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ORDEN de 3 de febrero de 2015, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Fomento (IAF) y la Fundación Zaragoza Logistics Center, para potenciar actuaciones encaminadas a conseguir apoyo a la comunidad logística aragonesa en su ámbito industrial.

Publicado el 20/02/2015 (Nº 35)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2015/4/0003 el convenio suscrito, con fecha 17 de diciembre de 2014, por el Consejero de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón y Presidente del IAF y la Directora de la Fundación Zaragoza Logistics Center, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 3 de febrero de 2015.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

CONVENIO ENTRE LA FUNDACIÓN ZARAGOZA LOGISTICS CENTER Y EL INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO, PARA POTENCIAR ACTUACIONES ENCAMINADAS A CONSEGUIR APOYO A LA COMUNIDAD LOGÍSTICA ARAGONESA EN SU ÁMBITO INDUSTRIAL

En Zaragoza, a 17 de diciembre de 2014.

De una parte: el Instituto Aragonés de Fomento (de aquí en adelante, IAF), con CIF: Q5095004G, con domicilio social en la c/ Teniente Coronel Valenzuela, 9, 50004 de Zaragoza, entidad de derecho público adscrita al Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, debidamente representado por D. Arturo Aliaga López, Consejero de Industria e Innovación, actuando en calidad de Presidente del Instituto Aragonés de Fomento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento, aprobado por el Decreto Legislativo 4/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, en nombre y representación del citado Instituto. Se encuentra facultado para este acto, en virtud de Acuerdo del Consejo de Dirección del citado Instituto, adoptado en fecha 18 de noviembre de 2014.

De otra parte: la Fundación Zaragoza Logistics Center (de aquí en adelante, ZLC) es una fundación privada de iniciativa pública constituida en 2003 e inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón mediante Orden de 15 de enero de 2004, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, con el número de Registro 154, con CIF: G50985993, y domicilio social en C/ Bari, 55, edificio Náyade, bloque 5, PLAZA, 50197 Zaragoza, debidamente representada por D.ª M.ª Jesús Sáenz, en su calidad de directora de la misma, con poderes para este acto, según escritura pública número 1.172, de fecha 23 de octubre de 2014, otorgados ante D. Juan Antonio Yuste González de Rueda, notario del Ilustre Colegio Notarial de Aragón, y que es suficiente para celebrar el presente acuerdo.

En adelante, ZLC y el IAF podrán ser denominadas conjuntamente como las "partes" e individualmente como la "parte".

Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica y de obrar, para obligarse mediante el presente convenio de colaboración, y al efecto

I. Que el Instituto Aragonés de Fomento es una entidad de derecho público adscrita al Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón. Regulado por el texto refundido la ley del Instituto Aragonés de Fomento, aprobado por Decreto Legislativo 4/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica y de obrar, y como finalidad última constituirse en instrumento ágil y eficiente que actúe como promotor y receptor de iniciativas y actividades que puedan contribuir a un desarrollo integrado de Aragón. Son sus objetivos fundamentales favorecer el desarrollo socioeconómico de Aragón, favorecer el incremento y consolidación del empleo, así como corregir los desequilibrios intraterritoriales.

Il. Que el IAF ha realizado, desde el año 2000, 13 ediciones del Foro Internacional PILOT y 13 ediciones de los premios PILOT a la excelencia logística, así como 11 ediciones del Premio al mejor proyecto universitario.

III. El Premio PILOT a la Excelencia Logística en Aragón es una iniciativa del IAF, a través del programa Empresa, con los objetivos de:

- Proyectar hacia el exterior y dar a conocer el nivel de excelencia de las empresas aragonesas.

- Ser una clara herramienta de divulgación de las mejores prácticas empresariales.

- Dar apoyo a las empresas en la mejora de su gestión logística.

En las pasadas ediciones del premio, más de 100 alumnos del Máster de Logística impartido por Zaragoza Logistics Center han realizado prácticas en las empresas candidatas al Premio PILOT al objeto de conocer sus mejores prácticas logísticas y darles soporte en la preparación de las memorias a presentar para la solicitud del Premio PILOT.

IV. Que el ZLC es un instituto de investigación promovido por el Gobierno de Aragón, adscrito a la Universidad de Zaragoza y vinculado al Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón. Creado a finales de 2003, ZLC se ha consolidado como un centro internacional de excelencia en formación e investigación en logística y gestión de la cadena de suministro. Su misión es contribuir al desarrollo regional trabajando de forma activa con la industria y la administración, con el fin de fomentar y difundir el conocimiento en esta materia; tiene por objeto:

- La investigación científica y el desarrollo tecnológico en el ámbito de la logística.

- La enseñanza con criterios de excelencia en materias relacionadas con la logística.

- Contribuir al desarrollo económico en su entorno regional mediante la investigación y la transferencia de conocimientos en el ámbito de la logística.

- Cooperar con la universidad para la investigación y la docencia en materias relacionadas con la logística.

V. Que ZLC gestiona, y en él se imparte el Máster de Logística (actualmente denominado Máster en Dirección de Supply Chain). El personal docente de este máster está formado por profesores contratados por ZLC y por la Universidad de Zaragoza, y por profesionales externos, que participan en las actividades del ZLC.

VI. Que ZLC e IAF desarrollan actividades complementarias en el ámbito de la logística, por lo que las partes están interesadas en celebrar el presente convenio de colaboración (en adelante, el convenio), con el objeto de establecer los compromisos y directrices que regularán la relación entre ambas y cuyo fin último consiste en aunar esfuerzos para la promoción de actividades conjuntas, creación de conocimiento y apoyo a las empresas en el ámbito de la Logística Integral en Aragón.

Con este amplio sentido de colaboración, se establece el presente convenio de conformidad con las siguientes

Primera.- Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto potenciar las actuaciones encaminadas a conseguir el apoyo a la comunidad logística aragonesa en su ámbito industrial. A través del mismo, se regulará el marco general y las bases que regirán la colaboración entre ZLC e IAF en las distintas áreas de interés desarrolladas por las partes, definiendo los cauces generales de colaboración e identificando las actuaciones a desarrollar de forma conjunta, permitiendo un alcance, eficiencia y calidad mayores que los que cualquiera de ambos organismos podrían alcanzar de forma independiente.

Segunda.- Términos de las actuaciones.

Las partes acuerdan que cada actuación específica a desarrollar, en el marco de este convenio, será objeto de un acuerdo específico suscrito por las partes, que definirá sus objetivos, procedimientos, plazos, recursos, financiación y responsabilidades.

Tercera.- Actuaciones a desarrollar por las partes.

Tanto IAF como ZLC buscarán y desarrollarán los cauces de colaboración más adecuados para potenciar las actuaciones encaminadas a desarrollar el objeto del presente acuerdo.

Concretamente, la citada colaboración se llevará a cabo por las partes mediante la ejecución de las siguientes actuaciones principales:

a) Bolsa o ayuda al estudio. Colaboración de los alumnos del Máster de Logística impartido por ZLC. Los alumnos reciben una bolsa o ayuda al estudio para realizar la parte de aplicación práctica de la formación recibida especializada en logística, en las empresas candidatas al Premio PILOT, tanto en su versión Gran Empresa, como en su versión Pequeña y Mediana Empresa. Los términos de esta colaboración se recogen en las actuaciones del anexo 1, que es parte integrante del presente convenio de colaboración.

b) Colaboración económica del lAF con ZLC. EI IAF abonará a ZLC el importe de la bolsa o ayuda al estudio de los alumnos relacionados, para que ZLC transfiera a éstos el importe de las ayudas. Los términos se establecen en el anexo 1 al presente convenio.

c) Premios PILOT al mejor Proyecto Final del Máster de Logística. El IAF, a través de los premios PILOT, concederá de·forma anual un premio al mejor Proyecto Final de Máster de Logística impartido por ZLC. Los objetivos de este premio son fomentar la calidad y aplicabilidad de los proyectos final de máster, así como propiciar una plataforma para la colocación del alumno al finalizar el máster, lo que constituye uno de los objetivos de estos estudios, a la vez que se les apoya para que sigan mejorando su formación en logística una vez finalizados los mismos. Este impulso se debe al reconocimiento que supone la obtención de este premio en el panorama del tejido industrial actual. Los términos de esta colaboración se definirán anualmente y se regirán por el presente convenio y por lo establecido en las actuaciones recogidas, que serán parte integrante del convenio de colaboración como anexo 2.

d) Propuesta de ponentes internacionales para su participación en el Foro Internacional PILOT. ZLC proporcionará, de entre su red de contactos, posibles ponentes para su participación dentro del Foro PILOT organizado por el IAF. Los términos de esta colaboración se definirán anualmente y se regirán por el presente convenio y por lo establecido en las actuaciones recogidas, que serán parte integrante del convenio de colaboración como anexo 3.

Cuarta.- Difusión y uso de las imágenes corporativas de ZLC e IAF.

Las partes acuerdan difundir las actividades anteriormente descritas con objeto de hacer llegar la potencial participación de las mismas a los agentes interesados, utilizando para ello los canales de difusión propiedad de cada una de las partes.

Por su parte, ZLC se obliga a difundir por cualquier medio la participación del IAF como patrocinador de las Becas PILOT. La difusión que se realice tendrá que contar con el visto bueno del IAF.

En todos aquellos casos que como consecuencia y en aplicación de los acuerdos aquí establecidos, IAF y ZLC consideren necesario hacer uso de los logotipos de la otra entidad incluidos en el encabezado del presente convenio, deberán comunicarlo a la otra parte por escrito, con al menos quince días hábiles de antelación a la fecha prevista para la utilización del logotipo de que se trate, especificando la aplicación correspondiente (sea gráfica o electrónica, y sobre cualquier soporte) y el tipo de uso que se prevea hacer. Las partes se reservan el derecho a autorizar en todo caso dichos usos, circunstancia que cada parte notificará por escrito a la otra parte en el plazo de siete días hábiles desde la petición de utilización. La falta de autorización expresa de una las partes supondrá la prohibición del uso de su logotipo y marca por la otra parte.

Para el uso de cualquier otra marca propiedad de ZLC o IAF, ambas entidades deberán solicitar mediante escrito que asegure su recepción, dirigido a la otra parte, con al menos 30 días naturales de antelación, la correspondiente autorización para su uso especificando la aplicación correspondiente (sea gráfica o electrónica, y sobre cualquier soporte) y el tipo de uso que se prevea hacer. La parte a quien se solicite la autorización, dispondrá de un plazo máximo de siete días hábiles a partir de la recepción de la solicitud de autorización, para comunicar a la otra parte, por escrito, si concede o deniega la autorización. En caso de que se conceda, en dicha comunicación deberá especificarse el uso o usos para los cuales se reconoce la autorización, así como el periodo de vigencia, que en ningún caso podrá superar la vigencia del presente convenio.

Quinta.- Duración del convenio.

Este convenio tendrá una duración de un (1) año a partir de la fecha de su firma.

Las partes, de mutuo acuerdo, podrán modificar en cualquier momento el contenido del presente documento.

Sexta.- Extinción del convenio.

Este convenio se extinguirá en los supuestos siguientes:

a) Por el transcurso del tiempo de duración del convenio, estipulado en la cláusula quinta.

b) Por mutuo acuerdo de las partes formalizado por escrito.

c) Por el incumplimiento sustancial de cualquiera de las partes, de las obligaciones establecidas en el presente convenio.

Séptima.- Cesión.

Ninguna de las partes podrá ceder los derechos y obligaciones resultantes de este convenio sin el previo consentimiento por escrito de la otra parte.

Octava.- Comisión de seguimiento.

Para el desarrollo y seguimiento del presente convenio se constituirá una comisión de la que formarán parte dos representantes de cada una de las instituciones firmantes designados a tal efecto. Dicha comisión se encargará de supervisar el cumplimiento de los objetivos establecidos en el presente convenio, y se reunirá en el plazo máximo de 2 meses desde la firma del convenio, así como en cuantas ocasiones sea preciso para el impulso de lo acordado en el presente documento.

Asimismo, resolverá cuantas cuestiones puedan plantearse durante la vigencia del convenio, derivadas de posibles discrepancias en cuanto a su ejecución o interpretación de los acuerdos.

Novena.- Gastos y tributos.

Los gastos y tributos derivados de la negociación, formalización y ejecución del presente convenio serán a cargo de las partes, y que se indican a continuación:

a) Los honorarios de los asesores u otros profesionales serán a cargo de la parte que en cada caso los haya contratado.

b) Los tributos que resulten de la formalización y ejecución de este convenio correrán a cargo de la parte que en cada caso determine la ley.

c) Los gastos establecidos en las actuaciones específicas serán a cargo de la parte que en cada caso se determine.

Décima.- Notificaciones.

10.1. Forma.

Todas las comunicaciones y notificaciones que deban realizarse las partes, en virtud de este convenio, deberán efectuarse por escrito, y mediante:

a) Entrega en mano con confirmación escrita de la recepción por la otra parte.

b) Por conducto notarial.

c) Por burofax.

d) Por correo postal o electrónico, así como por cualquier otro medio, siempre que en todos estos casos se deje constancia de su debida recepción por el destinatario o destinatarios.

10.2. Domicilio y destinatarios.

Las comunicaciones y notificaciones entre las partes deberán ser remitidas a los domicilios y a la atención de las personas que se indican al inicio de este convenio.

10.3. Cambios.

Cualquier modificación en los domicilios o personas a efectos de notificaciones deberá ser inmediatamente comunicada a la otra parte de acuerdo con las reglas establecidas en esta cláusula. En tanto una parte no haya recibido notificación de tales cambios, las notificaciones que ésta realice conforme a esas reglas, de acuerdo con los datos originarios, se entenderán correctamente efectuadas.

Undécima.- Responsabilidad.

El Instituto Aragonés de Fomento queda exento de cualquier tipo de responsabilidad que pueda derivarse del desarrollo y realización de las actuaciones contempladas en este convenio.

En ningún caso, podrá considerarse que el Instituto Aragonés de Fomento tiene relación alguna con la Fundación Zaragoza Logistics Center, con su personal ni con los alumnos del máster, de forma que no podrá exigírsele responsabilidad laboral directa, indirecta o subsidiaria derivada de la realización de las actuaciones del objeto del presente convenio.

Duodécima.- Protección de datos.

Los datos personales de ZLC recogidos serán incorporados y tratados en el fichero "Proveedores IAF", cuya finalidad es la recogida de información y documentación necesaria para la tramitación administrativa del convenio. El órgano responsable del fichero es el Instituto Aragonés de Fomento y la dirección donde los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es la c/ Teniente Coronel Valenzuela, número 9, 50004 Zaragoza; todo lo cual se informa, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Los datos personales de IAF recogidos por ZLC serán incorporados y tratados en el fichero "Contactos", cuya finalidad es la gestión administrativa del convenio. El órgano responsable de fichero es la Fundación Zaragoza Logistics Center y la dirección donde los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es la c/ Bari 55, edificio Náyade, Bloque 5, PLAZA, 50197 Zaragoza; todo lo cual, se informa en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Además de lo anterior, las partes se obligan al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la ley anteriormente citada, así como de las demás normativas aplicables en materia de protección de datos.

Decimotercera.- Normativa aplicable.

Será de aplicación a este convenio, la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón; la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como por la legislación propia de la materia objeto del convenio, y demás normas de derecho administrativo aplicables.

Decimocuarta.- Resolución de conflictos, naturaleza y jurisdicción.

Este convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en los artículos 6 y 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas establecidas en el presente convenio relevará al IAF del compromiso de abonar las cantidades pendientes, quedando obligada ZLC a restituir las cantidades ya percibidas más los intereses de demora generados.

Para la resolución de posibles conflictos surgidos de la ejecución o interpretación de este convenio, ambas partes se comprometen a actuar de acuerdo con el principio de la buena fe y procurando la resolución satisfactoria y amistosa de los mismos, negociado entre las partes.

Para el supuesto de que las partes no llegaran a un acuerdo amistoso, ambas partes acuerdan someter todo litigio resultante de la interpretación y ejecución del presente convenio a los juzgados y tribunales de la ciudad de Zaragoza, con renuncia expresa a su propio fuero, si otro les correspondiere.

Y para que conste a los efectos oportunos, en prueba de su conformidad, las partes firman el presente convenio de colaboración, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.

ANEXO I AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN ZARAGOZA LOGISTICS CENTER Y EL INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO

Actuaciones para el desarrollo de prácticas de los alumnos del Máster de Logística en las empresas candidatas a los Premios PILOT 2015 a la Excelencia Logística

El Instituto Aragonés de Fomento y Zaragoza Logistics Center ofrecen a las empresas candidatas al Premio PILOT 2015 el apoyo de estudiantes del Máster de Logística de la Universidad de Zaragoza, para el desarrollo de la memoria descriptiva de sus procesos logísticos.

El Instituto Aragonés de Fomento y Zaragoza Logistics Center acuerdan la colaboración en los siguientes términos:

Condiciones generales.

- EI plazo previsto para el desarrollo de este acuerdo será de 3 meses. Dicho plazo podrá ser modificado en los términos y plazos que se consideren oportunos por mutuo acuerdo escrito entre las partes.

- La relación entre el alumno del Máster de Logística y la empresa, a través de ZLC, será como máximo de 3 meses a partir de diciembre de 2014.

- La estancia del alumno en la empresa deberá ser compatible con el horario de asistencia del alumno a las clases del Máster de Logística (de lunes a viernes de 16 h a 21 h).

- Las prácticas del alumno por su dedicación en las empresas será remunerada con 500 euros brutos al mes en concepto de ayuda al estudio.

- El alumno firmará con el Máster de Logística un documento que plasmará el alcance del trabajo a realizar, la implicación académica del mismo y el compromiso de confidencialidad de los datos y documentos manejados en relación con la empresa candidata.

- Para aquellos alumnos que a la vez que desarrollen las prácticas en la empresa lleven a cabo su Proyecto Final de Máster en este ámbito, esta circunstancia no impedirá que puedan presentarse al Premio PILOT en su versión "Mejor Proyecto Logístico Universitario", cuyos criterios y proceso de evaluación seguirán siendo los considerados hasta ahora.

- ZLC contratará un seguro de accidentes de estudios propios para cubrir cualquier contingencia que se derive de las actuaciones objeto del presente convenio y, especialmente, que cubra las prácticas o visitas derivadas de dichos estudios.

- ZLC tramitará el alta en el sistema de la Seguridad Social de los alumnos durante el periodo acordado.

Condiciones académicas.

- Para aquellos alumnos que a la vez que desarrollan las prácticas en la empresa, llevan a cabo su Proyecto Final de Máster, uno de los principales objetivos del Proyecto Final de Máster asociado al periodo de prácticas en empresas es el de propiciar una labor proactiva del alumno en la empresa, para que pueda aplicar los conocimientos y metodologías aprendidas durante el máster en el entorno real de la empresa, pudiendo proponer actuaciones de mejora en un determinado campo, realizar un estudio de viabilidad, proponer la implantación de una determinada innovación logística en la empresa, etc.

- El alumno estará tutelado por una persona de la empresa candidata, con objeto de facilitar la información necesaria para desarrollar su tarea y asesorarle en las dudas que pudieran surgir.

- El alumno estará también tutelado por un profesor del Máster de Logística, y con un perfil de especialidad acorde con el perfil de la empresa.

- A fin de facilitar el desarrollo del Premio PILOT, manteniendo un único interlocutor, todo contacto con las empresas deberá hacerse en coordinación y con conocimiento previo de la persona de PILOT destinada como enlace con las empresas.

- El alumno y ZLC firmarán el documento de nombramiento de becario, que establecerá las obligaciones por ambas partes

Condiciones económicas y pagos.

- EI IAF se compromete a abonar a ZLC la cantidad de mil seiscientos ochenta y un euros con treinta céntimos por cada alumno (1.681,30 €/alumno), por los 3 meses, de los cuales 1.500 €/alumno serán por la bolsa de estudio y el resto por la gestión.

- Como máximo, el IAF financiará un total de 9 alumnos.

ZLC se compromete a destinar la cantidad aportada por el IAF a sufragar los costes de las prácticas descritas en el presente acuerdo, de los alumnos del Máster de Logística, también denominadas Becas PILOT, incluyendo todos los gastos directos e indirectos asociados a la gestión de las becas.

- El pago de las acciones a realizar se efectuará mediante transferencia bancaria, previa presentación por ZLC de la justificación documental siguiente:

CIF.

Certificado bancario acreditativo del número de cuenta y su titularidad.

- ZLC deberá presentar en el plazo de un mes desde la finalización de las prácticas la siguiente documentación. En el caso de que no la presente, deberá devolver el importe.

Justificantes de que los alumnos del máster seleccionados han realizado las prácticas en los términos acordados en el presente convenio.

Justificantes de que ZLC ha abonado a cada alumno el importe otorgado por el IAF a cubrir la dotación de las prácticas de los alumnos.

Justificantes de que al menos 1.500 €/alumno han sido destinados a la bolsa de estudios y su gestión.

Relación de becarios.

1. Arancha Gonzalo.

2. Nieves Herrero.

3. Gorka Bilbao.

4. Isabel Sandoval.

5. Karla Navarro.

6. Jorge A. García.

7. Karla Martínez.

8. Mario Martínez.

ANEXO II AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN ZARAGOZA LOGISTICS CENTER Y EL INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO

Actuaciones para la concesión del Premio PILOT al mejor Proyecto Final del Máster de Logística

El Instituto Aragonés de Fomento ofrece a los estudiantes del Máster de Logística de la Universidad de Zaragoza, el Premio PILOT al mejor Proyecto Final del Máster de Logística.

El Instituto Aragonés de Fomento y Zaragoza Logistics Center acuerdan la colaboración en los siguientes términos:

Condiciones generales.

- Los alumnos candidatos al Premio PILOT al mejor Proyecto Final del Máster de Logística serán los alumnos que hubieran presentado su proyecto en la convocatoria del curso académico anterior a la realización del Foro PILOT.

- De los alumnos que hubieran presentado el Proyecto Final de Máster de Logística, serán preseleccionados cinco que serán los evaluados por parte la Comisión de selección del Premio PILOT al mejor Proyecto Final del Máster de Logística.

- La comisión estará formada por dos personas del Instituto Aragonés de Fomento y una persona de Zaragoza Logistics Center, que será el director del programa Máster de Logística.

- De los cinco preseleccionados, serán elegidos los tres finalistas del Premio PILOT al mejor Proyecto Final del Máster de Logística.

- El ganador del Premio PILOT al mejor Proyecto Final del Máster de Logística recibirá dicho premio durante la realización del Foro PILOT. El premio consistirá en un trofeo como reconocimiento, sin dotación económica.

ANEXO 3 AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN ZARAGOZA LOGISTICS CENTER Y EL INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO

Actuaciones para la propuesta de ponentes internacionales, por parte de ZLC, para su participación en el Foro Internacional PILOT

El Instituto Aragonés de Fomento organizará el Foro Internacional PILOT anualmente, siendo la edición de 2015 entre los días 14 y 16 de abril de 2015.

El Instituto Aragonés de Fomento y Zaragoza Logistics Center acuerdan la colaboración en los siguientes términos:

- ZLC propondrá de entre su red de contactos dos posibles ponentes reconocidos internacionalmente, para su participación dentro del Foro PILOT.

- El IAF se reserva el derecho a contar con los servicios de los ponentes propuestos por ZLC.