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RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2017, del Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, por la que se delegan determinadas competencias en materia de contratación administrativa y gestión presupuestaria.

Publicado el 22/06/2017 (Nº 118)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

El texto refundido de la Ley de la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, dispone en su artículo 51.2, que corresponde a los Presidentes y Directores de organismos autónomos de la Comunidad Autónoma la autorización y disposición de los créditos, el reconocimiento de las obligaciones y la ordenación de los pagos relativos a la actividad económica y financiera desarrollada por los mismos, reconociendo asimismo el apartado 4 del artículo la facultad de delegar tales funciones en los términos que reglamentariamente se determine. Todo ello sin perjuicio del límite que para el ejercicio de tales competencias establece el apartado 1 fijado en 3.000.000 euros, cuya superación requiere autorización del Consejo de Gobierno.

El texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobada por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, en su artículo 13. 1. f) atribuye al Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud la competencia para autorizar, efectuar las disposiciones, contraer obligaciones y ordenar pagos, dentro de los límites fijados por la normativa vigente en materia presupuestaria, sin perjuicio de las delegaciones que efectúe en otros órganos inferiores. El mismo precepto en su apartado 2 señala al Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud como el órgano de contratación del Organismo Autónomo, con las competencias y limitaciones que la legislación en materia de contratación administrativa atribuye a dicho órgano.

El Decreto 174/2010, de 21 de septiembre, aprueba el reglamento de estructura y funcionamiento de las áreas y sectores del Servicio Aragonés de Salud, estableciendo en su artículo 25 las competencias atribuidas a los Gerentes de Sector.

Mediante Resolución de 27 de enero de 2006, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, se procedió a la delegación de, entre otras, las siguientes competencias en los Gerentes de Sector:

- La autorización de gastos, disposición de créditos y reconocimiento de obligaciones, referidos a créditos asignados a su centro de gasto y a los centros de gasto adscritos al Sector, hasta la cuantía de 3.000.000 euros.

- Las competencias que, en materia de contratación administrativa se señalan en el artículo 13.2 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, hasta la cuantía de 3.000.000 euros y con la misma extensión a la señalada en el párrafo anterior.

En este momento, existe la necesidad de licitar el suministro del material necesario para la realización de terapias de hemodiálisis y hemodiafiltración on line para la unidad de diálisis del Centro de Especialidades "Inocencio Jiménez-Delicias" de Zaragoza por procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación por un valor estimado de 4.533.205,60 € (cuatro millones quinientos treinta y tres mil doscientos cinco euros con sesenta céntimos).

El hecho de que el suministro objeto del expediente de contratación vaya a instalarse en un único centro sanitario, aconseja que la licitación del expediente se realice por la Gerencia del Sector de Zaragoza III.

Por todo lo anterior y en aplicación de los principios de descentralización y desconcentración y al amparo de lo establecido en la Orden de 24 de febrero de 2017, de autorización del titular del Departamento de Sanidad, en virtud de lo dispuesto en los artículos 34 y 35 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, acuerdo:

Primero.- Delegar en el Gerente del Sector de Zaragoza III:

- La competencia que se señala en el artículo 13.2 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón para el expediente de contratación relativo al suministro de material necesario para la realización de terapias de hemodiálisis y hemodiafiltración on line para la unidad de diálisis del Centro de Especialidades "Inocencio Jiménez-Delicias" de Zaragoza.

- La autorización de gastos, disposición de créditos y reconocimiento de obligaciones, referidos a los créditos correspondientes al citado expediente.

Segundo.- La delegación enunciada en el apartado anterior lleva implícita la resolución de todos los actos administrativos y documentos generados durante la tramitación del expediente de contratación y gastos.

Tercero.- La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 6 de junio de 2017.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, JAVIER MARIÓN BUEN