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RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la de 12 de enero de 2010, en la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la legalización de las instalaciones existentes y ampliación de una explotación aviar para una capacidad de 135.000 pollos de engorde (540 UGM), situada en el polígono 8, parcelas 94 y 95, del término municipal de Zaidín (Huesca), y promovida por Ramón Jordán Pisa (Número Expediente INAGA 500202/02/2017/2328).

Publicado el 09/10/2017 (Nº 194)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 28 de febrero de 2017 se presenta en este instituto solicitud de modificación puntual de la autorización ambiental integrada de la explotación para acomodar los cambios autorizados en modificación no sustancial previa, consistente en incremento de capacidad hasta 160.000 plazas de cebo (640 UGMs).

Antecedentes de hecho:

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución, de 12 enero de 2010, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 21, de 2 de febrero de 2010. (Número de Expediente INAGA/500301/02/2008/5913).

Segundo.- Por Resolución de este Instituto, de 18 de noviembre de 2013, se actualiza la autorización ambiental integrada, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013. (Expte. INAGA/500601/02/2013/10274).

Tercero.- Mediante Resolución de este instituto, de 20 de enero de 2017, se aprueba la modificación no sustancial planteada por D. Ramón Jordán Pisa. (Número de Expediente INAGA 500601/02/2016/06732).

Fundamentos jurídicos:

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 12 de enero de 2010, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la explotación avícola con capacidad para 135.000 plazas (540 UGMs), situada en el polígono 8, parcelas 94 y 95, del término municipal de Zaidín (Huesca) y promovida por D. Ramón Jordán Pisa en los siguientes puntos:

El punto 2 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2. Otorgar la autorización ambiental integrada a D. Ramón Jordán Pisa, con NIF 40.870.612-A, para la legalización y ampliación de una explotación aviar hasta una capacidad final de 160.000 pollos de engorde (640 UGM), ubicada en el polígono 8, parcelas 94 y 95, del término municipal de Zaidín (Huesca), con unas coordenadas UTM en el huso 30 (ETRS89) de X= 776.135 - Y=4.613.224 - Z=160. La autorización se otorga con el siguiente condicionado:"

El punto 2.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.1. Las instalaciones existentes a legalizar para el desarrollo de la actividad se corresponden con siete naves para el alojamiento de los pollos de dimensiones respectivas 58x10 m., 62x10 m., 116x10 m., 75x14 m., 100x12 m., 80x14 m. y 160 x13 m., una caseta adosada a la nave número 7 de dimensiones 4x4 m. para el ordenador, cuadro eléctrico y kit de medición, una caseta para alojamiento del grupo electrógeno y una nave para almacén, ambas adosadas a la nave número 5, un estercolero con una capacidad de 1350 m³, 2 fosas de cadáveres mediante tubos de hormigón con un volumen total de 14 m³, vado de desinfección y vallado perimetral.

El punto 2.2 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.2. Las instalaciones correspondientes a la ampliación proyectada son la construcción de una nave de 90,14 x 15,27 m".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 8 de septiembre de 2017.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL