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ORDEN PRE/1124/2017, de 1 de agosto, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, como entidad colaboradora, para la realización del Plan Renove Aragón 2017.

Publicado el 09/08/2017 (Nº 152)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2017/5/0008 el convenio suscrito, con fecha 19 de julio de 2017, por la Consejera de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón y el Presidente del Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 1 de agosto de 2017.

El Consejero de Presidencia, P.S. (Decreto de 6 de julio de 2017, del Presidente del Gobierno de Aragón), la Consejera de Economía, Industria y Empleo,

Marta Gastón Menal

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y EL CONSEJO ARAGONÉS DE CÁMARAS OFICIALES DE COMERCIO, INDUSTRIA y SERVICIOS, COMO ENTIDAD COLABORADORA, PARA LA REALIZACIÓN DEL PLAN RENOVE ARAGÓN 2017

Zaragoza, 19 de julio de 2017.

REUNIDOS

De una parte: La Excma. Sra. Consejera de Economía, Industria y Empleo, D.ª Marta Gastón Menal, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según Acuerdo de este órgano de 18 de julio de 2017.

De otra: D. Manuel Teruel Izquierdo, Presidente del Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, con NIF: Q5000838B, domicilio en Zaragoza, paseo Isabel La Católica, 2, 50009 Zaragoza, en virtud de su nombramiento efectuado el 11 de abril de 2014 y que le habilita de acuerdo con lo establecido en La Ley 3/2015, de 25 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón, que regula, en sus artículos 45 y siguientes, el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios.

Intervienen en función de sus respectivos cargos, se reconocen en la representación que ostentan capacidad para formalizar el presente convenio de colaboración y a tal efecto,

EXPONEN

I. El Estatuto Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón, en su artículo 75.4.ª, la competencia compartida en materia de energía.

En virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y del Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, las funciones en materia de energía se subsumen en el ámbito competencial del Departamento de Economía, Industria y Empleo.

En el ejercicio de estas competencias, el Plan Energético de Aragón 2013-2020, aprobado por Acuerdo de 15 de abril de 2014, del Gobierno de Aragón, establece, entre otras, la estrategia prioritaria: "El ahorro y eficiencia energética". Esta estrategia resulta primordial en la sociedad actual, tanto para la competitividad de la economía, como para influir en el impacto ambiental que supone el uso de la energía, lo cual hace imprescindible el tomar medidas y acciones en este campo.

La mencionada estrategia, dentro de la formulación de la política energética de Aragón, incluye, entre otros, los siguientes objetivos generales: La promoción y desarrollo de las energías renovables, el ahorro, diversificación y uso eficiente de la energía, la minimización del impacto ambiental y la investigación, desarrollo e innovación de las tecnologías energéticas. Y entre las actuaciones previstas en el Plan Energético de Aragón 2013-2020 se encuentra la promoción de inversiones mediante ayudas públicas a la inversión en forma de subvenciones.

El Plan de renovación de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente forma parte de esa estrategia que se contempla dentro de la política energética del Departamento de Economía, Industria y Empleo, del ahorro y el uso eficiente de la energía, y de la estrategia del Gobierno de Aragón en relación con el cambio climático. Esta acción de renovación de equipos, cuyos destinatarios son las personas físicas, requiere un procedimiento de gestión de ayudas especial, dadas las características de las inversiones, que exige una agilidad y simplificación de su tramitación. Por ello, para cumplir los objetivos, resulta necesario contar con una entidad colaboradora que participe en la gestión y distribución de ayudas que concede el Gobierno de Aragón a través del Departamento de Economía, Industria y Empleo.

La Orden EIE/843/2017, de 19 de junio, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de energía a través de la puesta en marcha de los planes de renovación de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente, denominados Planes Renove, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 122, de 28 de junio de 2017.

El Plan Renove Aragón 2017, que cuenta con una dotación presupuestaria de hasta 1.000.000 de euros, se estructura en tres líneas de actuación: Línea de electrodomésticos, línea de calderas y línea de equipos de aire acondicionado.

II. La Ley 3/2015, de 25 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón, regula, en sus artículos 45 y siguientes, el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, como órgano consultivo y de colaboración con el Gobierno de Aragón. Se trata de una "corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines", entre cuyas funciones se encuentra, según el artículo 46 del mismo texto legal, "tramitar los programas públicos de ayudas a las empresas en los términos que se establezcan en cada caso, así como gestionar servicios públicos relacionados con las mismas, cuando su gestión corresponda a la Administración autonómica", así como "cualesquiera otras funciones público-administrativas delegadas, encomendadas o concedidas por las Administraciones Públicas de Aragón".

Conforme con lo anterior, dadas las funciones del Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, que integra a las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Zaragoza, Huesca y Teruel, y su naturaleza como órgano consultivo y de colaboración de las Administraciones Públicas, que puede administrar recursos públicos y realizar funciones público-administrativas, se entiende justificada su consideración como entidad colaboradora del Gobierno de Aragón para la gestión y distribución de las ayudas derivadas del Plan de renovación de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente, Plan Renove, al amparo del artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no siendo necesaria, por los motivos indicados, la selección de esta entidad colaboradora mediante el procedimiento de concurrencia previsto en el artículo 16.5 de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre; todo ello, de acuerdo con las bases reguladoras de estas ayudas.

De acuerdo con lo anterior, y a los efectos de obtener una mayor eficacia en la ejecución del citado régimen de ayudas, el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía, Industria y Empleo, y el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, en su condición de entidad colaboradora, acuerdan formalizar este convenio conforme con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto.

El objeto de este convenio es designar al Consejo Aragonés de Cámaras de Oficiales Comercio, Industria y Servicios como entidad colaboradora del Gobierno de Aragón para la gestión del régimen de ayudas destinado a la ejecución del Plan Renove Aragón 2017, formalizándose en cumplimiento del artículo 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 10 la Ley 5/ 2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Segunda.- Plan Renove Aragón 2017.

1. El Plan de renovación de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente se estructura en torno a tres líneas de actuación: Línea de electrodomésticos, línea de calderas y línea de aparatos de aire acondicionado.

Para la instrumentación de estas líneas de actuación, se prevé que los beneficiarios últimos, definidos en las citadas bases reguladoras, se acogerán al régimen de ayudas a través de las empresas comerciales minoristas o empresas instaladoras que participen en el Plan Renove Aragón 2017 mediante la correspondiente adhesión.

La empresa comercial o instaladora, según el caso, anticipará el importe de la ayuda que se conceda subrogándose en la posición de los beneficiarios en las relaciones con la entidad colaboradora y la Administración concedente, siendo la perceptora de los fondos públicos y la destinataria del flujo económico derivado del régimen de las ayudas.

2. La cuantía total máxima prevista para las ayudas derivadas del Plan Renove Aragón 2017, en atención a las tres líneas de actuación en las que se estructura y la ayuda para la entidad colaboradora, es la siguiente:

La distribución de las cantidades anteriores para cada una de las líneas que conforman el Plan Renove Aragón 2017 tiene carácter referencial, pudiendo trasladar presupuesto de una línea a otra, según la demanda producida y previa aprobación por una resolución de la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Economía, Industria y Empleo, sin que dichos traslados puedan suponer una modificación del presupuesto total.

3. La aportación de la Administración autonómica no podrá superar la ayuda determinada por importe cierto establecida en la orden de la convocatoria para cada uno de los aparatos que se renueven y que son objeto de subvención, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 32.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

4. El periodo elegible de ejecución del presupuesto correspondiente a este convenio será desde la fecha de la publicación de la orden de la convocatoria por la que se aprueba la convocatoria de concesión de ayudas del Plan Renove Aragón 2017 hasta el día 25 de octubre de 2017, salvo para las actuaciones realizadas por la entidad colaboradora que el periodo elegible será desde el día 1 de julio de 2017 hasta 31de diciembre de 2017.

El plazo de justificación por parte del Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios ante la Dirección General de Energía y Minas de las actividades que comprende el convenio y de la distribución de los fondos recibidos finalizará el día 31 de enero de 2018, de conformidad con el artículo 15 de la orden de la convocatoria.

Tercera.- Funciones del Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios.

1. Las funciones del Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, como entidad colaboradora, serán colaborar en la gestión de las ayudas derivadas del Plan Renove Aragón 2017, así como proceder a la entrega de los fondos recibidos del Gobierno de Aragón a las empresas comerciales o instaladoras adheridas, de acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras recogidas en la mencionada Orden EIE/843/2017, de 19 de junio, así como verificar la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad determinante de la concesión de las ayudas.

2. En relación con la gestión de las ayudas, la entidad colaboradora también desarrollará las siguientes actuaciones:

a) La promoción y publicidad de este Plan Renove a nivel de consumidores, potenciales compradores, y la difusión del mismo entre las empresas comerciales e instaladoras a los efectos de conseguir el mayor número de adhesiones al Plan.

El Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios tendrá plena libertad para organizar de la manera que estime conveniente sus propios medios y recursos en orden a la ejecución del convenio, así como disponer de los recursos propios de las cámaras aragonesas en este sentido. Igualmente, podrá suscribir acuerdos particulares de colaboración con la Confederación de Empresarios de Comercio de Aragón (CEMCA) u otras entidades, respecto de las funciones de ejecución, divulgación y promoción del Plan Renove Aragón 2017. Los gastos que supongan los mencionados acuerdos particulares de colaboración serán a cargo del propio consejo.

b) La tramitación de las adhesiones de los comerciantes e instaladores en los términos que establezcan las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas de referencia.

3. Respecto de las actuaciones que la entidad colaboradora desarrolle para la gestión de las ayudas, se entenderán siempre realizadas en nombre y por cuenta de la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón.

Cuarta.- Entrega de fondos.

1. Todos los fondos que conforman el Plan Renove Aragón 2017, se entregarán a la entidad colaboradora a la firma del convenio, una vez aprobadas y publicadas las respectivas bases reguladoras y la convocatoria de estas ayudas.

2. A dichos efectos, la entidad colaboradora procederá a la apertura de una cuenta bancaria finalista destinataria de los fondos correspondientes a las ayudas, que permita su seguimiento así como la verificación de las ayudas otorgadas.

El Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, como entidad colaboradora para gestionar las ayudas objeto de este convenio, por su naturaleza de órgano consultivo y de colaboración con la Administraciones Publicas, que puede administrar recursos públicos y realizar funciones público-administrativas, no necesitará constituir medidas de garantía a favor del órgano administrativo concedente de las ayudas.

En ningún caso, los fondos que se reciban para su distribución entre las empresas comerciales o instaladoras adheridas, ni los intereses que en su caso produzcan, se considerarán integrantes de su patrimonio.

Quinta.- Compensación económica.

1. De conformidad con el artículo 16.3.m) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se entregará al Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, en su condición de entidad colaboradora, la cantidad de sesenta y cinco mil cuatrocientos veintiún euros (65.421 €).

2. Dicha subvención, se abonará anticipadamente después de la firma del convenio de colaboración, una vez aprobadas y publicadas las respectivas bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas. Dicha cantidad, se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 15050/7311/780160 91002 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2017.

3. La cantidad de subvención correspondiente a la entidad colaboradora, de 65.421 €, equivale al siguiente coste desglosado:

Los gastos de gestión del Plan, a su vez, responden al desglose siguiente:

En todo caso, el órgano gestor del Gobierno de Aragón podrá aceptar eventuales variaciones entre los distintos conceptos presupuestados en los diferentes apartados, siempre y cuando éstas estén suficientemente motivadas y no supongan desviaciones significativas a juicio del citado órgano.

Entre las anteriores cantidades, hay que distinguir, por su función en el Plan Renove, su carácter de coste fijo y el de coste variable. Se considerará fijo, el que se va a producir inevitablemente, independientemente del número de expedientes o del grado de ejecución del Plan. En este caso, cumplen esta característica, el gasto de coordinación de Plan, la campaña de comunicación del Plan y la implementación de la aplicación web para la gestión; siendo el coste fijo total 22.921 €. El resto, por un importe total de 42.500 €, se consideran costes variables y se producirán en función de la ejecución del Plan.

4. La cantidad de 65.421 euros corresponde a la compensación económica por la gestión de una cantidad de subvención de 934.579 €, distribuida en las tres líneas de actuación previstas en el Plan Renove Aragón 2017, además de la promoción del Plan Renove Aragón 2017. En el caso de no ejecutarse en su totalidad las líneas de actuación previstas en el Plan Renove Aragón 2017, la entidad colaboradora deberá reintegrar la parte no ejecutada de las ayudas y, si el grado de ejecución fuera inferior al 85% de la cantidad de subvención disponible (934.579 €) deberá reintegrar igualmente la parte proporcional de los costes variables (coste la adhesión y gestión de expedientes, 42.500 €) correspondientes a la parte de presupuesto no ejecutado.

Sexta.- Justificación.

1. El Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios deberá justificar ante la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Economía, Industria y Empleo, antes del 31 de enero de 2018, la entrega de fondos recibidos destinados a la distribución de las ayudas. A tal efecto, deberá presentar la documentación siguiente:

a) Una memoria descriptiva del resultado de cada una de las tres líneas de actuación que conforman el Plan Renove Aragón 2017.

b) Una relación de todas las empresas comerciales minoristas y empresas instaladoras adheridas, con el número de ayudas, aparatos o equipos y cantidad económica gestionada por cada una de ellas, con indicación del importe de la subvención que ha sido objeto de descuento en la venta.

c) Certificados de entrega de todos los aparatos o equipos sustituidos a los gestores autorizados para el reciclaje, así como el resto de la documentación justificativa que presenten a la entidad colaboradora los establecimientos adheridos para el pago de la ayuda.

d) Cuenta de liquidación de los fondos recibidos anticipadamente, su aplicación a las ayudas y a los gastos de gestión y promoción, así como las transferencias o pagos realizados.

2. El Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios deberá, además, aportar en el plazo citado una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:

a) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y de la factura, importe, fecha de emisión y fecha de pago.

b) Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior, y los justificantes de pago.

c) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia, así como fotocopia compulsada de las mismas.

d) Cuando el importe del gastos subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros, en el supuesto de coste por ejecución de obra o de 6.000 €, en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el consejo deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

Séptima.- Subcontratación.

El Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios podrá subcontratar, total o parcialmente, las actividades subvencionadas de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y el Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

Octava.- Obligaciones de la entidad colaboradora.

1. Con la firma de este convenio, el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, en su condición de entidad colaboradora, declara que cumple los requisitos para obtener dicha condición exigidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y demás normativa aplicable en materia de subvenciones, y autoriza al órgano gestor para recabar los certificados a emitir, tanto por la Agencia Estatal Tributaria y por la Seguridad Social, como por los órganos de la Administración tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. El Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, de conformidad con el artículo 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, asume las siguientes obligaciones:

a) Adoptar las medidas precisas para la promoción, publicidad y difusión del Plan Renove Aragón 2017. Todas las actuaciones de publicidad, se realizarán por la entidad colaboradora conforme a las normas aprobadas por el Gobierno de Aragón en materia de publicidad institucional.

b) Tramitar las adhesiones de los comerciantes y/o instaladores, en los términos que establecen las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas de referencia, así como aquellas otras funciones que sean necesarias para la gestión de las peticiones de ayuda, conforme establezcan dichas bases.

c) Entregar los fondos recibidos a las empresas comerciales o instaladoras adheridas al Plan Renove Aragón 2017, que hayan realizado la venta y/o instalación de los aparatos objeto de subvención previstos en dicho Plan, que previamente habrán descontado el importe de la subvención al precio de los aparatos, de conformidad con las bases reguladoras de estas ayudas, siendo, por tanto, las acreedoras de los fondos correspondientes al importe de las ayudas tramitadas.

La entrega de dichos fondos a las empresas comerciales e instaladoras se realizará por la entidad colaboradora de forma conjunta y periódica, en función de la ejecución de las líneas de actuación, previa entrega de la correspondiente documentación justificativa por parte de aquellas, dentro del plazo de justificación que finalizará el día 31 de octubre de 2017.

d) Mantenimiento de los medios telemáticos para dar continuidad a la comunicación directa del Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios con los comercios y empresas instaladoras adheridas, así como la correcta distribución de las ayudas. Igualmente, el mantenimiento y mejora de la plataforma web para la reserva y asignación de ayudas online con el fin de garantizar un reparto equitativo entre los comercios o empresas instaladoras adheridas, especialmente en la fase final de ejecución de las líneas de actuación.

e) Justificar ante la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Economía, Industria y Empleo, como máximo el día 31 de enero de 2018, la entrega de los fondos recibidos destinados a la distribución de las ayudas. A tal efecto, y sin perjuicio de lo que dispongan las bases reguladoras y la convocatoria de estas ayudas, deberá presentar la documentación siguiente:

- Memoria descriptiva del resultado de cada una de las tres líneas de actuación que conforman el Plan Renove Aragón 2017.

- Una relación de todas las empresas comerciales minoristas y empresas instaladoras adheridas, con el número de ayudas, aparatos o equipos y cantidad económica gestionada por cada una de ellas, con indicación del importe de la subvención que ha sido objeto de descuento en la venta.

- Certificados de entrega de todos los aparatos o equipos sustituidos a los gestores autorizados para el reciclaje, así como el resto de la documentación justificativa que presenten a la entidad colaboradora las empresas comerciales o instaladoras adheridas para el pago de la ayuda.

- Cuenta de liquidación de los fondos recibidos anticipadamente, su aplicación a las ayudas y a los gastos de gestión y promoción, así como las transferencias o pagos realizados.

f) Realizar el seguimiento y control de los expedientes de ayudas concedidas, comunicando a la Dirección General de Energía y Minas los resultados obtenidos, así como las posibles irregularidades que se produzcan en las líneas de actuación.

g) Comprobar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones o requisitos determinantes para su otorgamiento, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de la subvención.

h) Facilitar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón cuanta información precise para entender cumplida la obligación de justificación de la subvención.

i) Conservar los documentos justificativos de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de comprobación y control.

j) Someterse a las actuaciones de comprobación que, respecto de la gestión de los fondos, pueda efectuar la Dirección General de Energía y Minas y a las de control financiero que realice la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y a los procedimientos fiscalizadores, tanto de la Cámara de Cuentas de Aragón como del Tribunal de Cuentas.

k) El control financiero que establece la letra anterior se podrá realizar a través de la cuenta bancaria finalista receptora de los fondos y de la cuenta liquidación prevista en la letra e), independientemente de la obligación que tiene la entidad colaboradora de llevar una contabilidad separada de acuerdo con el artículo 16.3.j) de la Ley General de Subvenciones. Dicha contabilidad, se constituirá a través de todos los documentos justificativos de los gastos realizados y los extractos de los movimientos bancarios de la mencionada cuenta bancaria, además de las justificaciones documentales de aquellos costes realizados por medios propios de la entidad colaboradora.

l) Reintegro de los fondos recibidos, en el supuesto de incumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidas para la concesión en las bases reguladoras y, en todo caso, en los supuestos regulados en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones, así como el reintegro de los fondos no aplicados.

m) Justificar todos los costes fijos y variables que comprende la gestión y promoción del Plan Renove Aragón 2017 que ha sido objeto de compensación económica.

Novena.- Obligaciones del Gobierno de Aragón.

1. El Gobierno de Aragón aportará la cantidad total de un millón de euros (1.000.000 €), que serán librados con cargo a la aplicación presupuestaria, denominada Plan Renove, 15050/7311/780160/91002 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2017.

2. Una vez justificada la ejecución y pago de la actividad subvencionada y su coste final, la aportación de la Administración autonómica no podrá superar la ayuda fijada en la convocatoria para cada uno de los aparatos o equipos subvencionables, conforme al artículo 32.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Décima.- Seguimiento.

1. Las actuaciones incluidas en este convenio realizadas por la entidad colaboradora se encuentran sometidas a la evaluación y el seguimiento general de las subvenciones y, en su caso, al control financiero que desarrolle la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, estando obligada la entidad colaboradora a prestar la debida colaboración y apoyo a los funcionarios encargados de realizar dicho control, aportando y facilitando la información que se considere necesaria, y sin perjuicio del control que puedan efectuar otros órganos como la Cámara de Cuentas de Aragón y el Tribunal de Cuentas.

2. Sin perjuicio de lo anterior, el seguimiento concreto de este convenio se encomienda a una comisión integrada por tres miembros, uno en representación del Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios y dos miembros en representación del Gobierno de Aragón designados por la Dirección General de Energía y Minas.

La Comisión de seguimiento se reunirá cuantas veces sean precisas para el seguimiento del convenio, y se dotará de un secretario designado entre los miembros de la comisión que levantará acta de sus acuerdos.

3. A la Comisión de seguimiento le corresponderán las siguientes funciones:

a) Efectuar el seguimiento de las acciones para el desarrollo del convenio.

b) Adoptar las medidas que sean precisas para el mejor desarrollo y cumplimiento de los compromisos y obligaciones de este convenio, y para una adecuada coordinación.

c) Dirimir las cuestiones técnicas controvertidas, resolviendo los conflictos que puedan surgir, sin menoscabo de las competencias que corresponden a la Administración concedente de la ayuda conforme a la normativa aplicable en materia de subvenciones.

Undécima.- Vigencia.

Este convenio estará vigente desde la fecha de su firma hasta el 31 de marzo de 2018.

Decimosegunda.- Modificación.

De conformidad con el artículo 16.2 de la Ley General de Subvenciones, este convenio podrá modificarse mediante la firma de la correspondiente adenda y previos los trámites oportunos.

Decimotercera.- Protección de datos.

Las partes firmantes se comprometen a cumplir la normativa recogida en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Decimocuarta.- Normativa aplicable.

Sin perjuicio de cualquier otra normativa que resulte aplicable, será de aplicación a este convenio: la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; la Ley 4/1998, de 8 de abril, de medidas fiscales, financieras, de patrimonio y administrativas; la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y la Ley 4/2017, de 10 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017.

Decimoquinta.- Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.

1. Este convenio, que tiene naturaleza jurídico-administrativa, constituye el instrumento por el que se procede a la designación de la entidad colaboradora para la gestión y distribución de las ayudas derivadas del Plan Renove Aragón 2017, encontrando su fundamento en el artículo 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 10 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

2. Las controversias que se planteen en materia de subvenciones serán resueltas de acuerdo con la normativa aplicable a dicha materia y conforme a los procedimientos previstos en ella, sin perjuicio del control por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo de las decisiones que se adopten en vía administrativa.

3. Las partes, con renuncia expresa al fuero que les pudiera corresponder, se someten a la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales de la ciudad de Zaragoza.

En prueba de conformidad, firman el presente documento, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.