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RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 3 de septiembre de 2007, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de tipo mixto existente, con capacidad para 787 UGM, situada en el polígono 158, parcelas 2, 5, 6, 13 y 14, del barrio de Garrapinillos, del término municipal de Zaragoza, y promovida por la sociedad Jorge, S.L. (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/10184).

Publicado el 17/02/2015 (Nº 32)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Visto el escrito de fecha 2 de octubre de 2014, presentado por D. Sergio Samper Rivas, en representación de Jorge, S.L., con NIF: B50107663, como promotora de una solicitud con el objeto de acomodar y adecuar la autorización ambiental integrada a la nueva situación de la explotación descrita, resulta:

Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 3 de septiembre de 2007, se otorgó la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de tipo mixto existente, con capacidad para 562 UGM, situada en el polígono 158, parcelas 2, 5, 6, 13 y 14, del barrio de Garrapinillos, del término municipal de Zaragoza (Número Expte. INAGA 500301/02/2005/08996).

Segundo.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 11 de febrero de 2008, se notifica la modificación no sustancial para transformar una fosa de purines existente y en desuso, de dimensiones 25x4x3 m, que no figura en la autorización ambiental integrada, en un estercolero (Número Expte. INAGA 500301/02/2008/00608).

Tercero.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 5 de diciembre de 2008, se procedió a denegar la solicitud de modificación de la Resolución de fecha 27 de agosto de 2007, por no resultar procedente aumentar el plazo otorgado para la ampliación de la capacidad de almacenamiento indicado en el punto 1.2 de la resolución (Número Expte. INAGA 500301/02/2008/10688).

Cuarto.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 4 de agosto de 2010, se modifica los puntos 1.1, 1.2, 1.4 y 1.14 de la Resolución de 27 de agosto de 2007 (Número Expte. INAGA 500301/02/2010/06062).

Quinto.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 7 de diciembre de 2012, se notifica la modificación no sustancial para la construcción de una nave de gestación de 1.218 m², para poder albergar a 432 cerdas en fase de gestación confirmada, con el objeto de adaptar la explotación descrita a las exigencias de la normativa de bienestar animal. El resto de instalaciones no se modifican, manteniéndose la misma capacidad final de UGM (Número Expte. INAGA 500301/02/2012/06033).

Sexto.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 7 de octubre de 2013, se procedió a la actualización de la autorización ambiental integrada que se otorgó mediante Resolución de fecha 3 de septiembre de 2007 (Número Expte. INAGA 500601/02/2011/12043).

Séptimo.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 25 de agosto de 2014, se estima la modificación no sustancial por incremento de capacidad hasta 787 UGM, y las nuevas instalaciones necesarias para el desarrollo de la actividad en la explotación descrita consistentes en la construcción de: una nueva nave de gestación confirmada, de dimensiones 71x21,50 m; una nave de reposición, de 42,10x12,50 m; la trasformación de dos naves almacenes sin uso, de 492 m² y 549 m², en naves de transición, y la trasformación de una de las naves de transición actual, de 778 m², en plazas de maternidad (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/09097).

Fundamentos jurídicos

Vistos, la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Autorizar, la modificación puntual de la Resolución de 3 de septiembre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de tipo mixto existente, hasta una capacidad final de 1.550 cerdas reproductoras con lechones hasta 20 kg y 2.680 plazas de cebo, equivalentes a 787 UGM, situada en el polígono 158, parcelas 2, 5, 6, 13 y 14, del barrio de Garrapinillos, del término municipal de Zaragoza, y promovida por la sociedad Jorge, S.L. (Número Expte. INAGA 500301/02/2005/08996), en los siguientes términos, dejando inalterado el resto de los condicionantes:

El punto 1 de la resolución quedará sustituido por el siguiente:

"1. Se otorga la autorización ambiental integrada a la sociedad Jorge, S.L., con NIF: B50107663, para una explotación porcina de tipo mixto existente, hasta una capacidad final de 1.550 cerdas reproductoras con lechones hasta 20 kg y 2.680 plazas de cebo, equivalentes a 787 UGM, situada en las coordenadas huso 30 UTMX=660.100; UTMY=4.617.150 y UTMZ=250 m, del polígono 158, parcelas 2, 5, 6, 13 y 14, del barrio de Garrapinillos, del término municipal de Zaragoza"

El punto 1.1 de la resolución quedará sustituido por el siguiente:

1.1. Las Instalaciones existentes necesarias para el desarrollo de la actividad se corresponden con la infraestructura definida a continuación.

El núcleo de madres consta de seis naves de gestación con superficies de 176 m², 472,50 m², 330 m², 201,60 m², 1.218 m² y 1.526 m² respectivamente; una nave de maternidad con una superficie de 962 m² y una nave de maternidad consecuencia de la transformación de una nave de transición con una superficie de 778 m²; una nave de transición con una superficie de 367 m² y dos naves de transición con superficies de 492 m² y 549 m², consecuencia de la transformación de dos almacenes sin uso respectivamente; dos naves empleadas como verraqueras de 123 m² cada una; una nave de reposición de 527 m²; tres parques exteriores empleados para el alojamiento de las cerdas de reposición; un edificio empleado como oficina y comedor de 52,78 m²; tres almacenes, uno de 34 m² y dos de 40 m²; una zona destinada a vestuarios de 108 m²; una fosa de purín de 225,50 m³ de capacidad ejecutada con hormigón; dos balsas de desecación con una superficie respectiva de 12.200 m² y 13.500 m².; un depósito de agua rectangular enterrado, de 1.000 m³ de capacidad; una fosa de cadáveres de 44 m³ de capacidad; un aparcamiento con acceso independiente de la explotación; vado sanitario y vallado perimetral de toda la explotación.

El núcleo de cebo consta de una nave de cebo de 2.182 m²; una caseta empleada como oficinas y vestuario; una fosa de purín de 230,14 m³ de capacidad; una balsa de purín impermeabilizada con lámina plástica con una capacidad de 3.220 m³; vado sanitario y vallado perimetral de toda la explotación".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 19 de enero de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ