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EXTRACTO de la Orden EIE/1126/2017, de 20 de julio, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del "Plan Renove Aragón 2017" de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente.

Publicado el 09/08/2017 (Nº 152)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

BDNS (Identif.): 357861

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas. Estas personas se acogerán al régimen de ayudas a través de los comercios o empresas instaladoras adheridas al "Plan Renove Aragón 2017".

2. Los compradores de un aparato o equipo serán considerados beneficiarios finales de las ayudas y los establecimientos adheridos, comercios e instaladores, serán considerados beneficiarios directos del Plan, dado que se les abonará a ellos la ayuda que habrán trasladado al beneficiario final mediante la aplicación del correspondiente descuento en el precio de compra.

Segundo.- Finalidad:

Se consideran susceptibles de ayuda, la adquisición de los siguientes aparatos y equipos de las siguientes categorías:

a) Electrodomésticos con las siguientes clasificaciones energéticas:

Frigorífico y frigorífico - congelador, A++ o superior.

Congelador, A++ o superior.

Lavadora, A++ o superior.

Lavavajillas, A++ o superior.

Encimeras de inducción total o de gas.

Horno clase energética A + o superior.

b) Aparatos de aire acondicionado individuales con clasificación energética A + o superior que requieran instalación y cuya potencia térmica nominal en refrigeración sea inferior o igual a 12 kV.

c) Calderas de condensación de gas natural o GLP´s con potencia máxima, inferior a 70 KW y de baja emisión NOx (Clase 5).

d) Calderas de biomasa con potencia máxima, inferior a 70 kw que transfieren la energía térmica generada en la cámara y en circuito de humos para calefacción o suministro de agua caliente.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden EIE/843/2017, de 19 de junio, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 122, de 28 de junio de 2017.

Cuarto.- Importe.

1. La cuantía total de ayudas prevista para esta convocatoria es de 1.000.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15050/7311/780160 91002, denominada "Plan Renove", de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2017.

2. Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención a otorgar será de una cantidad fija por cada tipo de aparato o equipo, a descontar en el precio de la compra. Dichas cuantías son las siguientes:

Tipo de aparato o equipo y clasificación energética (c.e)

Ayuda

(€/equipo)

Frigorífico, frigorífico - congelador (c.e.) A++ 125

Frigorífico, frigorífico - congelador (c.e.) A+++ 150

Congelador (c.e.) A++ 85

Congelador (c.e.) A+++ 100

Lavadora (c.e.) A++ 125

Lavadora (c.e.) A+++ 150

Lavavajillas (c.e.) A++ 125

Lavavajillas (c.e.) A+++ 145

Horno clase energética A+ 85

Encimera de inducción total 105

Encimera de gas 50

Aparatos de aire acondicionado con clasificación energética A+ o superior, en función de las siguientes potencias en kw (Pf):

pf< 5 150

5 <=Pf<10 200

10 <= Pf<=12 250

Calderas de condensación de gas natural o GLP´s con potencia máxima, inferior a 70 KW y de baja emisión NOx (Clase 5) 350 €.

Calderas de biomasa con potencia máxima, inferior a 70 kw, que transfieran la energía térmica generada en la cámara y en circuito de humos para calefacción o suministro de agua caliente: 350 €.

3. La cuantía de la ayuda en ningún caso podrá ser superior al 25 % del coste de los aparatos o equipos correspondientes (IVA no incluido). Asimismo, el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de adquisición del aparato.

4. Las ayudas para cada tipo de aparato o equipo serán compatibles entre sí.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:

Con carácter general, el plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día de la publicación de esta orden hasta el momento en que se produzca el agotamiento de las disponibilidades presupuestarias existentes destinadas al efecto y, en todo caso, hasta el día 25 de octubre de 2017. En el supuesto de que las disponibilidades presupuestarias existentes se agoten antes de la fecha final indicada para la presentación de solicitudes, la entidad colaboradora hará pública esta circunstancia mediante anuncio en la web www.renovearagon.com. En este caso, los establecimientos y empresas instaladoras adheridas deberán retirar la información comercial y publicitaria relativa al Plan.

Sexto.- Otros datos:

1. Los interesados en acogerse al "Plan Renove Aragón 2017" podrán dirigirse a cualquiera de los establecimientos y empresas instaladoras adheridas al mismo.

2. El establecimiento o empresa instaladora, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos en los artículos 2 y 3 de esta orden, cumplimentará el formulario de solicitud de ayuda, según los modelos recogidos en el anexo II-1, anexo II-2 y/o anexo II-3, adjuntando una fotocopia del DNI/NIF del cliente.

Zaragoza, 20 de julio de 2017.- La Consejera de Economía, Industria y Empleo Marta Gastón Menal.