dedicado al convenio, junto con personal dedicado a distinta finalidad, se detallará el importe que corresponda a los trabajadores dedicados al convenio, con indicación de la cuota empresarial y la cuota obrera.

No se tendrá en consideración, a efectos de justificación, ninguna nómina que no vaya acompañada de los correspondientes boletines de cotización y carta de pago a Hacienda.

Las nóminas deberán expresar claramente el nombre y dos apellidos del trabajador, DNI, el mes a que corresponde y la firma del trabajador. En ellas se señalará la cuantía, tanto en bruto como en neto, y los descuentos que procedan.

No se considerarán subvencionables los gastos de personal, desplazamiento y alojamiento, en lo que excedan a los fijados como máximos para la categoría equivalente del personal laboral al servicio de la Diputación General de Aragón, según convenio colectivo vigente. En cualquier caso, las retribuciones del personal directivo únicamente se subvencionarán hasta el límite de las retribuciones de un Director General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, según el punto 100 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

Se podrán justificar gastos de desplazamiento y alojamiento, aportando facturas firmadas y selladas para acreditar su pago, o con los oportunos recibos por el importe percibido. Los importes máximos que se podrán financiar, serán los mismos que los previstos en la normativa vigente para las indemnizaciones por razón del servicio al personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el grupo 2, según el punto 93 del Plan de racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

6. Cuando existan contratos de arrendamiento de servicios, deberá acompañarse copia legible autenticada del contrato y recibos de las cantidades devengadas.

7. Los justificantes que correspondan a profesionales deberán consistir en factura original. Dicha factura deberá estar firmada y sellada, y en ella figurará la fecha, nombre y apellidos, DNI del profesional y el concepto a que se refiere la actuación por la que se gira la factura, así como la liquidación por el IVA cuando corresponda. En estos supuestos, se aportará fotocopia compulsada de la carta de pago de la retención obligatoria por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con indicación del desglose en la forma señalada para los gastos de personal.

8. Si los justificantes corresponden a casas comerciales, las facturas correspondientes deberán ser originales y deberán incluir el nombre, razón social y número de identificación fiscal, y si fuesen personas físicas, el nombre comercial, nombre y apellidos del titular y su DNI. En todo caso, y cuando así corresponda, figurará la liquidación por el IVA.

En ambos casos, las facturas deberán ir debidamente firmadas y selladas.

9. No se considerarán subvencionables los siguientes gastos:

- Gastos e intereses bancarios y otros gastos financieros.

- Adquisición de equipos y material inventariable.

- Comisiones, indemnizaciones y otros gastos suplementarios acordados para el personal.