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RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica la del 25 de octubre de 2007, por la que se por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga autorización ambiental integrada para la ampliación de explotación porcina de cebo hasta 4.160 plazas, en el término municipal de Alcolea de Cinca (Huesca), y promovido por D. José Antonio Rico Guiseris (N.º Expte. INAGA 500301/02/20011/10401).

Publicado el 27/02/2012 (Nº 39)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 24 de octubre de 2011 se ha recibido en el INAGA el escrito de D. José Antonio Rico Guiseris, por el que solicita una prórroga, como promotor de una ampliación de explotación porcina de cebo con capacidad para 4.160 plazas, a ubicar en polígono 2, parcela 6033 del término municipal de Alcolea de Cinca (Huesca).

Vista la «Resolución de 25 de octubre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para el proyecto de ampliación de explotación porcina de cebo hasta 4.160 plazas, en el término municipal de Alcolea de Cinca (Huesca), y promovido por José Antonio Rico Guiseris (Expte. INAGA/500301/02/2007/1384).»

De conformidad con lo previsto en el artículo 59.2 de la Ley 7/2006, las Autorizaciones Ambientales Integradas puedan establecer plazos mayores que sus resoluciones iniciales, a solicitud del titular de la instalación. En la citada resolución de autorización este plazo se incluye en el último párrafo del punto 2.13.

Según consta en la documentación aportada, la primera fase de la ampliación ya dispone de acta de efectividad, en consecuencia diferir la finalización de la segunda fase de la ampliación es poco relevante, dadas las servidumbres creadas con la actual instalación.

Considerando el informe favorable del Área III, de fecha 8 de febrero de 2012, en el que se han valorado las circunstancia anteriores.

De conformidad con lo establecido en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; La Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 y la Ley 23/2003, de 23 de diciembre, de creación del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y su modificación mediante la Ley 9/2010, de 16 de diciembre.

Por la presente se resuelve:

Modificar en los siguientes puntos la «Resolución de 25 de octubre de 2007 del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para el proyecto de ampliación de explotación porcina de cebo hasta 4.160 plazas, en el término municipal de Alcolea de Cinca (Huesca), y promovido por José Antonio Rico Guiseris (Expte. INAGA/500301/02/2007/1384)», dejando inalterado el resto:

El último párrafo del punto 2.13, quedará sustituido por el siguiente:

«El promor dispone de un plazo de dos años, a contar desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Aragón para finalizar las obras de ampliación, de otra forma la presente resolución quedará sin efecto.»

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 23/2003, de 23 de diciembre, de creación del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse