RESOLUCIÓN de 8 de noviembre de 2018, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Obra Diocesana Santo Domingo de Silos" de Zaragoza.
Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante de la entidad titular del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Obra Diocesana Santo Domingo de Silos", código 50007856, con domicilio en la calle Amistad número 6 de Zaragoza, solicitando la modificación de la autorización administrativa por ampliación de puestos escolares en las enseñanzas correspondientes a los Títulos de Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas y Técnico Superior en Higiene Bucodental.
Visto el informe emitido por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza sobre el cumplimiento de la normativa vigente, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo:
Primero.- Modificar la autorización del centro docente privado que se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
Denominación específica: "Obra Diocesana Santo Domingo de Silos".
Código: 50007856.
Titular: Obra Diocesana Santo Domingo de Silos.
Domicilio: C/ Amistad, número 6.
Localidad: Zaragoza.
Municipio: Zaragoza.
Provincia: Zaragoza.
Enseñanzas que se autorizan:
- Ampliación de puestos escolares:
- AFD301-Técnico Superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva (1er y 2.º curso): pasa de dos grupos con 44 pp.ee. (22 por curso) a 60 pp.ee. (30 por curso).
- SAN304-Técnico Superior en Higiene Bucodental: pasa de dos grupos con 54 pp.ee (27 por curso) a 60 pp.ee. (30 por curso).
Como resultado de la modificación de la autorización, el Centro queda configurado de la siguiente forma:
Segundo.- La presente resolución surtirá efecto a partir del curso 2018/2019.
Tercero.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.
Cuarto.- La modificación de la autorización de este centro no implica la modificación de las unidades concertadas.
Quinto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.
Sexto.- Esta resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes de la Comunidad Autónoma Aragón.
Séptimo.- Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.
Zaragoza, 8 de noviembre de 2018.
El Director General de Planificación y Formación Profesional, RICARDO ALMALÉ BANDRÉS