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ORDEN de 16 de junio de 2015, del Departamento de Política Territorial e Interior, por la que se aprueba el plan económico-financiero del Ayuntamiento de Huesca 2015-2016

Publicado el 17/07/2015 (Nº 137)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Examinada la solicitud del Ayuntamiento de Huesca para aprobar el Plan Económico Financiero 2015-2016 aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión de 29 de abril de 2015,

Resultando que el Pleno del Ayuntamiento de Huesca en sesión de fecha 4 de febrero de 2015 aprobó inicialmente la modificación de créditos número 1 de su presupuesto municipal para 2015 mediante suplemento de créditos que ha quedado definitivamente aprobada tras su exposición al público y publicación.

Resultando que el informe de la Intervención General de fecha 19 de enero de 2015 de evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria concluye que la anterior modificación de créditos incumple el objetivo de estabilidad presupuestaria estimando una necesidad de financiación del presupuesto del Ayuntamiento de Huesca en 2.886.391,39 euros e indica la necesidad de aprobación por el Pleno de la Corporación de un Plan Económico Financiero que permita en el año en curso y el siguiente, el cumplimiento de los objetivos de estabilidad y de la regla de gasto.

Resultando que el Ayuntamiento de Huesca en sesión plenaria de fecha 29 de abril de 2015 aprobó el Plan Económico Financiero 2015-2016.

Resultando que el Plan Económico Financiero analiza el objetivo de estabilidad presupuestaria y el cumplimiento de la regla de gasto del Ayuntamiento de Huesca y de las siguientes entidades dependientes del mismo que han sido clasificadas en el sector de las Administraciones Públicas por la Intervención General de la Administración del Estado:

- Patronato Municipal de Deportes.

- Fundación Pública Círculo Oscense.

- Fundación Huesca de Congresos.

- Palacio de Congresos de Huesca S.A.

Resultando que según se deduce del expediente remitido, la causa de que se vaya a producir un incumplimiento del objetivo de estabilidad se encuentra en el esfuerzo económico que el Ayuntamiento de Huesca realizará para cumplir una sentencia judicial firme que impone el pago de un justiprecio adicional por terrenos expropiados en el polígono 8 de la ciudad y cuya financiación, en parte mediante una operación de crédito a largo plazo, es el origen del suplemento de créditos número 1 del presupuesto municipal de 2015 cuyo saldo financiero es de un desequilibrio presupuestario de -2.886.391,39 euros.

Resultando que el plan comprende las previsiones tendenciales de ingresos y gastos y analiza dos escenarios alternativos considerando la concertación de operaciones de crédito a largo plazo por diferente importe y destino ante posibles modificaciones legislativas relativas a la financiación del cumplimiento de sentencias judiciales.

Resultando que el plan incluye una serie de medidas descritas, cuantificadas y señala la fecha de su implementación en los ejercicios 2015 y 2016. Dichas medidas afectan a los capítulos I, II, III, IV y V del estado de gastos del presupuesto del Ayuntamiento de Huesca y otras medidas que afectan a los capitulos VI y VII del estado de gastos del Ayuntamiento y la Fundación Círculo Oscense; a los capítulos IV y VI del estado de gastos del presupuesto del Patronato Municipal de Deportes; al capítulo VI del Presupuesto de la Fundación Pública Círculo Oscense y al capítulo II de la Fundación Huesca Congresos y de la Sociedad Mercantil Palacio de Congresos S.A.

Resultando que el plan económico-financiero contempla las previsiones de ejecución presupuestaria para los años 2015 y 2016 en orden a alcanzar con dicho plan el cumplimiento de las reglas fiscales contempladas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

Resultando que de la liquidación del ejercicio presupuestario de 2014 se obtienen las siguientes magnitudes relacionadas con la situación económica del Ayuntamiento de Huesca: el ahorro neto de la entidad local es de signo positivo, el remanente de tesorería para gastos generales es de signo positivo y su importe asciende a 738.537,66 euros y el volumen total de capital vivo asciende al 48,94 por ciento de los ingresos corrientes liquidados o devengados según las cifras deducidas de los estados contables consolidados.

Resultando que el plan analiza la evolución durante su vigencia del cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria y de la regla del gasto y que las conclusiones de dicho plan, al agotarse su horizonte temporal, son de cumplimiento tanto del objetivo de estabilidad presupuestaria (con una previsión de capacidad de financiación por importe de 126.781,53 euros) como de la regla de gasto (con una previsión de cumplimiento de 1.561.901,77 euros).

Asimismo resultando que el plan analiza la evolución de la sostenibilidad financiera de la Corporación en su doble vertiente de deuda pública (con un coeficiente de endeudamiento previsto en 2016 del 61,65) y de deuda comercial y periodo medio de pago (previsto para 2016 de 22,86 días)

Considerando que el Ayuntamiento de Huesca en sesión plenaria de fecha 29 de abril de 2015 aprobó el Plan Económico Financiero 2015-2016.

Considerando que el plan analiza la evolución durante su vigencia del cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria y de la regla del gasto y que las conclusiones de dicho plan, al agotarse su horizonte temporal, son de cumplimiento tanto del objetivo de estabilidad presupuestaria como de la regla de gasto.

Considerando asimismo que el plan analiza la evolución de la sostenibilidad financiera de la Corporación en su doble vertiente de deuda pública y de deuda comercial y periodo medio de pago.

Considerando que el Plan Económico Financiero 2015-2016 aprobado por el Ayuntamiento de Huesca mediante acuerdo plenario de fecha 29 de abril de 2015, resulta idóneo para que, al agotarse su horizonte temporal, se cumplan las reglas fiscales de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Considerando que conforme a lo previsto en los artículos 114 del Estatuto de Autonomía de Aragón y 23.4 de la LOEPSF corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la tutela financiera respecto de las Entidades Locales de su territorio respetando, en todo caso, la autonomía reconocida constitucionalmente a las mismas, lo que incluye la aprobación definitiva de este Plan Económico Financiero.

Vistos los preceptos de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera; el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y demás disposiciones de aplicación.

Este Departamento de Política Territorial e Interior en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto 332/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Política Territorial e Interior, ha resuelto:

Primero.- Aprobar definitivamente el plan económico-financiero del Ayuntamiento de Huesca 2015-2016 aprobado en sesión del pleno de la Corporación Local de fecha 29 de abril de 2015.

Segundo.- De conformidad con el artículo 23.4 de Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, la Comunidad Autónoma de Aragón, será la responsable del seguimiento del plan económico-financiero y deberá remitir información al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de dicho plan y de los resultados del seguimiento que efectúe sobre el mismo.

Tercero.- Declarar que la aprobación del plan económico-financiero no implica la aprobación ni pronunciamiento previo alguno sobre las operaciones de crédito a largo plazo contempladas en el mismo.

Cuarto.- Recordar que durante la vigencia del plan las operaciones de endeudamiento a largo plazo que pretenda concertar el Ayuntamiento de Huesca serán objeto de autorización por la Comunidad Autónoma de Aragón en los términos previstos en el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Zaragoza, 16 de junio de 2015.

El Consejero de Política Territorial

e Interior,

ANTONIO SUÁREZ ORIZ