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EDICTO del Servicio Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia de Huesca. Notificación del acuerdo de iniciación, del expediente sancionador núm 22/2012/SP/141.

Publicado el 10/08/2012 (Nº 156)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

No habiendo sido posible la notificación por correo del acuerdo de iniciación del expediente sancionador que en el anexo se cita, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58, 59.4 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se le notifica lo siguiente:

1.-Que el Director Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia acordó la iniciación del expediente sancionador citado en el anexo, nombrando instructor de los mismos a la funcionaria D.ª Esther Calvo Loriente, quien podrá ser recusada en cualquier momento del procedimiento, por las causas establecidas en el Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.-Que el órgano competente para resolver por razón de la cuantía es el Director del Servicio Provincial de Sanidad, Bienestar Social para imposición de Sanciones de hasta 12.020,24 euros, y entre 12.020,25 hasta 30.056,61 euros, el Director General de Salud Pública, de esta última cantidad a 210.354,23, el órgano competente para resolver lo será el Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia y para las sanciones comprendidas entre 210.354,24 euros y 601.012,10, el Gobierno de Aragón, conforme a lo dispuesto en el artículo 42.2.b) del Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón, puesto en relación con el Decreto 337/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia.

3.-El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento es el de seis meses.

4.-Que tienen a su disposición el acuerdo de iniciación íntegro en la Dirección Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia, en c/ San Jorge, 65 de Huesca, disponiendo de un plazo de quince días hábiles a contar del siguiente a esta publicación para formular las alegaciones, presentar documentos y proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse, con la advertencia de que transcurrido el plazo sin efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento, el acuerdo de iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada.

Huesca, 26 de julio de 2012.- El Director Provincial, Antonio Comps Encuentra.

Denunciado: Muhammad Azeem Naseem, con último domicilio conocido en Fraga.

Expediente núm: 22/2012/Sp/141

Normativa infringida: Artículo 18 del Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, Real Decreto 1376/2003, de 7 de noviembre, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio al por menor en su anexo Capítulo II punto 5, y el Real Decreto 1380/2002, de 20 de diciembre, de identificación de los productos de la pesca, de la acuicultura y del marisqueo congelados y ultracongelados lados en su articulo 3.

Todo ello de acuerdo con lo establecido en el anexo II del Reglamento 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril.

Tipificación: Falta leve.

Propuesta sin perjuicio de instrucción: Multa de 100€.

Fecha acuerdo de iniciación: 28 de junio de 2012.