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ORDEN PRE/1671/2017, de 6 de octubre, por la que se dispone la inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón de los Estatutos del Consejo de Colegios de Médicos de Aragón.

Publicado el 03/11/2017 (Nº 211)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

El Consejo de Colegios de Médicos de Aragón fue creado por Decreto 97/2007, de 5 de junio, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 73, de 20 de junio de 2007.

Con fecha 6 de febrero de 2017, la Presidenta de la Comisión Gestora del Consejo de Colegios de Médicos de Aragón solicitó la inscripción de los Estatutos de dicha Corporación en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Aragón, aprobados por mayoría en las Asambleas Generales de los Colegios de Médicos de Huesca, Teruel y Zaragoza celebradas los días 21,13 y 20 de diciembre de 2016.

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 31 de la Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón y en el Decreto 158/2002, de 30 de abril, por el que se regulan los procedimientos para la creación de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón, y la organización y funcionamiento del Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón, ha sido emitido informe favorable de legalidad por la Dirección General de Justicia e Interior, como órgano competente del Departamento de Presidencia en materia de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón, después de realizarse las rectificaciones propuestas al Consejo en su día.

Por cuanto antecede, en virtud de la competencia atribuida al titular del Departamento de Presidencia en el artículo 31.3 de la Ley de Colegios Profesionales de Aragón, en relación con el Decreto 307/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, dispongo:

Único: Ordenar la inscripción de los Estatutos del Consejo de Colegios de Médicos de Aragón en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón, y su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Los Estatutos mencionados figuran en el anexo de la presente orden.

Contra esta última, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación. Asimismo, podrá interponerse directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Zaragoza, 6 de octubre de 2017.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO