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ORDEN ECD/1581/2019, de 25 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria del Programa "Aprendiendo a emprender" en centros educativos de Infantil y Primaria de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2019-2020.

Publicado el 05/12/2019 (Nº 238)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden ECD/862/2019, de 15 de julio ("Boletín Oficial de Aragón", número 142, de 23 de julio de 2019), se convocó el programa "Aprendiendo a emprender" en centros educativos de Infantil y Primaria de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2019-2020.

De conformidad con su apartado noveno punto 6, con fecha 10 de octubre de 2019, el Director General de Innovación y Formación Profesional dictó propuesta de Resolución provisional, habilitando un plazo de diez días hábiles desde el día siguiente al de la publicación, para que los interesados pudiesen presentar las alegaciones oportunas.

Asimismo, dando igualmente cumplimiento a dicho apartado, mediante Resolución del Director General de Innovación y Formación Profesional, de 11 de noviembre de 2019, se dictó la correspondiente propuesta de Resolución definitiva.

Por su parte, el apartado décimo de la convocatoria contempla que, evacuados los trámites anteriores, el Consejero de Educación, Cultura y Deporte resolverá el procedimiento mediante Orden, que notificará mediante su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón". Igualmente se publicará en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: http://www.educaragon.org. La Orden de Resolución de la convocatoria contendrá en relaciones separadas los centros admitidos, los centros en reserva si los hubiere, y los centros excluidos, con indicación de la causa de exclusión.

Consta en el expediente que las solicitudes reúnen los requisitos contemplados en la convocatoria y que se han seguido los criterios de selección y los trámites exigidos en la misma.

Visto lo anterior, de conformidad con el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, evacuados los trámites oportunos, a propuesta del Director General de Innovación y Formación Profesional, una vez realizados los trámites previstos en la convocatoria y dando cumplimiento a la misma, resuelvo:

Primero.- Aprobar la relación de centros admitidos en la convocatoria del Programa "Aprendiendo a emprender" en centros educativos de Infantil y Primaria de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2019-2020, que figura en el anexo I de esta Orden, no constando en el expediente centros en reserva ni excluidos.

Segundo.- De conformidad con el apartado cuarto de la convocatoria, concluido el curso escolar, los centros elaborarán memoria del programa de acuerdo con el modelo previsto en el anexo II. Una vez elaborada se incorporará a la memoria anual del centro, y será remitida a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, con anterioridad al 25 de junio de 2020.

Tercero.- Ordenar la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", con efectos de notificación, así como en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón http://www.educaragon.org, para su general conocimiento.

Cuarto.- Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta Orden, que agota vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien ser impugnado directamente mediante recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", conforme a lo establecido en los artículos, 10, 14, y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Así mismo, de acuerdo con dicha normativa, los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse mediante escrito motivado, indicado las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 25 de noviembre de 2019.

El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, FELIPE FACI LÁZARO