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DECRETO 42/2017, de 28 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se declara Bien de Interés Cultural, en la categoría de monumento, la Iglesia de San Felipe y Santiago El Menor de Zaragoza.

Publicado el 06/04/2017 (Nº 67)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El Patrimonio Cultural de Aragón está integrado, tal y como lo regula la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, por todos los bienes materiales e inmateriales relacionados con la historia y la cultura de Aragón que presenten interés antropológico, antrópico, histórico, artístico, arquitectónico, mobiliario, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, lingüístico, documental, cinematográfico, bibliográfico o técnico, hayan sido o no descubiertos y tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo o debajo de las aguas.

La ley prevé en su artículo 11 tres categorías de protección para los bienes integrantes del Patrimonio Cultural aragonés: Bien de Interés Cultural, Bien Catalogado y Bien Inventariado. De éstos, los Bienes de Interés Cultural son definidos por el artículo 12 de la ley como los bienes más relevantes del Patrimonio Cultural de Aragón. Esta categoría de protección comprende, a su vez, dos figuras de protección para los bienes inmuebles: las figuras de Monumento y de Conjunto de Interés Cultural. La figura de Monumento es definida en la ley como la construcción u obra producto de la actividad humana, de relevante interés histórico, arquitectónico, arqueológico, artístico, etnográfico, científico o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen como parte integrante del mismo. Es esta figura de protección la que mejor se adecua a la Iglesia de San Felipe y Santiago El Menor, cuyas características y valores culturales se detallan en el anexo I de este decreto.

Asimismo, la Ley de Patrimonio Cultural Aragonés señala, en su artículo 15, respecto de los Bienes Inmuebles de Interés Cultural que su declaración comprenderá cuantos elementos puedan considerarse consustanciales con la construcción y formen o hayan formado parte de ella o de su exorno. Igualmente, establece que dicha declaración afectará al entorno del bien, cuya exacta delimitación deberá contenerse en la propia declaración. En cumplimiento de este precepto, se detalla en el anexo I de este decreto la relación de bienes muebles pertenecientes al templo que se protege y se establece en el anexo II un entorno de protección para la Iglesia de San Felipe y Santiago el Menor de Zaragoza.

Por otro lado, el artículo 18 de la Ley del Patrimonio Cultural Aragonés prevé que la declaración de un Bien de Interés Cultural requiere la previa tramitación de expediente administrativo, que se incoará por resolución del Director General responsable de Patrimonio Cultural. En cumplimiento de lo establecido en este artículo, se inició el procedimiento de declaración de Iglesia de San Felipe y Santiago El Menor de Zaragoza, mediante la Resolución, de 27 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Cultura y Patrimonio, por la que se inició el procedimiento y se abrió un periodo de información pública de un mes, que fue publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", de 13 de octubre de 2016. Durante el periodo de información pública no se presentaron alegaciones, no obstante, se ha considerado oportuno añadir al listado de bienes muebles, dos bienes muebles que no fueron incluidos por error en la resolución de inicio, en concreto, la estatua de San Pedro y el Ecce Homo.

El referido expediente se ha tramitado conforme lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

En cumplimiento de lo establecido en estas normas, se abrió un período de información pública en la referida resolución de iniciación del procedimiento, que fue notificada a los interesados. Además, y de acuerdo con lo previsto en el apartado sexto del artículo 18 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, se solicitó informe a la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural de Zaragoza. Ésta acordó, en sesión celebrada el 19 de diciembre de 2016, informar favorablemente la declaración de la Iglesia de San Felipe y Santiago El Menor de Zaragoza, como bien de interés cultural en la categoría de monumento. Asimismo, se ha efectuado en tiempo y forma el trámite de audiencia a los interesados, no habiéndose formulado durante el mismo ninguna manifestación.

Por todo ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, y previa deliberación, el Gobierno de Aragón, en su reunión del día 28 de marzo de 2017,

DISPONGO

Primero.- Objeto

Declarar Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, la Iglesia de San Felipe y Santiago El Menor de Zaragoza.

La descripción de la iglesia y de los bienes muebles, así como la delimitación del bien y de su entorno de protección se recogen respectivamente en los anexos I y II de este decreto.

Segundo.- Régimen Jurídico

El régimen jurídico aplicable a los Bienes de Interés Cultural es el previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés y, especialmente, el contenido en la Sección Primera, del Capítulo I, del Título Segundo, los Títulos Sexto y Séptimo, así como cuantos preceptos sean de aplicación general para los Bienes de Interés Cultural.

Tercero.- Publicidad

El presente decreto será publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", y se notificará a los interesados y al Ayuntamiento de Zaragoza.

Zaragoza, 28 de marzo de 2017.

El Presidente del Gobierno de Aragón, JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

ANEXO I

Descripción y bienes muebles de la iglesia de San Felipe y Santiago El Menor de Zaragoza

El primer templo de San Felipe data documentalmente del siglo XII, a raíz de la reconquista por parte de Alfonso I El Batallador en 1118. De estilo barroco, se comienza en 1686, tras derribar otra anterior románica, dedicada a los santos Felipe y Santiago, por quedar demasiado pequeña ante el aumento de la población de la parroquia. En el impulso de las nuevas obras desempeña un papel fundamental la familia de los marqueses de Villaverde, quienes ceden el solar para la ampliación de la iglesia y ayudan con generosas aportaciones económicas.

La fachada, construida en ladrillo, resulta una potente mole formada por dos cuerpos. En cuya primera altura se prolongan dos torres, aunque finalmente la de la izquierda quedó inconclusa.

La construcción puede dividirse en tres etapas, que abarcan desde 1686 hasta 1752, cuando el arquitecto real Ventura Rodríguez aconseja eliminar parte de los elementos decorativos para adaptarla a los nuevos gustos clasicistas, a la vez que interviene con los mismos criterios en la Basílica del Pilar. En el exterior la portada presenta una composición llena de plasticidad y movimiento, que parece anticiparnos el rico baldaquino interior. Sobre las columnas salomónicas se sitúan las figuras de los dos titulares, San Felipe y Santiago el Menor y entre ambos un relieve eucarístico con el emblema de la cofradía de la Minerva, que tiene su sede en esta iglesia; la imagen de Santa Elena corona en lo alto la portada.

La puerta de acceso a la iglesia, fue en su día de la Basílica del Pilar y fue trasladada posteriormente a su actual emplazamiento.

Su planta es la habitual en las iglesias zaragozanas de esta época, de tres naves, con un atrio sobre el que se asienta el coro.

En la nave central se ubican nueve apóstoles que flanquean la nave central y nos conducen hacia el altar, configurando el espacio-camino característico de los templos barrocos, estas imágenes son obra del escultor zaragozano José Ramírez de Arellano, Se trata de San Pedro, San Pablo, San Juan, San Andrés, Santo Tomas, San Bartolomé, San Mateo, San Marcos y Santiago.

Destacar la existencia de la pila bautismal decorada con jaspes policromos.

Ramírez es también autor del magnifico Pulpito dorado, del Retablo mayor y de las puertas laterales con relieves eucarísticos.

El altar mayor, consistente en un baldaquino que sigue el modelo creado por Bernini para San Pedro el Vaticano, con unas magníficas columnas salomónicas de mármol negro de Calatorao, que alberga un bello retablo rococó y enmarcan las imágenes de San Felipe y Santiago el Menor. El conjunto se completa con las figuras de cinco Virtudes: Caridad, Esperanza, Fortaleza, Justicia y Fe. Resulta interesante un templete neoclásico en la nave derecha, en la que se encuentra un Ecce Homo de aire flamenco sentado y no atado a la columna.

Como decoración pictórica destaca la existencia de un lienzo realizado por el pintor José Luzán Martínez que se ubica en la parte posterior del Altar mayor y que presenta un mal estado de conservación, debido a que durante el segundo Sitio de Zaragoza, se vio afectada por un obús francés.

Bienes muebles: 1- Baldaquino; 2- Antiguo altar de San Felipe y Santiago; 3-Cartelas decorativas de la Capilla mayor más nueve apóstoles; 4- Retablo de San Expédito; 5- Sillería del Coro; 6-San Pablo; 7-San Juan; 8- San Andrés; 9-Santo Tomás; 10- San Bartolomé; 11- San Mateo; 12- San Marcos; 13- Santiago; 14- San Pero; 15- Púlpito; 16- Retablo del Santo Cristo; 17- Retablo de la Inmaculada; 18- Mesa altar de San Felipe y Santiago; 19- Medallones del coro alto: El Salvador, La virgen y San José; 20- Tras altar de Luzán; 21-Parte inferior de la custodia de Minerva; 22-Ecce Homo.