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RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se declara aprobada la relación definitiva de admitidos y excluidos para participar en el proceso selectivo, convocado por Resolución de 10 de mayo de 2013, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Técnico de Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información en Centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 15/04/2014 (Nº 75)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

De conformidad con lo previsto en la base 4.4 de la Resolución de 10 de mayo de 2013 publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", de 20 de mayo de 2013, y en virtud de la competencia establecida en el artículo 10 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas y en la Disposición adicional tercera de la Ley 26/2001, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias y Administrativas, y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto-Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, esta Dirección Gerencia, resuelve:

Primero.- Aprobar y hacer pública la relación definitiva de aspirantes admitidos, detallando el turno de acceso, para participar en el proceso selectivo de la categoría de Técnico de Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información convocado por Resolución de 10 de mayo de 2013.

Segundo.- Aprobar y hacer pública la relación definitiva de aspirantes excluidos, para participar en el proceso selectivo de la categoría de Técnico de Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información convocado mediante la referida resolución, que se adjunta como anexo.

Tercero.- La relación definitiva de admitidos y excluidos se publicará en la página web del Servicio Aragonés de Salud en la dirección: http://www.aragon.es/sas y en los Centros, Hospitales y Direcciones de Atención Primaria dependientes del Servicio Aragonés de Salud

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto-Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en el artículo 58.2 del Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Zaragoza, 7 de abril de 2014.

La Directora Gerente del Servicio Aragonés de Salud,

M.ª ÁNGELES ALCUTÉN PESCADOR