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ORDEN de 16 de julio de 2003, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Tercera del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el recurso contencioso-administrativo promovido por Ignacio Gamero Danvila I.G.D., S. L.

Publicado el 28/07/2003 (Nº 92)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Texto completo:

ORDEN de 16 de julio de 2003, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Tercera del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el recurso contencioso-administrativo promovido por Ignacio Gamero Danvila I.G.D., S. L.

En recurso contencioso-administrativo Nº 179/99-C, a instancia de Ignacio Gamero Danvila I.G.D., S. L., como demandante y representada por el Procurador D. José Mª Angulo Sainz de Varanda y asistida por el Letrado Don José Miguel Pascual Hijazo, contra la Diputación General de Aragón como demandada, representada y asistida por Letrado de sus Servicios Jurídicos, siendo objeto de impugnación, la Resolución de 20 de enero de 1999 del Consejero de Economía, Hacienda y Fomento, que desestimó la reclamación de responsabilidad patrimonial por daños derivados de la actuación de la estación I.T:V. 50-01, de Zaragoza al tramitar la expedición de la ficha de ITV del vehículo marca IVECO nº de identificación ZFA7580002235454 propiedad de Butano La Almunia, S. A.; la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Tercera del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con fecha 20 de febrero de 2003 dictó sentencia, cuya parte dispositiva contiene el siguiente pronunciamiento.

«Fallo:

1º Estimamos en parte el presente recurso contencioso-administrativo número 179 de 1999, interpuesto por la representación procesal de Ignacio Gamero Danvila, I.G.D., S. L., contra la resolución de 20 de enero de 1999, del Consejero de Economía, Hacienda y Fomento de la Diputación General de Aragón, que desestimó la reclamación de responsabilidad patrimonial por daños derivados de la actuación de la estación I.T.V. 50-01 de Zaragoza, resolución que anulamos y declaramos el derecho de la sociedad actora a ser indemnizada por la Diputación General de Aragón en la cantidad de 811,09 euros (ochocientos once euros y nueve céntimos), con los intereses legales de dicha cantidad desde el 26 de febrero de 1998. Desestimando las restantes pretensiones del demandante.

2º Sin hacer especial pronunciamiento respecto de las costas».

En consecuencia, siendo firme dicha sentencia, según certificación literal de la misma extendida por el Secretario de la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Tercera del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con fecha 26 de junio de 2003.

Dispongo la publicación del referido fallo y que se cumpla en sus propios términos la sentencia, según lo previsto en el artículo 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Zaragoza, 16 de julio de 2003.

El Consejero de Industria, Comercio

y Desarrollo, ARTURO ALIAGA LOPEZ