Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2014, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se somete a información pública el Proyecto de Decreto del Gobierno de Aragón, por el que se regulan la estructura territorial y las funciones de los servicios de Salud Pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 31/07/2014 (Nº 149)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

El Decreto 337/2011, de 8 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, establece en su artículo 31 la existencia de los Servicios Provinciales del Departamento, con la organización que se determine en las respectivas relaciones de puestos de trabajo, ejerciendo en su ámbito territorial las funciones establecidas en la normativa de organización de la Administración Periférica de la Comunicad Autónoma de Aragón, las que se le atribuyan por delegación o desconcentración dentro del propio Departamento, así como aquellas otras competencias que les sean atribuidas por disposición legal o reglamentaria.

La estructura periférica inferior a la provincial de los servicios de salud pública de los Departamentos competentes en materia de Salud Pública ha venido regulada hasta el presente momento por el Decreto 149/1989, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se reestructuran los Servicios Veterinarios Oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón, delimitando las Zonas Veterinarias como ámbito territorial de actuación de los Servicios Veterinarios de ámbito inferior al provincial, así como por la organización territorial dada por la Orden de 30 de junio de 2005, de los Departamentos de Presidencia y Relaciones Institucionales y de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba Plan de Empleo para modificar y adaptar la estructura organizativa y los puestos de trabajo al proceso de reestructuración farmacéutico y ordenar la provisión de puestos de la clase de especialidad Farmacéuticos de Administración Sanitaria, en la que se establecen los ámbitos de trabajo para los Farmacéuticos de Administración Sanitaria. Siendo esta organización efectiva hasta la presente regulación de la estructura periférica de la Salud Pública, según prevé la disposición final primera del Decreto 187/2004, de 7 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas de coordinación entre los Departamentos de Agricultura y Alimentación y Salud y Consumo, en materia de ganadería, seguridad alimentaria y salud pública por la cual se establece la necesidad de desarrollo de la estructura periférica de los servicios de Salud Pública del entonces Departamento de Salud y Consumo y en la actualidad de Sanidad, Bienestar Social y Familia.

La Ley 5/2014, de 26 de junio, de Salud Pública de Aragón, establece un modelo de organización periférica para hacer más eficaz y eficiente la prestación de los servicios de Salud Pública, definiendo en su artículo 14 la organización de los Servicios de Salud Pública y definiendo las Áreas de Salud Pública como la circunscripción administrativa que agrupa el conjunto de centros y profesionales de salud pública bajo su dependencia organizativa, y su subdivisión, para la prestación preferente de los diferentes servicios, en Zonas Básicas de Salud Pública, siendo éstas la estructura básica que sirve de referencia para la actuación en el territorio de los distintos profesionales de salud pública asignados a ellas.

Por este decreto se ordenan las Áreas de Salud Pública y las Zonas Básicas de Salud Pública conforme a las delimitaciones territoriales del Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma de Aragón junto con la delimitación Comarcal existente, tal y como prevé la disposición transitoria tercera de la Ley 5/2014, de 26 de junio, de Salud Pública de Aragón, por la que en el plazo de 1 año desde la entrada en vigor de la presente Ley, el Gobierno de Aragón, en el marco de sus competencias, adaptará el mapa de salud actual al modelo comarcal recogido en el Estatuto de Autonomía de Aragón de manera que se garantice el mantenimiento de los servicios a nivel territorial.

Con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, he resuelto:

Primero.- Someter el Proyecto de Decreto del Gobierno de Aragón, por el que se regulan la estructura territorial y las funciones de los servicios de Salud Pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, a un periodo de información pública por el plazo de un mes con el fin de que las entidades locales aragonesas, entidades representativas de intereses sociales y económicos, colegios profesionales y asociaciones, así como las personas físicas o jurídicas que lo consideren oportuno puedan examinar el Proyecto de Decreto y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Durante el plazo señalado, el citado proyecto estará a disposición de quien lo solicite para su examen, en la siguiente dirección electrónica http://www.aragon.es, y en horario de oficina, en las siguientes dependencias administrativas:

-Dirección General de Salud Pública, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, ubicada en vía Universitas, 36, y en la Ventanilla Única (Servicio de Información y Documentación Administrativa), ubicada en el edificio Pignatelli de Zaragoza (paseo de María Agustín, 36),

-Delegaciones Territoriales de Huesca situada en plaza Cervantes, 1 y Teruel situada en calle San Francisco, 1.

-Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón en Alcañiz situada en avda. Bartolomé, 58; Oficina Delegada del Gobierno de Aragón en Calamocha, situada en la calle Melchor de Luzón, 6; Oficina Delegada del Gobierno de Aragón en Calatayud, situada en la plaza de España 1; Oficina Delegada del Gobierno de Aragón en Jaca, situada en avda. Levante, 10; Oficina Delegada del Gobierno de Aragón en Ejea de los Caballeros, situada en la calle Mediavilla, 27; y Oficina Delegada del Gobierno de Aragón en Tarazona, situada en plaza de España s/n, Oficina delegada del Gobierno de Aragón en Fraga situada en calle San Quintín, 1-3 y Oficina delegada del Gobierno de Aragón en Barbastro situada en calle Conde s/n.

Segundo.- Las alegaciones al Proyecto de Decreto, dirigidas a la Dirección General de Salud Pública del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, se podrán presentar en el Registro General del Gobierno de Aragón, ubicado en el edificio Pignatelli, así como en las direcciones que se indican en el número anterior, así como en los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.- El plazo señalado comenzará a contarse a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 23 de julio de 2014.- El Director General de Salud Pública del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, José Francisco Sancho Cuartero.