Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN PRE/818/2019, de 13 de junio, por la que se dispone la publicación de la Adenda al contrato-programa específico, para la financiación vinculada a la consecución de objetivos de la actividad de I+D+I realizada por la Universidad de Zaragoza, a través de los Institutos Universitarios de Investigación, propios y mixtos durante el periodo 2018-2020.

Publicado el 15/07/2019 (Nº 136)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios, con el número 2019/4/0011, la Adenda suscrita, con fecha 24 de abril de 2019, por la Consejera de Innovación, Investigación y Universidad del Gobierno de Aragón y el Rector de la Universidad de Zaragoza, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada Adenda que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 13 de junio de 2019.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ADENDA AL CONTRATO-PROGRAMA ESPECÍFICO PARA LA FINANCIACIÓN VINCULADA A LA CONSECUCIÓN DE OBJETIVOS DE LA ACTIVIDAD DE I+D+i REALIZADA POR LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, A TRAVÉS DE LOS INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN, PROPIOS Y MIXTOS DURANTE EL PERIODO 2018-2020

En Zaragoza, a 24 de abril de 2019.

De una parte, D.ª Pilar Alegría Continente, Consejera de Innovación, Investigación y Universidad, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según Acuerdo de este órgano de fecha 9 de abril de 2019.

De otra parte, D. José Antonio Mayoral Murillo, Rector de la Universidad de Zaragoza, quien actúa en uso de las facultades que le confieren el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades y los artículos 61 y 66 de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza y nombrado para dicho cargo por Decreto 40/2016, de 5 de abril, del Gobierno de Aragón, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 71, de fecha 14 de abril de 2016.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente y poder bastante para obligarse en este Contrato-Programa, y a tal efecto,

De conformidad con el Acuerdo del Gobierno de Aragón de 21 de noviembre de 2018 se suscribió, con fecha 22 de noviembre de 2018, el Contrato-Programa para la financiación vinculada a la consecución de objetivos de la actividad de I+D+i realizada por la Universidad de Zaragoza a través de sus Institutos Universitarios de Investigación, propios y mixtos, durante el periodo 2018-2020.

La cláusula tercera del citado Contrato-Programa recoge los indicadores de seguimiento incluyendo, entre otros, el indicador número 4, referido al número de libros o capítulos de libros (de investigación) publicados por el personal de la Universidad de Zaragoza adscrito a los IUIs, y el indicador número 8, relativo al número de proyectos europeos captados cuyo IP es personal de la Universidad de Zaragoza adscrito a los IUIs.

A su vez, la cláusula cuarta del citado Contrato-Programa establece los criterios y reglas para la evaluación del cumplimiento de los objetivos disponiendo en su apartado 1.a) la tabla para la medición de los indicadores. Concretamente, para el caso de los indicadores anteriormente citados se estableció lo siguiente:

La cláusula octava del Contrato-Programa determina que «El seguimiento concreto de este Contrato-Programa corresponderá a la Comisión Mixta Gobierno de Aragón- Universidad de Zaragoza, regulada en los artículos 60 y siguientes de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón».

En función de ello, en sesión de 14 de diciembre de 2018, la Comisión Mixta, en el ejercicio de las funciones descritas en la citada cláusula realizó un seguimiento de la evolución relativa a la ejecución de las actuaciones previstas en 2018.

De acuerdo con el seguimiento efectuado, en el Informe sobre el nivel de cumplimiento en 2018 de los requisitos de la actividad de I+D+i realizada por la Universidad de Zaragoza a través de los Institutos universitarios de Investigación y propuesta de la correspondiente financiación atendiendo a dicho factor, se constató un error en las cifras de referencia correspondientes a los precitados indicadores nº 4 y nº 8, tal y como quedó reflejado en el acta de dicha sesión, indicándose que en el indicador 4 se subestimaba el valor de referencia del número de libros o capítulos de libro de investigación publicados, mientras que en el indicador 8 se sobrestimaba el valor de referencia para los proyectos europeos captados.

Con fecha 17 de diciembre de 2018, la Universidad de Zaragoza presenta solicitud de rectificación de ambos datos, en la que se indica:

"Indicador 4.- Número de libros o capítulos de libros (de investigación) publicados por el personal de la Universidad de Zaragoza adscrito a los IUIs. Se indicó un valor de referencia de 75 cuando el dato correcto es 222. El error se ha debido a una carga parcial de datos en la base.

Indicador 8.- Número de proyectos europeos captados cuyo IP es personal de la Universidad de Zaragoza adscrito a los IUIs. Se indicó valor de referencia de 29,66 cuando el dato correcto es 17,8. Procede la rectificación por existir un error de cálculo en el promedio."

El Decreto 224/2000, de 19 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los contratos-programa con la Universidad de Zaragoza, recoge en su artículo 1.3 que los contratos-programa tienen naturaleza jurídica de convenios interadministrativos y, en consecuencia, tal y como regula el artículo 30 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, su modificación debe llevarse a cabo mediante adenda al mismo.

Por lo expuesto procede la suscripción de una Adenda al "Contrato-Programa específico para la financiación vinculada a la consecución de objetivos de la actividad de I+D+i de los Institutos Universitarios de Investigación, propios y mixtos de la Universidad de Zaragoza, para el periodo 2018 - 2020" en la que los valores de referencia de los indicadores número 4 (Número de libros o capítulos de libros (de investigación) publicados por el personal de la Universidad de Zaragoza adscrito a los IUIs) y número 8 (Número de proyectos europeos captados cuyo IP es personal de la Universidad de Zaragoza adscrito a los IUIs) que figuran en la cláusula cuarta (criterios y reglas para la evaluación de los objetivos) sean 222 y 17,8 respectivamente y no los que figuran actualmente (indicador número 4 valor 75 e indicador número 8 valor 29,66).

De conformidad con lo expuesto y lo acordado en la reunión de la Comisión Mixta del 14 de diciembre de 2018, se considera procedente la formalización, entre ambas partes, de la presente adenda conforme a las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Modificación de la cláusula cuarta del Contrato-Programa específico para la financiación vinculada a la consecución de objetivos de la actividad de I+D+i realizada por la Universidad de Zaragoza a través de sus Institutos Universitarios de Investigación, propios y mixtos, durante el periodo 2018-2020.

Se modifica el apartado 1. a) de la cláusula cuarta del mencionado Contrato-Programa en los siguientes términos:

Uno. Donde dice:

Debe decir:

Dos. Donde dice:

Debe decir:

Límites de la modificación.

Esta Adenda constituye parte integrante del Contrato-Programa a todos los efectos. Queda subsistente y sin alteración el resto del texto del Contrato-Programa no modificado en este acto.

Y en prueba de conformidad, las partes firman esta Adenda, por duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.