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RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2015, de la Gerencia de Sector de Calatayud del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modifica la resolución por la que se convoca procedimiento de selección para la provisión con carácter temporal de una plaza de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Análisis Clínicos en el Hospital Ernest Lluch de Calatayud.

Publicado el 10/07/2015 (Nº 132)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

En desarrollo del Título II de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias se ha llevado a cabo el Real Decreto 639/2014, de 25 de julio, por el que se regula la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica, se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación y otros aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud y se crean y modifican determinados títulos de especialista. En el artículo 41 de este Real Decreto, relativo a la creación de nuevos títulos de especialidades pluridisciplinares, se dispone la creación de la especialidad pluridisciplinar de "Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica", procedente de la fusión de las especialidades de Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica, incluyéndola en el apartado 5 de la relación de especialidades por el sistema de residencia que figura en el anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero.

Desde esta perspectiva, en el ámbito del laboratorio y mediante Orden de 1 de abril de 2015, del Consejero del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia ("Boletín Oficial de Aragón", número 67, de 9 de abril de 2015), se crea la categoría profesional de Facultativo Especialista de Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica de los Centros Sanitarios del Servicio Aragonés de Salud.

En cumplimiento de dicha orden se ha llevado a cabo la oportuna y procedente modificación de la plantilla orgánica del Hospital Ernest Lluch de Calatayud.

En consecuencia con todo lo anterior y en virtud de las competencias delegadas en materia de personal por Resolución de 27 de enero de 2006, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 19, de 15 de febrero de 2006, de conformidad con los artículos 9.2 y 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, y con los artículos 35 a 37 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, esta Gerencia de Sector de Calatayud resuelve:

Primero.- Modificar la Resolución de 7 de julio de 2014, por la que se convoca procedimiento de selección para la provisión con carácter temporal de una plaza de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Análisis Clínicos en el Hospital Ernest Lluch de Calatayud ("Boletín Oficial de Aragón", número 155, de 8 de agosto de 2014), en los siguientes términos:

Base 1. Número de plazas, situación y especialidad:

Una plaza vacante de Facultativo Especialista de Área de Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica.

Base 2. Características de puesto de trabajo.

B) Funciones:

Las propias de la profesión de Facultativo Especialista de Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica en la correspondiente Unidad Clínica y programas que pudieran implantarse.

Base 3. Requisitos de los aspirantes.

B) Estar en posesión del título oficial de especialista en Análisis Clínicos o de especialista en Bioquímica Clínica, expedidos por el Ministerio de Educación, o en condiciones de obtenerlos dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, o en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes.

F) No tener la condición de personal estatutario fijo, ya sea en activo o en excedencia, de la misma categoría o especialidad convocada o de aquellas que permitan aspirar a las plazas ahora convocadas.

Haciendo constar, que el resto de las bases permanecen inalteradas en los términos establecidos en la convocatoria que ahora se modifica.

Segundo.- Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", a fin de que puedan presentarse nuevos aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en las bases ahora modificadas y que aquellos aspirantes que ya presentaron solicitud en su momento y fueron admitidos puedan aportar nueva documentación, en su caso, complementaria de la ya presentada, la cual se tendrá en cuenta sin necesidad de volver a aportarla.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de Alzada ante el Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en el artículo 58.2 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

Zaragoza, 15 de junio de 2.015.- El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, P.D. Resolución de 27 de enero de 2006 ("Boletín Oficial de Aragón", de 15 de febrero de 2006). El Gerente de Sector de Calatayud, PO. de 6 de octubre de 2011, del Consejero de Sanidad Bienestar Social y Familia. El Gerente del Sector III, José Antonio Gil Lahorra.