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RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 28 de marzo de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo hasta 450 UGM, situada en el polígono 512, parcela 11, del término municipal de Calanda y en el polígono 412, parcela 12, del término municipal de Alcañiz (Teruel), y promovida por la sociedad Granja Montañés Sancho, S. C. (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/02350).

Publicado el 23/07/2014 (Nº 143)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Visto el escrito de fecha 10 de marzo de 2014, presentado por D. Antonio Montañés Sancho, en representación de Granja Montañés Sancho, S. C., con NIF: G44196624, como promotora de una solicitud de prórroga de dos años en el plazo autorizado para la entrada en funcionamiento de la ampliación de la explotación descrita, resulta:

Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 28 de marzo de 2012, se otorgó autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo hasta 450 UGM, situada en el polígono 512, parcela 11, del término municipal de Calanda y en el polígono 412, parcela 12, del término municipal de Alcañiz (Teruel) (Número Expte. INAGA 500301/02/2009/12314).

Fundamentos jurídicos

Primero.- De acuerdo a lo previsto en el artículo 59.2 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, las autorizaciones ambientales integradas puedan establecer plazos mayores que sus resoluciones iniciales, a solicitud del titular de la instalación. Esta condición está establecida en el punto 3 de la Resolución de 28 de marzo de 2012. El titular de la explotación justifica la citada prórroga por el retraso en el inicio de las obras, debido a problemas de financiación.

Vistos, la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Autorizar la modificación puntual de la Resolución de 28 de marzo de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo hasta una capacidad final de 3.744 plazas, equivalentes a 450 UGM, situada en el polígono 512, parcela 11, del término municipal de Calanda y en el polígono 412, parcela 12, del término municipal de Alcañiz (Teruel), y promovida por la sociedad Granja Montañés Sancho, S. C. (Número Expte. INAGA 500301/02/2009/12314), en los siguientes términos, dejando inalterado el resto de los condicionantes:

El punto 3. de la resolución quedará sustituido por el siguiente:

«3. El comienzo de la actividad deberá ser anterior al 20 de abril de 2017, de otra forma la presente resolución quedará anulada y sin efecto».

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 23 de junio de 2014.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ