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ORDENANZA de 31 de mayo de 2017, del Consejo Comarcal de Andorra Sierra de Arcos, específica de las bases reguladoras para la concesión de becas de libros y material curricular, curso 2017-2018 y convocatoria.

Publicado el 16/06/2017 (Nº 114)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: COMARCA DE ANDORRA-SIERRA DE ARCOS

Texto completo:

Ordenanza Aprobada por Acuerdo de Consejo Comarcal de 31 de mayo de 2017, reguladora de las bases para la concesión de becas de libros y material curricular curso 2017-2018 y su convocatoria por Concurrencia competitiva por parte de la Comarca de Andorra Sierra de Arcos, y de conformidad con lo establecido en l artículo 15 de laLy 5/2015, de 25 de marzo, de subvenciones de Aragón, se procede a la publicación de dichas bases y Convocatoria en Sección III del "Boletín Oficial de Aragón", asi mismo y a efectos de dar la maxima difusión posible a la presente línea de Becas, se publicara así mismo en el "Boletín Oficial de la Provincia de Teruel",en www.andorrasierradearcos.com y en l Portal de Subvenciones.

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE LIBROS Y MATERIAL CURRICULAR CURSO 2017-2018 Y CONVOCATORIA

1.ª Objetivo de la Subvención.

El objeto de la presentes bases es regular el procedimiento de convocatoria y concesión de becas, destinadas a sufragar los gastos ocasionados por la adquisición de libros para el curso escolar 2017/2018, dirigidas a menores, como colectivo preferente, pero abierto al resto de estudiantes que reúnan los requisitos recogidos en esta convocatoria, y que se encuentren escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de los municipios de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos para los cursos de 2.ª ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Secundaria Obligatoria, Módulos de Grado Medio, Módulos de Grado Superior, Bachiller y Educación Especial. También podrán acceder, aquellos alumnos o alumnas residentes en la Comarca de Andorra Sierra de Arcos matriculados en otros centros públicos, siempre y cuando los estudios elegidos no se puedan cursar en los centros de la comarca.

El objetivo general de las presentes bases es favorecer a las familias con menos recursos, y facilitar la adquisición de libros de texto/ material curricular (otros materiales editados y/o impresos, destinados a ser utilizados por el alumnado para el desarrollo y aplicación de los contenidos determinados por el área o materia y el ciclo o curso de que en cada caso se trate).

No se consideran materiales curriculares aquellos que no se desarrollen específicamente en el currículo de una materia aunque sirvan de complemento o ayuda didáctica para su enseñanza, como pueden ser diccionarios, atlas, libros de lectura, carpetas, libretas, pinturas, y otros medios o instrumental científico.

En el caso de que el centro haya optado por que el material curricular sea en formato digital, se entenderán incluidas en dicho concepto el equipo individualizado del alumno (tabletas) si así se indica en la relación de material curricular del correspondiente centro educativo.

2.ª Presupuesto.

La cuantía global máxima destinada a la convocatoria de ayudas para el curso académico 2017/2018 asciende a 3.500 euros, con cargo a los presupuestos de la Comarca de Andorra-sierra de Arcos, partida 7/2310/48002, presupuesto de 2017.

3.ª Requisitos de los beneficiarios.

Podrán solicitar las becas reguladas en estas bases, los progenitores o tutores legales de los menores matriculados en los Centros escolares situados en la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos o en su Centro escolar de referencia. También podrán solicitarlas, los alumnos residentes en alguno de los municipios de la Comarca, siempre y cuando, reúnan los requisitos de la presente convocatoria.

En los casos de padres/madres separados/divorciados deberán presentar solicitud cada uno de ellos y se resolverá en base a lo que se recoja en el régimen de separación/divorcio establecido, ya sea por medio de convenio regulador o sentencia con eficacia jurídica. Podrá denegarse a uno de los padres, o a ambos, si superan el baremo económico establecido o si no reúnen los requisitos de esta convocatoria).

Los beneficiarios de estas ayudas deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

- Que los miembros de la unidad familiar estén empadronados en uno de los municipios de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos, así como residir en el mismo.

- Estar matriculado en un centro educativo sostenido con fondos públicos, perteneciente a la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos o centro de referencia, en el curso 2017/2018.

- No haber obtenido beca o ayuda por este concepto de otros organismos competentes en la materia o estar en condiciones de obtenerla, o en el caso que habiéndola obtenido no suponga el 100 % del gasto total de los libros, se podrá solicitar beca sobre el importe restante no subvencionado.

- Presentar la solicitud en tiempo y forma establecida.

- No superar el baremo económico establecido en las presentes bases.

4.ª Condiciones de las ayudas y obligaciones de los beneficiarios.

4.1. Asistencia continuada a los respectivos centros escolares, excepto por causa justificada.

4.2. En caso de existencia de banco de libros, en el centro escolar en el que el/la beneficiario/a cursa estudios, será de obligado cumplimiento que la adquisición de los mismos se realice a través de dicho banco.

4.3. Una vez finalizado el curso académico, los beneficiarios de estas subvenciones adquieren el compromiso de entregar los libros objeto de la subvención, al centro escolar correspondiente, en el caso de el centro los admita o que exista banco de libros, a excepción de aquellos libros o cuadernillos que por la etapa escolar a la que pertenecen, deben de ser rellenados por los alumnos /as.

5.ª Solicitud y plazo de presentación.

5.1. Las solicitudes para acceder a dichas becas deberán realizarse según modelo normalizado de solicitud firmado por el/la solicitante. Dicho modelo figura en el anexo I.

5.2. Las solicitudes se dirigirán al señor Presidente de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos y se presentarán en el Registro de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos, sita en el Paseo las Minas, s/n, de Andorra (Teruel), desde el día siguiente a su publicación por la BDNS del extracto de la Convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", y hasta el 31 de octubre de 2017.

5.3. Aquellas solicitudes realizadas dentro del plazo establecido pero posterior al comienzo del curso escolar, la concesión de estas becas quedará condicionada a la existencia de crédito suficiente en la partida económica correspondiente. Excepto en aquellos casos en el que el alumno/a o sus padres o tutores no puedan presentar el presupuesto del gasto, bien porque el centro escolar de referencia no hubiese facilitado el listado de libros o bien por estar pendiente de saber a qué curso asistirá. Su solicitud será resuelta una vez se haya presentado dicho presupuesto.

5.4. En el caso de no haber solicitado beca al Gobierno de Aragón, sin causa debidamente justificada, se le restará un 20 % de la cantidad que pudiera corresponderle.

5.5. La presentación de la solicitud supone por parte del solicitante la aceptación incondicional de lo establecido en estas Bases, así como de lo previsto en el resto de la normativa estatal o autonómica aplicable a las subvenciones otorgadas por la Comarca de Andorra Sierra de Arcos

6.ª Documentación.

Documentación a presentar:

- Solicitud, debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante (anexo I).

- Fotocopia del DNI/NIE de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.

- Fotocopia del libro de familia.

- Fotocopia del libro de familia numerosa.

- Volante de convivencia expedido en el Ayuntamiento.

- Fotocopia del certificado de minusvalía del alumno/a, y/o de los/as progenitores/tutores.

- Copia de la resolución de la solicitud de la beca para material curricular, del Gobierno de Aragón, y/o número de solicitud, a efectos de comprobación.

- En caso de no haber solicitado ayuda al Departamento de Educación del Gobierno de Aragón, declaración jurada en la que se indiquen los motivos de no haberla realizado. Se valorará individualmente, por parte de las/los técnicos del Servicio Social, las razones expuestas por si pudiera haber habido negligencia por parte de los progenitores/tutores/alumnos, a la hora de no solicitar beca al Gobierno de Aragón ya que puede dar lugar a ser sancionados con el 20 % menos de la cantidad que les pudiera corresponder.

- Certificado de Vida Laboral actualizado a la fecha de la solicitud, de ambos progenitores, en caso de no ser posible, motivación de la misma y declaración jurada de los ingresos o ausencia de estos.

- Justificante de ingresos de la unidad de convivencia (anexo IV):

- Fotocopia de las nóminas de enero a junio del presente año.

- Justificante de las prestaciones por desempleo de enero a junio, con indicación del tipo de prestación e indicación de fecha de inicio y finalización, o en su defecto, certificado negativo emitido por la misma entidad.

- Justificante de prestaciones sociales (prestación familiar por hijo a cargo del INSS, ayuda de integración familiar, Ingreso Aragonés de Inserción, prestaciones del Sistema de Atención a la Dependencia, Ayudas Financieras a Inquilinos)

- Justificante de pensión o pensiones, incluidas las pensiones de alimentos a favor de los hijos y pensiones compensatorias a favor de los cónyuges derivadas de sentencia de separación o divorcio. En caso de no percibir la pensión de alimentos, justificante de la denuncia por impago.

- Certificado de Imputaciones de IRPF, rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario, correspondiente al ejercicio 2015.

- Comparecencia autorizando a la librería para el abono de la beca (anexo V).

- Fotocopia de la tarjeta de desempleo SEPE (antiguo INEM), de los mayores de 16 años que vivan en la misma unidad de convivencia, en el caso de no estar matriculados en un centro escolar.

- En el caso de separación, nulidad o divorcio, sentencia o convenio regulador.

- Justificante de los gastos de vivienda (alquiler o hipoteca).

- Documento expedido por el centro escolar en el que se especifique el material curricular del alumno para el curso 2017/2018, con indicación del nombre y el curso escolar de que se trate, en el supuesto de obtener la beca.

- Cualquier otro documento que se considere necesario para justificar la situación de necesidad que motiva esta petición.

7.ª Cuantía de las ayudas.

Para el curso 2016/2017 la cuantía de la beca se establece en porcentajes del 25%, 50%, 75% y 100% del coste total de la factura de los libros, teniendo en cuenta la partida presupuestaria, los criterios de valoración y el número de solicitudes que se presenten.

En el caso de no haber solicitado beca al Gobierno de Aragón, por causa no justificada, se le restará un 20 % de la cantidad que pudiera corresponderle.

8.ª Criterios de valoración. (Máximo 40 puntos).

Las solicitudes presentadas serán valoradas según los siguientes criterios:

8.1. Situación sociofamiliar.

8.2. Situación económica de la unidad familiar.

8.3. Situación laboral.

8.4. Otros aspectos a valorar por los Servicios Sociales.

8.1. Situación socio-familiar: (Max. 10 ptos).

- Pertenencia a una unidad familiar monoparental. Puntuación: 3 pts.

- Familias numerosas de categoría general. Puntuación: 3 pts.

- Familias numerosas de categoría especial. Puntuación: 4 pts.

- Concurrencia de discapacidad en el/a alumno/a y/o en los progenitores/tutores. Puntuación: 3 pts.

8.2- Situación económica: (Max. 15 ptos)

Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), 2017:

- 532,51 mes (14 mensualidades).

- 621,26 mes (12 mensualidades).

Rentas máximas de la unidad familiar, de enero a junio de 2016, multiplicadas por dos.

- Unidades familiares con ambos progenitores en desempleo en las que exista como único recurso económico aquel procedente del subsidio por desempleo, Ingreso Aragonés de Inserción (IAI), Renta Activa de Inserción o Plan Prepara de uno de sus miembros o se acredite la ausencia total de ingresos. Puntuación: 3 pts.

- Unidades familiares o de convivencia, en la que ninguno de sus miembros tenga ingresos: 3 ptos.

8.3- Situación laboral: (Max. 6 ptos).

- Unidades familiares con ambos progenitores en desempleo (6 ptos.).

- Unidades familiares en las que entre los dos progenitores sumen menos de media jornada laboral (5 ptos.).

- Unidades familiares en las que entre los dos progenitores sumen media jornada laboral ( 4 ptos.).

- Unidades familiares en las que entre los dos progenitores sumen entre media y ¾ de jornada laboral (3 ptos.).

8.4- Otros aspectos a valorar por los Servicios Sociales: (Max. 15 ptos):

- Unidad familiar multiproblemática con factores de riesgo. Puntuación: 5 ptos.

- Unidad familiar en situación excepcional: violencia de género, abandono familiar, enfermedad grave, inclusión en programa de intervención familiar y otros. Puntuación: 5 ptos.

- Unidad familiar para la que la obtención de este recurso favorezca la atención y cobertura de necesidades básicas del menor: 5 ptos.

- Unidad familiar en grave riesgo de exclusión: 5 ptos.

9.ª Comisión de selección, tramitación y resolución.

1.º La solicitud, una vez presentada, será valorada e informada por los/as Técnicos /as del Servicio Social de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos y remitida a la Comisión de Valoración que realizará un informe propuesta de concesión de en el que se hará constar el resultado de la valoración efectuada y los criterios de valoración aplicados en dicha evaluación, que se elevará a la Junta de Gobierno para su aprobación.

La Comisión de Valoración de las subvenciones estará compuesta por dos trabajadores/as Sociales y la Coordinadora del Servicio Social de Base.

2.º Las solicitudes se resolverán y notificarán mediante acuse de recibo, por la Coordinadora del Servicio Social de Base, en el plazo máximo de seis meses a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, atendiendo a las disponibilidades presupuestarias y vista la propuesta de resolución. Transcurrido el plazo máximo para resolver sin que se haya publicado resolución expresa, el solicitante podrá entender desestimada su solicitud de subvención, de conformidad con lo señalado en el artículo 23.4 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

3.ª En la resolución deberán constar de forma expresa el objeto de la subvención, la relación de beneficiarios, el importe de la subvención, así como, de forma fundamentada, la desestimación y la no concesión de ayuda por inadmisión de la petición, desistimiento, renuncia o imposibilidad material sobrevenida del resto de solicitudes. La relación de beneficiarios consistirá en una relación de los indicadores asignados a cada solicitud, dada la sensibilidad de los criterios de ponderación que se aplican en el procedimiento.

4.º Las becas de material curricular podrán denegarse por los siguientes motivos:

- No existir suficiente consignación presupuestaria para cubrir todas las solicitudes presentadas.

- No cumplir los requisitos fijados en estas bases.

- No haber solicitado la beca en el plazo establecido.

- No completar la documentación en el plazo exigido.

- Comprobarse falsedad documental.

- Obtener ayuda por este mismo concepto en otros organismos competentes en la materia.

- Haber hecho mal uso continuado de las ayudas públicas destinadas para el mismo fin, el curso anterior.

- Cualquier otra circunstancia que a juicio de los profesionales del Servicio Social de Base, fueran motivo suficiente para su denegación.

5.º Para poder hacer efectiva esta beca, el/la interesado/a deberá presentar en la librería correspondiente el documento de concesión de la beca, abonando la parte correspondiente que en el documento de aprobación se le indique. Posteriormente la librería o el AMPA remitirán a la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos la factura o recibo, correspondiente a la beca obtenida a través de esta convocatoria.

10.ª- Justificación.

La justificación de la ayuda dependerá de si el material curricular ha sido adquirido con antelación por el Progenitor o tutor del beneficiario o si el mismo adquiere dichos materiales a través de una librería a la cual autoriza a recibir el cobro de la subvención.

En el caso de que el progenitor o tutor del beneficiario haya abonado directamente el material curricular a la librería (papelería) deberá aportar factura original (donde se indique el nombre del beneficiario, el material adquirido y debidamente sellada y firmada por la librería, indicando además "entregado") y justificante bancario de pago. En caso de realizarse el pago en efectivo en la factura además deberá indicarse expresamente en la factura original "pagado en metálico", la fecha del pago y la firma del titular de la librería.

En el caso de autorización por el Progenitor o tutor del beneficiario a la librería para el cobro directo por dicha librería de la subvención, será necesario que la empresa gire factura a nombre de la Comarca donde se indique el nombre del beneficiario de dicha subvención, el material adquirido y que el mismo ya ha sido entregado.

El plazo de justificación terminará el 28 de diciembre de 2017.

Andorra, 1 de junio de 2017.

El Presidente.

Antonio Donoso Gallardo.

ANEXO I

SOLICITUD DE BECAS ESCOLARES

Expte:

D./Dña DNI................................

Domicilio

Localidad C.P.........................

Tnos

Solicita:

Para ello aporto la documentación requerida por los Servicios Sociales de la comarca de Andorra-Sierra de Arcos, respecto a la necesidad que motiva esta petición, declarando que todos ellos y la documentación que se acompaña son ciertos, y sabiendo que la falsificación de los mismos dará lugar a la denegación automática de la beca solicitada.

Así mismo, declaro bajo mi responsabilidad, que no he sido beneficiario/a de ninguna ayuda por parte de otro organismo por este mismo concepto.

...........a.............de.............................................., de 2017

Fdo:

Sr. Presidente de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos.

ANEXO II

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

- Solicitud, debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante (anexo I).

- Solicitud, debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante (anexo I).

- Fotocopia del DNI/NIE de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.

- Fotocopia del libro de familia.

- Fotocopia del libro de familia numerosa.

- Volante de convivencia expedido en el Ayuntamiento.

- Fotocopia del certificado de minusvalía del alumno/a, y/o de los/as progenitores/tutores.

- Copia de la resolución de la solicitud de la beca para material curricular, del Gobierno de Aragón, y/o número de solicitud, a efectos de comprobación.

- En caso de no haber solicitado ayuda al Departamento de Educación del Gobierno de Aragón, declaración jurada en la que se indiquen los motivos de no haberla realizado. Se valorará individualmente, por parte de las/los técnicos del Servicio Social, las razones expuestas por si pudiera haber habido negligencia por parte de los progenitores/tutores/alumnos, a la hora de no solicitar beca al Gobierno de Aragón ya que puede dar lugar a ser sancionados con el 20 % menos de la cantidad que les pudiera corresponder.

- Certificado de Vida Laboral actualizado a la fecha de la solicitud, de ambos progenitores, en caso de no ser posible, motivación de la misma y declaración jurada de los ingresos o ausencia de estos.

- Justificante de ingresos de la unidad de convivencia (anexo IV):

- Fotocopia de las nóminas de enero a junio del presente año.

- Justificante de las prestaciones por desempleo de enero a junio, con indicación del tipo de prestación e indicación de fecha de inicio y finalización, o en su defecto, certificado negativo emitido por la misma entidad.

- Justificante de prestaciones sociales (prestación familiar por hijo a cargo del INSS, ayuda de integración familiar, Ingreso Aragonés de Inserción, prestaciones del Sistema de Atención a la Dependencia, Ayudas Financieras a Inquilinos)

- Justificante de pensión o pensiones, incluidas las pensiones de alimentos a favor de los hijos y pensiones compensatorias a favor de los cónyuges derivadas de sentencia de separación o divorcio. En caso de no percibir la pensión de alimentos, justificante de la denuncia por impago.

- Certificado de Imputaciones de IRPF, rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario, correspondiente al ejercicio 2015.

- Comparecencia autorizando a la librería para el abono de la beca (anexo V).

- Fotocopia de la tarjeta de desempleo SEPE (antiguo INEM), de los mayores de 16 años que vivan en la misma unidad de convivencia, en el caso de no estar matriculados en un centro escolar.

- En el caso de separación, nulidad o divorcio, sentencia o convenio regulador.

- Justificante de los gastos de vivienda (alquiler o hipoteca).

- Documento expedido por el centro escolar en el que se especifique el material curricular del alumno para el curso 2017/2018, con indicación del nombre y el curso escolar de que se trate, en el supuesto de obtener la beca.

- Cualquier otro documento que se considere necesario para justificar la situación de necesidad que motiva esta petición.

ANEXO Ill

Rentas máximas de la unidad familiar, de enero a junio de 2017, multiplicadas por dos.

Ingresos

Para el cálculo de ingresos se tendrán en cuenta los relativos a todos los miembros mayores de 16 años de la unidad de convivencia.

Deducciones

-Por alquiler / amortización de primera vivienda, hasta el 50% del gasto anual.

Cálculo

El cálculo tope de ingresos para la aplicación del baremo será el resultante de sumar los ingresos económicos semestrales (enero a junio), multiplicados por dos, menos el importe de las deducciones.

ANEXO IV

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE INGRESOS

D./Dña , con DNI / NIE.......................................

y en calidad de titular/representante de la unidad familiar domiciliada Calle/Plaza

en

Cuyos miembros son:

Declaro bajo mi responsabilidad que la totalidad de los ingresos percibidos por todos los miembros de la unidad familiar asciende a......................................Euros:

.................a............de........................................., de 2017.

El/la titular/responsable

Fdo.

(Suscribir en caso de hijos que superen los 16 años de edad)

Declaración Jurada o Promesa D/D.ª

Declara Que las rentas obtenidas por los descendientes de la unidad familiar mayores de 16 años, de enero a junio de 2017, han sido

.................a............de........................................., de 2017.

Fdo.

ANEXO V

COMPARECENCIA

BECA DE MATERIAL CURRICULAR

Número Expediente:

D/D.ª D.N.I...............................

y domicilio en

y en su condición de beneficiario de Beca de Material Curricular.

Y por importe de...........................................

Comparece ante el/la técnico de la Comarca o trabajador/a social, que se determine y dice:

Autorizar que el importe de la ayuda económica concedida por la Comarca de Andorra Sierra de Arcos "Beca de Material Curricular 2017-2018" sea abonada en la cuenta bancaria al establecimiento, librería: , domiciliado en la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos, C/

con Número de Cuenta de la Entidad Bancaria

Asímismo, el compareciente declara que con el abono de la cantidad se satisface la necesidad que motivó la petición.

.................a............de........................................., de 2017.

Diligencia el Interesado

Comprobado el NIF

Y firma del beneficiario

El Personal Técnico/o Trabajador/a Social.

D.N.I.............................................................

BECAS LIBROS 2017-2018.

Por acuerdo de Junta de Gobierno celebrada el de 2017, se acordó aprobar, la Concesión de Becas de libros 2017-2018. Dichos libros se distribuyen entre los ya adquiridos por los Beneficiarios y los pendientes de Pago.

Al objeto de garantizar el correcto cumplimiento de las Obligaciones dimanantes de la Concesión de las becas de libros 2017-2018, sobre los libros abonados con anterioridad por los beneficiarios, La Trabajadora Social, Empleada Publica de la Comarca de Andorra Sierra de Arcos comprueba que obran en el expediente la factura justificativa de la adquisición de los libros y que las mismas han sido abonadas por el beneficiario.

El Beneficiario declara la adquisición de dichos libros, abonados efectivamente por el mismo y que han sido retirados de la librería correspondiente. Además reitera el cumplimiento de los compromisos establecidos en las bases de las Becas de Libros de 2017-2018.

A la vista de lo anterior se informa que cumplidos todos los requisitos justificativos, se puede proceder al abono de la Beca de Libros 2017-2018, subvención concedida aD , con DNI/NIE.............................................. por importe de............................................, porcentaje de % sobre el total de la factura número.................................................de adquisición de Libros de Texto / Material Escolar / Tablet (rodéese lo que proceda) al número de cuenta siguiente:

Entidad:

IBAN:

Número Cuenta:

El/la Trabajador/a Social El/la Beneficiario/a

D/Dña. D/Dña.

COMPROMISOS

Los padres o representantes legales del menor beneficiario de esta beca, nos comprometemos a:

- Que nuestros/as hijos/as asistan al Centro Escolar, justificando las faltas de asistencia ante el mismo. En caso de presentar un número elevado de faltas que deriven en la apertura de expediente de absentismo escolar se perderá el derecho a beca en el siguiente curso escolar.

- Ceder al centro escolar los materiales curriculares becados, una vez finalizado el curso escolar.

- Cuidar y mantener los materiales correctamente, velando por un uso adecuado de los mismos, teniendo en cuenta el compromiso adquirido en el apartado anterior.

Autoriza

- A consultar los datos en los centros escolares sobre solicitud de becas.

.................a............de........................................., de 2017.