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ORDEN de 13 de mayo de 2015, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba el deslinde total administrativo en segunda fase, del monte de utilidad pública número 515 de los del catálogo de montes de utilidad pública de la provincia de Huesca y número HU-1.149 Y HU-1.021 del elenco de montes propios de la Administración Forestal, denominado "Sierra de Vallés y Mancomún", perteneciente a la Comunidad Autónoma de Aragón y sito en el término municipal de Loporzano (Huesca).

Publicado el 09/06/2015 (Nº 108)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Visto el expediente de deslinde total administrativo del monte de utilidad pública número 515, denominado "Sierra de Vallés y Mancomún", perteneciente a la Comunidad Autónoma de Aragón y situado en el término municipal de Loporzano (Huesca), resultan de él los siguientes

Antecedentes:

Primero.- Con fecha 31 de marzo de 2011, se emite Instrucción de la Secretaría General Técnica, para el deslinde parcial del referido monte 515. Ante ello, el 24 de enero de 2012 el Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente traslada la preceptiva solicitud al Director General de Gestión Forestal para la realización del deslinde total administrativo en segunda fase del citado monte 515.

Segundo.- El 9 de febrero de 2012 se recibió en ese Servicio Provincial, la resolución del Director General de Gestión Forestal por la que aprueba el proyecto de deslinde y autoriza al Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca a nombrar Ingeniero operador y a publicar los anuncios de inicio de las operaciones correspondientes.

Tercero.- El 2 de marzo de 2012, se anuncia en el "Boletín Oficial de Aragón", número 43, la declaración en Estado de deslinde total administrativo en segunda fase, el inicio de las operaciones y se nombra el Ingeniero operador.

Cuarto.- Desde su publicidad y hasta el 5 de abril de 2012, se envían las notificaciones a todos los posibles colindantes conocidos y entidades locales afectadas, Ayuntamientos de Nueno, Loporzano, Casbas de Huesca, Huesca y Comarca de La Hoya de Huesca: anuncio de las operaciones de inicio del deslinde, así como el plazo para presentación de documentación acreditativa de los derechos de propiedad que corresponda.

Quinto.- Constan en el expediente los certificados de exposición en los tablones de anuncios de las distintas entidades locales afectadas.

Sexto.- En el periodo de acreditación de derechos se presentaron documentales de cincuenta titulares. Así el 18 de julio de 2012, el Letrado de la Diputación General de Aragón evacua el preceptivo informe, determinando la eficacia jurídica de los títulos presentados.

Séptimo.- A su vez el Ingeniero operador, con fecha 23 de julio de 2012, emite el correspondiente Informe sobre reconocimiento y clasificación de fincas o derechos, para su tramitación. Con fecha 28 de octubre de 2013 el Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca aprueba la clasificación de las fincas o derechos contenidos en el citado informe.

Octavo.- El apeo se realizó los días 24 de julio, 1 de agosto; el 5, 13, 19 y 28 de septiembre; 17, 18, 25 y 29 de octubre; 14 y 15 de noviembre; 12 de diciembre de 2012; 31 de enero; 19 de febrero; 11 de abril; 2 de mayo; 4 de julio; 1 de agosto; 17, 18, 19, 20 y 26 de septiembre, y 13 de noviembre de 2013. Quedando este último día completamente apeados y amojonados provisionalmente los perímetros interior y exterior del monte. Durante el apeo se presentaron tres objeciones a la linde del perímetro exterior. Y otras siete en el del perímetro interior, enclavados P, U, V, AE, AK y EV1.

Noveno.- Con fecha 14 de noviembre de 2013 se emitió informe por el Ingeniero operador, en el que da cuenta de la tramitación seguida, del apeo del perímetro exterior e interior fijados, de las servidumbres y de las cabidas, concluyendo la propuesta de resolución del deslinde.

Décimo.- Se dio publicidad al trámite de audiencia y vista del expediente mediante anuncio publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 242, de 11 de diciembre de 2013. El 13 de diciembre de 2013 se comunica y da traslado del anuncio a los particulares colindantes con domicilio conocido, incluida la Confederación Hidrográfica del Ebro. Igualmente, mediante oficios de fecha 17 de diciembre de 2013, se comunica y da traslado del anuncio a los Ayuntamientos de Loporzano, Casbas de Huesca, Huesca y Nueno, y Comarca de la Hoya de Huesca.

Decimoprimero.- El 16 de diciembre de 2013, en cumplimiento del Artículo 76 de la Ley 5/2011 del Patrimonio de Aragón, se ofició al Servicio de Patrimonio de la Dirección General de Patrimonio del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo.

Decimosegundo.- Durante el periodo de audiencia y vista del expediente, se han presentado siete quejas o alegaciones, de lo que da fe, mediante el correspondiente Certificado, el Secretario del Servicio Provincial de fecha 13 de febrero de 2014. Siendo informadas por la Letrada del Gobierno de Aragón, de fecha 17 de febrero de 2014, 10 de marzo de 2014 y 12 de marzo de 2014.

Decimotercero.- El 21 de marzo de 2014, el Director Provincial de Agricultura, ganadería y Medio Ambiente, a la vista de lo informado en relación a las reclamaciones, ordena al Ingeniero operador las actuaciones complementarias por estimarse dos de ellas, las de Pedro Pac Sa y Conrado Grasa Zamora. Siendo desestimadas las restantes.

Decimocuarto.- El 31 de marzo de 2014, el Ingeniero operador emite informe complementario con sus correspondientes planos y registro topográfico, y nueva propuesta.

Decimoquinto.- Con fecha 1 de abril de 2014, el Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca emite Informe - Propuesta favorable a la aprobación del deslinde en segunda fase. Con fecha del siguiente día 10, la misma autoridad, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 125 del Reglamento de Montes, eleva el expediente para su resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado por el Ingeniero Técnico Forestal operador del deslinde.

Decimosexto.- Con fecha 25 de junio de 2014 ("Boletín Oficial de Aragón", número 122), se publica la Orden de 28 de mayo de 2014, del Consejero de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente, de caducidad, con conservación de todos los trámites y actuaciones que fueran a ser idénticas o análogas en el nuevo procedimiento, en particular todo el trámite de apeo, y reinicio con la apertura de nuevo período de vista. Dicha orden fue notificada a los interesados y entidades locales afectadas el mismo 25 de junio de 2014.

Decimoséptimo.- Se dio publicidad al trámite de audiencia y vista del expediente mediante anuncio publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 134, de 10 de julio de 2014. El 18 julio de 2014 se comunica y da traslado del anuncio a los particulares colindantes con domicilio conocido, incluida la Confederación Hidrográfica del Ebro. Igualmente, con esa misma fecha, se comunica y da traslado del anuncio a los Ayuntamientos de Loporzano, Casbas de Huesca, Huesca y Nueno, y Comarca de la Hoya de Huesca.

Decimoctavo.- Durante este nuevo periodo de audiencia y vista del expediente, se presentaron cuatro alegaciones, de lo que se da fe mediante el Certificado del Secretario del Servicio Provincial de este Departamento en Huesca, de fecha 16 de septiembre de 2014. Siendo evacuados los preceptivos informes de los Letrados del Gobierno de Aragón, de fechas 15 de septiembre y el 28 de noviembre de 2014.

Decimonoveno.- El 11 de diciembre de 2014, el Director Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca, a la vista de lo informado en relación a las reclamaciones, ordena al Ingeniero operador las actuaciones complementarias por estimarse una de ellas, la de la Confederación Hidrográfica del Ebro. Siendo desestimadas las restantes.

Vigésimo.- El 28 de enero de 2015, el Ingeniero operador emite Segundo Informe complementario con sus correspondientes planos y registro topográfico, y nueva propuesta.

Vigésimo primero.- Con fecha 27 de febrero de 2014, el Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca emite Informe - Propuesta favorable a la aprobación del deslinde en segunda fase. Con fecha de 5 de marzo la misma autoridad, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 125 del Reglamento de Montes, eleva el expediente para su resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado por el Ingeniero Técnico Forestal operador del deslinde.

Fundamentos Jurídicos

Primero.- En la tramitación del expediente, se dio cumplimiento a cuanto se previene en la legislación vigente relativa al deslinde de montes públicos, habiéndose insertado los reglamentarios anuncios en el "Boletín Oficial de Aragón", y notificando debidamente a todos los particulares y Administraciones que constaran como interesados y tuvieran domicilio conocido.

Segundo.- Durante la práctica del apeo se objetaron diez quejas a la linde señalada, según consta en las actas del apeo.

Tercero.- Durante el primer periodo de audiencia y vista del expediente se presentaron siete reclamaciones y en el segundo periodo de vista se volvieron a presentar cuatro alegaciones o reclamaciones. Resolviéndose aquellas y éstas conforme establece el Artículo 122 y siguientes del Reglamento de Montes, Decreto 485/1962, de 22 de febrero.

Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón; la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, modificada por la Ley 3/2014, de 29 de mayo; la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, modificada por la Ley 10/2006, de 28 de abril; el Reglamento de Montes aprobado por el Decreto 485/1962, de 22 de febrero; el Decreto 333/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y sus modificaciones; la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación.

De conformidad con el Informe - Propuesta del Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca, y a propuesta del Director General de Gestión Forestal, resuelvo:

Primero.- Aprobar el deslinde total administrativo del monte "Sierra Vallés y Mancomún", con números respectivos HU-1149 y HU-1021 del Elenco de los montes de la Administración Forestal, y 515 de los del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Huesca, sito en el término municipal de Loporzano, de acuerdo con las actas, registro topográfico y plano que figuran en el expediente, quedando el monte con la siguiente descripción:

Provincia: Huesca.

Número del Catálogo: 515.

Nombre: "Sierra de Vallés y Mancomún".

Término Municipal: Loporzano.

Pertenencia: Comunidad Autónoma de Aragón.

Límites:

Norte: MUP número 160, "La Gabardiella" de la pertenencia al Ayuntamiento de Nueno por línea de términos municipales y MUP número 164, "La Sierra", de la pertenencia al Ayuntamiento de Loporzano, por divisoria y barranco Fondo.

Este: MUP número 164, "La Sierra", en parte por río Guatizalema, y Finca de Guara, (consorcio HU-3246) por línea de término municipal de Casbas de Huesca, y propiedades de Vecinos de Coscullano y de La Almunia del Romeral, por camino a Cruz Blanca.

Sur: Con propiedades particulares de La Almunia, Santa Eulalia La mayor, Castilsabás, con propiedades de vecinos de Barluenga, de San Julián de Banzo y barranco San Martín. Término Municipal de Loporzano.

Oeste: Particulares de Loporzano por Río Flumen; Consorcio HU-3131, en Término Municipal de Huesca, por Río Flumen, y, por línea de Término Municipal de Nueno, con: Consorcio HU-3130, MUP número 162, "Valleclusa y Cordillera de Orelar" y MUP número 163 "Gabardiella y Sierra del Águila" de la pertenencia al Ayuntamiento de Nueno.

Enclavados: A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, K, L, LL, M, N, Ñ, O, P, Q, R, S, T, t, U, V, V´, X, Y, Z, AA, AB, AE, AF, AG, AH, AK, AL, AM, AÑ, AO, AQ, AR, VP, y CHE.

Descripción de linderos.

Perímetro exterior:

El lindero norte empieza en el piquete veinte, situado en el vértice "Los Patros", inicio por suroeste de la Sierra Gabardiella, y continúa hasta el piquete treinta y dos-tres, lindando con fincas cuyos nombres y pertenencia se describen en las actas y figuran en el plano. Deja la Sierra Gabardiella en piquete veinticuatro y toma divisoria de aguas hasta el veintisiete, desde el veintinueve hasta el treinta y dos-tres, sigue el barranco Fondo, habiendo cruzado la Cañada Real a Nocito en el treinta y uno.

El lindero este comienza en el treinta y dos-tres, situado en la confluencia del barranco Fondo y el río Guatizalema, y continúa hasta el piquete ciento cuatro, lindando con fincas cuyos nombres y propietarios y características se describen en las actas y figuran en el plano. Sigue el río, hasta el piquete treinta y cuatro, que lo cruza y ascendiendo por una de las Canales de Fragineto hasta llegar a la divisoria de términos Loporzano-Casbas, en divisoria de aguas, a media altura del Fragineto, piquete cuarenta y uno, descendiendo ahora por esta divisoria hasta último tercio de ella para seguir a media ladera la línea de términos, cruzando los barrancos del Fragineto, piquete cuarenta y dos bis, y de Paules, al pie de "Punta Negra de Mondinero", Peña de San Cosme en piquete cuarenta y siete, cruzando la pista de la presa de Vadiello a Calcón, piquete cincuenta y uno, siempre en línea de términos citados, hasta el piquete cincuenta y cinco, Paraje del Pipre, y donde dejamos linea de términos municipales y cogemos camino a Cruz Blanca desde La Almunia del Romeral, y camino que sigue la linde hasta el citado pueblo, setenta y dos, se circunvala el núcleo por su norte, cruzando el río Guatizalema, noventa y cinco, hasta el ciento cuatro, en margen derecha del río próximos a vado que da acceso al núcleo.

El lindero sur comienza en el piquete ciento cuatro y continúa hasta el piquete doscientos treinta y cinco, en paraje Sagarillo, confluencia de Barranco San Martín y río Flumen, lindando con fincas cuyos nombres, características y propietarios se describen en actas y planos. Esta linde continúa en ascenso por barranco Santa Eulalia hasta puente de carretera a Nocito, ciento siete, que la sigue hasta coger divisoria de aguas, lindante con paraje "Cagicar", ascendiendo hacia el núcleo de Santa Eulalia La mayor, ciento catorce, rodeándolo por su norte y partiendo terrenos del "Cagicar" hasta la pista y Colada de Ciano, Piquete ciento cuarenta y cuatro y ciento cuarenta y seis bis y ter, en paraje Cerro Forcas, depósito de agua del núcleo, desciende hacia el barranco de Pitracanero ciento cuarenta y dos, siguiéndolo hasta cruzar pista de antiguo camino a Barluenga, ciento cincuenta y tres, toma el camino a San Julián de Banzo, siguiéndolo hasta el ciento sesenta, y sigue por barranco hasta ciento sesenta y tres, después vértice al llegar al camino de Barluenga ciento sesenta y cinco, y cruzando paraje de "Valderruego" hasta llegar a la línea de antiguos términos Barluenga-Santa Eulalia, paraje Fendola, ciento setenta y seis, sigue por divisoria o borde de meseta, hasta retomar más adelante camino a San Julián, ciento ochenta y dos, siguiendo la línea de términos hasta cruzar la Cañada Real a Nocito, ciento ochenta y cinco, siguiéndola hasta el ciento ochenta y ocho, "La Cuasta", dejamos la vía y seguimos por solano hasta retomar la línea de antiguos términos en piquete ciento noventa y cuatro, "la Ralla", divisoria que se sigue hasta el vértice de "Matas Negras", doscientos cuatro, habiendo cruzado el barranco del Lobo, el barranco de las Gargantas, ciento noventa y siete, barranco San Martín en confluencia con el de Lenares, doscientos, por el que se asciende hasta doscientos uno, donde se pasa a divisoria de aguas, hasta acceder al vértice, cúspide de "Matas Negras", se sigue ahora por divisoria de aguas entre barranco La Coveta y de San Martín, en descenso, cruzando camino de herradura a Peña Amán o de La Sierra o Picón -entre doscientos nueve y siguiente-, hasta doscientos dieciocho "Los Puzos" que deja divisoria y baja hacia el propio barranco que sigue hasta el dominio público hidráulico del embalse de Montearagón, fin de esta linde.

La linde oeste comienza en el piquete doscientos treinta y cinco y hasta el inicio de la norte, lindando con fincas cuyos nombres, propietarios y tipo de cultivo o características constan en las actas y figuran con los planos, y sigue salvo alguna finca particular, el río Flumen hasta piquete uno, que es colindante con línea de términos municipales de Nueno/Loporzano, paraje "La Treta", se sigue por línea de términos en ascenso hasta vértice Espiellos -cuatro-, siguiendo esta linde cruzamos "saltadero" del barranco de "Las Gorgas" -seis-, crestas de Vallesclusa y barranco de igual nombre junto a camino de herradura -siete-, cerro "Estillero" -ocho- donde se exceptúa una propiedad privada de Loporzano, luego barranco de Paules y camino a Belsué -diez-, monte "Pueyo" -trece-, Collado "La Luna del Pueyo"- próximos al catorce se toma el camino-senda que desde Paules va hacia Gabardiella y monte de Lúsera, que se sigue junto a linde hasta más allá de iniciar la linde norte.

Perímetro interior, enclavados.

A. Edificio en ruinas, en paraje Sagarillo, piquetes de A1-A3.

B. "Canalón y Valdecruz", cereal secano en su mayoría. Definido por la linea quebrada que une los piquetes del B1, en barranco Canalón, vértice suroeste del enclavado, hasta el B42, estando el B14 en el vértice noreste, y de él hasta el B18, la linde norte y la oeste hasta el B42.

C. En paraje "Puntón", erial de antiguos cultivos, piquetes de C1 a C4.

D. En paraje Canalón, a su noreste, sobre vallecillo en barranco El Puzo y otro afluente a su norte, erial de antiguos campos. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del D1; al D5. Igualmente límites en conformidad con las definiciones de los bienes registrales y usos históricos del suelo.

E. Hacia el Oeste del anterior y bajando el vallecillo. Erial de antiguos campos Definido por la línea quebrada que une los piquetes del E1 al E3 respectivamente.

F. Vallecillo lateral al anterior, afluyendo por su norte. Erial de antiguos campos definido por la línea quebrada que une los piquetes del F1, y norte piquete F2.

G. Siguiente vallecillo por el oeste del anterior, Paraje Canalón-Los Puzos. Erial de antiguos campos Definido por la línea quebrada que une los piquetes del G1, recorriendo su perímetro y señalando los vértices principales con respectivos piquetes, hasta el G9 y de ésta cierra en G1.

H. Se sitúa justo al norte del anterior, próximo. Erial de antiguos campos definido por la línea quebrada que une los piquetes del H1, hasta el H5, para cerrar en el primero. Paraje Canalón-Los Puzos.

I. Al sur del anterior y oeste del G, dos fincas. Erial de antiguos campos definido por la línea quebrada que une los piquetes del I1 en vértice noreste, hasta el I5. Ocupa una parte de un pequeño vallecillo.

J. Al sur de los dos últimos, próxima, Erial de antiguos campos. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del J1, situado en su noreste y con los consecutivos hasta el J4.

K. Del anterior, saltando al siguiente valle por norte, barranco La Cobeta, en su vertiente norte, parte superior. Erial de antiguos campos Paraje Romeral. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del K1, hasta el K5. Es atravesada por senda a Peña Amán.

L. Próximos al K, a su suroeste, se sitúa el antiguo corral. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del L1 al L4.

LL. Siguiendo la citada senda, dirección Oeste. Monte de fuerte matorral. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del LL1 en el sureste hasta el LL4. Paraje Frontón.

M. Collado Frontón, desde el LL hacia el norte, próximo, matorral. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del M1 al M5. Paraje Frontón.

N. Al este de la anterior y por encima, matorral. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del N1 al N4. Paraje Sopilato.

Ñ. Barranco del Águila, margen izquierda y al sur de la Peña Picón, paraje Acupiello. Matorral arbolado definido por la línea quebrada que une los piquetes del Ñ1 y Ñ2.

O. En collado al norte de la anterior y bajo la citada Peña Picón Erial de antiguo campo. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del O1 al O3.

P. Situado en paraje Ciano, casi en su totalidad cultivo de cereal. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del P1 al P42. La linde Este del enclavado va del Piquete P34 al P7; sigue el borde del cultivo con el monte y pista del P35 al P7. Norte: del P8 al P15, con finca repoblada. Oeste: del Piquete P15 al P30; del P15 al P16 por borde del repoblado; desde piquete P16 hasta P19, por dentro del repoblado; tomando de nuevo límite de repoblado hasta el piquete P29. Sur: todo por dentro del repoblado, hasta el piquete P34.

Q. Al Este de Ciano, y junto a Este de la Cañada Real de Nocito. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del Q1, junto a vía pecuaria, vértice noroeste y sus correlativos al Q4.

R. Paraje Espiellos. Erial de matorrales Junto a la Colada a Ciano, que la cruza. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del R1 al R7.

S. Partida Las Balsetas. Erial de matorrales, en proximidades de Santa Eulalia. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del S1 al S6, situándose el S1 junto a la vía pecuaria vértice noroeste.

T. En barranco Pitracanera, antiguo huerto, matorral. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del T1 a T4, el primero en su vértice noreste.

En barranco Pitracanera, sur del anterior, antiguo huerto, matorral. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del t1 y t2.

U. Situado paraje El Penz, matorral sobre antiguos campos de diversos cultivos. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del U1 hasta el U55 correlativamente, incluyendo tras la reclamación los U-46-bis y U-46-ter. Linde Este del U1 al U23, en gran parte sigue por camino La Valleta, U4 a U21; Norte hasta el U36, cruza el camino a Vadiello en U35. Oeste: hasta el piquete U48, para pasar al Sur hasta el U1.

V. En Penz y próximo al anterior, piquetes U20 y U21, matorral sobre antiguos campos. Definido por la línea quebrada que une los piquetes V1 al V4 correlativamente, intercalando en orden, tras la reclamación, los V-1-bis al V-1-quinquies. También al Este del camino de "La Valleta", con V1 en vértice suroeste de la finca y junto a camino.

V´. En Penz y próximo al este del anterior, matorral. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del V´1 hasta el V´5 correlativamente.

X. En paraje Vadiello, lo cruza la carretera al embalse con barranco Vadiello. Huertos con edificaciones. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del X1 al X11. Entre el X3 y el X7, la linde se hace a través del barranco.

Y. Sobre paraje Cornito. Repoblado. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del piquete Y1 al Y4.

Z. Junto al barranco Vadiello, al oeste del enclavado X. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del piquete Z1, sobre senda y barranco, al Z3.

AA. Paraje Vadiello, repoblado. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del piquete AA1 hasta el AA18. Colindante en parte con río, carretera y camino de Santa Eulalia.

AB. Mismo paraje, muy próximos al anterior, hacia el Oeste, Repoblado. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del piquete AB1 al AB4. Su límite sur lo hace a través del antiguo camino de herradura de Santa Eulalia a Vadiello-San Cosme.

AE. Isarre, junto a pista de acceso a Isarre, repoblado. Definido por la línea quebrada que une los piquetes AE1 al AE4.

AF. Isarre, incluye antiguos campos en partida caseta San Román, en ruinas, en parte repoblado. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del AF1 al AF5, el límite este lo hace junto a pista, del AF1 al AF2.

AG. Isarre, inculto lado norte del barranco de Vadiello, en especie de terraza en pared rocosa. Definido por la línea quebrada señalada con piquete AG1.

AH. Paraje Espiello. Inculto, maquis de bojes y erizones. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del AH1 hasta el AH10. A lo largo de la pista y antiguo camino Santa Eulalia / San Cosme.

AK. Sescún. Carrascal adehesado sobre muy antiguo campo. Definido por la línea quebrada que une correlativamente los piquetes del AK1 al AK4, intercalando el AK-3-bis.

AL. Sescún / La Matosa. Antiguo campo. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del AL1 al AL3.

AM. Solaniello, Carrascal y pinar de repoblación. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del AM1 al AM4.

AÑ. Lañarrón, similar y situado al este del anterior. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del AÑ1 hasta AÑ5.

AO. Sescún o El Foratón, sobre muy antiguos campos, pastos y matorral. Definido por la línea muy irregular y quebrada que une los piquetes del AO1 hasta el AO7.

AQ. Isarre. Antiguo huerto, actualmente pinar de repoblación. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del AQ1 al AQ2.

AR. Isarre. Antiguo campo, actualmente pinar de repoblación. Definido por la línea quebrada que une los piquetes del AR1 al AR3.

VP. Demanio de la Cañada Real de Nocito y la Colada de Ciano. Definidas según Orden de 12 de febrero de 1986 de su Clasificación.

CHE. Embalse de Vadiello y entorno de presa. Definido por los piquetes CHE1 a CHE8, de éste por la cota de 760 m. de altitud hasta el piquete CHE9, CHE10 y cierre en CHE1

Cabidas: Las cabidas quedan descritas en las tablas que se muestran en el anexo I.

Especies: Dada la extensión y diversidad de biotopos, existe una muy amplia representación vegetal. Las especies arbóreas más abundantes son: pinos silvestre y negral o laricio; quejigos y encinas y, en menor medida, algún rodal mixto de hayas y otras especies de acompañamiento: de los géneros Salix, Populus, Acer, Tilia, etc. Y como arbustos de gran difusión: coscojas, bojes, genistas, sabinas, etc.

Servidumbres:

Existen varios caminos históricos de herradura:

- Saliendo desde San Julián de Banzo: uno hacia embalse de Cienfuens, con ramal de Picón; otro a la Ermita de San Martín de la Val d´Onsera, y otro hacia Santa Eulalia La mayor.

- Saliendo desde Santa Eulalia La mayor, el principal, camino por Paules hacia Santa María de Belsué, y al Mesón de Sescún coincidente en gran parte con las vías pecuarias citadas, saliendo de él uno hacia La Matosa y enlace con camino natural a Nocito, otro hacia Valleclusa y Cienfuens, y otro a San Cosme por Vadiello.

- Saliendo desde La Almunia del Romeral, el camino a Cruz Blanca o San Cosme, del que sale el también camino a Vadiello.

- Así como otros ramales de los anteriores para comunicar distintos parajes.

- Y la carretera a Nocito, desde la que sale la pista a Calcón.

Otras características:

- Figura inscrito en el Registro de la Propiedad de Huesca, número 1, a los folios 1, 2, 3 y 4 del tomo 1366 del archivo, libro 15 de Santa Eulalia La mayor, como finca número 1203, "Sierra de Vallés", compuesto por sus inscripciones 1.ª y 2.ª de 12 de mayo de 1965, 3.ª y 4.ª de 7 de noviembre de 1989 y la número 754, "Monte Mancomún", a los folios 61, 62 y 63, del tomo 537, Libro 8 de Barluenga, compuesto por sus inscripciones 1.ª y 2.ª de 9 de noviembre de 1880, y 3.ª de 10 de septiembre de 1892, 4.ª de 16 de agosto de 1949 y 5.ª de 16 de febrero de 1950.

- Existen tres ocupaciones legalmente establecidas y documentada su autorización. Y además se han identificado otras siete irregulares, delimitándose y cuyas características constan en las actas y planos del expediente del deslinde.

Segundo.- Que se declaren atribuidas al monte las dos fincas ya descritas justo en el párrafo previo-anterior, de cuya inscripción en el Registro de la Propiedad existe constancia en el Expediente.

Tercero.- Que se acuerde gestionar la cancelación total o parcial de las mencionadas inscripciones registrales, en cuanto resultan contradictorias con la descripción del monte.

Cuarto.- Que se acuerde gestionar la cancelación total o parcial de cualquier otra inscripción registral, en cuanto resultare contradictoria con la descripción del monte.

Quinto.- Que se trasladen los datos resultantes de la descripción del monte, y el acto firme de deslinde, al Registro de la Propiedad.

Sexto.- Trasladar los datos resultantes del deslinde del monte al Catálogo de Utilidad Pública.

Séptimo.- Que a la mayor brevedad posible se proceda al amojonamiento del monte.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 13 de mayo de 2015.

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,

MODESTO LOBON SOBRINO