Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la memoria ambiental de la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA), promovida por el Departamento de Política Territorial e Interior del Gobierno de Aragón (Número Expte. INAGA 500201/71C/2014/05936).

Publicado el 31/07/2014 (Nº 149)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

La Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) es el instrumento básico de planeamiento territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón. La finalidad, contenido del instrumento y procedimiento para su aprobación se articulan en el capítulo I del título II de la Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón (LOTA). El artículo 19.3 de la LOTA establece que el proyecto de EOTA se someterá al procedimiento de evaluación ambiental, actuando como promotor, a efectos de los previsto en la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, el departamento competente en materia de ordenación del territorio.

En consecuencia, de acuerdo a lo dispuesto en la LOTA; en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, y en la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) debe ser objeto de evaluación ambiental, siendo el órgano competente para la tramitación del citado procedimiento el Instituto de Gestión Ambiental de Aragón (INAGA).

De esta forma, la Dirección General de Ordenación del Territorio, del Departamento de Política Territorial e Interior, presentó ante el INAGA, con fecha 23 de octubre de 2013, un borrador de estrategia, un análisis preliminar de su incidencia ambiental y solicitó la emisión del documento de referencia. Mediante Resolución de 20 de diciembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se notifica el resultado del trámite de consultas y se da traslado del documento de referencia para la elaboración del informe de sostenibilidad ambiental de la estrategia territorial de Aragón (Número Expte. INAGA 500201/71B/2012/10964).

El 17 de junio de 2014, la Dirección General de Ordenación del Territorio traslada el expediente de evaluación ambiental estratégica de la EOTA, que contiene la propuesta de estrategia, el informe de sostenibilidad ambiental y el resultado del proceso de información y participación pública, al objeto de que el INAGA emita la memoria ambiental.

1. Descripción del plan.

La EOTA tiene por finalidad determinar el modelo de ordenación y desarrollo territorial sostenible de la Comunidad Autónoma de Aragón, las estrategias para alcanzarlo y los indicadores para el seguimiento de la evolución de la estructura territorial y su aproximación al modelo establecido. Su objetivo es orientar las actuaciones sectoriales, dotándolas de coherencia y de las referencias necesarias para que se desarrollen de acuerdo con las estrategias contenidas en el artículo 3 de la LOTA, conformando una acción de gobierno coordinada y eficiente.

El ámbito de aplicación de la EOTA lo constituye el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, sin perjuicio de que puedan establecerse estrategias específicas para ámbitos territoriales menores. La elaboración de la EOTA parte de la necesidad de renovar las estrategias que rigen el desarrollo y ordenación del territorio de Aragón, realizando un análisis de la situación actual y proponiendo medidas (estrategias) que lleven a un mejor desarrollo del conjunto del territorio.

La EOTA se compone de la memoria, el documento del modelo territorial, las normas y el documento resumen. La memoria incluye un análisis del sistema territorial de Aragón y el diagnóstico de la situación de cada uno de los factores del desarrollo territorial y de los condicionantes del mismo, estructurados en quince capítulos, con la identificación de las tendencias y potencialidades, sus fortalezas y debilidades (reflejadas en la matriz DAFO) y propuesta de objetivos generales que desarrollan los objetivos básicos contenidos en el artículo 2 de la LOTA.

El análisis del sistema territorial recoge los siguientes componentes:

01. Población.

02. Actividades económicas.

03. Alojamiento.

04. Equipamientos y servicios.

05. Movilidad y accesibilidad.

06. Escenario vital y patrimonio territorial.

07. Sostenibilidad.

08. Cohesión territorial y equilibrio demográfico.

09. Gobernanza.

10. Recursos y condiciones naturales.

11. Recursos y condiciones del medio transformado (infraestructuras).

12. Sistema de asentamientos.

13. Espacios homogéneos y funcionales.

14. Riesgos naturales o inducidos.

15. Contexto territorial.

A partir de este análisis, se establecen los objetivos generales de la EOTA, que se agrupan en relación a diferentes factores y condicionantes en función de su objeto:

Objetivos de la EOTA, en relación con los factores de desarrollo territorial.

1. (Actividad económica). Promover la implantación de actividades económicas en el territorio aragonés, para que la población pueda disponer de los recursos necesarios para su desarrollo personal y colectivo, acompasando el crecimiento del suelo productivo con el de la ocupación y el PIB, y con el crecimiento del suelo residencial.

2. (Alojamiento). Garantizar el acceso de la población a un alojamiento asequible y adecuado, dotado de los servicios urbanísticos elementales.

3. (Equipamientos y servicios). Mejorar las dotaciones de equipamientos y servicios en el territorio aragonés, en particular aquellos que tengan la consideración de básicos, garantizando un acceso equivalente de la población, con independencia de su lugar de residencia.

4. (Movilidad). Facilitar las condiciones de movilidad y accesibilidad de las personas y bienes, en relación con la actividad económica, los equipamientos, la información y el conocimiento.

5. (Escenario vital). Valorar y mejorar la aportación del escenario vital y del patrimonio territorial a la calidad de vida, con especial atención al paisaje.

Objetivos de la EOTA, en relación con los condicionantes del desarrollo territorial-sostenibilidad.

6. (Sostenibilidad-compatibilidad ambiental). Garantizar la prestación de bienes y servicios que la sociedad demanda, incorporando criterios de compatibilidad ambiental a todas las actuaciones que promuevan el desarrollo territorial, en particular teniendo los efectos sobre el cambio climático, la biodiversidad y la contaminación.

7. (Sostenibilidad-viabilidad económica). Garantizar la viabilidad económica de todas las actuaciones que promuevan el desarrollo territorial con especial atención a la financiación de las mismas, tanto en la fase de su puesta en marcha como en la de gestión, explotación y mantenimiento.

8. (Sostenibilidad-cohesión social). Favorecer la integración social y evitar situaciones de marginación en las actuaciones de desarrollo territorial, contemplando los efectos de las mismas sobre los diversos colectivos sociales.

Objetivos de la EOTA, en relación con los condicionantes del desarrollo territorial-equilibrio territorial y demográfico.

9. (Sostenibilidad-equilibrio-indicadores). Avanzar en la cohesión territorial, compatibilidad ambiental, viabilidad económica y mejora de la cohesión social de las actuaciones de desarrollo territorial aragonés, estableciendo un sistema de indicadores de valoración de la sostenibilidad y el equilibrio territorial que permita adoptar medidas correctoras, en su caso.

10. (Equilibrio-demografía). Mejorar la estructura poblacional de los asentamientos aragoneses, en particular los del medio rural, fijando prioritariamente la población joven y femenina.

Objetivos de la EOTA, en relación con los condicionantes del desarrollo territorial-recursos.

11. (Recursos naturales-medio físico). Garantizar la compatibilidad de las propuestas de desarrollo territorial que se realicen con las condiciones del medio físico, el relieve, el suelo y los recursos naturales no renovables.

12. (Recursos naturales-agua). Gestionar los recursos hídricos, teniendo en cuenta los principios de racionalidad y sostenibilidad ambiental, procurando la adecuación entre la oferta y la demanda, la mejora de la eficiencia y la preservación de la calidad del recurso (bases de la política del agua en Aragón) y garantizar la compatibilidad de las propuestas de actuación para el desarrollo territorial con los planes hidrológicos de cuenca, incorporando los análisis específicos de las afecciones a los recursos hídricos (necesidades, consumos, incidencia en la calidad, etc.).

13. (Recursos naturales-energía). Garantizar la compatibilidad ambiental de las demandas energéticas que conllevan las propuestas de actuación para el desarrollo territorial, incorporando progresivamente los conceptos de eficiencia, origen renovable y autosuficiencia.

14. (Recursos del medio transformado-infraestructuras). Promover la implantación de infraestructuras, incluyendo el suelo productivo, que potencien el desarrollo territorial y que sean compatibles ambientalmente, viables económicamente y que favorezcan la cohesión social.

15. (Recursos humanos). Elevar el nivel de formación, capacidad de innovación y emprendimiento de los recursos humanos, para fijar en el territorio a población cualificada y captar nuevos profesionales, atraídos por una sociedad emprendedora, con asentamientos dotados de un escenario vital de alta calidad, favorable para la innovación y las actividades creativas.

Objetivos de la EOTA, en relación con los condicionantes del desarrollo territorial-gobernanza.

16. (Gobernanza). Mejorar la gobernanza del territorio, mediante la coordinación y cooperación de las administraciones públicas, proponiendo nuevos modos de organización territorial, fomentando la colaboración con las comunidades y regiones vecinas.

17. (Régimen jurídico). Compatibilizar los distintos regímenes jurídicos con efectos sobre el uso y transformación del territorio, de modo que no se produzcan efectos contradictorios en su aplicación.

Objetivos de la EOTA, en relación con los condicionantes del desarrollo territorial-condicionantes territoriales.

18. (Condicionantes territoriales-sistema de asentamientos). Mejorar la estructura del Sistema aragonés de asentamientos, con el fin de asignar a cada elemento del mismo la función más adecuada para contribuir a un desarrollo territorial equilibrado.

19. (Condicionantes territoriales-espacios homogéneos y funcionales). Promover el desarrollo territorial, teniendo en cuenta las características específicas de los diferentes espacios funcionales y homogéneos considerados.

Objetivos de la EOTA, en relación con los condicionantes del desarrollo territorial-riesgos.

20. (Riesgos). Promover el mejor conocimiento de los riesgos naturales e inducidos existentes en el territorio y limitar sus efectos sobre las personas y los bienes mediante la adopción de medidas adecuadas.

El documento del modelo territorial contiene la propuesta de objetivos específicos que dan concreción a los objetivos generales enunciados en la memoria de la estrategia, así como las distintas estrategias para alcanzar el modelo propuesto. Incorpora también las normas o reglas de aplicación directa para el desarrollo de los distintos instrumentos planificadores, sectoriales o territoriales. El modelo territorial establece los factores del desarrollo y de los condicionantes del mismo, de forma que las estrategias y normas que la integran permiten coordinar las actuaciones con incidencia territorial de los diferentes poderes públicos y de los agentes sociales y económicos que operen en la Comunidad Autónoma, y configurar una estructura básica que se define a partir de un sistema jerarquizado de asentamientos, articulado por las redes de infraestructuras y equipamientos, integrándolas en el marco de la sostenibilidad sobre un territorio que cuenta con una biodiversidad y un patrimonio territorial que es necesario proteger y gestionar.

Así, las determinaciones contenidas en el documento del modelo territorial son de dos clases:

1. Las estrategias para alcanzar el modelo propuesto son determinaciones orientativas, vinculantes en cuanto a sus fines, y que serán concretadas por las administraciones públicas a las que corresponda su aplicación, de modo que, en caso de apartarse de las mismas, deberán justificar la decisión adoptada y su compatibilidad con los objetivos de la estrategia.

2. Las normas son reglas de aplicación directa o que inciden en la previsión de desarrollo del planeamiento, información o gestión territorial, en el planeamiento urbanístico municipal y en las actuaciones sectoriales que la Comunidad Autónoma puede dictar para aplicar las estrategias propuestas, en el ámbito de su competencia.

De un primer análisis y diagnóstico de los ejes del desarrollo territorial surgen 20 objetivos generales, que se concretan en 112 objetivos específicos, 329 estrategias y 62 normas. Tras la incorporación de las propuestas que surgen en el proceso de información y participación pública se establecen, como propuesta definitiva, 20 objetivos generales, que se concretan en 111 objetivos específicos, 369 estrategias y 63 normas.

El documento se completa con un conjunto de Indicadores de valoración del grado de consecución de cada uno de los objetivos específicos de la estrategia, para poder efectuar la evaluación y el seguimiento de la evolución de la estructura territorial, en relación con el modelo propuesto, y adoptar las medidas correctoras necesarias, en su caso, o incluso plantear la conveniencia y oportunidad de la actualización o revisión de la estrategia de ordenación territorial.

La EOTA persigue establecer un desarrollo territorial que sea sostenible, incorporando para ello el concepto de compatibilidad ambiental, integrando el medio ambiente de forma transversal en la ordenación del resto de las materias y sectores de actividad.

La EOTA incorpora de manera efectiva su carácter sostenible en todos sus objetivos. Así, en los objetivos generales vinculados a los factores de desarrollo territorial (uno a cinco), tanto en el desarrollo de actividades económicas, suelo residencial y crecimiento urbanístico, equipamientos, redes de transporte, etc., pone especial énfasis en la integración paisajística de proyectos y la protección y mejora paisajística y cultural, la compatibilidad con el sistema de espacios abiertos y, en particular, de la calidad ambiental del escenario vital, promoviendo la elaboración de mapas de ruido y calidad del aire. Junto a ello, y con el fin de integrar el paisaje en el planeamiento, se establece una directriz especial de protección, ordenación y gestión del paisaje de forma que se formule una política específica sobre el paisaje aragonés, derivada de la aplicación del convenio Europeo del Paisaje. Para ello, se recoge el compromiso del Gobierno de Aragón de elaborar una cartografía de aptitud del territorio para las actividades económicas en función de las características del tipo de suelo y del relieve (pendiente y altitud). En particular, esta cartografía debe abordar las zonas de mayor aptitud agrícola, ganadera y forestal. Las grandes superficies comerciales, a ser posible, se integrarán en la trama urbana de los municipios, para la correcta aplicación de las disposiciones y criterios sobre movilidad sostenible en el desarrollo de las actividades económicas.

Los objetivos generales seis, siete y ocho desarrollan los condicionantes del desarrollo territorial, en función de los tres pilares de la sostenibilidad: medio ambiente, medio económico y medio social. De capital importancia es el desarrollo del objetivo seis que asume como propias las propuestas de la Estrategia Aragonesa de Cambio Climático y Energías Limpias. Así mismo, incorpora a la EOTA los objetivos, en materia de biodiversidad, contenidos en el Plan Estratégico del Patrimonio Natural y la Biodiversidad 2011-2017, y contempla para la elaboración de los documentos de planeamiento territorial y de los planes de ordenación de los recursos naturales, el estudio de la creación de corredores para conectar los espacios naturales contemplados en la Red Natural de Aragón, en particular los espacios de la Red Natura 2000 y los espacios naturales de singular relevancia para la biodiversidad. Se incentiva la elaboración de los planes de gestión de los espacios de la Red Natura 2000 y de los espacios protegidos, se promueve la valoración e internalización de los servicios ambientales que proporciona el territorio y se incide en la mejora de los programas de vigilancia derivados de las declaraciones de impacto ambiental emitidos por aplicación de la Ley de protección ambiental de Aragón y, finalmente, se hace hincapié en la necesidad de la prevención y control de la producción y gestión de residuos.

Los objetivos generales nueve y diez son igualmente relevantes para la sostenibilidad, y como tales son tratados, buscando la convergencia de los niveles de desarrollo y sostenibilidad territorial y equilibrio demográfico. Desarrollan el índice de desarrollo demográfico y los índices sintéticos de desarrollo territorial y de sostenibilidad del desarrollo territorial, ambos complementarios entre sí, primando en el segundo la compatibilidad ambiental.

Los objetivos generales del once a quince se centran en los recursos inherentes al desarrollo territorial, buscando garantizar la gestión de los recursos de forma sostenible. Desarrolla estrategias para la gestión de los recursos naturales de Aragón. Establece estrategias para el control de la erosión y la gestión adecuada de los recursos hídricos, a través de la aplicación de unos principios de gestión de los mismos donde se incluyen su ahorro y reutilización, el mantenimiento del caudal ecológico de los ecosistemas hídricos y la prevención de los efectos del cambio climático sobre ellos. Determina estrategias para la gestión eficiente de los recursos energéticos, buscando acuerdos para la compatibilidad ambiental de la misma. Establece criterios para la instalación de las infraestructuras en el territorio, creando como instrumento para ello una cartografía de compatibilidad de las infraestructuras con el territorio. Por último, hace un esfuerzo especial en establecer estrategias que ayuden en la mejora de los recursos humanos. Tanto la mejora de la gobernanza del territorio como la adecuación de su régimen jurídico, participan de la misma filosofía sostenible que impregna la totalidad de la EOTA, instando a la redacción del Programa de Gestión Territorial de Aragón como documento operativo para la aplicación de la EOTA, promoviendo la participación ciudadana a través de cauces estables.

El desarrollo de los objetivos generales dieciocho y diecinueve incorporan las estrategias de la EOTA, respecto de los condicionantes territoriales, tales como el sistema de asentamientos o los espacios homogéneos y funcionales. Se establece un sistema de asentamientos con el que se persigue un desarrollo territorial equilibrado y, en este marco, la utilización y/o rehabilitación de los núcleos existentes, frente a su expansión sobre terrenos en estado natural. Se promueve la elaboración de instrumentos de planeamiento y gestión territorial de carácter zonal para determinadas áreas del territorio aragonés en forma de directrices de ordenación territorial. Se crea el sistema territorial de espacios abiertos que incluye los espacios con valores ambientales, paisajísticos, patrimoniales y económicos, así como sus conexiones, que resulten necesarios para mantener los procesos ecológicos básicos del territorio, mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y orientar los futuros desarrollos urbanos y territoriales. Se ordenan reservas de suelo según criterios ecológicos y de preservación de la calidad ambiental, que incluirán todas las zonas pertenecientes a la Red Natural de Aragón. También se establecen reservas de suelo según criterios paisajísticos que incluirán las unidades de paisaje. Por último, se establecen estrategias para acometer la ordenación de los asentamientos aislados, de forma que las directrices zonales deberán establecer para cada una de las reservas de suelo que se definan en el sistema de espacios abiertos, en función de sus valores ecológicos, paisajísticos, de susceptibilidad de riesgos, de su productividad agrícola y de su grado de artificialidad, las características y usos admisibles para los asentamientos aislados que puedan establecerse en ellos. Esta regulación prevalecerá sobre el planeamiento urbanístico, excepto en el caso de que este último tenga un carácter más restrictivo.

El objetivo veinte persigue mejorar el conocimiento de los riesgos naturales e inducidos y limitar sus efectos, para lo cual establece estrategias tales como la elaboración de los mapas de riesgos naturales e inducidos y la directriz especial sobre riesgos naturales e inducidos, de forma que los mapas de riesgos queden incluidos en el planeamiento urbanístico. Así mismo, se propone la elaboración de planes contra los riesgos de inundación, sísmicos, de sequía, deslizamiento y movimiento de laceras, incendios forestales, y riesgos inducidos.

2. Proceso de información pública, consultas personalizadas y participación ciudadana.

Con fecha 23 de octubre de 2013, la Dirección General de Ordenación del Territorio del Departamento de Política Territorial e Interior del Gobierno de Aragón remite al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental la memoria resumen y análisis preliminar de incidencia ambiental de la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón y solicita el inicio del procedimiento de evaluación ambiental de la EOTA.

Realizadas las consultas previas a organismos públicos, entidades municipales y asociaciones de ámbito autonómico, el 20 de diciembre de 2013, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental resuelve dar traslado del documento de referencia para la elaboración del informe de sostenibilidad ambiental (Número Expte. INAGA 500201/71B/2012/10964).

Mediante Resolución de 24 de marzo de 2014, de la Dirección General de Ordenación del Territorio, se somete a información pública por un periodo de dos meses el proyecto de EOTA y su informe de sostenibilidad ambiental, resolución que se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", número 55, de 19 de marzo de 2014. Con posterioridad, se publica la corrección de errores en el "Boletín Oficial de Aragón", número 59, de 25 de marzo de 2014, contando el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación. El texto íntegro del proyecto de EOTA e informe de sostenibilidad ambiental se insertó en la página web del Gobierno de Aragón ("http://www.aragon.es"), estando disponible para su consulta desde el 20 de marzo de 2014. Se da igualmente publicidad en prensa escrita, en los periódicos Heraldo de Aragón, Diario del Alto Aragón y Diario de Teruel, todos ellos, con fecha 28 de marzo de 2014. El 24 de marzo de 2014, se realizan las consultas personalizadas a todas las entidades públicas y privadas establecidas en el documento de referencia.

Además, se ha abierto un proceso de participación ciudadana desde las Direcciones Generales de Participación Ciudadana, Acción Exterior y Cooperación, y de Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón, para dar a conocer de forma directa a instituciones, agentes económicos y sociales, entidades sociales, colegios profesionales, universidades y otras organizaciones implicadas en el desarrollo territorial de Aragón del proyecto de la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón, al objeto de debatir desde sus perspectivas y enriquecer con sus propuestas el modelo territorial propuesto.

Para ello se llevaron a cabo una serie de talleres territoriales:

- Talleres número 1, 2 y 3 en Huesca, Zaragoza y Teruel, que han abarcado los siguientes aspectos: Sistema de asentamientos, espacios homogéneos y funcionales, equilibrio territorial y equilibrio demográfico.

- Taller número 4 plenario, en Zaragoza, de recapitulación de las aportaciones relativas a: Sistema de asentamientos, espacios homogéneos y funcionales, equilibrio territorial y equilibrio demográfico.

- Talleres número 5 y 6 (grupos A y B), en los que se ha tratado: Actividad económica, alojamiento, equipamientos y servicios, movilidad y accesibilidad, escenario vital y patrimonio territorial, recursos humanos y riesgos naturales e inducidos.

- Talleres número 7 y 8 (grupos A y B) en los que se ha tratado: Sostenibilidad-compatibilidad ambiental, sostenibilidad-viabilidad económica, sostenibilidad-cohesión social, recursos naturales, recursos naturales-gestión eficiente de los recursos hídricos, recursos naturales-gestión eficiente de los recursos energéticos, infraestructuras, gobernanza y gobernanza-régimen jurídico.

Está previsto que todos los participantes en el proceso sean convenientemente convocados a una última sesión de retorno en la que, desde la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón, se dará cuenta de las decisiones adoptadas respecto a la EOTA y las aportaciones recabadas a lo largo de todo el proceso de participación ciudadana. A lo largo del proceso han participado un total de 57 entidades y 82 particulares.

Como consecuencia del trámite de información pública y participación ciudadana se han realizado 756 aportaciones de las cuales 28 han sido a través de internet, ya que también se abrió la posibilidad de participar "on line" desde la página web de Aragón Participa.

Del proceso de consultas personalizadas se obtuvieron 17 respuestas con un total de 237 alegaciones. Además, se recibieron 6 aportaciones más de organismos o personas no incluidas en esta relación, con un total de 64 alegaciones.

En la relación siguiente se detallan las personas y entidades que han enviado respuestas o aportaciones durante el proceso.

1. Confederación Hidrográfica del Ebro.

2. Confederación Hidrológica del Júcar.

3. Confederación Hidrográfico del Tajo.

4. Secretaría General Técnica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

5. Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

6. Secretaría General Técnica del Departamento de Industria e Innovación.

7. Secretaría General Técnica del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes.

8. Secretaría General Técnica del Departamento de Política Territorial e Interior.

9. Dirección General de Urbanismo.

10. Dirección General de Gestión Forestal.

11. Comarca de Gúdar-Javalambre.

12. Asociación de Acción Pública para la Defensa del Patrimonio Aragonés (APUDEPA).

13. CAVA Aragón.

14. Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos.

15. Confederación de Empresarios de Aragón (CREA).

16. Consejo de Protección de la Naturaleza de Aragón (CPN).

17. Consejo Económico y Social de Aragón (CESA).

18. Ecologistas en Acción.

19. Endesa.

20. Juan Carlos García Pérez.

21. Red Eléctrica Española.

22. Sindicato CC.OO.

23. Sindicato UGT.

El conjunto de las aportaciones del proceso de información y participación pública han sido estudiadas y analizadas por la Dirección General de Ordenación del Territorio, incorporando buena parte de ellas en el texto final de la EOTA y sintetizando el resultado en una memoria específica que ha sido aportada para la elaboración de esta memoria ambiental.

3. Informe de sostenibilidad ambiental.

El contenido del informe de sostenibilidad ambiental (ISA) se adapta a lo establecido en el artículo 16.2 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón. El ISA se ha centrado en el análisis y valoración ambiental de los objetivos generales y específicos de la EOTA, quedando descolgado de este análisis las estrategias y normas propuestas en el documento del modelo territorial.

Siguiendo las indicaciones del documento de referencia, se realiza un estudio de alternativas en el que se incluye la alternativa cero, llegando a la conclusión de que la puesta en marcha de la EOTA se considera necesaria para el desarrollo territorial de la Comunidad Autónoma, pues es el único instrumento que aporta una visión general e integrada del desarrollo territorial en Aragón.

El ISA señala los planes y programas que se relacionan con la EOTA, agrupados según los grandes apartados de la misma, y relacionándolos con los objetivos de la EOTA con los que estos planes y programas tienen una relación más directa, sin realizar una jerarquización normativa espacial y temporal, ni analizar el grado de adaptación de la EOTA a lo contemplado en los mismos.

El ISA identifica a los objetivos generales uno, dos, tres, cuatro, doce y catorce, como aquellos que pueden afectar al medio ambiente. No hace valoración alguna del resto de objetivos, incluyendo aquellos de los que se deriva un impacto claramente positivo en el medio ambiente. Las consecuencias ambientales de los objetivos analizados sobre el medio físico, biótico y socioeconómico, se clasifican como moderadas, resultando los factores más afectados: el paisaje, la biodiversidad, la flora, el patrimonio cultural, y los usos del suelo. Con el fin de corregir los impactos generados, el ISA establece una batería de medidas protectoras y correctoras a escala autonómica por factor ambiental afectado, en base a los siguientes criterios ambientales estratégicos:

- Los espacios naturales protegidos, especies de fauna y flora silvestres amenazadas y de sus hábitats más críticos -especialmente de aquéllas que tengan aprobada una planificación específica o que esté previsto próximamente esta planificación-, los espacios de la Red Natura 2000, el dominio público forestal (montes catalogados de utilidad pública), las vías pecuarias, el dominio público hidráulico y los espacios que sustenten ecosistemas particularmente valiosos o amenazados, como elementos clave para el desarrollo futuro, y por tanto a proteger en el marco de la EOTA.

- El patrimonio cultural como elementos clave para el desarrollo futuro.

- La preservación y buen uso del agua, la energía, el medio físico y el medio natural, como condicionantes de los factores de desarrollo territorial.

- La lucha contra el cambio climático, la mejora y restauración del patrimonio natural y la biodiversidad, y la prevención de la contaminación, como estrategias transversales inherentes a los factores de desarrollo territorial, de forma que estos no puedan darse sin aquéllas.

Por último, el ISA, establece un conjunto de objetivos ambientales e indicadores asociados de evaluación de los efectos ambientales a aplicar durante el seguimiento de la estrategia, ordenándolos por factor ambiental afectado.

Visto el informe de sostenibilidad ambiental de la de la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón, promovido por la Dirección General de Ordenación del Territorio del Departamento de Política Territorial e Interior del Gobierno de Aragón; el expediente administrativo incoado al efecto; la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas sobre el medio ambiente; la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón; la Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación Territorial de Aragón; la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad; la Ley 10/2013 de 9 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y demás legislación concordante, se formula la siguiente

Memoria ambiental

De acuerdo con lo anterior, considerando los principios del desarrollo sostenible que promueve la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, se considera ambientalmente compatible la aplicación de la EOTA y se establecen las siguientes determinaciones, a los efectos de mejorar su nivel de integración ambiental:

Primera.- Se elaborará una versión definitiva de la EOTA, en la que se integrarán todas las modificaciones adoptadas como consecuencia del proceso de información y participación pública. Se recomienda elaborar una versión divulgativa de la documentación, objeto de publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", atendiendo a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón.

Segunda.- En la elaboración de la cartografía de aptitud del territorio para actividades económicas (1.2.N.1), además de los componentes de suelo y de relieve, se tendrá en cuenta las características ambientales del territorio, especialmente las relacionadas con la catalogación del terreno (dominio público, Red Natura 2000, espacios naturales protegidos, presencia de poblaciones de especies catalogadas con planes específicos, etc.), y con el régimen de usos, informes y autorizaciones ambientales que rigen en estas zonas.

Tercera.- Se deberán identificar los planes, directrices y programas derivados de la puesta en marcha de la EOTA, que estén afectados por el procedimiento de evaluación ambiental estratégica, así como aquellos que puedan afectar directa o indirectamente a zonas ambientalmente sensibles, de manera especial a los que se desarrollen en espacios de la Red Natura 2000.

Cuarta.- La información sintetizada del seguimiento de los indicadores propuestos por el informe de sostenibilidad ambiental se pondrá a disposición pública, a través de medios de acceso fácil y directo por parte de la ciudadanía, renovando el dato con la periodicidad que resulte conveniente para cada indicador.

Quinta.- Dada la importancia que alcanzan los corredores ecológicos en el conjunto de la EOTA, y con el fin de cumplir del mejor modo posible con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y, así mismo, poderlos integrar efectivamente en el sistema de espacios abiertos, de forma que sean fácilmente tenidos en cuenta por el planeamiento territorial y urbanístico, se recomienda la elaboración de una directriz específica para establecer los corredores ecológicos y fluviales (y sus características) previstos en la EOTA, con el fin de conectar los espacios naturales contemplados en la Red Natural de Aragón, en particular los espacios de la Red Natura 2000 y los espacios naturales de singular relevancia para la biodiversidad, así como normas de uso que permitan desempeñar esta función ambiental o permitan la recuperación de la misma.

Zaragoza, 30 de junio de 2014.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ