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ORDEN PRE/786/2017, de 30 de mayo, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Fundación bancaria Ibercaja, para la implantación del programa educativo "Aprendiendo a emprender con Ibercaja", para el curso 2016-2017.

Publicado el 16/06/2017 (Nº 114)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2017/7/0055 el convenio suscrito, con fecha 10 de abril de 2017, por las Consejeras de Economía, Industria y Empleo, y de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, y el Jefe de la Obra Social de la Fundación bancaria Ibercaja, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 30 de mayo de 2017.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA FUNDACIÓN BANCARIA IBERCAJA, PARA LA IMPLANTACIÓN DEL PROGRAMA EDUCATIVO "APRENDIENDO A EMPRENDER CON IBERCAJA"

En Zaragoza, a 10 de abril de 2017.

De una parte, D.ª Marta Gastón Menal, Consejera de Economía, Industria y Empleo, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, y Presidenta del Instituto Aragonés de Empleo; y D.ª María Teresa Pérez Esteban, Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, en nombre y representación del mismo, autorizadas para la firma del presente convenio por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de marzo de 2017.

De otra parte, D. Juan Carlos Sánchez Bielsa, Jefe de la Obra Social de la Fundación bancaria Ibercaja, con domicilio social en Zaragoza, c/ Joaquín Costa, 13, y con NIF: G50000652, en representación de esta institución, en adelante Fundación Ibercaja.

Ambas partes se reconocen la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente convenio, y al efecto

Primero.- El artículo 26 del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, establece: "Los poderes públicos de Aragón promoverán el pleno empleo de calidad en condiciones de seguridad; la prevención de los riesgos laborales; la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo y en las condiciones de trabajo; la formación y promoción profesionales, y la conciliación de la vida familiar y laboral".

Así mismo el artículo 73 del Estatuto de Autonomía dispone que "corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación; el establecimiento de criterios de admisión a los centros sostenidos con fondos públicos para asegurar una red educativa equilibrada y de carácter compensatorio; la promoción y apoyo al estudio; la formación y el perfeccionamiento del personal docente; la garantía de la calidad del sistema educativo, y la ordenación, coordinación y descentralización del sistema universitario de Aragón con respeto al principio de autonomía universitaria".

Segundo.- El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, establece, en su artículo 1, que corresponde al mismo la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón, así como el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza, cultura, deporte y política lingüística.

Por Ley 9/1999, de 9 de abril, se creó del Instituto Aragonés de Empleo, organismo autónomo adscrito al Departamento de Economía, Industria y Empleo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.2 del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos.

De conformidad con el artículo 2 de la Ley 9/1999 de 9 de abril, corresponden al Instituto Aragonés de Empleo, con carácter general, las funciones de ejecución de la legislación de empleo y formación profesional ocupacional que tenga asumidas la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.- Mediante Orden ECD/615/2016, de 14 de junio, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 123, de 28 de junio de 2017, se convocó el programa "Aprendiendo a emprender" en centros educativos de Infantil y Primaria, que imparten 5.º y 6.º, para el curso 2016-2017. Dicho programa, tiene como finalidad contribuir a que el alumnado adquiera capacidades que le permitan impulsar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales, y desarrollar la autonomía personal, la capacidad de elegir con criterio propio, de imaginar proyectos y de llevar adelante las acciones necesarias para desarrollar las opciones y planes personales, tanto en el ámbito personal, como social y laboral a lo largo del desarrollo de la actuación.

Cuarto.- Que la Fundación Ibercaja, de acuerdo con sus estatutos, tiene dentro de sus fines la creación, realización y fomento de obras sociales y culturales que impulsen el desarrollo de su ámbito de actuación, especialmente actividades asistenciales, culturales, docentes, benéficas, de investigación o cualesquiera otras de finalidad social conforme a su naturaleza fundacional.

Quinto.- La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo 48, habilita a las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, a suscribir convenios con sujetos de derecho público y privado, sin que ello pueda suponer cesión de la titularidad de la competencia.

En el mismo sentido, el artículo 4 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, permite a las personas físicas y jurídicas privadas colaborar, sin ánimo de lucro, en los convenios y acuerdos sometidos a dicha ley, siempre que el objeto de su actuación no entre dentro del ámbito de la normativa reguladora de los contratos del sector público o normas administrativas especiales.

Sexto.- Dada la concurrencia de intereses de las partes en complementar sus esfuerzos para conseguir los fines expuestos, aquellas acuerdan formalizar un convenio de colaboración con arreglo a las siguientes

Primera.- Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre el Gobierno de Aragón, a través de su Departamento de Educación, Cultura y Deporte y su Departamento de Economía, Industria y Empleo, y la Fundación Ibercaja, para el desarrollo del programa educativo "Aprendiendo a emprender" durante el curso 2016-2017, promoviendo el espíritu emprendedor e impulsar la autonomía y la iniciativa personal a fin de que los estudiantes sean capaces de imaginar, desarrollar y evaluar acciones y proyectos individuales o colectivos con creatividad, confianza, responsabilidad y sentido crítico.

Segunda.- Compromisos de las partes.

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte y el de Economía, Industria y Empleo asumen la gestión de los aspectos relativos a la selección de participantes en el programa, de la comunicación con los mismos y de la coordinación de todos los aspectos que afecten a los centros educativos, profesorado y alumnado.

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte pondrá a disposición del programa educativo "Aprendiendo a emprender", de entre su personal, un docente a tiempo parcial para la coordinación del mismo. Igualmente, en el supuesto de que el presente convenio se prorrogue, deberá efectuar la oportuna convocatoria del programa educativo para el curso que corresponda.

La Fundación Ibercaja, conforme a la Comisión de Ayudas de la Obra Social de la entidad, aportará la cantidad de 35.000 € (treinta y cinco mil euros), impuestos incluidos, con cargo a sus presupuestos, para la financiación y coordinación del programa "Aprendiendo a emprender", cuyo objeto es el impulso del espíritu emprendedor en el alumnado.

Tercera.- Ejecución y difusión.

1. Cuando las partes deban hacer uso del identificador corporativo del Gobierno de Aragón, deberá solicitar, con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

2. Igualmente, la realización de actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del Gobierno de Aragón o cualquiera de sus variantes, la creatividad y el plan de medios de dichas actividades, deberá ser objeto de solicitud, con carácter previo a cualquier actuación, del preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, con el objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los objetivos y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.

3. Asimismo, el Gobierno de Aragón, divulgará este convenio en la correspondiente memoria anual de actividades que elabore el INAEM, en su página web y en cuantas actuaciones realicen sobre el mismo, dejando patente la participación de Fundación Ibercaja, a través de su obra social, mediante los logotipos que ésta proporcione.

4. La actuación que la Fundación Ibercaja efectúa por medio de este convenio es susceptible de ser considerada obra benéfico-social en colaboración, de acuerdo con las normas que rigen la actividad de las fundaciones bancarias, por lo que en todo momento se deberá adecuar la actuación de Fundación Ibercaja a estas normas. En la documentación y publicidad de dicha entidad, se podrá hacer referencia a esta actuación como obra social en colaboración.

5. El Departamento de Educación, Cultura y Deporte y el de Economía, Industria y Empleo se comprometen a facilitar los datos o informaciones que, sobre la ejecución de este convenio, le sean requeridos a la Fundación Ibercaja por los órganos administrativos competentes.

Cuarta.- Protección de datos de carácter personal.

Las instituciones firmantes de este convenio deberán respetar las prescripciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y del Reglamento de desarrollo de la mencionada ley, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, en relación con los datos que pudiesen obtener con motivo de la ejecución del presente convenio.

Quinta.- Seguimiento, vigilancia y control.

Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, se constituirá una comisión técnica específica formada por dos técnicos en representación del Gobierno de Aragón; uno designado por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte y otro por el Departamento de Economía, Industria y Empleo, y por dos representantes de Fundación Ibercaja designados al efecto.

Esta Comisión se reunirá al menos dos veces desde la firma del convenio y a lo largo del curso escolar 2016-2017.

Sexta.- Vigencia del convenio.

El presente convenio surtirá efecto desde el momento de su firma y tendrá vigencia hasta la finalización del curso escolar 2016-2017, quedando amparada toda actuación realizada en el seno de este convenio desde el inicio del curso escolar 2016-2017.

Séptima.- Causas de resolución.

Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula anterior, serán causas de resolución del presente convenio:

a) El incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas por alguna de las partes firmantes.

b) El mutuo acuerdo entre las partes expresado por escrito.

c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

d) Imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin propuesto.

e) Cualquier otra causa legalmente establecida.

Octava.- Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.

1. El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector, y queda sujeto a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

2. Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a su interpretación, aplicación, resolución y efectos, así como cuantas cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre ambas partes, que no puedan solventarse por la Comisión mixta de seguimiento, serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y para que conste, y en prueba de conformidad, se suscribe el presente convenio de colaboración, por triplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados.