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EXTRACTO de la Orden ICD/624/2021, de 17 mayo, por la que se convocan, para el ejercicio 2021, ayudas para la realización de actuaciones en materia de certámenes feriales en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 08/06/2021 (Nº 122)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

BDNS (Identif.): 564565

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/564565).

Primero.- Beneficiarios.

Los municipios y otras entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Las instituciones feriales inscritas en el Registro Oficial de Actividades Feriales de Aragón y que gestionen un recinto ferial permanente.

Requisito de los beneficiarios:

La entidad organizadora, así como el certamen a subvencionar deberán estar inscritos en el Registro de Actividades Feriales de Aragón en el momento de la solicitud.

Segundo.- Objeto o finalidad.

Ayudas para la realización de actuaciones de promoción y organización de certámenes feriales y jornadas técnicas en el marco de estos certámenes.

La actuación anterior deberá haberse ejecutado desde el 17 de septiembre de 2019 y con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda, circunstancia que se constatará con la fecha de la emisión de la factura (teniendo en cuenta que el plazo de presentación de solicitudes finalizará el 16 de septiembre de 2021).

Para la concesión de la ayuda, deberá justificarse en el momento de la solicitud, tanto la ejecución de la actividad como la realización del pago.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden EIE/815/2016, de 25 de julio, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 152, de 8 de agosto de 2016, modificada mediante Orden ICD/833/2020, de 31 de agosto.

La Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón.

Cuarto.- Importe total de la convocatoria y de las actuaciones.

1. La cuantía total prevista para esta convocatoria es de ciento setenta y siete mil euros (177.000 euros) con cargo a las siguientes partidas de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2021.

130.000 euros con cargo a la aplicación 19030/G/6221/460015/91002.

47.000 euros con cargo a la aplicación 19030/G/6221/480051/91002.

2. Dentro del crédito disponible la cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables.

3. El gasto subvencionable por el que se solicite esta ayuda se referirá a un único certamen y no podrá ser ni inferior a 7.500 euros, ni superior a 14.000 euros, excepto para las instituciones feriales que, en el caso de solicitar dos certámenes, el importe podrá incrementarse hasta 15.000 euros el mínimo y 28.000 euros el máximo, manteniéndose para cada certamen el mínimo de 7.500 euros y el máximo de 14.000 euros.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 16 de septiembre de 2021, comenzando el día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" de esta convocatoria.

Hay que tener en cuenta que para la concesión de la ayuda, deberá justificarse en el momento de la solicitud, tanto la ejecución de la actividad como la realización del pago.

Sexto.- Otros datos de interés.

La solicitud de subvención se formulará por quienes puedan acceder a la condición de beneficiarios (según el apartado tercero de la convocatoria).

Las solicitudes se dirigirán a los Servicios Provinciales del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, presentándose electrónicamente a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón conforme al modelo específico disponible en la dirección electrónica https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayudas-actuaciones-certamenes-feriales-aragon o incluyendo en el buscador de trámites el procedimiento número 11 "Ayudas para actuaciones en materia de certámenes feriales en Aragón".

El uso del modelo de solicitud generado en la citada url será de uso obligatorio conforme a lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes deberán estar firmadas electrónicamente y se considerarán presentadas a los efectos de su tramitación en el momento en que se obtenga el justificante de registro.

Aceptación de la subvención por las entidades locales:

Los beneficiarios de subvención que sean entidades locales deberán manifestar la aceptación de la subvención en el plazo de diez días hábiles desde que se notifique la resolución, en caso contrario se producirá la pérdida de eficacia de la concesión de la subvención.

Zaragoza, 17 de mayo de 2021.- El Vicepresidente y Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, Arturo Aliaga López.