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ORDEN de 3 de febrero de 2015, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Fomento (IAF) y el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jamón de Teruel, para el apoyo al desarrollo y mantenimiento de la estructura de certificación.

Publicado el 20/02/2015 (Nº 35)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2015/7/0012 el convenio suscrito, con fecha 30 de julio de 2014, por el Consejero de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón y Presidente del IAF y el Presidente del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jamón de Teruel, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 3 de febrero de 2015.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO Y EL CONSEJO REGULADOR DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN JAMÓN DE TERUEL, PARA EL APOYO AL DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE LA ESTRUCTURA DE CERTIFICACIÓN

En Teruel, a 30 de julio de 2014.

De una parte, el Excmo. Sr. Arturo Aliaga López, Consejero de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, en calidad de Presidente del Instituto Aragonés de Fomento, ente público adscrito al Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, con domicilio en c/ Teniente Coronel Valenzuela, 9, 50004 Zaragoza, y CIF: Q5095004G, actuando en nombre y representación del citado Instituto, por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 22 de julio de 2014.

Por otra parte, D. Carlos Mor Sanz, en calidad de Presidente del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jamón de Teruel (en adelante, CRDOP Jamón de Teruel), con domicilio en avda. de Sagunto, 116, edificio CEEI Aragón, 44002 Teruel, y con CIF: Q4421002I, actuando en nombre y representación del citado Consejo Regulador.

Ambas partes firmantes, se reconocen la plena capacidad jurídica y de obrar para la formalización del presente convenio, y a tal efecto

I. El Instituto Aragonés de Fomento es una entidad de derecho público, regulada por el texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento, aprobado por Decreto Legislativo 4/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, que tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, y plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines. Dicho ente está actualmente adscrito al Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, y sus objetivos fundamentales son favorecer el desarrollo socioeconómico de Aragón, favorecer el incremento y consolidación del empleo y corregir los desequilibrios intraterritoriales, así como la promoción de proyectos de inversión, públicos y privados, con especial incidencia en las zonas menos desarrolladas del territorio aragonés; la promoción de infraestructuras industriales, equipamientos y servicios colectivos para las empresas, y cualesquiera otras funciones que le sean atribuidas por ley.

Estos objetivos de fomento del impulso económico hacen preciso arbitrar las medidas para facilitar y encauzar las iniciativas que permitan el avance de la Comunidad Autónoma en esta dirección, permitiendo la vertebración territorial de la Comunidad Autónoma, a través de la consolidación de grandes proyectos más allá de la conurbación de Zaragoza.

II. El Fondo de Inversiones de Teruel es un instrumento de colaboración interadministrativa entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la Administración General del Estado que tiene como principal misión la corrección de los desequilibrios económicos y territoriales existentes en la provincia de Teruel, habida cuenta de que la provincia no es beneficiaria del Fondo de Compensación Interterritorial.

El 15 de julio de 2013, se firmó un nuevo convenio de colaboración entre la Administración General del Estado (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas) y la Diputación General de Aragón, para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel para 2013, que se dota con 60 millones de euros aportados al 50% entre ambas administraciones.

La Comisión de Seguimiento del Fondo de Inversiones en Teruel, en su reunión del 1 de agosto de 2013, aprobó con cargo a la anualidad 2013, concretamente dentro de la partida denominada "Actuaciones agroalimentarias singulares", y con una dotación de 2.150.000 euros, una serie de actuaciones financiables con cargo a dicho fondo, que tuvieron reflejo en el convenio firmado, con fecha 13 de enero de 2014, entre el Gobierno de Aragón y el Instituto Aragonés de Fomento, para la puesta en marcha de la citada partida. En dicho convenio, se describe, entre otros, como proyecto financiable la siguiente actuación:

- Apoyo a las actuaciones llevadas a cabo por la Denominación de Origen Protegida (DOP) Jamón de Teruel, con el objeto de favorecer el progreso de los productores de jamón con DOP, en especial la aplicación de medidas para el desarrollo de normas UNE-EN, en certificación de la DOP y organización, en la provincia de Teruel, con un presupuesto de 300.000 euros.

En la cláusula primera de dicho convenio, se afirma que este apoyo se plasmará mediante un convenio entre el Instituto Aragonés de Fomento y el CRDOP Jamón de Teruel.

III. El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jamón de Teruel (en adelante, referido como CRDOP Jamón de Teruel) es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia, autonomía económica y plena capacidad de obrar para el cumplimento de sus fines.

La finalidad principal del Consejo Regulador es la gestión de la DOP, a través de sus órganos de gobierno.

El funcionamiento del Consejo Regulador se describe en su correspondiente reglamento y los estatutos desarrollados por el pleno.

En la Comunidad Autónoma de Aragón, se crea en 1981 el CRDOP Jamón de Teruel (Orden del 17 de junio de 1981) y se aprueba el Reglamento de la Denominación (Orden de 26 de octubre de 1984), contando con el reconocimiento definitivo la Comisión Europea, en cuyo registro figura con el número ES/117/0078/01.03.2005.

Por Orden de 6 de febrero de 2009, de la Consejera de Agricultura y Alimentación, se aprueba la normativa específica de la Denominación de Origen Protegida Jamón de Teruel, que nació como un proyecto global e integrador que aglutinaba el sector productor de porcino y la industria de elaboración (mataderos, secaderos y salas de loncheado). Como anexo a dicha normativa, se cita el Pliego de Condiciones, que expresa los requisitos que deben cumplir Ios productores para la elaboración del producto con DOP.

Asimismo, el CRDOP Jamón de Teruel cuenta con una estructura de control para la certificación del Pliego de Condiciones, lo que aporta la garantía de una calidad de producto certificada conforme a la norma UNE anteriormente citada.

Que en la actualidad, aglutina en sus registros 157 explotaciones porcinas (con 21.426 reproductoras y una capacidad de 11.534 plazas de cebo), 9 mataderos y 39 secaderos con una capacidad de curación de 3.500.000 jamones y paletas, 5 salas de deshuese y loncheado; estos operadores están presentes en 116 términos municipales de la provincia de Teruel.

Que todo el sector porcino e industrial agroalimentario que gira alrededor del jamón de Teruel genera en la actualidad más de 2.000 empleos directos, siendo uno de los pilares fundamentales de la economía de la provincia de Teruel.

IV. EI CRDOP Jamón de Teruel tiene, en el desarrollo de sus funciones específicas como Entidad de Certificación de la DOP, las siguientes:

Velar porque los operadores titulares de la certificación cumplan y mantengan las condiciones que sirvieron de base para su certificación, a cuyos efectos procederá a las actividades de supervisión y renovación periódicas correspondientes, con arreglo a los procedimientos y criterios, generales o específicos, que sean de aplicación en cada caso, tanto con carácter previo a su certificación, como subsiguiente a ésta.

Dar la adecuada publicidad a los procedimientos que utilice, así como a las relaciones de operadores certificados, o que causen baja en su certificación.

Corresponde a esta estructura de control, del Consejo Regulador, el control del cumplimiento del Pliego de Condiciones, a cuyo fin estará acreditado ante la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) en el cumplimiento de la norma sobre "Requisitos generales para entidades que realizan la certificación de productos" (Norma UNE-EN 45011 o norma que la sustituya), de acuerdo con lo establecido en el artículo 39.2.d) de la Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria en Aragón.

En esta acreditación, el aspecto fundamental de la evaluación, realizada por ENAC, es determinar la competencia técnica del CRDOP Jamón de Teruel y la validez técnica de sus actividades. Este proceso de evaluación requiere el juicio profesional de auditores técnicos y expertos. Otro aspecto de la evaluación de ENAC es asegurar que el sistema de gestión del CRDOP Jamón de Teruel se ajusta a la norma de referencia y es capaz de garantizar una prestación consistente del servicio, lo que evidentemente supone un coste de mantenimiento continuo considerable a tener en cuenta.

Para el correcto desarrollo de las actividades de certificación, el AC está dotado del personal necesario técnico y administrativo, a cuyo frente se encuentra el director de certificación.

El proceso de certificación se realiza mediante un sistema de evaluación a todos los operadores implicados en el proceso, realizando actividades de inspección a las fábricas de piensos, explotaciones porcinas, mataderos y/o salas de despiece, secaderos y salas de loncheado y envasado, y actividades de auditoría a los secaderos, como operadores finales a los que se concede el certificado y presentan la marca sobre el producto amparado.

V. Que ante la concurrencia de objetivos de las entidades aquí representadas, con el fin de sumar esfuerzos, es deseo de las partes intervinientes colaborar entre sí, y por ello convienen obligarse de acuerdo con las siguientes

Primera.- Objeto.

El objeto del convenio es el apoyo al desarrollo y mantenimiento de la estructura de certificación de la DOP Jamón de Teruel, con el fin de desarrollar el control de acuerdo con la norma UNE-EN 45011 (Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios).

Segunda.- Compromisos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jamón de Teruel.

Para el cumplimiento del objeto descrito en la cláusula anterior, el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jamón de Teruel se compromete a realizarlas siguientes actuaciones, basadas en el plan de control aprobado por el pleno del Consejo Regulador:

1. Actividades de inspección y operadores.

Realización de la inspección en explotaciones porcinas.

Se realiza una primera visita de inspección en el momento de la inscripción y en ella se verifica el cumplimiento de los requisitos del pliego, realizando posteriores inspecciones de seguimiento.

Para la realización de dichas inspecciones, se sigue la sistemática descrita en la Instrucción IT-01. "Inspección en explotaciones porcinas".

Realización de la inspección en fábricas de piensos.

Con la información obtenida en las explotaciones porcinas, respecto a los suministradores de piensos, el AC realiza inspecciones a las fábricas de piensos, para verificar los requisitos establecidos en el pliego de condiciones. El Consejo Regulador mantiene actualizado un listado de productores de pienso, evaluados y conformes, para el suministro a las explotaciones.

Para la realización de esta inspección, se sigue la sistemática descrita en la instrucción IT-02. "Inspección en fábricas de piensos".

Realización de la inspección en mataderos y /o salas de despiece.

Se realiza una primera visita de inspección en el momento de la inscripción y en ella se verifica el cumplimiento de los requisitos del pliego, realizando posteriores, inspecciones de seguimiento cuando el matadero tenga programado el sacrificio de cerdos con destino DOP Jamón de Teruel. En dichas inspecciones, se sigue la sistemática descrita en la Instrucción IT-04. "lnspección en mataderos y/o salas de despiece".

Realización de la inspección en secaderos.

La frecuencia de estas actuaciones cada vez que se comunique la necesidad de marcar piezas con destino DOP Jamón de Teruel. En dichas inspecciones, se sigue la sistemática descrita en la Instrucción IT-05. "Inspección en secaderos".

Realización de la inspección en salas de loncheado y envasado.

Se realiza una primera inspección en el momento de la inscripción, y posteriormente se realizan aquellas que sean necesarias para el seguimiento de la actividad. En dichas inspecciones, se sigue la sistemática descrita en la Instrucción IT-06 "Inspección en salas de loncheado y envasado".

2) Actividades de auditoría.

Los secaderos, como operadores que realizan el marcado de producto como DOP, son los receptores de la certificación, que se desarrolla mediante la realización de auditorías, tanto iniciales como de renovación, e inspecciones de seguimiento. En dichas auditorías se sigue la sistemática descrita en el PE-01. "Procedimiento de certificación".

Tercera.- Compromisos del Instituto Aragonés de Fomento.

El Instituto Aragonés de Fomento destinará a la financiación de las actuaciones descritas en la cláusula anterior hasta un máximo de 300.000 euros, proveniente de la partida "Actuaciones agroalimentarias singulares" del Fondo de Inversiones de Teruel 2013.

En caso de que el importe de los gastos realizados en el ámbito de este convenio sea inferior a la cifra establecida en la presente cláusula, la subvención será proporcional a la inversión o gasto realizado y justificado.

Serán objeto de financiación todos los gastos derivados del funcionamiento del área de certificación del consejo.

No serán objeto de financiación ni los gastos financieros ni los intereses de demora que se produzcan en la realización de la actuación.

Cuarta.- Plazo y forma de justificación.

Los gastos relativos a las actuaciones que debe realizar el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jamón de Teruel, establecidas en la cláusula segunda, deberán llevarse a cabo antes del 31 de agosto de 2014.

El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jamón de Teruel, de manera previa a la realización del pago, por parte del Instituto Aragonés de Fomento, deberá acreditar a ésta la correspondiente justificación documental adecuada a la naturaleza del gasto, presentando en copia compulsada:

- Certificado del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jamón de Teruel aceptando la subvención. Declaración del representante del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jamón de Teruel de otras ayudas solicitadas y/o recibidas para la misma actuación en los tres últimos años.

- Fotocopia del CIF.

- Certificado bancario acreditativo del número de cuenta.

- Declaración jurada de no estar incurso/a en las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

- Normativa del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jamón de Teruel, inscrita en el Registro Mercantil, y poderes o cualquier otra documentación que acredite capacidad suficiente del representante de la sociedad.

La documentación justificativa irá precedida por un escrito firmado por el beneficiario o por quien ostente su representación, en el que se relacionen los documentos aportados, y en el que se especifiquen los datos personales del beneficiario. A dicho escrito, le acompañará la siguiente documentación:

1. Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.

2. Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:

a) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y de la factura, importe, fecha de emisión y fecha de pago.

b) Facturas y/o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior, y los justificantes de pago.

c) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia, así como fotocopia compulsada de las mismas.

Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en el artículo 138 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse, expresamente en una memoria, la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

Quinta.- Cumplimiento de las obligaciones tributarias.

El Consejo Regulador de la DOP Jamón de Teruel deberá estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en. la normativa vigente. La firma de este convenio conllevará la autorización al Instituto Aragonés de Fomento para recabar los certificados que acrediten el cumplimiento de dichas obligaciones.

Las condiciones para ser beneficiario deberán mantenerse hasta el momento del pago de la ayuda. Cualquier variación deberá ser comunicada por parte del beneficiario al Instituto Aragonés de Fomento en el momento que se produzca.

Sexta.- Compatibilidad.

La financiación contemplada en el presente convenio será compatible con otras subvenciones de carácter público. En ningún caso, la suma de las subvenciones otorgadas a la actuación que es objeto del convenio podrá sobrepasar el coste total de la misma. La financiación será satisfecha previa justificación del importe de las inversiones y gastos imputables a la actuación subvencionada establecida en el presente convenio.

Séptima.- Destino.

El Consejo Regulador de la DOP Jamón de Teruel vendrá obligado a justificar que la subvención ha sido destinada a la ejecución del objeto establecido en el presente convenio y en la cuantía que fue otorgada; para ello, presentará al Instituto Aragonés de Fomento la documentación solicitada en la cláusula sexta.

Octava.- Vigencia.

El presente convenio tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta el 31 de agosto de 2014.

Novena.- Comprobaciones.

El Instituto Aragonés de Fomento se reserva el derecho a llevar a cabo las comprobaciones que estime oportunas. A tal fin, el Consejo Regulador de la DOP Jamón de Teruel se compromete a proporcionar al Instituto Aragonés de Fomento, diligentemente, toda la información que se le solicite.

Décima.- Responsabilidad.

El Instituto Aragonés de Fomento queda exento de cualquier tipo de responsabilidad que pueda derivarse del desarrollo y realización de Ias actuaciones contempladas en este convenio.

Undécima.- Causas de extinción.

El presente convenio de colaboración podrá ser resuelto:

- Por finalización del mismo, por expiración del plazo previsto.

- Por incumplimiento de los compromisos recogidos en el presente convenio o por denuncia de una de las partes

Duodécima.- Incumplimiento.

El incumplimiento de las condiciones anteriormente expuestas dará lugar a que se declare al beneficiario decaído en sus derechos, reservándose el Instituto Aragonés de Fomento el ejercicio de Ias oportunas acciones legales y judiciales que correspondan.

Decimotercera.- Reintegro.

El Consejo Regulador de la DOP Jamón de Teruel estará obligado a reintegrar las cantidades percibidas y el interés de demora desde el momento del pago de la ayuda, en los supuestos establecidos a este efecto por la normativa vigente.

Decimocuarta.- Protección de datos.

Los datos personales tratados en el marco de este convenio serán incorporados y tratados en el fichero "Fondo de Inversiones de Teruel: Subvenciones", cuya finalidad es la recogida de información y documentación necesaria para la tramitación de las subvenciones concedidas por el Instituto Aragonés de Fomento. El órgano responsable de fichero es el Instituto. Aragonés de Fomento y la dirección donde los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es la c/ Teniente Coronel Valenzuela, 9, 50004 Zaragoza; todo lo cual, se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Decimoquinta.- Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo de los previstos en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se halla excluido del ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.1.c) de la mencionada norma, estando sujeto a lo previsto en esa ley y, de manera supletoria, en la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Este convenio, que tiene. Naturaleza jurídico-administrativa, constituye el instrumento por el que se canaliza la concesión directa de una subvención, encontrando su fundamento en el artículo 22.2, apartado c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Acta de la Comisión de Seguimiento del Fondo de Inversiones de Teruel, de 1 de agosto de 2013, y en el convenio suscrito entre el Gobierno de Aragón y el Instituto Aragonés de Fomento, en fecha 13 de enero de 2014, para la puesta en marcha de la línea "Actuaciones agroalimentarias singulares".

Las controversias que se planteen en materia de subvenciones serán resueltas, de acuerdo con la normativa aplicable a dicha materia, y conforme a los procedimientos previos en ella, sin perjuicio del control por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo de las decisiones que se adopten en vía administrativa.

Las partes, con renuncia expresa al fuero que les pudiera corresponder, se someten a la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales de la ciudad de Zaragoza.

Y en prueba de conformidad con lo manifestado, las partes intervinientes firman por duplicado el presente documento, en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento.